Cobrar la pension en otro pais ?

Dudas sobre retiros por incapacidad.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Avatar de Usuario
masss
Capitan General
Capitan General
Mensajes: 2057
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:19 am
Contactar:

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por masss »

calinsanchez escribió:Vaya esta info es mejor que la anterior pwro totalmete contraria.

Que follon esto del papeleo a nivel europeo jeje

Gracias
Es que la propia Ley no está clara, la Ley dice " El percibo de la pensión es incompatible con la inclusión en cualquier régimen público de Seguridad Social".

Como siempre hecha la Ley hecha la trampa, la Ley está para interpretarla, por ello lo mejor es realizar la consulta por escrito a Clases Pasivas, y obtener la respuesta por escrito como ha hecho "Tralara".
Imagen
calinsanchez
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 35
Registrado: Dom Jun 15, 2008 4:52 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Afectado por el "ZPENSIONAZO"

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por calinsanchez »

Ok gracias. De todas maneras, tal y como digo era curiosidad ya que no voy a trabajar (al menos por ahora)

Una vez mas gracias ;)
Tralara
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 94
Registrado: Mié Dic 10, 2008 4:40 pm

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por Tralara »

Efectivamente, cualquier duda que tengas pregunta por escrito, tardan mas o menos una semana en contestar pero saldrás de toda duda. Yo ya he elevado consulta muchas veces, y varias de ellas por temas de incompatibilidades, una de ellas la de trabajar en el extranjero.

Saludos.
calinsanchez
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 35
Registrado: Dom Jun 15, 2008 4:52 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Afectado por el "ZPENSIONAZO"

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por calinsanchez »

Y a donde exactamente debo escribir? A clases pasivas de hacienda decis?
Graciad
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15242
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Haces un escrito exponiendo tu consulta y te vas al registro de la unidad de Clases Pasivas que está en la Delegación de Hacienda de tu provincia y en unos días te darán respuesta.

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
calinsanchez
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 35
Registrado: Dom Jun 15, 2008 4:52 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Afectado por el "ZPENSIONAZO"

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por calinsanchez »

Gracias, lo intentare hacer mañana mismo.
dreyfus
Soldado
Soldado
Mensajes: 6
Registrado: Lun Abr 02, 2012 10:20 pm

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por dreyfus »

Eso de preguntar a la propia administración que te fiscaliza no creo que sea muy buena idea en este caso. Lo que tienes que saber es si existe cruce de datos y, que yo sepa, la respuesta es no. Como no hay cruce de datos y por lo poco que he leído creo que vives cerca de la frontera y trabajarías al otro lado de la muga, tú no cambias nada, tu residencia fiscal sigue siendo la misma si te conviene, a Clases Pasivas no le dices ni mu y cobras tu sueldito francés. Tus hijos no tienen porqué sufrir la marranada del pensionazo.
juans
Coronel
Coronel
Mensajes: 2894
Registrado: Jue Ago 27, 2009 12:52 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por edad
Comentario: FUNCIONARIO CIVIL

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por juans »

Yo no sé si actualmente hay o no cruce de datos con Haciendas extranjeras, lo que sí es cierto es que la última reforma fiscal del gobierno actual ha introducido cambios en la normativa tributaria con especial referencia a la asistencia mutua con las Haciendas de la Unión Europea.
Tralara
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 94
Registrado: Mié Dic 10, 2008 4:40 pm

Re: Cobrar la pension en otro pais ?

Mensaje por Tralara »

A ver no hace falta que vayas a ninguna delegación de hacienda a llevar el escrito, por internet lo puedes hacer. Manda tu consulta al correo electrónico siguiente:

Clases.pasivas@sepg.minhap.es

De todas formas en este enlace tienes todos los medios que dispone la administración para ponerte en contacto:

http://www.clasespasivas.sgpg.pap.meh.e ... actos.aspx

La ley dice " El percibo de la pensión es incompatible con la inclusión en cualquier régimen público de Seguridad Social". Cuando habla de Seguridad Social lógicamente habla de la seguridad social española y de sus distintas formas, porque obviamente España no tiene jurisdicción en las otras naciones. Cada nación es soberana y se regula por sus propias reglas y tiene sus propios regímenes.

Yo personalmente si me fuese al extranjero a trabajar no le diría absolutamente nada a la administración, hoy por internet puedes hacer todos los trámites bancarios y declaración de hacienda si tener que desplazarte a ningún lado, y además de forma gratuita. si encima dices que vives cerca de la frontera, vamos, ni mu. Pero claro, eso es una opinión personal.

Otra cosa es que por ejemplo, vivas en cualquier país y vayas a la embajada a decir que eres residente en ese país, si lo haces quizás y digo quizás (eso habría que consultarlo a ver si clases pasivas se entera) pueda ser que te lleves una sorpresa, pero no por trabajar en el extranjero, sino por no comunicar a clases pasivas que vives en el extranjero ya que la retención es mucho mayor que si vives allí y por tanto te exijan que devuelvas lo que no has tributado. Eso es lo único que a mi juicio te puede pasar y siempre que se crucen datos. Por lo tanto eso es lo único en lo que debes llevar cuidado, porque a lo mejor te interesa no decir nada en la embajada, o decirlo pero cobrar tu nómina en un banco español y luego tu hacerte transferencias. Eso ya es algo que te debes mirar y valorar, pero por trabajar en el extranjero puedes estar tranquilo.

Saludos.
Responder

Volver a “Retiros por incapacidad”