Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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bobon19
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por bobon19 »

Primero quiero hablar con el servicio médico y ver el informe de RMNP que es lo que dictamina, porque aún no lo he visto. Y también están retrasando la solicitud de inicio de esxpediente, el informe llegó al principio de mes y aún no lo han tramitado.
Gran Capitan
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Gran Capitan »

Yo pasé RMNP en Enero y no iniciaron expediente hasta Abril.
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por bobon19 »

Y ¿cuando llegó el Informe del RMNP? yo lo pasé en noviembre y hasta principios de enero no llegó y está semana empezarán a prepararlo.
Gran Capitan
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Gran Capitan »

El mío fue en Enero de 2018 y en un mes ya estaba en la unidad y pude verlo.
bobon19
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por bobon19 »

¿Te entregan copia o algo parecido?
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Gran Capitan »

No están obligados a darte copia pero tampoco te ponen trabas si la pides pues en el caso que el jefe de unidad solicite que se te inicie expediente cuando pierdes destino el instructor te debe de dar una copia de todo el expediente y ahí vienen los informes del RMNP.
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por bobon19 »

Solicitar inicio expediente ya están en ello, ya que me han dicho que viene con 5.
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Danaerys »

Gran Capitan escribió: Dom Ene 19, 2020 8:55 pm No están obligados a darte copia pero tampoco te ponen trabas si la pides pues en el caso que el jefe de unidad solicite que se te inicie expediente cuando pierdes destino el instructor te debe de dar una copia de todo el expediente y ahí vienen los informes del RMNP.
Están obligados a darte copia mediante oficio del resultado del reconocimiento médico no periódico.
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Gran Capitan »

Buenas noches compañera.

La URMO manda el resultado del reconocimiento entre otros al jefe de la Unidad el cual le da traslado al interesado.
Ésta es la norma pero te recuerdo que cada expediente es un mundo y que si por algún motivo llamémoslo ignorancia por parte del mando que ponen en S1 el cual no conoce bien la normativa y por otro lado la ignorancia por parte del interesado el cual no sabe que la puede pedir y está su derecho,lo que yo estoy diciendo es que cuando el instructor te llama para explicar cómo será el procedimiento del expediente de actitud psicofísica y los pasos que se van a ir dando éste mismo ha de darte una copia del expediente en el que estarán los resultados o resultado entre otros muchos documentos de ese RMNP .

Espero haberme explicado bien.
Un saludo
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por bobon19 »

Buenas tardes
Hoy he visto el informe del RMNP pone:
Apartadó 233 letra e coeficiente 5 A
Apartadó 234 letra b coeficiente 4A
Definitiva e irreversible SI
Si estabilizada
Observaciones: "sería un" 5 pongo entre comillas porque no se lee bien.
¿Esto es definitivo? Se que tengo que pasar JMP, creo que es lo que viene después de que te abran el expediente.
En mi unidad piensan que puedo seguir trabajando por el puesto que desempeño, yo creo que no, se que es reiterar lo dicho anteriormente pero no sé qué postura tomar, agradecería consejos.
Gracias.
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Pacomalo81 »

Danaerys escribió: Lun Dic 09, 2019 1:31 am Tienes que ir al centro base de tu Comunidad Autónoma.
Ya no se equipara la incapacidad permanente total que da el Ejército con el 33 % de discapacidad.

De hecho, se puede dar el caso que seas pensionista por incapacidad y en el centro base no llegues al 33 % de discapacidad y por tanto, no te den la minusvalía.

Discrepo compañero.

En la comunidad valenciana desde el 2019 ya no es así. Para agilizar trámites. También afecta a los que somos de clases pasivas.


https://amp.levante-emv.com/comunitat-v ... 06754.html
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por sargentodehierro »

Pacomalo81 escribió: Mié Ene 22, 2020 10:08 pm Discrepo compañero.

En la comunidad valenciana desde el 2019 ya no es así. Para agilizar trámites. También afecta a los que somos de clases pasivas.
Desde la publicación de esta sentencia del TS, ya no es así:

https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 59&t=26511

Un saludo
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Pacomalo81 »

sargentodehierro escribió: Mié Ene 22, 2020 11:38 pm
Pacomalo81 escribió: Mié Ene 22, 2020 10:08 pm Discrepo compañero.

En la comunidad valenciana desde el 2019 ya no es así. Para agilizar trámites. También afecta a los que somos de clases pasivas.
Desde la publicación de esta sentencia del TS, ya no es así:

https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 59&t=26511

Un saludo

Pues reiteró bajo mi entender que en la comunidad Valenciana no lo harán como dice el TS
https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q= ... FwNZ5SRtYz

Saludos
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por Pacomalo81 »

Puesto que soy discapacitado por esta comunidad con un 36%. Si me pasan a retiro con él acta de 55% de la JMPO, haré entrega del mismo y deben ponerme ese mismo porcentaje.


Saludos
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Re: Ayuda con calculo de incapacidad por JMP.

Mensaje por sargentodehierro »

Si ya tienes reconocido por tu comunidad el grado de discapacidad, es tema distinto, ya que la sentencia del TS se refiere a los pensionistas por incapacidad de la SS o clases pasivas que no han pasado reconocimiento en los servicios sociales de su comunidad.

Aún con todo, este tema está en el limbo, y cada comunidad, que son las que tienen las competencias, lo están aplicando a su libre albedrío, a falta de conocer la nueva normativa que quieren hacer al respecto, tras la publicación de la sentencia.

https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... 59&t=26713

Por otro lado, ese 55% de grado global de limitación en la actividad diaria, recogido en el acta de la JMPO, no tiene ningún valor, ya que las JMPO no son órganos competentes para el reconocimiento de discapacidades.

Y es más, a todos los efectos, un 36% de discapacidad tiene el mismo valor que un 55%.

Un saludo
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