Necesito ayuda urgente con el acta

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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TSUJI
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por TSUJI »

psmito escribió: Jue Nov 21, 2019 9:30 am
TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 12:56 am
Danaerys escribió: Jue Nov 21, 2019 12:16 am

Así juraría que era.
Pero el abogado me ha hecho ese escrito.
Si lo dan por bueno y retrotraen las actuaciones, es que si se podía hacer.
Si lo deniegan, pues haré las alegaciones en el trámite de audiencia.
Lo que no podía era quedarme de brazos cruzados dos meses más con la ansiedad que me está suponiendo todo esto.
En la Guardia Civil se puede alegar en cualquier momento entre la apertura y cierre del expediente. No sé si habrá una normativa expecífica para militares pero lo normal sería regirse por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Boletín Oficial del Estado de 02-10-2015.
Mejor que tu abogado no lo va a saber nadie.
No exactamente
Se puede aportar documentación durante todo el expediente, sobretodo hasta el trámite de audiencia

Pero alegar solo al inicio de expediente y en el trámite de audiencia
Si, eso quería decir. Aunque el acta que emite la JMPO no admite alegaciones, ósea las alegaciones se pueden basar en que no te han valorado alguna patología presentada o cualquier error de forma pero no en la resolución del acta. Yo lo hice pasado el plazo de alegaciones, presentando nuevas patologías a los 2 o 3 meses, el resultado es el mismo que con las alegaciones, o no te hacen ni caso o te mandan de nuevo a la JMPO. Lo que si entiendo es que tanto militares como GC se deberían regir por la Ley 39/2015.
No entiendo que el instructor no esté obligado a entregar el acta una vez emitida por la JMPO, si no te la entregan como vas a alegar?, podría dar lugar a indefensión en un contencioso.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por josarg1 »

TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 1:53 pm
psmito escribió: Jue Nov 21, 2019 9:30 am
TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 12:56 am
En la Guardia Civil se puede alegar en cualquier momento entre la apertura y cierre del expediente. No sé si habrá una normativa expecífica para militares pero lo normal sería regirse por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Boletín Oficial del Estado de 02-10-2015.
Mejor que tu abogado no lo va a saber nadie.
No exactamente
Se puede aportar documentación durante todo el expediente, sobretodo hasta el trámite de audiencia

Pero alegar solo al inicio de expediente y en el trámite de audiencia
Si, eso quería decir. Aunque el acta que emite la JMPO no admite alegaciones, ósea las alegaciones se pueden basar en que no te han valorado alguna patología presentada o cualquier error de forma pero no en la resolución del acta. Yo lo hice pasado el plazo de alegaciones, presentando nuevas patologías a los 2 o 3 meses, el resultado es el mismo que con las alegaciones, o no te hacen ni caso o te mandan de nuevo a la JMPO. Lo que si entiendo es que tanto militares como GC se deberían regir por la Ley 39/2015.
No entiendo que el instructor no esté obligado a entregar el acta una vez emitida por la JMPO, si no te la entregan como vas a alegar?, podría dar lugar a indefensión en un contencioso.
Buenas.
Entiendo que una vez pasada la Jeval puedes alegar todo lo que veas del acta de la JMP como el acta de la propia Jeval... lo único que veo en este caso es que se alarga todo.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Gran Capitan »

TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 1:53 pm
psmito escribió: Jue Nov 21, 2019 9:30 am
TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 12:56 am
En la Guardia Civil se puede alegar en cualquier momento entre la apertura y cierre del expediente. No sé si habrá una normativa expecífica para militares pero lo normal sería regirse por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Boletín Oficial del Estado de 02-10-2015.
Mejor que tu abogado no lo va a saber nadie.
No exactamente
Se puede aportar documentación durante todo el expediente, sobretodo hasta el trámite de audiencia

Pero alegar solo al inicio de expediente y en el trámite de audiencia
Si, eso quería decir. Aunque el acta que emite la JMPO no admite alegaciones, ósea las alegaciones se pueden basar en que no te han valorado alguna patología presentada o cualquier error de forma pero no en la resolución del acta. Yo lo hice pasado el plazo de alegaciones, presentando nuevas patologías a los 2 o 3 meses, el resultado es el mismo que con las alegaciones, o no te hacen ni caso o te mandan de nuevo a la JMPO. Lo que si entiendo es que tanto militares como GC se deberían regir por la Ley 39/2015.
No entiendo que el instructor no esté obligado a entregar el acta una vez emitida por la JMPO, si no te la entregan como vas a alegar?, podría dar lugar a indefensión en un contencioso.
Buenas compañero.
Sí que puedes alegar lo he explicado antes.
La única pega es que en vez de tener más de un mes para preparar alegaciones sólo tienes 10 días.
Y la clave está en que el instructor te informe de lo que la JMP ha dictaminado en cuanto ésta manda dicha acta al instructor.
Y ahora me preguntarás....¿Cuando me la enseña? ...
Pues en el momento que el instructor la manda a dirección de personal y ésta la vuelve ha mandar al instructor hace la propuesta junto con el acta de la JMP y es ahí donde te informa y te dan 10 días.
Claro está que si te informara antes tendrías más tiempo para preparar documentación pero eso depende del instructor que te toque.
Una saludo.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

A ver... el escrito que he presentado va dirigido al instructor del expediente.
En él le pido lo que habéis visto... copia del expediente, de mi expediente militar, bla, bla, bla...
Además lo más importante que pido es que se valoren las patologías que no me han mirado. Las más importantes las traumatológicas.
Por eso es lo de retrotraer las actuaciones y me vuelva a enviar a la JMPO.

Si el escrito va dirigido a mi instructor, entiendo que él no tiene que elevar ese escrito a nadie.
O me da lo que pido o me lo deniega.
¿Es así?

Por otra parte, hoy he estado en la Subdelegación de Defensa y los dos mandos que ahora son mis "jefes" son también instructores pero de la Armada ¿?

Les he enseñado el acta y coinciden en que está mal y SI cumplo el Artículo 1.2 del RD 71/2019.

Lo que si me han dicho al enseñarle el escrito dirigido al instructor es que realmente estoy haciendo alegaciones a algo que todavía "no existe", ya que ese acta ha sido devuelta por el instructor a la JMPO para su corrección.

Y que quizá, cuando vuelva de nuevo al instructor ya modificada, hayan cambiado el NO por el SI si se dan cuenta del error.

Esto es insufrible, de verdad.
Última edición por Danaerys el Jue Nov 21, 2019 10:51 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por TSUJI »

Danaerys escribió: Jue Nov 21, 2019 5:34 pm A ver... el escrito que he presentado va dirigido al instructor del expediente.
En él le pido lo que habéis visto... copia del expediente, de mi expediente militar, bla, bla, bla...
Además lo más importante que pido es que se valoren las patologías que no me han mirado. Las más importantes las traumatológicas.
Por eso es lo de retrotraer las actuaciones y me vuelva a enviar a la JMPO.

Si el escrito va dirigido a mi instructor, entiendo que él no tiene que elevar ese escrito a nadie.
O me da lo que pido o me lo deniega.
¿Es así?

Por otra parte, hoy he estado en la Subdelegación de Defensa y los dos mandos que ahora son mis "jefes" son también instructores pero de la Armada ¿?

Les he enseñado el acta y coinciden en que está mal y SI cumplo el Artículo 1.2 del RD 71/2019.

Lo que si me han dicho al enseñarle es escrito dirigido al instructor es que realmente estoy haciendo alegaciones a algo que todavía "no existe", ya que ese acta ha sido devuelta por el instructor a la JMPO para su corrección.

Y que quizá, cuando vuelva de nuevo al instructor ya modificada, hayan cambiado el NO por el SI si se dan cuenta del error.

Esto es insufrible, de verdad.
Cada caso es distinto, yo pedí al instructor que se me valorarán nuevas patologías así como agravamiento de las que padezco, su respuesta resumiendo fue que el no era competente para pedir ampliación/revisión del acta, que debía ser Sanidad de la GC. Le pedí informes médicos emitidos por la JMPO para confección del acta, su respuesta resumiendo, no tengo porque darte informes.
El desgaste psicológico es muy grande, pero ánimo porque saldrá todo bien.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por josarg1 »

El abogado quizá debería haber esperado, la sensación que me da es que va a dejar al instructor un poco descolocado o con el culo al aire... lo mismo con lo que ha hecho el instructor es más que suficiente y rectifican ese "error material" y vuelve el acta de la JMP.
Pienso que el abogado podría haber intentado hablar con el instructor antes de ponerse a escribir, pero bueno, yo no he estudiado para ello y sus motivos tendrá. Al final sólo espero que no se enrarezca el asunto y todo salga bien pero lo que te han dicho en la subdelegación de defensa es lo más sensato y lógico.

Ahora me pongo en el lado del instructor después de avisar a la interesada con el acta de la JMP sin tener la obligación de hacerlo, dejo que le haga una foto a un documento que podría generarme un chorreo, envio a la JMP el acta para su posible rectificación y entre medias me como un escrito de un abogado... pues quizá mi ánimo cambiara. De todos modos no te lo tomes a mal pero pienso que los abogados son $&@^$*$¡@^$¿#¡
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

TSUJI escribió: Jue Nov 21, 2019 6:14 pm Cada caso es distinto, yo pedí al instructor que se me valorarán nuevas patologías así como agravamiento de las que padezco, su respuesta resumiendo fue que el no era competente para pedir ampliación/revisión del acta, que debía ser Sanidad de la GC. Le pedí informes médicos emitidos por la JMPO para confección del acta, su respuesta resumiendo, no tengo porque darte informes.
El desgaste psicológico es muy grande, pero ánimo porque saldrá todo bien.
josarg1 escribió: Jue Nov 21, 2019 8:10 pm El abogado quizá debería haber esperado, la sensación que me da es que va a dejar al instructor un poco descolocado o con el culo al aire... lo mismo con lo que ha hecho el instructor es más que suficiente y rectifican ese "error material" y vuelve el acta de la JMP.
Pienso que el abogado podría haber intentado hablar con el instructor antes de ponerse a escribir, pero bueno, yo no he estudiado para ello y sus motivos tendrá. Al final sólo espero que no se enrarezca el asunto y todo salga bien pero lo que te han dicho en la subdelegación de defensa es lo más sensato y lógico.

Ahora me pongo en el lado del instructor después de avisar a la interesada con el acta de la JMP sin tener la obligación de hacerlo, dejo que le haga una foto a un documento que podría generarme un chorreo, envio a la JMP el acta para su posible rectificación y entre medias me como un escrito de un abogado... pues quizá mi ánimo cambiara. De todos modos no te lo tomes a mal pero pienso que los abogados son $&@^$*$¡@^$¿#¡

Si, eso mismo me contestó mi instructor. Que él por si solo no podía hacerme pasar una nueva JMPO.

Pero el Art. 10 y siguientes del R.D. 944/2001 dicen:

5. El instructor practicará cuantas diligencias estime oportunas para determinar las causas que pudieran originar la incapacidad y la posible relación de causalidad con las actividades del servicio o, en su caso, con atentado terrorista, adjuntando los documentos, declaraciones de testigos y otras pruebas que lo acrediten. En sus actuaciones acordará en un solo acto todos los trámites que por su naturaleza admitan una impulsión simultánea y no sea obligado su cumplimiento sucesivo, y observará los plazos y los motivos de suspensión, de acuerdo con el apartado 5 del artículo 42 de la Ley 30/1992.

6. Finalizadas sus actuaciones, el instructor emitirá sus conclusiones y remitirá el expediente, debidamente foliado, a la Junta de evaluación a la que se refiere el apartado 2 del artículo 9 de este Reglamento, comunicándolo al interesado.

En el artículo 53.a de la Ley 39/2015 dice que tenemos derecho a:

a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos.

Y el artículo 76 de esa misma Ley dice:

Artículo 76. Alegaciones.

1. Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio.

Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.

2. En todo momento podrán los interesados alegar los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos preceptivamente señalados o la omisión de trámites que pueden ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto. Dichas alegaciones podrán dar lugar, si hubiere razones para ello, a la exigencia de la correspondiente responsabilidad disciplinaria.

Mi "jefe" de la Subdelegación también me ha dicho que si bien en el procedimiento no dice que se deba enseñar o dar copia del acta al interesado, tampoco dice que no se pueda hacer.
Y que ellos, con el personal que llevan, cuando reciben las actas, llaman a esas personas, les notifican que han recibido el Acta y les dan copia. Todo con papeles.
Es decir, que los militares han de firmar el recibí incluso.
Que cada maestrillo tiene su librillo, viene a ser esto.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

Con lo que he escrito en mi anterior mensaje os he querido decir que pienso que puede ser posible que el instructor tenga potestad para, si no ha reunido suficiente documentación o el interesado realiza alegaciones, a solicitar a su criterio nuevas pruebas.

Pero esto es algo que he pensado yo.
Y que mi abogado ha solicitado.
Como os he dicho, no creo haber dejado con el culo al aire a nadie ya que el escrito va dirigido expresamente a él. Me lo puede denegar y listo.
Nadie tiene por qué enterarse de que yo he visto ese acta.
Es más... si al instructor pudiera suponerle algún problema, diría que estaba allí encima y yo le hice fotos sin su consentimiento en un momento en el que tuvo que salir a atender una llamada importante.

Mi instructor, pese a estar un poco perdido al principio, ha intentado ayudarme en todo momento.
Pero puesto que cuando fui la primera vez no conocía siquiera el RD 71/2019, confío más en mi abogado que está especializado en expedientes psicofísicos y él mismo es militar de carrera.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

Hoy me ha llamado de nuevo el instructor.
Ya les ha llegado el acta corregida (han quitado el grado de incapacidad), solo esa modificación.
La han tenido que volver a mandar a la JMPO porque las fechas no coinciden.
Al principio pone Julio y en la firma octubre.

La semana que viene me ha dicho que me llamará y me dará en un pen toda la documentación solicitada y ya mandará todo a la JEVAL para que emita la propuesta.

Pero que cuente con que tardará un par de meses estando las fiestas navideñas por medio.

Hoy he aprovechado para añadir al expediente certificados médicos más actualizados con el fin de "influir" en la propuesta de la JEVAL.

Mi psiquiatra insiste en que es un trastorno adaptativo reactivo y así lo ha puesto en el informe.
He añadido copia de 2 JMPO y un RMNP por psiquiatría donde me dan 0 incapacidad psiquiátrica.

E informes de la operación en la que me pusieron 2 tornillos en la rodilla por un accidente en acto de servicio.

Por otra parte, ayer pasé el Tribunal en el centro base para que determinen mi grado de discapacidad.
Espero que esa documentación, si llego a conseguir una minusvalía, también me sirva.

Mientras, sigo a base de lexatines y orfidales.
Me están arruinando la vida, con la que tengo encima con mi hijo.

Hasta se me pasan pensamientos malos por la mente...
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Gran Capitan »

Buenas noches compañera.
Cuando dices que te han quitado el grado de incapacidad te refieres a los grados de discapacidad pues entiendo que en cuanto a la incapacidad todo sigue igual. Corrígeme si me equivoco.
Y otra pregunta es si al final¿ te incluyen en el Real Decreto?
Un saludo
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

Gran Capitan escribió: Jue Nov 28, 2019 10:38 pm Buenas noches compañera.
Cuando dices que te han quitado el grado de incapacidad te refieres a los grados de discapacidad pues entiendo que en cuanto a la incapacidad todo sigue igual. Corrígeme si me equivoco.
Y otra pregunta es si al final¿ te incluyen en el Real Decreto?
Un saludo


Si te fijas en el acta que colgué (en la primera página del hilo), ponen Coeficiente 5.
8 % de discapacidad.
Eso no se puede poner según el RD 71/2019.
Y es para lo que la devolvieron.
Ahora lo que está mal son las fechas y de nuevo la han devuelto.
Siguen sin incluirme en el RD y por lo tanto... si no logro darle la vuelta, en unos meses estaré en la cola del paro.
(Lo de acampar en el Minisdef ya lo tengo planeado).
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Gran Capitan »

Espero que no llegues a eso y se resuelva todo a tu favor.
Un saludo
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Danaerys »

Gran Capitan escribió: Vie Nov 29, 2019 11:20 pm Espero que no llegues a eso y se resuelva todo a tu favor.
Un saludo
Añadí informes traumatológicos más contundentes y un informe psiquiátrico más actualizado.
Aparte de la guíaburro que os puse.

Sé que modificar el 5 en psiquiatría para que entre dentro del RD es difícil. Eso sería para el contencioso ya que puedo demostrar que siempre he estado bien hasta que mi hijo enfermó.

Pero... creéis que la JEVAL, con los informes traumatológicos nuevos pueda cambiar el APL4 a un 5?
Eso me incluiría automáticamente en el RD 71/2019...

Perdonad que sea tan pesada.
No os imagináis cómo me encuentro.

He estado dos veces ya en urgencias. Llevo 5 kilos perdidos.
No me veo capaz de soportar estos meses.
No aguanto a mi hijo que tanto me demanda. Y luego me la paso llorando por la culpabilidad.
Me sobrepaso con la medicación para dormir todo el día y toda la noche.
Hasta me tienen que obligar a ducharme.
Me he cogido una depresión que no tenía después de esto.
No veo más salida que una.
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por torpedo »

Danaerys escribió: Dom Dic 01, 2019 11:09 pm
Gran Capitan escribió: Vie Nov 29, 2019 11:20 pm Espero que no llegues a eso y se resuelva todo a tu favor.
Un saludo
Añadí informes traumatológicos más contundentes y un informe psiquiátrico más actualizado.
Aparte de la guíaburro que os puse.

Sé que modificar el 5 en psiquiatría para que entre dentro del RD es difícil. Eso sería para el contencioso ya que puedo demostrar que siempre he estado bien hasta que mi hijo enfermó.

Pero... creéis que la JEVAL, con los informes traumatológicos nuevos pueda cambiar el APL4 a un 5?
Eso me incluiría automáticamente en el RD 71/2019...

Perdonad que sea tan pesada.
No os imagináis cómo me encuentro.

He estado dos veces ya en urgencias. Llevo 5 kilos perdidos.
No me veo capaz de soportar estos meses.
No aguanto a mi hijo que tanto me demanda. Y luego me la paso llorando por la culpabilidad.
Me sobrepaso con la medicación para dormir todo el día y toda la noche.
Hasta me tienen que obligar a ducharme.
Me he cogido una depresión que no tenía después de esto.
No veo más salida que una.


Animo no te hundas , yo hoy he pedido el acta me han dicho que esta en madrid y ya les deje por ecrito la solicitud de la misma que la pidan a madrid , y a prepararme para la luchas , tu no te hundas y defiendente con todo
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Re: Necesito ayuda urgente con el acta

Mensaje por Gran Capitan »

Danaerys escribió: Dom Dic 01, 2019 11:09 pm
Gran Capitan escribió: Vie Nov 29, 2019 11:20 pm Espero que no llegues a eso y se resuelva todo a tu favor.
Un saludo
Añadí informes traumatológicos más contundentes y un informe psiquiátrico más actualizado.
Aparte de la guíaburro que os puse.

Sé que modificar el 5 en psiquiatría para que entre dentro del RD es difícil. Eso sería para el contencioso ya que puedo demostrar que siempre he estado bien hasta que mi hijo enfermó.

Pero... creéis que la JEVAL, con los informes traumatológicos nuevos pueda cambiar el APL4 a un 5?
Eso me incluiría automáticamente en el RD 71/2019...

Perdonad que sea tan pesada.
No os imagináis cómo me encuentro.

He estado dos veces ya en urgencias. Llevo 5 kilos perdidos.
No me veo capaz de soportar estos meses.
No aguanto a mi hijo que tanto me demanda. Y luego me la paso llorando por la culpabilidad.
Me sobrepaso con la medicación para dormir todo el día y toda la noche.
Hasta me tienen que obligar a ducharme.
Me he cogido una depresión que no tenía después de esto.
No veo más salida que una.
Buenas tardes compañera.
Creo que no tiene sentido que no te incluyan en el Real Decreto y es una cosa que no la tengo tan clara pero como dijo el compañero cada expediente es un mundo y hasta el final hay que estar luchando.
Mucho ánimo ya que aún no está todo dicho.
Un saludo
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