ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
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ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Hola a todos, quería lanzar una consulta "URGENTE".
Algún entendido en la materia me podía decir el valor probatorio de un Acta de la Junta Medico Pericial Superior?
Yo estoy reconocido por la dicha Junta M.PS. causa efecto con Atentado Terrorista y ahora la Intervención Delegada del Ministerio del Interior, me deniega la Indemnización que me corresponde.
El Ministerio del Interior lo reconoce pero la Intervención delegada no quiere fiscalizar el pago, porque dice que que según el Informe que emite la G.C , no esta muy acreditada mi presencia en el lugar del Atentado.
Viene a decir:"No viene en Diligencias, pero tampoco podemos descartar su presencia en dicho Atentado.
Algún entendido en la materia me podía decir el valor probatorio de un Acta de la Junta Medico Pericial Superior?
Yo estoy reconocido por la dicha Junta M.PS. causa efecto con Atentado Terrorista y ahora la Intervención Delegada del Ministerio del Interior, me deniega la Indemnización que me corresponde.
El Ministerio del Interior lo reconoce pero la Intervención delegada no quiere fiscalizar el pago, porque dice que que según el Informe que emite la G.C , no esta muy acreditada mi presencia en el lugar del Atentado.
Viene a decir:"No viene en Diligencias, pero tampoco podemos descartar su presencia en dicho Atentado.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
Un saludo.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Tu lo has dicho, las personas heridas físicamente pero no Psicologicamente. Estuve en el Atentado y hubo condenados, por cierto ya han cumplido condena. Pero desde hace tanto tiempo llame a la Comandancia y han destruido muchísima documentación.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
¿Como que han destruido documentación? No sé cómo funciona en la GC, pero en la Armada, cada cinco años, toda la documentación al archivo de la zona, indexada y relacionada. Que destruyan ese tipo de papeles me parece muy raroMOLI escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:55 pmTu lo has dicho, las personas heridas físicamente pero no Psicologicamente. Estuve en el Atentado y hubo condenados, por cierto ya han cumplido condena. Pero desde hace tanto tiempo llame a la Comandancia y han destruido muchísima documentación.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Así me lo dijeron telefónicamente y por escrito.Erre escribió: ↑Vie Mar 22, 2019 1:14 pm¿Como que han destruido documentación? No sé cómo funciona en la GC, pero en la Armada, cada cinco años, toda la documentación al archivo de la zona, indexada y relacionada. Que destruyan ese tipo de papeles me parece muy raroMOLI escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:55 pmTu lo has dicho, las personas heridas físicamente pero no Psicologicamente. Estuve en el Atentado y hubo condenados, por cierto ya han cumplido condena. Pero desde hace tanto tiempo llame a la Comandancia y han destruido muchísima documentación.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Compañero tengo un Acta de la Junta Medico Pericial Superior, en la cual en la Peritación se me recoge la enfermedad y causa efecto con Atentado Terrorista.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Compañero si tienes eso reconocido en el informe de la JMPS no deberían de poner pegas en el ministerio porque seguramente son ellos los que han propuesto que la pases para acreditar causa efecto con atentado.
- trasgu123
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
En que atentado estuviste involucrado ??MOLI escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:55 pmTu lo has dicho, las personas heridas físicamente pero no Psicologicamente. Estuve en el Atentado y hubo condenados, por cierto ya han cumplido condena. Pero desde hace tanto tiempo llame a la Comandancia y han destruido muchísima documentación.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
Un saludo.
Respondiendo a la pregunta de inicio, un Acta de una Junta tiene el valor probatorio que le quiera dar cada Organismo en el que se presente.
En todo caso, si hubo juicio en la Audiencia Nacional en el expediente judicial deberian constar todas las diligencias y pruebas documentales efectuadas por la G Civil, y en la sentencia figurara tu nombre y el del resto de G Civiles a los que les afecto el atentado.
Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Disculpa como veo tu eres ex-militar. En Diligencias solo se ponen a los fallecidos y heridos físicamente, pero nunca se pone en unas Diligencias Policiales aquellos o aquellas personas o miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, que su lesión es Psicológicas, puesto que no es de interés para la investigación. Yo estuve involucrado en el año 86 en Zarautz, de hay me derivaron a Burgos y posterior a Ciempozuelos(Madrid) y fui declarado "No Apto total para el Servicio de las Armas" y con ese diagnostico me reincorporo la G.C, me destinaros a Andalucía y he permanecido durante 37 años prestando Servicio sin poder ni deber con APL. Actualmente la Junta Medico Pericial Superior en base a la Información aportada, mas todos los Informes médicos, se me declara Incapacidad Permanente Total, y causa efecto con Atentado Terrorista.Ahora dicho esto, serias tan amable de decirme si el Acta de la Junta Medico Pericial, con esa Patología sirve para algo?trasgu123 escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 11:27 amEn que atentado estuviste involucrado ??MOLI escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:55 pmTu lo has dicho, las personas heridas físicamente pero no Psicologicamente. Estuve en el Atentado y hubo condenados, por cierto ya han cumplido condena. Pero desde hace tanto tiempo llame a la Comandancia y han destruido muchísima documentación.halcon escribió: ↑Mié Mar 20, 2019 5:39 pm Si has estado en el atentado y hay condenados debería haber una sentencia firme en la que figuren todas las personas heridas, si las secuelas salen a posteriori lo suyo sería tener un informe forense con causa efecto atentado terrorista o por lo menos informe del jefe diciendo que estabas allí ese día.
Un saludo.
Respondiendo a la pregunta de inicio, un Acta de una Junta tiene el valor probatorio que le quiera dar cada Organismo en el que se presente.
En todo caso, si hubo juicio en la Audiencia Nacional en el expediente judicial deberian constar todas las diligencias y pruebas documentales efectuadas por la G Civil, y en la sentencia figurara tu nombre y el del resto de G Civiles a los que les afecto el atentado.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Hola Moli. No eres el primer caso. Te cuento, si no estás en diligencias, ni en sentencia, te pueden considerar víctima del terrorismo, pero negarte la indemnización, e incluso la pensión extraordinaria. Lo único que tiene valor probatorio es que tu nombre esté asentado en los documentos anteriormente citados, sino, te van a poner pegas. Te comento el caso de un amigo y compañero:
Durante una misión en Israel, fue junto a un gendarme francés y un carabinieri italiano, asaltado y atrapado en medio de un intercambio de granadas y disparos entre el ejército israelí y el grupo terrorista Hamás. Debido al estrés postraumático, fue dado de baja y posteriormente retirado.
Pues bien, tuvo que recurrir el 200% por cien ante la Audiencia, y el juez le negó la condición de víctima de terrorismo porque según él, el atentado no iba dirigido a su persona!!! Es terrible, porque la pobre señora que estaba comprando boquerones en el Hipercor de Barcelona tampoco era objetivo de e.t.a, sin embargo a nadie se le pasa por la cabeza pensar que no es víctima de terrorismo.
Pero así son las cosas a la hora de soltar la pasta... Por lo tanto, igual te reconocen el 200% pero te niegan la indemnización y la pensión extraordinaria.
A los tribunales tendrás que ir...
Durante una misión en Israel, fue junto a un gendarme francés y un carabinieri italiano, asaltado y atrapado en medio de un intercambio de granadas y disparos entre el ejército israelí y el grupo terrorista Hamás. Debido al estrés postraumático, fue dado de baja y posteriormente retirado.
Pues bien, tuvo que recurrir el 200% por cien ante la Audiencia, y el juez le negó la condición de víctima de terrorismo porque según él, el atentado no iba dirigido a su persona!!! Es terrible, porque la pobre señora que estaba comprando boquerones en el Hipercor de Barcelona tampoco era objetivo de e.t.a, sin embargo a nadie se le pasa por la cabeza pensar que no es víctima de terrorismo.
Pero así son las cosas a la hora de soltar la pasta... Por lo tanto, igual te reconocen el 200% pero te niegan la indemnización y la pensión extraordinaria.
A los tribunales tendrás que ir...
- trasgu123
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Zarauz 1986 ?? No recordaba que en Meagas alguno de los GC hubiese salido totalmente ileso fisicamente. Ponle una vela a la Virgen del Pilar.MOLI escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 1:39 pm
Disculpa como veo tu eres ex-militar. En Diligencias solo se ponen a los fallecidos y heridos físicamente, pero nunca se pone en unas Diligencias Policiales aquellos o aquellas personas o miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, que su lesión es Psicológicas, puesto que no es de interés para la investigación. Yo estuve involucrado en el año 86 en Zarautz, de hay me derivaron a Burgos y posterior a Ciempozuelos(Madrid) y fui declarado "No Apto total para el Servicio de las Armas" y con ese diagnostico me reincorporo la G.C, me destinaros a Andalucía y he permanecido durante 37 años prestando Servicio sin poder ni deber con APL. Actualmente la Junta Medico Pericial Superior en base a la Información aportada, mas todos los Informes médicos, se me declara Incapacidad Permanente Total, y causa efecto con Atentado Terrorista.Ahora dicho esto, serias tan amable de decirme si el Acta de la Junta Medico Pericial, con esa Patología sirve para algo?
En Diligencias debe de figurar TODO, dia, hora, lugar, muertos, heridos, testigos, daños, etc., y el personal herido o ileso, ademas de otros que esten presentes en el momento del suceso, son testigos y como tales han de prestar declaracion. Eso son unas Diligencias bien hechas. Si el padecimiento es psicologico y se desarrola con posterioridad, nada mas facil que personarse en la causa judicial como perjudicado, ya que l Audiencia Nacional condena ademas de la prision, a las indemnizaciones economicas correspondientes.
Del resto, no voy a añadir nada ya que elinfanzon lo ha definido suficientemente claro.
Dicho esto, el Acta de la Junta Medica tiene el valor que los organismos en los que se presente le quieran dar, dicho de otra manera no tienen porque hacer caso del acta.
Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Pues creo que no estará intentando decir algo fuera de contexto. Si le sirve de algo y con esto termino con Usted. De allí salimos 4 ilesos. Y no tengo porque darle mas explicaciones. Usted era el que NO estaba allí, puesto de que NO era ni es una de sus competencias.Usted NO sabe que documentación puedo yo tener y si estoy incluido en Diligencias.Yo solo he consultado el Valor probatorio de un Acta de la Junta Medico Pericial Superior. Y le ruego encarecidamente que usted NO vuelva mas a poner en duda mi palabra.trasgu123 escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 4:21 pmZarauz 1986 ?? No recordaba que en Meagas alguno de los GC hubiese salido totalmente ileso fisicamente. Ponle una vela a la Virgen del Pilar.MOLI escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 1:39 pm
Disculpa como veo tu eres ex-militar. En Diligencias solo se ponen a los fallecidos y heridos físicamente, pero nunca se pone en unas Diligencias Policiales aquellos o aquellas personas o miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, que su lesión es Psicológicas, puesto que no es de interés para la investigación. Yo estuve involucrado en el año 86 en Zarautz, de hay me derivaron a Burgos y posterior a Ciempozuelos(Madrid) y fui declarado "No Apto total para el Servicio de las Armas" y con ese diagnostico me reincorporo la G.C, me destinaros a Andalucía y he permanecido durante 37 años prestando Servicio sin poder ni deber con APL. Actualmente la Junta Medico Pericial Superior en base a la Información aportada, mas todos los Informes médicos, se me declara Incapacidad Permanente Total, y causa efecto con Atentado Terrorista.Ahora dicho esto, serias tan amable de decirme si el Acta de la Junta Medico Pericial, con esa Patología sirve para algo?
En Diligencias debe de figurar TODO, dia, hora, lugar, muertos, heridos, testigos, daños, etc., y el personal herido o ileso, ademas de otros que esten presentes en el momento del suceso, son testigos y como tales han de prestar declaracion. Eso son unas Diligencias bien hechas. Si el padecimiento es psicologico y se desarrola con posterioridad, nada mas facil que personarse en la causa judicial como perjudicado, ya que l Audiencia Nacional condena ademas de la prision, a las indemnizaciones economicas correspondientes.
Del resto, no voy a añadir nada ya que elinfanzon lo ha definido suficientemente claro.
Dicho esto, el Acta de la Junta Medica tiene el valor que los organismos en los que se presente le quieran dar, dicho de otra manera no tienen porque hacer caso del acta.
Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Elinfanzon, yo tengo Diligencias en las cuales aparezco y junto con el Acta de Ciempozuelos de aquellos epoca. Si yo solo es una consulta Jurídica sobre el valor probatorio de un Acta de JMP. Venga un Abrazo.elinfanzon escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 2:48 pm Hola Moli. No eres el primer caso. Te cuento, si no estás en diligencias, ni en sentencia, te pueden considerar víctima del terrorismo, pero negarte la indemnización, e incluso la pensión extraordinaria. Lo único que tiene valor probatorio es que tu nombre esté asentado en los documentos anteriormente citados, sino, te van a poner pegas. Te comento el caso de un amigo y compañero:
Durante una misión en Israel, fue junto a un gendarme francés y un carabinieri italiano, asaltado y atrapado en medio de un intercambio de granadas y disparos entre el ejército israelí y el grupo terrorista Hamás. Debido al estrés postraumático, fue dado de baja y posteriormente retirado.
Pues bien, tuvo que recurrir el 200% por cien ante la Audiencia, y el juez le negó la condición de víctima de terrorismo porque según él, el atentado no iba dirigido a su persona!!! Es terrible, porque la pobre señora que estaba comprando boquerones en el Hipercor de Barcelona tampoco era objetivo de e.t.a, sin embargo a nadie se le pasa por la cabeza pensar que no es víctima de terrorismo.
Pero así son las cosas a la hora de soltar la pasta... Por lo tanto, igual te reconocen el 200% pero te niegan la indemnización y la pensión extraordinaria.
A los tribunales tendrás que ir...
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Lo sé Moli, pero no es lo mismo "aparecer" en diligencias, como "...se personó una patrulla, cuyos componentes..." etc. Que figures en las diligencias como afectado por la explosión, o sea herido. Ahí, un juez, como el caso que te he comentado y otros tantos existentes, te puede dar la razón en que tu situación es causa/efecto de atentado terrorista, reconocerte incluso el 200%, pero negarte la indemnización y la pensión extraordinaria. Creo recordar que en este foro ya existe un caso similar, en el que le deniegan la pensión extraordinaria.MOLI escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 7:58 pmElinfanzon, yo tengo Diligencias en las cuales aparezco y junto con el Acta de Ciempozuelos de aquellos epoca. Si yo solo es una consulta Jurídica sobre el valor probatorio de un Acta de JMP. Venga un Abrazo.elinfanzon escribió: ↑Sab Mar 23, 2019 2:48 pm Hola Moli. No eres el primer caso. Te cuento, si no estás en diligencias, ni en sentencia, te pueden considerar víctima del terrorismo, pero negarte la indemnización, e incluso la pensión extraordinaria. Lo único que tiene valor probatorio es que tu nombre esté asentado en los documentos anteriormente citados, sino, te van a poner pegas. Te comento el caso de un amigo y compañero:
Durante una misión en Israel, fue junto a un gendarme francés y un carabinieri italiano, asaltado y atrapado en medio de un intercambio de granadas y disparos entre el ejército israelí y el grupo terrorista Hamás. Debido al estrés postraumático, fue dado de baja y posteriormente retirado.
Pues bien, tuvo que recurrir el 200% por cien ante la Audiencia, y el juez le negó la condición de víctima de terrorismo porque según él, el atentado no iba dirigido a su persona!!! Es terrible, porque la pobre señora que estaba comprando boquerones en el Hipercor de Barcelona tampoco era objetivo de e.t.a, sin embargo a nadie se le pasa por la cabeza pensar que no es víctima de terrorismo.
Pero así son las cosas a la hora de soltar la pasta... Por lo tanto, igual te reconocen el 200% pero te niegan la indemnización y la pensión extraordinaria.
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Re: ACTA JUNTA MEDICO PERICIAL SUPERIOR.
Se procede el cierre del tema por haber sido dado de baja de la página usuario que lo inicio.
Saludos.
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