LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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laura
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por laura »

Pues la verdad les que el famoso 200% es un gran timo; el problema es que no te enteras hasta que te pasa algo o le pasa a alguien cercano a ti. Por lo poco que sé es que el tope máximo existe desde los años 80 cuando gobernaba Felipe González y en aquel momento Alianza Popular estaba en contra pero cuando el PP estuvo ocho años en el poder no hizo nada por suprimir tan injusta medida. Mi conclusión es que para mí la mayoría de los políticos (da igual del partido o ideología que sea) son unos trepas y les da igual los que nos pase.
Con referencia al tope máximo de pensiones, tengo una duda que agradecería si alguien me pudiera aclarar:
Voy a poner un ejemplo hipotético para intentar explicarme mejor; pongamos que un compañero se retira en acto de servico este año y le corresponde por ejemplo una pensión mensual de 3500 euros por poner un ejemplo. Inicialmente su pensión se encontraría limitada al tope máximo de ese año, unos 2400 euros mensuales brutos. Mi pregunta es que si dentro de diez o quince años supongamos que el tope máximo estuviera por ejemplo en 3000 euros mensuales brutos este compañero cobraría este nuevo tope máximo o su pensión quedaría en el tope máximo inicial de 2400 euros mensuales brutos + valorización del ipc de las pensiones?
Espero no haberme liado mucho con la pregunta y que la entendáis.
Gracias y un saludo a todos, sobre todo a los que lo están pasando mal.
alcon
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por alcon »

Haber si te consigo aclarar un poquito Laura.

La pensión todos los años se actualiza, por lo que la pensión que le hayan otorgado se esta actualizando aunque no la cobre por lo que si un día se quitasen los limites a la percepción de las pensiones, esta pasaría a cobrar la totalidad de la misma actualizada a la fecha en que se halla eliminado el tope.

Es decir en el caso que tu ha expuesto pasaría a cobrar los 3000€ + % en función de la actualizaciones por lo que si suponemos un 5% por año de media al ser 10 años los que han pasado desde la jubilación hasta le momento de la liberación de las pensiones cobraría 4500 € al mes pero no tendría derecho a los atrasos generados hasta ese momento.
Querer es poder.

No se puede querer lo que no se ama y no se puede amar lo que no se conoce.
axarco
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por axarco »

Albertohm escribió:Totalmente de acuerdo con ODISEA y con SIMBAD.

Yo siempre he procurado luchar por mis derechos dentro de mi empleo y puesto, auque SIEMPRE me encontré con intentos de intimidación por parte de mis superiores para que no siguiera adelante (no quieren tener problemas) y con la espectación (en contraposición a la acción) de mis compañeros.
Me ha costado algún arresto (en mis primero años como profesional), alguna persecución y también albietrariedad.
La experiencia que tengo, en mi caso, es que a mi alrededor faltaba sentido de "la unión hace la fuerza" y la preferencia a quedarse a la espera de "a ver lo que le pasa a este después de mandar la instancia, el informe, o lo que fuese"; si le sale bien y no lo persiguen para calzarselo, se la pido y la remito yo también; si no le gusta a los jefes, me quedo donde estoy y no me expongo.
Sinceramente, tengo un primo Guardia Civil, y en su círculo se percibe más unión, ganas de luchar por lo que es de ellos, valentía y compañerismo, que en el nuestro. También en la Policía Nacional.
Yo fui muchas veces punta de lanza (es un decir, porque nunca vi una lanza detrás, más bien acongojamiento), y llega un momento en el que ves que sólo no puedes sacar adelante asuntos de cierta importancia, porque necesitas un buen jurista especializado en asuntos militares, y si es bueno, cuesta más dinero de lo que una sóla persona puede pagar (a nuestro nivel).
Juntos, en mi unidad, lo hubiéramos tenido. Y habríamos vivido con la cabeza más alta y mejor. Pero aquí parece que cada uno va a lo suyo. No hay sentido de grupo. No sé si es que, por encima de todo, lo más importante y lo que siempre cuidan, son la CALIFICACIONES (que para colmo no conocen).

Un saludo.
Asi es tal y como dices, ninguna union y sin ella en una lucha contra la administracion poco podemos hacer de manera individual. Por tanto hay que mantener el foro con vida porque asi puede ser que alguno mas se conciense y de esa forma seamos mas y podamos reivindicar lo que creemos que en justicia y derecho nos corresponde.
Saludos
axarco
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por axarco »

Parece que ser que todos estamos de acuerdo en que el tope no nos deberia afectar; pero yo dejo una pregunta en el aire por si alguien tiene mas conocimiento que yo, que podemos hacer? de que forma podemos reivindicar lo que legalmente nos deberia corresponder? Porque no nos ponemos todos manos a la obra e intentamoa dar ideas y pasar a la accion en lugar de lamernos tanto las heridas?
Saludos
laura
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por laura »

alcon escribió:Haber si te consigo aclarar un poquito Laura.

La pensión todos los años se actualiza, por lo que la pensión que le hayan otorgado se esta actualizando aunque no la cobre por lo que si un día se quitasen los limites a la percepción de las pensiones, esta pasaría a cobrar la totalidad de la misma actualizada a la fecha en que se halla eliminado el tope.

Es decir en el caso que tu ha expuesto pasaría a cobrar los 3000€ + % en función de la actualizaciones por lo que si suponemos un 5% por año de media al ser 10 años los que han pasado desde la jubilación hasta le momento de la liberación de las pensiones cobraría 4500 € al mes pero no tendría derecho a los atrasos generados hasta ese momento.

Muchas gracias "alcon", ahora me ha quedado más claro. Saludos.
chinin
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por chinin »

completamente de acuerdo... llevo algunos años sintiéndome atracado... mes a mes... y jodido... paso a paso.
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sbit
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por sbit »

soy otro más perjudicado por el recorte de pensiones que reconocen el 200%, creo que es dificil que se nos reconozca el derecho a la percepción de la totalidad. yo creo que si en un supuesto caso tienes dereho a unos 3.000 euros, luego se recortan a unos 2300 y despues se me hacen las retenciones y al final te quedan unos 1800.
Creo que al menos el dinero que recauda hacienda debería ser antes del recorte, y aplicar el tope de pensión en base al dinero neto que quedase, una vez pagado ya el IRPF, además entiendo que es hacienda quien nos paga, es hacienda la que nos aplica un tope máximo de pecepcion, permitiendo que perdamos una cantidad considerable de dinero, y es nuevamente hacienda quien nos retiene de lo que nos ha dejado una buena parte.

Viniendo muchos de colectivos con derechos restringidos, yo no me extraño mucho de ver maniobras así, (que sí, que encima has dado tu salud en el ejercicio de tu profesión para bien del estado que es el mismo que te está robando en tus narices).
Por eso hay que aprovechar el tirón del "pensionazo" para crear asociaciones para defendernos con la fuerzo que da pertenecer a colectivos en los que estén asociados un improtante numero de perjudicados. En mi caso (GC retirado), sigo más a menudo los foros especificos de ese colectivo, pero tambien es cierto que cuando se pasa a clases pasivas, se supone que da igual de donde provengas me interesa cualquier asociación que creen mienbros de la guardia civil retirados, y más aun mienbros de clases pasivas con una buena representación de personal con el 200% reconocido. (anteriormente se dijo que el 200% afectaba al 1% de los retirados, en algunos boletines que he mirado rondaba el 3-4%), en cualquier caso es una cantidad demasiado pequeña para permitirse el lujo de perder el contacto con cualquiera en la misma situación que esté dispuesto a reclamar, por eso voy a estar pendiente de cualquier asociación que pueda defendernos. Si voy respaldado por más gente expondré nuestro problema a una asociación de retirados de clases pasivas que está en tramite de creacion
axarco
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por axarco »

ojala nos hagan caso en esa asociacion que se va a crear, pero sigo pensando que la unica forma son los tribunales. No debe de haber diferencia entre los de atentado terrorista y acto de servicio. Solo marcan la diferencia por motivos electorales y pq les afecta a muchos politicos
saludos
zenitram
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por zenitram »

Buenas tardes a todos.
Odisea, he leido tus reflexiones y las apoyo al ciento por mil. Dicho esto, yo viví que gracias a Dios no padecí, lo que estás diciendo. La persona de la que hablo aún siendo de la ESO, se harto de instanciar, recurrir, de entrar en programas radiofónicos y prensa (que yo recuerde, hace ya no menos de 14 años) y nada de nada. Aún solidarizandome contigo, que lo estoy, me temo por lo que sé que no se conseguira nada de nada. Ya se ha intentado como te he dicho.

Por otro lado, los trepas no son los políticos, los trepas son los que han sido nuestros jefes, que cuando se acaba su techo y le ofrecen el ascenso político, llamése generalato, se olvidan de todos. El puñetazo en la mesa del político lo tienen que dar ellos, que son los que deben de cuidar de todos y cada uno de sus subordinados, pero he aquí que una estrella de cuatro puntas da mucho más resplandor que tres de ocho y si en lugar de una puedo tener dos o tres, que les den a los demás. Puede que alguien entienda que tengo algo de resentimiento, pero he de decir que no es así, que son mis pensamientos.
chinin
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por chinin »

LOS TRIBUNALES NO ES MALA IDEA... UN GRUPO NUMEROSO Y "PALANTE".
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chinin
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por chinin »

SI HAY ALGO EN MARCHA... RUEGO ME INFORMEIS. COMO NO PUEDO PERSONARME POR AUSENCIA TEMPORAL ESTOY DISPUESTO A DAR PODERES O LO QUE SEA PARA IR EN EL GRUPO... CADA VEZ ESTOY MAS CONVENCIDO DE QUE HAY QUE PELEARLO Y HACER RUIDO.
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carlos
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por carlos »

Completamente de acuerdo sbit,

Te agradecería que nos mantuvieras informados de lo de la asociación, creo que debemos estar unidos.

Saludos.
pepe36
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por pepe36 »

Hola a todos,
Soy nuevo en este foro y me gustaria intervenir modestamente en este asunto que también me afecta.
Supongo que todo el tema radica y es una cuestion de localizar algun letrado/s que sean especialistas y tengan experiencia en este tipo de demandas. Además, antes de plantearnos cualquier demanda tendrian que darnos ciertas posibilidades de viabilidad para no pleitear sin probalilidad alguna. Con esto quiero decir, que debe ser algun abogado o bufete que tengamos la seguridad y confianza para no perder el tiempo y dinero gratuitamente.
Por el foro, he leido sobre un letrado llamado Florentino Martínez Alonso, que esta especializado en los reconocimientos de accidente de servcio. Si alguien a tratado con el podria asesorarnos o indicarnos algun profesional que este especializado en este tipo de reclamaciones contra la administración.
La reclamación seria colectiva por lo que los costos serian mas beneficiosos para todos. Y tenemos que tener claro, que de ser viable, encontrariamos sufientes reclamantes para llevarla a cabo.
Perder seria muy poco comparado con lo que podemos ganar. Todo es cuestion de tiempo, pues supongo seria un procedimiento que duraria unos años, por lo tanto cuanto antes se inicie antes podemos lograr nuestro objetivo
Contar conmigo en lo que pueda ayudar.
Un saludo para todos.
ANUGAR
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por ANUGAR »

Tiene todo la razón en lo que dice.
Existe un derecho, EL DERECHO DE REPARACIÓN a los daños o perjuicios ocasionados.
En el caso de los retirados con ocasión de accidentes, originados estos en acto de servicio o en el cumplimiento del mismo el derecho de reparación a esos daños y perjuicios son reparaciones económicas o morales. Las reparaciones económicas vienen en el señalamiento de las pensiones extraordinarias, pero la limitación por el celebre tope de pensiones, impide enla mayoría de los casos percibir esa reparación. El Tope Maximo de las pensiones, impuesto de manera coyuntural hace 25 años y mantenido por todos los gobiernos desde aquella época (PSOE y PP) aunque el PP, cuando estaba en la oposición, antes de llegar al gobierno, luchaba, mediante enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado por la desaparición del "coyuntural"tope.
Desde el año 1.992 la Asociación de Caballeros Invalidos y Mutilados Militares de España (ACIME), ha venido remitiendo propuestas de enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado ( a la vista de que los topes se mantenían), en el sentido que como se tenía una pensión extraordinaria el tope debía ser extraordinario. (Estas enmiendas han sido presentadas, a lo largo de estos 17 años,tanto en el Congreso como en el Senado, por los diferentes Grupos Parlamentarios excepto el PSOE. que nunca presentó ninguna. Los Diarios de Sesiones del Congreso y del Senado, son testigo de lo que digo.
El Partido Popular las estuvo presentando hasta el año 1997. Año que ya estaba en el poder y podía haber arreglado esta injusticia.pero a partir de ese momento dejó de preocuparse por ello y continuó con los "coyunturales topes".
La lucha contra los topes, no está en los Tribunales, ya el Tribunal Supremo y el Internacional de Estrasburgo, sobre el año 93/94 dictó sentencia, sobre este asunto, donde más o menos decía" que los gobiernos, en materia económica podían legislar segun el criterio del mismo". Es decir siguen los "topes".
En el DERECHO A REPARACIÓN, quienes no perciben una reparación económica a sus perjuicios son los funcionarios o militares del Grupo A1 que perciben el 44,70% de su pensión asignada (es decir menos que la pensión ordinaria). Los del Grupo A2 perciben el 56,80 % de la pensión asignada. Los del Grupo B perciben el 64,86% de la pensión asignada. Los del Grupo C1, perciben el 73,96% de la pensión asignada .Los del Grupo C2, perciben el 93,48 % de la pensión asignada y los del Grupo E perciben el 100% de la pensión asignada.
La historia no está en acudir a los tribunales, ya que estos se pronunciaron en el sentido faborable al gobierno. La cuestión está en el asociacionismo y la fuerza que estas asociaciones, por libre (no recomendable) o en conjunto (sin que ninguna pierda su autonomía o caracteristicas) hagan ante los poderes políticos. La solución es del Gobierno y de los Grupos Políticos en el Congreso y en el Senado.
Es posible que si cuando ACIME ha estado remitiendo, a lo largo de 17 años, a los grupos parlamentarios las propuestas de modificación por medio de enmiendas, en este sentido hubieran sido más asociaciones del colectivo de Clases Pasivas (militares y funcionarios) las que hubieran acudido en apoyo o presentando otras propuestas de modificación de enmiendas. a lo mejor otro gallo hubiera cantado, desapareciendo lo "coyuntural" de una vez o teniendo en cuenta lo del "tope extraordinario" que ha sido siempre la propuesta de esa Asociación.
Cholo
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Re: LIMITACION A LA PENSION ACTO SERVICIO(SOLUCION)

Mensaje por Cholo »

Alguien puede, amablemente, decirme a que grupo pertenece un Sargento 1º. del E.T., gracias?
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