Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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rnatger
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Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por rnatger »

Buenas tardes, estoy a la espera del informe expreso de la junta medico medica pericial superior pero me han dicho que me han concedido un porcentaje del 52% y un 5C, alguien me puede decir si esto es una incapacidad permanente absoluta, gracias.
Danaerys
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Re: Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por Danaerys »

Apostaría a que es absoluta ya que el 5B es la permanente y el 5D es gran invalidez.
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sargentodehierro
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Re: Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por sargentodehierro »

Todo dependerá de si eres militar temporal o de carrera, y saber si te puedes acoger al RD 1186/2001.

Un saludo
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rnatger
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Re: Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por rnatger »

Si efectivamente soy militar de carrera y mas de 20 años de servicio,
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sargentodehierro
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Re: Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por sargentodehierro »

Si eres militar de carrera, el tener más de un 50% no implica que te reconozcan una incapacidad para toda profesión u oficio, como ocurre con los militares temporales acogidos al RD 1186/2001.

Por otro lado, 5C, sí que podría implicar una incapacidad para toda profesión u oficio. Habrá que esperar a ver el acta de la JMPO para confirmarlo.

Real Decreto 401/2013, de 7 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.

Ante la asignación de un coeficiente 5, el dictamen médico pericial debe proponer, con la justificación oportuna y explicitando de forma clara las limitaciones de cada caso, una de las cuatro opciones siguientes:

a) No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
b) Sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.
c) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio.
d) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio, ni las actividades de la vida diaria.»


Un saludo
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rnatger
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Re: Ayuda con dictamen junta medico pericial Fuerzas Armadas

Mensaje por rnatger »

Gracias, ya veremos.
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