Hola. Sufrí mi atentado el 14/07/1987, estando destinado en el GAR. Como bien sabes, esta unidad entonces tenía 3 compañías distribuidas en sendas provincias vascas más 1 en Pamplona. La base del GAR estaba y está ubicada en Logroño. Pero por entonces nadie o casi nadie se empadronaba, por lo que no podría presentar el pertinente certificado de empadronamiento. Pero por otra parte hay algunas sentencias que asimilan el destino con el domicilio de los guardias civiles. Como ves el asunto querido amigo? Un abrazo.Arano escribió: ↑Jue Ago 12, 2021 4:03 pm Indemnizaciones por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas. CC.AA. DE LA RIOJA.
Orden SSG/48/2021, de 6 de agosto, de apertura del plazo de presentación de solicitud de indemnizaciones por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas, incluidos en el ámbito de aplicación retroactiva de la Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 23/2021, de 30 de marzo (BOR de 10 de agosto de 2021) Texto completo.
Enlace:
https://www.iustel.com/diario_del_derec ... el=1214325
Artículo 6.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de presentación de solicitudes previstas en esta Orden será de nueve meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.
Saludos.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Pues si Señor. Lo que hay que hacerse es con un escrito del Jefe de la Comandancia en el que conste que con esa fecha estabas destinados y residiendo en Logroño y además como tienes tu Ficha Historial mira en ella por esas fechas y fotocopia de todo lo que te relacione con tu destino en Logroño. Ya tendrás tiempo si es necesario de solicitar mediante escrito al Director General que certifique esa documentación.elinfanzon escribió: ↑Mié Ago 18, 2021 8:42 pmHola. Sufrí mi atentado el 14/07/1987, estando destinado en el GAR. Como bien sabes, esta unidad entonces tenía 3 compañías distribuidas en sendas provincias vascas más 1 en Pamplona. La base del GAR estaba y está ubicada en Logroño. Pero por entonces nadie o casi nadie se empadronaba, por lo que no podría presentar el pertinente certificado de empadronamiento. Pero por otra parte hay algunas sentencias que asimilan el destino con el domicilio de los guardias civiles. Como ves el asunto querido amigo? Un abrazo.Arano escribió: ↑Jue Ago 12, 2021 4:03 pm Indemnizaciones por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas. CC.AA. DE LA RIOJA.
Orden SSG/48/2021, de 6 de agosto, de apertura del plazo de presentación de solicitud de indemnizaciones por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas, incluidos en el ámbito de aplicación retroactiva de la Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 23/2021, de 30 de marzo (BOR de 10 de agosto de 2021) Texto completo.
Enlace:
https://www.iustel.com/diario_del_derec ... el=1214325
Artículo 6.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo máximo de presentación de solicitudes previstas en esta Orden será de nueve meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.
Saludos.
Un fuerte abrazo amigo.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Son muy reacios a facilitar ese tipo de escritos. Pero tengo mi hoja de servicios, y en ella consta mi destino en Logroño desde el año 1984. Será suficiente? De todos modos ya me han dicho que no van a admitir mi petición y tendré que ir a contencioso.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Uffffff, veo difícil que te acepten la Hoja de Servicios, piden como siempre Certificados de destinos, como mínimo, sino se puede justificar el empadronamiento.elinfanzon escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 2:14 pm Son muy reacios a facilitar ese tipo de escritos. Pero tengo mi hoja de servicios, y en ella consta mi destino en Logroño desde el año 1984. Será suficiente? De todos modos ya me han dicho que no van a admitir mi petición y tendré que ir a contencioso.
Pues si que estás bien, a tirar de San Florentino........
Abrazos.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
A ver elinfazon, a ti te tendrá que indemnizar tu Comunidad Autónoma en función de donde estuvieses empadronado. A mi me pidió la Junta de Andalucía un Certificado Histórico de Empadronamiento y dos meses mas tardes he sido indemnizado con el 30% de la indemnización del Ministerio del Interior.elinfanzon escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 2:14 pm Son muy reacios a facilitar ese tipo de escritos. Pero tengo mi hoja de servicios, y en ella consta mi destino en Logroño desde el año 1984. Será suficiente? De todos modos ya me han dicho que no van a admitir mi petición y tendré que ir a contencioso.
No hay mas historia, tu no puedes recibir 2 indemnizaciones por dos comunidades diferentes.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Abrazos.MARTI escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 7:13 pmA ver elinfazon, a ti te tendrá que indemnizar tu Comunidad Autónoma en función de donde estuvieses empadronado. A mi me pidió la Junta de Andalucía un Certificado Histórico de Empadronamiento y dos meses mas tardes he sido indemnizado con el 30% de la indemnización del Ministerio del Interior.elinfanzon escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 2:14 pm Son muy reacios a facilitar ese tipo de escritos. Pero tengo mi hoja de servicios, y en ella consta mi destino en Logroño desde el año 1984. Será suficiente? De todos modos ya me han dicho que no van a admitir mi petición y tendré que ir a contencioso.
No hay mas historia, tu no puedes recibir 2 indemnizaciones por dos comunidades diferentes. Eso por descontando y además esta en todas las Leyes de CC.AA., que conozco.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
No sé de dónde sacas que voy a recibir dos indemnizaciones o que lo pretenda, sé leer e interpretar las leyes.MARTI escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 7:13 pmA ver elinfazon, a ti te tendrá que indemnizar tu Comunidad Autónoma en función de donde estuvieses empadronado. A mi me pidió la Junta de Andalucía un Certificado Histórico de Empadronamiento y dos meses mas tardes he sido indemnizado con el 30% de la indemnización del Ministerio del Interior.elinfanzon escribió: ↑Vie Ago 20, 2021 2:14 pm Son muy reacios a facilitar ese tipo de escritos. Pero tengo mi hoja de servicios, y en ella consta mi destino en Logroño desde el año 1984. Será suficiente? De todos modos ya me han dicho que no van a admitir mi petición y tendré que ir a contencioso.
No hay mas historia, tu no puedes recibir 2 indemnizaciones por dos comunidades diferentes.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
De la Ley que ha sacado la Comunidad Autónoma de la Rioja es para los fueron residentes en aquellos años. Salvo que Usted estuviese empadronado en Logroño.
La Guardia Civil con toda seguridad que no le va a dar certificación alguna que le sirva de empadronamiento, se lo digo por experiencia propia.
Suerte
La Guardia Civil con toda seguridad que no le va a dar certificación alguna que le sirva de empadronamiento, se lo digo por experiencia propia.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
No estaba empadrona, como mucho de nosotros, si bien hay que utilizar todos los procedimientos que están en nuestras manos y uno de ellos es la Certificación de Destino en la fecha del atentado. El no, ya lo tenemos, pero también es cierto que al tener justicia gratuita puede ir donde quiera, al ser materia de "víctimas del terrorismo".MARTI escribió: ↑Mar Ago 24, 2021 8:41 pm De la Ley que ha sacado la Comunidad Autónoma de la Rioja es para los fueron residentes en aquellos años. Salvo que Usted estuviese empadronado en Logroño.
La Guardia Civil con toda seguridad que no le va a dar certificación alguna que le sirva de empadronamiento, se lo digo por experiencia propia.
Suerte
Abrazos a los dos.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
La Justicia obliga a Marlaska a investigar si un guardia civil sufrió secuelas de Afganistán
La Audiencia Nacional ordena al Ministerio del Interior que determine si tres atentados en Kabul originaron un trastorno mental a un cabo primero
La Audiencia Nacional ha obligado al Ministerio del Interior a investigar si la familia de un cabo primero de la Guardia Civil, ya fallecido, tiene derecho a recibir una indemnización como víctima del terrorismo en Afganistán.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha ordenado en una sentencia de 19 de mayo al Ministerio de Fernando Grande-Marlaska, que había rechazado admitir a trámite la reclamación de la viuda, que abra un expediente para determinar si debe recibir una indemnización por los supuestos daños psicológicos que sufrió su marido en tres atentados perpetrados en Kabul en 2006.
En ese año este cabo primero formaba parte del contingente español destinado en Afganistán y, según la magistrada Fátima de la Cruz Mera, que ejerció de ponente del fallo, está “debidamente acreditada” la presencia del agente en los actos terroristas.
“Estuvo desplegado en Kabul”
“A estos efectos queda debidamente constatado en las actuaciones que el esposo de la recurrente, cabo primero de la Guardia Civil, estuvo desplegado en Kabul (Afganistán) del 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, formando parte del Equipo de Protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en dicha ciudad, desempeñando una misión de escolta y protección designado por el Ministerio del Interior, y que dicho equipo lo conformaban también otros compañeros, entre los que cabe citar a otro agente”, que ya ha sido considerado en una sentencia de la Audiencia Nacional como víctima del terrorismo por las secuelas psicológicas que le dejaron los mencionados atentados.
Precisamente, la esposa del cabo de la Guardia Civil incluyó en su reclamación “numerosa prueba documental” que, según su opinión, demuestra que las patologías psíquicas padecidas por su marido “fueron consecuencia de esos atentados”. Y en esta documentación consta un acta notarial de 12 de abril de 2012 en la que dos agentes “afirman que formaron parte del equipo de protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en Kabul, desde el 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, periodo durante el cual se produjeron diferentes situaciones de alto riesgo para la seguridad personal, entre las que resaltan las acciones terroristas de 31 de agosto, 8 de septiembre y 30 de septiembre de 2006”.
Y por ello fueron objetivo de los ataques terroristas, según profundiza el acta notarial, ya que en el primero de ellos “los morteros lanzados se dirigían a la Embajada de la UE”. En el segundo “por la coincidencia con el convoy militar en su misión de reconocimiento y limpieza de un trayecto del Alto Representante”, y en el tercer ataque los agentes estaban realizando “labores de reconocimiento del Ministerio del Interior a pocos metros del lugar de la inmolación”, relata la sentencia de la Audiencia Nacional.
“Margarita Robles es muy humana”
Pero lo más relevante, según los magistrados, es que el acta notarial determina la presencia del cabo primero “en el lugar y momento de los atentados terroristas” de 2006.
“El expediente todavía no se ha iniciado”, explica el abogado de la viuda, Florentino Martínez Alonso, quien lamenta que el Ministerio del Interior “siga un criterio muy restrictivo” en los casos de víctimas del terrorismo. Y por el contrario, destaca este letrado, la titular de Defensa, Margarita Robles, actúa de una forma “muy humana. Si tiene que entrevistarse con un soldado, siendo la ministra, le recibe en su despacho sin ningún problema. Se interesa como nadie sobre estos casos. Más de un soldado al que le llevo estos casos me lo ha comentado”, concluye Florentino Martínez Alonso.
Enlace:
https://www.larazon.es/espana/20210826/ ... sveri.html
La Sentencia a que se hace mención esta puesta en "Sentencias".
Saludos.
NOTA:- En página 25 de este mismo hilo:
Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, SECCIÓN QUINTA, de fecha 19 de mayo de 2021. Favorable a "....admitir a trámite la solicitud de indemnización considerando debidamente acreditada la presencia del esposo fallecido de la recurrente en los actos terroristas a que se refiere aquélla, a fin de resolver, previos los trámites procedimentales correspondientes, acerca de su condición de víctima del terrorismo desde la perspectiva de la posible relación causal entre los padecimientos sufridos y los concretos actos terroristas a que se contrae la solicitud"""""".
Enlace en Sentencias:
view ... 95#p234095
La importancia de la misma es que aparte de la indemnización y como es lógico será considerado víctima del terrorismo, aún estando fallecido, abriendo la puerta para que su esposa sea reconocida con la Pensión por Acto de Terrorismo.
Significar que conocí al compañero fallecido a consecuencia de infarto, así como a su esposa y que nuestra Asociación de volcó como es lógico para ayudar. Reconociendo la gran labor del Abogado, así como la importancia de la documentación y en este caso, también la Sentencia de su compañero que a causa de estos mismos atentados fue reconocido como Víctima del Terrorismo.
La Audiencia Nacional ordena al Ministerio del Interior que determine si tres atentados en Kabul originaron un trastorno mental a un cabo primero
La Audiencia Nacional ha obligado al Ministerio del Interior a investigar si la familia de un cabo primero de la Guardia Civil, ya fallecido, tiene derecho a recibir una indemnización como víctima del terrorismo en Afganistán.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha ordenado en una sentencia de 19 de mayo al Ministerio de Fernando Grande-Marlaska, que había rechazado admitir a trámite la reclamación de la viuda, que abra un expediente para determinar si debe recibir una indemnización por los supuestos daños psicológicos que sufrió su marido en tres atentados perpetrados en Kabul en 2006.
En ese año este cabo primero formaba parte del contingente español destinado en Afganistán y, según la magistrada Fátima de la Cruz Mera, que ejerció de ponente del fallo, está “debidamente acreditada” la presencia del agente en los actos terroristas.
“Estuvo desplegado en Kabul”
“A estos efectos queda debidamente constatado en las actuaciones que el esposo de la recurrente, cabo primero de la Guardia Civil, estuvo desplegado en Kabul (Afganistán) del 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, formando parte del Equipo de Protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en dicha ciudad, desempeñando una misión de escolta y protección designado por el Ministerio del Interior, y que dicho equipo lo conformaban también otros compañeros, entre los que cabe citar a otro agente”, que ya ha sido considerado en una sentencia de la Audiencia Nacional como víctima del terrorismo por las secuelas psicológicas que le dejaron los mencionados atentados.
Precisamente, la esposa del cabo de la Guardia Civil incluyó en su reclamación “numerosa prueba documental” que, según su opinión, demuestra que las patologías psíquicas padecidas por su marido “fueron consecuencia de esos atentados”. Y en esta documentación consta un acta notarial de 12 de abril de 2012 en la que dos agentes “afirman que formaron parte del equipo de protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en Kabul, desde el 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, periodo durante el cual se produjeron diferentes situaciones de alto riesgo para la seguridad personal, entre las que resaltan las acciones terroristas de 31 de agosto, 8 de septiembre y 30 de septiembre de 2006”.
Y por ello fueron objetivo de los ataques terroristas, según profundiza el acta notarial, ya que en el primero de ellos “los morteros lanzados se dirigían a la Embajada de la UE”. En el segundo “por la coincidencia con el convoy militar en su misión de reconocimiento y limpieza de un trayecto del Alto Representante”, y en el tercer ataque los agentes estaban realizando “labores de reconocimiento del Ministerio del Interior a pocos metros del lugar de la inmolación”, relata la sentencia de la Audiencia Nacional.
“Margarita Robles es muy humana”
Pero lo más relevante, según los magistrados, es que el acta notarial determina la presencia del cabo primero “en el lugar y momento de los atentados terroristas” de 2006.
“El expediente todavía no se ha iniciado”, explica el abogado de la viuda, Florentino Martínez Alonso, quien lamenta que el Ministerio del Interior “siga un criterio muy restrictivo” en los casos de víctimas del terrorismo. Y por el contrario, destaca este letrado, la titular de Defensa, Margarita Robles, actúa de una forma “muy humana. Si tiene que entrevistarse con un soldado, siendo la ministra, le recibe en su despacho sin ningún problema. Se interesa como nadie sobre estos casos. Más de un soldado al que le llevo estos casos me lo ha comentado”, concluye Florentino Martínez Alonso.
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La Sentencia a que se hace mención esta puesta en "Sentencias".
Saludos.
NOTA:- En página 25 de este mismo hilo:
Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, SECCIÓN QUINTA, de fecha 19 de mayo de 2021. Favorable a "....admitir a trámite la solicitud de indemnización considerando debidamente acreditada la presencia del esposo fallecido de la recurrente en los actos terroristas a que se refiere aquélla, a fin de resolver, previos los trámites procedimentales correspondientes, acerca de su condición de víctima del terrorismo desde la perspectiva de la posible relación causal entre los padecimientos sufridos y los concretos actos terroristas a que se contrae la solicitud"""""".
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La importancia de la misma es que aparte de la indemnización y como es lógico será considerado víctima del terrorismo, aún estando fallecido, abriendo la puerta para que su esposa sea reconocida con la Pensión por Acto de Terrorismo.
Significar que conocí al compañero fallecido a consecuencia de infarto, así como a su esposa y que nuestra Asociación de volcó como es lógico para ayudar. Reconociendo la gran labor del Abogado, así como la importancia de la documentación y en este caso, también la Sentencia de su compañero que a causa de estos mismos atentados fue reconocido como Víctima del Terrorismo.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Que grande es Floren y que humanitario. Faltan personas como esta en el mundo.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Me uno a las sentidas palabras de Arano y Marti. Ojalá, el siempre buen hacer de D. Florentino, consiga que le reconozcan a la familia del fallecido todos cuantos derechos les asistan porque ya es una inmensa tristeza pasar por el trance de perder un ser querido en acto terrorista como para que quiénes se suponen deben facilitar trámites burocráticos vengan a dificultar, cuestionar y embarrar todo aún más.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Buenas tardes Cartera 1965, así es la Administración te desprotege, te pone zancadillas y si lo cree conveniente te lleva ante los tribunales. Yo soy de los que digo, que reses para que aquí dentro de la Administración no te ocurra nada.cartera1965 escribió: ↑Jue Ago 26, 2021 8:46 pm Me uno a las sentidas palabras de Arano y Marti. Ojalá, el siempre buen hacer de D. Florentino, consiga que le reconozcan a la familia del fallecido todos cuantos derechos les asistan porque ya es una inmensa tristeza pasar por el trance de perder un ser querido en acto terrorista como para que quiénes se suponen deben facilitar trámites burocráticos vengan a dificultar, cuestionar y embarrar todo aún más.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
Espero le reconozcan lo que le corresponde a RosaArano escribió: ↑Jue Ago 26, 2021 5:01 pm La Justicia obliga a Marlaska a investigar si un guardia civil sufrió secuelas de Afganistán
La Audiencia Nacional ordena al Ministerio del Interior que determine si tres atentados en Kabul originaron un trastorno mental a un cabo primero
La Audiencia Nacional ha obligado al Ministerio del Interior a investigar si la familia de un cabo primero de la Guardia Civil, ya fallecido, tiene derecho a recibir una indemnización como víctima del terrorismo en Afganistán.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha ordenado en una sentencia de 19 de mayo al Ministerio de Fernando Grande-Marlaska, que había rechazado admitir a trámite la reclamación de la viuda, que abra un expediente para determinar si debe recibir una indemnización por los supuestos daños psicológicos que sufrió su marido en tres atentados perpetrados en Kabul en 2006.
En ese año este cabo primero formaba parte del contingente español destinado en Afganistán y, según la magistrada Fátima de la Cruz Mera, que ejerció de ponente del fallo, está “debidamente acreditada” la presencia del agente en los actos terroristas.
“Estuvo desplegado en Kabul”
“A estos efectos queda debidamente constatado en las actuaciones que el esposo de la recurrente, cabo primero de la Guardia Civil, estuvo desplegado en Kabul (Afganistán) del 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, formando parte del Equipo de Protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en dicha ciudad, desempeñando una misión de escolta y protección designado por el Ministerio del Interior, y que dicho equipo lo conformaban también otros compañeros, entre los que cabe citar a otro agente”, que ya ha sido considerado en una sentencia de la Audiencia Nacional como víctima del terrorismo por las secuelas psicológicas que le dejaron los mencionados atentados.
Precisamente, la esposa del cabo de la Guardia Civil incluyó en su reclamación “numerosa prueba documental” que, según su opinión, demuestra que las patologías psíquicas padecidas por su marido “fueron consecuencia de esos atentados”. Y en esta documentación consta un acta notarial de 12 de abril de 2012 en la que dos agentes “afirman que formaron parte del equipo de protección personal del Alto Representante de la Unión Europea en Kabul, desde el 1 de agosto de 2006 al 7 de julio de 2007, periodo durante el cual se produjeron diferentes situaciones de alto riesgo para la seguridad personal, entre las que resaltan las acciones terroristas de 31 de agosto, 8 de septiembre y 30 de septiembre de 2006”.
Y por ello fueron objetivo de los ataques terroristas, según profundiza el acta notarial, ya que en el primero de ellos “los morteros lanzados se dirigían a la Embajada de la UE”. En el segundo “por la coincidencia con el convoy militar en su misión de reconocimiento y limpieza de un trayecto del Alto Representante”, y en el tercer ataque los agentes estaban realizando “labores de reconocimiento del Ministerio del Interior a pocos metros del lugar de la inmolación”, relata la sentencia de la Audiencia Nacional.
“Margarita Robles es muy humana”
Pero lo más relevante, según los magistrados, es que el acta notarial determina la presencia del cabo primero “en el lugar y momento de los atentados terroristas” de 2006.
“El expediente todavía no se ha iniciado”, explica el abogado de la viuda, Florentino Martínez Alonso, quien lamenta que el Ministerio del Interior “siga un criterio muy restrictivo” en los casos de víctimas del terrorismo. Y por el contrario, destaca este letrado, la titular de Defensa, Margarita Robles, actúa de una forma “muy humana. Si tiene que entrevistarse con un soldado, siendo la ministra, le recibe en su despacho sin ningún problema. Se interesa como nadie sobre estos casos. Más de un soldado al que le llevo estos casos me lo ha comentado”, concluye Florentino Martínez Alonso.
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Saludos.
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Ya que entiendo es el caso de Mena
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: INFORMACIÓN VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EN GENERAL
El mismo amigo P., estoy en contacto permanente con su esposa, así como en su momento le estuve ayudando a él y las cosas iban muy bien.
Hay esperanzas mas que fundamentadas en que se haga justicia y sea declarado Víctima.
Abrazos.
Hay esperanzas mas que fundamentadas en que se haga justicia y sea declarado Víctima.
Abrazos.