INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

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Piopio
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Piopio »

Arano escribió: Vie Mar 27, 2020 6:04 pm Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.


https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/21/ ... 0-3952.pdf


Primero.
En el ámbito de los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) excepcionar transitoriamente la obligación de
estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.

Tercero.
Estas medidas se extenderán hasta la finalización de la declaración del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.


Resumiendo, que no es necesaria la firma y sello de nuestras recetas (las establecidas) por parte de estos organismos, para que se nos dispensen los medicamentos.

Por parte del Colegio de Farmacéuticos del Reino de España, se ha remitido Circular a todas y cada una de las farmacias.

Saludos.
Pero con decir que soy de MUFACE me van a dar cualquier medicamento que pida sin que yo no lleve ya no una receta, sino ningún documento médico, bastado con que yo le pida, por poner un caso un antibiotico o un opiacio?
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Arano
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Arano »

Piopio escribió: Vie Mar 27, 2020 6:25 pm
Arano escribió: Vie Mar 27, 2020 6:04 pm Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.


https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/21/ ... 0-3952.pdf


Primero.
En el ámbito de los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) excepcionar transitoriamente la obligación de
estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.

Tercero.
Estas medidas se extenderán hasta la finalización de la declaración del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.


Resumiendo, que no es necesaria la firma y sello de nuestras recetas (las establecidas) por parte de estos organismos, para que se nos dispensen los medicamentos.

Por parte del Colegio de Farmacéuticos del Reino de España, se ha remitido Circular a todas y cada una de las farmacias.

Saludos.
Pero con decir que soy de MUFACE me van a dar cualquier medicamento que pida sin que yo no lleve ya no una receta, sino ningún documento médico, bastado con que yo le pida, por poner un caso un antibiotico o un opiacio?
Receta tienes que llevar y firmada por tu Médico. Lo que no es necesaria es la firma y autorización por parte de las Delegaciones de ISFAS, MUFACE, etc., que en determinados medicamentos era necesaria y lo volverá a ser cuando finalice este Estado de Alarma (VER PUBLICACIÓN).


Saludos.
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Estado de alarma. Prórroga

Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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De momento 15 días más.

Estado de alarma. Medidas laborales complementarias

Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.


ENLACE

Estado de alarma. Sanidad mortuoria

Orden SND/296/2020, de 27 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para el traslado de cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

ENLACE

Se habilita a los miembros de las Fuerzas Armadas para la conducción y traslado de cadáveres

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Legio IV Macedonica »

No se si es el sitio pero se está recomendando no incinerar cadáveres que se crea afectados por coronavirus a los que no se les extienda certificado oficial suficiente de esta causa de mortandad. Evidentemente para posibles reclamaciones o denuncias posteriores.

Téngase presente que a muchos finados (casi todos) no se les efectúa test alguno...… A los sanitarios tampoco

En comparación con las estadísticas de previsiones de muerte por años y provincias resulta aproximadamente el doble. Por tanto no coinciden con las cifras oficiales, todo ello ayudado por la no comprobación de muchas causas de muerte.

Espero no ser pesimista, que no lo soy pero, teniendo en cuenta las acertadas previsiones de nuestros amados dirigentes, la semana que entra va a ser fina …………. CUÍDENSE MUCHO Y SUERTE.
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Piopio »

Arano escribió: Vie Mar 27, 2020 6:28 pm
Piopio escribió: Vie Mar 27, 2020 6:25 pm
Arano escribió: Vie Mar 27, 2020 6:04 pm Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.


https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/21/ ... 0-3952.pdf


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Saludos.
Ah, claro, ya me parecia que no podia ser.
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Código electrónico de normativa estatal y autonómica de la "Crisis Sanitaria Covid‑19"

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Arano »

Especial COVID-19: Novedades legislativas y medidas adoptadas en el ámbito laboral. Fuente: "Diario Jurídico".

https://www.diariojuridico.com/especial ... -118836889

Saludos.
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Francisco I »

sargentodehierro escribió: Sab Abr 11, 2020 12:57 pm Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Legislan con el culo; y eso a pesar del dineral que nos cuestan entre cargos, cargas, asesores y asesoras. Que alguien me explique en qué circunstancias nos encontraremos el próximo lunes. ¿ Por qué R.D nos hemos de guiar; por el 463, por el 465 o por el 476 ?

Artículo 2. Duración de la prórroga.
La prórroga establecida en este Real Decreto se extenderá hasta las 00:00 horas del
día 26 de abril de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de
marzo, y por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado
de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por Arano »

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS EN LAS SALIDAS DE LA POBLACIÓN INFANTIL DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

https://www.educantabria.es/docs/250420 ... alarma.pdf

Saludos.
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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por sargentodehierro »

Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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Re: INFORMACIÓN DE INTERÉS CORONAVIRUS

Mensaje por duche000 »

Comentaros que para ir a los huertos, sólo se puede para aquellos que se encuentren en la misma localidad de nuestra residencia o población adjacente. Siempre se debe de justificar por medio del DNI, que nos indica nuesto domicilio y el justificante del IBI o tambien conocido como contribucción. En caso de alejarnos más porque tenemos animales, se debe de presentar la cartilla sanitaria del mismo.
Tened en cuenta que ésta documentación sí se solicita por parte de los agentes, en caso de los animales, alegamos que tenemos gallinas, conejos, etc. y como no existe cartilla para los mismos, el agente puede solicitarte que vayas y él te sigue con tú documentación y cuando te descubras del engaño, pues la sanción es ......

Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas. Está publicada en el BOE de hoy.

A partir del 25-05-20, sí podremos movernos dentro de la misma provincia y a partir del 22-06-20 entre provincias, pero siempre y cuando todo vaya bien en cuanto a contagios. De momento el gobierno ya ha dejado caer que Madrid y Barcelona se ralentizará por los contagios.
Un saludo para tod@s y a cuidarse.
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