Buenos días a todos, quiero publicar mi caso después de algún tiempo de visitar este foro y de lo ocurrido, decir que he intentado por todos los medios olvidar y pasar página pero me es totalmente imposible y necesito escribir lo ocurrido y por supuesto escuchar los consejos de compañeros tan agradecidos, que hayan sufrido algo similar, y que me puedan ayudar.
Hace años ingresé en el Ejercito de Tierra como soldado profesional con un contrato temporal de 4 años prorrogables, estando ya destinado en el Acuartelamiento recibí un disparo por arma de fuego en el torax en la Armería del Acuartelamiento. Por lo ocurrido y pasado el tiempo hospitalario y la baja correspondiente para la recuperación, volví al servicio un tiempo, pero por las secuelas derivadas del accidente tuve que volver a darme de baja hasta el término del contrato.
Busqué un abogado militar y denunciamos el caso. El médico pericial valoró lo siguiente:
1. según Baremo de Enfermedad Mental el porcentaje de incapacidad es del 30%.
2. según Baremo de Secuelas del Aparato Digestivo el porcentaje de incapacidad es del 15%.
Según la tabla de valores combinados el paciente presenta una discapacidad del 41%.
Solo presentamos al tribunal las secuelas psicológicas dejando aparcado las secuelas físicas para mas tarde.
El acta de la Junta Médico Pericial Psiquiátrica dictaminó lo siguiente:
1. presenta una discapacidad de clase III, grado moderado, con un porcentaje de psiquiatría del 25%.
Diagnóstico médico pericial: Trastorno por estrés postraumático.
Área funcional: P
Apartado: 267
Letra: c
Coeficiente: 5
Por lo tanto me reconocieron una pensión que detallo.
Tipo de pensión: Extraordinaria de inutilidad para el Servicio. Grado de discapacidad: 25%
Lo cual conlleva al 50% de la nómina pero al ser en acto de servicio se queda en el 100%. Actualmente cobro unos 1.230€ mas o menos.
Actualmente sigo en tratamiento psiquiátrico y psicoterapeutico, no he vuelto a trabajar por distintos motivos, sobre todo por relación al caso, los daños físicos no fueron presentados al Tribunal, la pensión es solo por las secuelas psicológicas derivadas del accidente pero estoy por volver a luchar por el reconocimiento de las secuelas físicas y por empeoramiento de las secuelas psicológicas, ya que después de tanto tiempo sigo en tratamiento y no estabilizado. Si se reconoce un 33% la pensión ya no sería del 50% sino del 70%.
Necesito que me ayuden con lo que hacer ya que para mí y después de tantos años, ésto se ha convertido en un calvario ya no sé que hacer, si enfrentarme de nuevo a todo lo que conlleva y cerrar el círculo o dejarlo pasar, cosa que en estos años no me ha ayudado para nada, el psiquiatra y mi abogado dicen que debemos seguir y terminarlo pero yo aún presento dudas, por miedo?? por que empeore mi estado??, no sé como describirlo....
Bueno, espero que se entienda un poco mi situación descrita y muchísimas gracias al que me leyera y agradezco enormemente algún consejo o ayuda. Ya que a veces me siento como un verdadero naufrago.
Ayuda por agravamiento de enfermedad
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Ayuda por agravamiento de enfermedad
Última edición por Jose2h el Sab Nov 14, 2015 10:36 am, editado 1 vez en total.
- trasgu123
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Re: Ayuda para recurrir al Tribunal Médico Pericial
Vamos por partes.
1º No indicas las fechas del suceso, del tribunal medico, de la resolucion de reconocimiento de la pension, etc.
2º El Acta de la Junta Medica no es recurrible.
3º El pase a retiro lo habra sido en virtud de expediente a tal efecto. Si durante dicha tramitacion no solicitaste la valoracion de las secuelas fisicas, cometiste un enorme error. Aunque es posible que dicha valoracion de haberse efectuado no hubiese supuesto modificacion en el % de la pension.
1º No indicas las fechas del suceso, del tribunal medico, de la resolucion de reconocimiento de la pension, etc.
2º El Acta de la Junta Medica no es recurrible.
3º El pase a retiro lo habra sido en virtud de expediente a tal efecto. Si durante dicha tramitacion no solicitaste la valoracion de las secuelas fisicas, cometiste un enorme error. Aunque es posible que dicha valoracion de haberse efectuado no hubiese supuesto modificacion en el % de la pension.
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Re: Ayuda para recurrir al Tribunal Médico Pericial
Fecha del accidente: 23-03-2001
Fecha del acta de la junta médico pericial psiquiátrica: 18-10-03
Orden de retiro: 29-03-2004
Tipo de pensión: Extraordinaria de inutilidad para el servicio. Grado de discapacidad 25%.
Fecha de retiro: 26.02.2004
Normativa aplicada: Artículo 52 bis del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y Real Decreto 1186/2001
Igual no utilicé las palabras adecuadas, no es recurrir al Tribunal, sino pedir una revisión por agravamiento de la enfermedad.
Fecha del acta de la junta médico pericial psiquiátrica: 18-10-03
Orden de retiro: 29-03-2004
Tipo de pensión: Extraordinaria de inutilidad para el servicio. Grado de discapacidad 25%.
Fecha de retiro: 26.02.2004
Normativa aplicada: Artículo 52 bis del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y Real Decreto 1186/2001
Igual no utilicé las palabras adecuadas, no es recurrir al Tribunal, sino pedir una revisión por agravamiento de la enfermedad.