El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nula la disposición adicional 44 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, al considerar que “no concurre la finalidad de utilidad pública o interés social que debe legitimar cualquier medida de naturaleza expropiatoria”. La cuestión estudiada por el Tribunal versaba sobre la privación de la recurrente de su derecho a la pensión de viudedad. Ha sido ponente del fallo el Magistrado Fernando Valdés Dal-Ré.
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