EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Oli
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por Oli »

Danaerys escribió: Vie Jun 11, 2021 9:36 am Pues he leído todo de arriba a abajo varias veces y nada, que no viene.
No sé si así como las actas son diferentes, ese papel también lo es.
Yo entiendo que los efectos económicos serán desde la firma de la Subsecretaria.
En la publicación del BOD si que es probable que lo ponga.
Voy camino de la Subdelegación con el pelo de colores. Que pena no poder hacerle una foto al Stte. o al Cap. cuando me vea.
😂😂
Allí mismo está el ISFAS. A ver cuántos papeles puedo dejar arreglados hoy.
🤣🤣🤣🤣
Te van a mirar raro.
Danaerys
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por Danaerys »

Pues me han dado los papeles para solicitar la pensión y el Anexo 1 para solicitar el seguro colectivo.
Pero no se puede tramitar nada hasta no salir en el BOD.
Me los he traído a casa, iré rellenándolos y cuando salga, los llevo. Y aún así, ellos sólo mandan lo del seguro colectivo.
Para la pensión hay que esperar a que Defensa vuelque los datos en algo que se llama "Jubila".
En el ISFAS no estaba el señor que tramita la pensión compensatoria, así que no he podido hacer nada.
Y del pelo... pues si que me han mirado un poco diferente, pero nadie me ha dicho nada.
Y os prometo que es fucsia con mechas rosa chicle, jajaja.
Y lo tengo a media espalda y rizado, vaya.
Ná, que aquí en Sevilla, cuando ya llegan estas fechas, todo el mundo sabe que se nos fríen las neuronas de la calor y nos da por hacer cosas raras. Habrán visto ya de todo.
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aggarcade
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por aggarcade »

Buenos días.

Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.

Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.

En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.

Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.

Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.

El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.

Muchas gracias de antemano.
RAYSEBAS escribió: Dom Feb 07, 2021 11:35 am Saludos cordiales:

Ahora si, ya me han comunicado el acuerdo de la Sra. Subsecretaria con mi pase a retiro. En mi caso es importante este documento porque es donde se especifica la incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.

14/01/2019 Inicio de baja medica.
24/01/2020 Solicitud de mi Unidad inicio expediente evaluación extraordinaria condiciones psicofísicas.
15/07/2020 RMNP (en Madrid)
20/09/2020 Cese en destino
23/09/2020 Notificación inicio de expediente evaluación condiciones psicofísicas.
08/10/2020 citación reconocimiento JMP
20/10/2020 Reconocimiento médico JMP 2 (Zaragoza)
27/10/2020 Entrega acta JMP : IPA
03/11/2020 Envío expediente para pasar la J.Evaluación.
18/11/2020 Llegada expediente a DIGENPER (OPAE)
16/12/2020 Junta de Evaluación
17/12/2020 Trámite de audiencia.
18/12/2020 Remisión a Asesoría Jurídica
04/01/2021 Salida expediente de Asesoría Jurídica
15/01/2021 Firma Sra. Subsecretaria.
29/01/2021 Publicación retiro BOD
05/02/2021 Comunicación acuerdo de retiro por Sra. Subsecretaria


Estos han sido los pasos de mi expediente, hay que tener en cuenta que cada Ejército, G.Civil y C. Comunes tiene su Junta de Evaluación y por tanto los tiempos pueden ser distintos.

Muchas gracias a todo el foro por vuestra ayuda. También agradecer el trabajo que han desarrollado en las distintas dependencias por donde ha pasado mi expediente, destacando al Instructor de mi expediente, al Secretario de la JMP nº 2 y al personal de la OPAE de C.Comunes que preparó mi expediente para la J. Evaluación y que acortó con su gestión la duración de mi expediente más de un mes. Muchas gracias a todos, Ray

-mu


P.S. Ahora a seguir con los trámites tras el retiro que inicié al día siguiente de mi publicación en BOD y que os doy cuenta en este enlace: viewtopic.php?f=2&t=28854
aggarcade
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por aggarcade »

Buenos días.

Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.

Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.

En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.

Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.

Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.

El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.

Muchas gracias de antemano.
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cebu41
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por cebu41 »

aggarcade escribió: Dom Jun 13, 2021 9:30 am Buenos días.
Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.
Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.
En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".
Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.
Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.
Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.
El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días aggarcade , creo que el preguntar mas sobre el tema cuando has visto que lo que te dice el forero (Arano) que por cierto uno de los que tiene mejor criterio en este foro y con el, al final del mundo (con alguna pata negra claro esta) y si también te ha dicho el abogado, seria lo mejor que no perdieras el tiempo preguntando mas, porque si ves la trayectoria de Arano en el foro, verías como aconsejaba a la gente y daba soluciones a todos, comprobando que daban resultado positivo, además si un abogado te decía lo mismo, que esperas que te digan aquí mas.
Espero te decidas que hacer y así poder solucionarte el tema, si no supieras déjalo en mano del abogado.
Nos tienes al tanto de como te ha ido que ya veras que bien sale tu resultado.
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por aggarcade »

Muchas gracias Cebu41.

Es indignante que además de tener uno la salud mermada tenga que pelearse con la administración para que lo reconozcan como es debido.

Muchas gracias nuevamente a ti y a Arano por vuestras respuestas.
cebu41 escribió: Dom Jun 13, 2021 9:39 am
aggarcade escribió: Dom Jun 13, 2021 9:30 am Buenos días.
Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.
Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.
En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".
Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.
Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.
Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.
El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días aggarcade , creo que el preguntar mas sobre el tema cuando has visto que lo que te dice el forero (Arano) que por cierto uno de los que tiene mejor criterio en este foro y con el, al final del mundo (con alguna pata negra claro esta) y si también te ha dicho el abogado, seria lo mejor que no perdieras el tiempo preguntando mas, porque si ves la trayectoria de Arano en el foro, verías como aconsejaba a la gente y daba soluciones a todos, comprobando que daban resultado positivo, además si un abogado te decía lo mismo, que esperas que te digan aquí mas.
Espero te decidas que hacer y así poder solucionarte el tema, si no supieras déjalo en mano del abogado.
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por psmito »

Si te ha dicho Arano que solicites una aclaración
Pues nada más que añadir

De todas formas el resultado de esa ampliación no puede ser otra cosa que absoluta, ya que el acta así lo especifica

Para que comprendas

La GC tiene competencia para proponer nada más
Retiro, apl o apto
Nada de incapacidad

Defensa es competente para DAR retiro, apl
Pero tampoco incapacidad

La JMP es la competente para dar la incapacidad
Como te la han dado en ese acta, mientras no haya otro acta que anule esa es una absoluta si o si
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por Arano »

aggarcade escribió: Dom Jun 13, 2021 9:30 am Buenos días.

Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.

Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.

En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.

Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.

Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.

El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.

Muchas gracias de antemano.
Ya te dije en su momento y en otro Post similar, que deberías hacer alegaciones e igualmente te lo dice tu abogado. Ten en cuenta que las Actas gozan de lo que se denomina "certeza", por tal motivo debe prevalecer lo que dice la misma en contra del parecer de SEPEC.

Quien en última instancia se pronunciará será la Asesoría Jurídica de Defensa, pero si ya has presentado alegaciones, es mucho lo que tienes que ganar y es muy posible que no llegues a contencioso.

P.D. No por mucho repetir te diremos otra cosa.

Saludos.
aggarcade
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por aggarcade »

Muchas gracias por vuestras respuestas. Seguiré vuestros consejos.
aggarcade
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por aggarcade »

Buenos días nuevamente.

Como comenté anteriormente, actualmente me encuentro en la situación de que el dictamen de los servicios de asistencia sanitaria de la Guardia Civil coinciden por unanimidad con la Junta Médico Pericial Ordinaria nº 1 donde se me reconoce un 71% de limitación, siendo relevante lo que figura en el acta de la Junta Médico Pericial, concretamente en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, donde dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Tal y como me indica el abogado presentaré alegaciones para que se especifique que padezco una incapacidad permanente y absoluta, aunque me desconcierta que según él podría darse el caso de que solicitaran una nueva junta superior que puediese alterar tanto el porcentaje que me han reconocido como el pronunciamiento de incapacidad absoluta que ya ha dictaminado la junta ordinaria en relación con una de mis patologías.

La verdad es que tengo claro que debo presentar alegaciones a pesar de que pueda suceder lo que dice el abogado.

¿Qué opináis?.

Espero que a nadie le parezca mal la consulta. Vuestras respuestas me están ayudando a digerir todo este proceso mucho mejor.

Muchas gracias.

aggarcade escribió: Dom Jun 13, 2021 9:30 am Buenos días.

Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.

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Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.

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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por Arano »

aggarcade escribió: Mar Jun 15, 2021 8:04 am Buenos días nuevamente.

Como comenté anteriormente, actualmente me encuentro en la situación de que el dictamen de los servicios de asistencia sanitaria de la Guardia Civil coinciden por unanimidad con la Junta Médico Pericial Ordinaria nº 1 donde se me reconoce un 71% de limitación, siendo relevante lo que figura en el acta de la Junta Médico Pericial, concretamente en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, donde dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Tal y como me indica el abogado presentaré alegaciones para que se especifique que padezco una incapacidad permanente y absoluta, aunque me desconcierta que según él podría darse el caso de que solicitaran una nueva junta superior que puediese alterar tanto el porcentaje que me han reconocido como el pronunciamiento de incapacidad absoluta que ya ha dictaminado la junta ordinaria en relación con una de mis patologías. Tu Acta ya recoge la incapacidad absoluta (¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".), por tal motivo no tienes que pasar ninguna otra JMP. Ni mas historias, solo que el SEPEC debe modificar el criterio de total a absoluta, como te he explicado otra veces y punto, lo cual y con todo seguridad Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa diga lo mismo que el Acta.

La verdad es que tengo claro que debo presentar alegaciones a pesar de que pueda suceder lo que dice el abogado. Alegaciones SI. y ya mismo antes que finalice el plazo que son 10 días.

¿Qué opináis?.

Espero que a nadie le parezca mal la consulta. Vuestras respuestas me están ayudando a digerir todo este proceso mucho mejor.

Muchas gracias.

aggarcade escribió: Dom Jun 13, 2021 9:30 am Buenos días.

Quería formular una pregunta relacionada con mi pase a retiro por incapacidad.

Ayer, la Guardia Civil me ha notificado la propuesta de la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación por la que me reconocen una INCAPACIDAD PERMANENTE EN NO ACTO DE SERVICIO. En su momento, tanto la Junta Médico Pericial como posteriormente el Servicio de Asistencia Sanitaria de la Guardia Civil concluyeron de manera UNÁNIME que padezco una LIMITACIÓN EN LA ACTIVIDAD DEL 71%.

En el acta de la Junta Médico Pericial, en uno de los apartados sobre uno de los procesos que padezco, dice lo siguiente: ¿PADECE UNA INCAPACIDAD PERMANENTE Y ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO?: SÍ".

Pese a lo anterior, en su propuesta, la Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación de la Guardia Civil no especifica si la incapacidad permanente es total o absoluta.

Quisiera preguntarles si saben en qué momento del expediente se resuelve si la incapacidad permanente TOTAL o ABSOLUTA.

Un forero me ha recomendado que presente alegaciones.

El abogado al que he consultado me dice que presente alegaciones solicitando que se especifique el tipo de incapacidad permanente en base al acta de la Junta Médico Pericial.

Muchas gracias de antemano.
elchechu
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por elchechu »

Buenas tardes. He intentado buscar la respuesta en el foro a mi pregunta, pero no soy capaz de encontrarla.

Cuánto tiempo suele pasar entre el día que se pasa la JMPO y el día en el que el instructor te cita para ver el acta de dicha JMPO?

Gracias de antemano
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por torm1972 »

elchechu escribió: Mié Jul 21, 2021 4:09 pm Buenas tardes. He intentado buscar la respuesta en el foro a mi pregunta, pero no soy capaz de encontrarla.

Cuánto tiempo suele pasar entre el día que se pasa la JMPO y el día en el que el instructor te cita para ver el acta de dicha JMPO?

Gracias de antemano
Buenas tardes,

Pues depende de la JMPO donde la pasaste, del volumen de trabajo de la misma, de la fecha en que la pasaste por sí pilla vacaciones y esas cosas.
Unos tardarán mes y medio/dos meses, en mi caso no llego al mes.

Un saludo -hi
Danaerys
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por Danaerys »

elchechu escribió: Mié Jul 21, 2021 4:09 pm Buenas tardes. He intentado buscar la respuesta en el foro a mi pregunta, pero no soy capaz de encontrarla.

Cuánto tiempo suele pasar entre el día que se pasa la JMPO y el día en el que el instructor te cita para ver el acta de dicha JMPO?

Gracias de antemano
El instructor no está obligado a enseñártela por lo que puede pasar que no sepas nada hasta que llegue la propuesta de la JEVAL.
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elchechu
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Re: EXPEDIENTE DE PRINCIPIO A FIN

Mensaje por elchechu »

Danaerys escribió: Mié Jul 21, 2021 5:00 pm
elchechu escribió: Mié Jul 21, 2021 4:09 pm Buenas tardes. He intentado buscar la respuesta en el foro a mi pregunta, pero no soy capaz de encontrarla.

Cuánto tiempo suele pasar entre el día que se pasa la JMPO y el día en el que el instructor te cita para ver el acta de dicha JMPO?

Gracias de antemano
El instructor no está obligado a enseñártela por lo que puede pasar que no sepas nada hasta que llegue la propuesta de la JEVAL.
Ok, no sabía eso. Pensé que era una de sus obligaciones el informar al interesado cuando llegase el acta. Y cuánto tiempo suele pasar entre el día que se pasa JMPO y la propuesta de JEVAL?
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