Opinión Acta JMPO
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Opinión Acta JMPO
Buenos días a todos:
Quisiera preguntaros vuestra opinión y que pasos a seguir ahora que recibí el acta.Como dato mi CCAA me dió un 65% de discapacidad y en lo que se refiere a la epilepsia continúo con episodios. Soy militar con compromiso de larga duración y he cumplido este año los 45 años. Muchas gracias por adelantado.
4. PROCESOS.
4.A,1 Diagnóstico médico pericial: EPILEPSIA (crisis parciales complejas, en tratamiento y sin episodios desde 2016).
4.A.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.A.3 La etiología o causa del trastorno. lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.A.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.A.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.A.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.A.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1 , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
EPILEPSIA F 249 a 3
Coeficiente Final: 3.
4.B.1 Diagnóstico médico pericial: FIBROMIALGIA.
4.B.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.B.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: MULTIFACTORIAL
4.B.4 ¿Ha quedado acreditada [a existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de -ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.B.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.B.6 ¿Ha quedado 'acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL,
4.B.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200. I , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
FIBROMIALGIA F 157 4
Coeficiente Final: 4.
4.C.1 Diagnóstico médico pericial: HERNIAS DISCALES CERVICALES C3-C6.
4.C.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó. DURANTE EL SERVICIO.
4.C.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: DEGENERATIVA.
4.C.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO
4.C.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI. y/o es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.C.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial. existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.C.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1, de 3 de a osto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
ALTERACIÓN DE LA FUNCIÓN ARTICULAR F 145 b 4
Coeficiente Final: 4.
4.D.1 Diagnóstico médico pericial: HEMIDISTONIA DERECHA IDIOPÁTICA (con monoparesia del miembro superior derecho y postura distónica de la mano).
4.D.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.D.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.D.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de ta personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.D.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.D.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL.
4.D.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1, de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
HEMIDISTONIA F 248 a 5
Coeficiente Final: 5a.
5. DICTAMEN. Esta Junta emite el siguiente dictamen por unanimidad:
5.1 CALIFICACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA.
5.1.3 EL INTERESADO PRESENTA UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN MILITAR: No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
5.2 EN CASO DE INCAPACIDAD EN CUALQUIERA DE SUS GRADOS, DESDE EL PUNTO DE VISTA MÉDICO PERICIAL, LA PATOLOGÍA O ENFERMEDAD CAUSANTE DE LA INCAPACIDAD ¿PUEDE CONSIDERARSE RELACIONADA CON EL SERVICIO? NO, ninguna de sus patologías.
5.3 ¿Ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos exigidos del Art. 1 .2 del RD 71/2019, de 15 de febrero, BOD 36, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal? SI.
Quisiera preguntaros vuestra opinión y que pasos a seguir ahora que recibí el acta.Como dato mi CCAA me dió un 65% de discapacidad y en lo que se refiere a la epilepsia continúo con episodios. Soy militar con compromiso de larga duración y he cumplido este año los 45 años. Muchas gracias por adelantado.
4. PROCESOS.
4.A,1 Diagnóstico médico pericial: EPILEPSIA (crisis parciales complejas, en tratamiento y sin episodios desde 2016).
4.A.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.A.3 La etiología o causa del trastorno. lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.A.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.A.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.A.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.A.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1 , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
EPILEPSIA F 249 a 3
Coeficiente Final: 3.
4.B.1 Diagnóstico médico pericial: FIBROMIALGIA.
4.B.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.B.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: MULTIFACTORIAL
4.B.4 ¿Ha quedado acreditada [a existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de -ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.B.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.B.6 ¿Ha quedado 'acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL,
4.B.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200. I , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
FIBROMIALGIA F 157 4
Coeficiente Final: 4.
4.C.1 Diagnóstico médico pericial: HERNIAS DISCALES CERVICALES C3-C6.
4.C.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó. DURANTE EL SERVICIO.
4.C.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: DEGENERATIVA.
4.C.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO
4.C.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI. y/o es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.C.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial. existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.C.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1, de 3 de a osto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
ALTERACIÓN DE LA FUNCIÓN ARTICULAR F 145 b 4
Coeficiente Final: 4.
4.D.1 Diagnóstico médico pericial: HEMIDISTONIA DERECHA IDIOPÁTICA (con monoparesia del miembro superior derecho y postura distónica de la mano).
4.D.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.D.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.D.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de ta personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.D.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.D.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL.
4.D.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1, de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
HEMIDISTONIA F 248 a 5
Coeficiente Final: 5a.
5. DICTAMEN. Esta Junta emite el siguiente dictamen por unanimidad:
5.1 CALIFICACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA.
5.1.3 EL INTERESADO PRESENTA UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN MILITAR: No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
5.2 EN CASO DE INCAPACIDAD EN CUALQUIERA DE SUS GRADOS, DESDE EL PUNTO DE VISTA MÉDICO PERICIAL, LA PATOLOGÍA O ENFERMEDAD CAUSANTE DE LA INCAPACIDAD ¿PUEDE CONSIDERARSE RELACIONADA CON EL SERVICIO? NO, ninguna de sus patologías.
5.3 ¿Ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos exigidos del Art. 1 .2 del RD 71/2019, de 15 de febrero, BOD 36, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal? SI.
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: Opinión Acta JMPO
La "opinion" la tienes en el apartado 5.3 del Acta de la JMPO.
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- Cabo 1º
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Re: Opinión Acta JMPO
La duda q tengo es por el coeficiente 5a. Si me corresponde pensión o indemnización.
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
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Re: Opinión Acta JMPO
La pension o indemnizacion la determina el Apartado 5.1.3, con el SI del 5.3, del Acta, y lo que corresponda viene definido en el Real Decreto que se menciona en ese Apartado.
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- Cabo 1º
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Re: Opinión Acta JMPO
Muchas gracias.
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- Cabo 1º
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Re: Opinión Acta JMPO
Un detalle más, en el caso de la hemidistonia, la tengo instanciada para cambio a contingencia profesional desde el año pasado y no recibí respuesta. Como pone en el acta fue durante el servicio, en el período en el que empecé con este problema, además de desarrollar mi función normal como electricista, se le sumó una mayor carga de trabajo ya que estábamos en periodo EVALO, a lo que voy en el punto 4.D.6 pone trastorno común no profesional, esto ¿se pueden presentar alegaciones y valdría de algo?
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: Opinión Acta JMPO
Buenas,
Puedes presentar todas las alegaciones que consideres oportunas, presentando las pruebas o testigos en los que fundamentas las mismas.
Un saludo
Puedes presentar todas las alegaciones que consideres oportunas, presentando las pruebas o testigos en los que fundamentas las mismas.
Un saludo
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- Cabo 1º
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Re: Opinión Acta JMPO
Muchas gracias
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- Alferez
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Re: Opinión Acta JMPO
Buenas noches compañero.sjgt escribió: ↑Mié May 20, 2020 10:35 am Buenos días a todos:
Quisiera preguntaros vuestra opinión y que pasos a seguir ahora que recibí el acta.Como dato mi CCAA me dió un 65% de discapacidad y en lo que se refiere a la epilepsia continúo con episodios. Soy militar con compromiso de larga duración y he cumplido este año los 45 años. Muchas gracias por adelantado.
4. PROCESOS.
4.A,1 Diagnóstico médico pericial: EPILEPSIA (crisis parciales complejas, en tratamiento y sin episodios desde 2016).
4.A.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.A.3 La etiología o causa del trastorno. lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.A.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.A.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.A.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.A.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1 , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
EPILEPSIA F 249 a 3
Coeficiente Final: 3.
4.B.1 Diagnóstico médico pericial: FIBROMIALGIA.
4.B.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.B.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: MULTIFACTORIAL
4.B.4 ¿Ha quedado acreditada [a existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de -ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.B.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.B.6 ¿Ha quedado 'acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento o circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL,
4.B.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200. I , de 3 de agosto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
FIBROMIALGIA F 157 4
Coeficiente Final: 4.
4.C.1 Diagnóstico médico pericial: HERNIAS DISCALES CERVICALES C3-C6.
4.C.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó. DURANTE EL SERVICIO.
4.C.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: DEGENERATIVA.
4.C.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de la personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO
4.C.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI. y/o es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.C.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial. existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL
4.C.7 El proceso se encuentra incluido según RD. 944/200.1, de 3 de a osto,
Diagnóstico médico pericial Área funcional Apartado Letra Coeficiente
ALTERACIÓN DE LA FUNCIÓN ARTICULAR F 145 b 4
Coeficiente Final: 4.
4.D.1 Diagnóstico médico pericial: HEMIDISTONIA DERECHA IDIOPÁTICA (con monoparesia del miembro superior derecho y postura distónica de la mano).
4.D.2 El trastorno, lesión o enfermedad se manifestó clínicamente o se agravó: DURANTE EL SERVICIO.
4.D.3 La etiología o causa del trastorno, lesión o enfermedad es: IDIOPÁTICA.
4.D.4 ¿Ha quedado acreditada la existencia de anomalías en el comportamiento y/o variantes desadaptativas en relación a rasgos de ta personalidad incompatibles con la función que desarrolla, que no hayan sido agravadas por el Servicio, no detectados en las pruebas de ingreso y preexistentes al ingreso en las mismas? NO.
4.D.5 La lesión, enfermedad o trastorno, desde un punto de vista médico pericial ¿está estabilizado? SI, y ¿es irreversible o de remota o incierta reversibilidad? SI.
4.D.6 ¿Ha quedado acreditado que, desde el punto de vista médico pericial, existe relación entre la patología descrita y un accidente, acontecimiento 0 circunstancia? NO, TRASTORNO COMÚN NO PROFESIONAL.
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HEMIDISTONIA F 248 a 5
Coeficiente Final: 5a.
5. DICTAMEN. Esta Junta emite el siguiente dictamen por unanimidad:
5.1 CALIFICACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA.
5.1.3 EL INTERESADO PRESENTA UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN MILITAR: No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
5.2 EN CASO DE INCAPACIDAD EN CUALQUIERA DE SUS GRADOS, DESDE EL PUNTO DE VISTA MÉDICO PERICIAL, LA PATOLOGÍA O ENFERMEDAD CAUSANTE DE LA INCAPACIDAD ¿PUEDE CONSIDERARSE RELACIONADA CON EL SERVICIO? NO, ninguna de sus patologías.
5.3 ¿Ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos exigidos del Art. 1 .2 del RD 71/2019, de 15 de febrero, BOD 36, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de clases pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal? SI.
El punto 5.1.3........pero puede desempeñar otras actividades "en las FAS" comunes al ámbito civil.
Perdona pero eso me desconcierta.
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Re: Opinión Acta JMPO
Me temo que o el acta está mal o algo raro hay.
Y eso de que puedes seguir en las FAS haciendo "cosas civiles"...
Habrá que esperar a la propuesta de la JEVAL, pero me parece que te darán una indemnización y un apto con limitaciones.
Porque si fuera pension y retiro por inutilidad, directamente no ponen esa coletilla.
Incapacidad permanente total para el servicio y ya está.
Y eso de que puedes seguir en las FAS haciendo "cosas civiles"...
Habrá que esperar a la propuesta de la JEVAL, pero me parece que te darán una indemnización y un apto con limitaciones.
Porque si fuera pension y retiro por inutilidad, directamente no ponen esa coletilla.
Incapacidad permanente total para el servicio y ya está.
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Re: Opinión Acta JMPO
Buenas noches, a mi también me desconcierta mucho el punto 5.1.3. no tengo claro a qué se refiere no se q actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil hay, todo será preguntar.
Como decía antes tampoco entiendo ese coeficiente 5a en el RD 71/2019 dice:
2. En los dictámenes de los órganos médicos-periciales de la Sanidad Militar se indicará si el interesado padece algunos de los siguientes tipos de incapacidad:
a) Incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.
b) Incapacidad permanente total para la profesión militar.
c) Lesiones permanentes que no impiden el ejercicio de la profesión militar.
Como decía antes tampoco entiendo ese coeficiente 5a en el RD 71/2019 dice:
2. En los dictámenes de los órganos médicos-periciales de la Sanidad Militar se indicará si el interesado padece algunos de los siguientes tipos de incapacidad:
a) Incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.
b) Incapacidad permanente total para la profesión militar.
c) Lesiones permanentes que no impiden el ejercicio de la profesión militar.
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Re: Opinión Acta JMPO
Ese 5a es del RD 944/2001 y dice así:sjgt escribió: ↑Jue May 21, 2020 1:27 am Buenas noches, a mi también me desconcierta mucho el punto 5.1.3. no tengo claro a qué se refiere no se q actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil hay, todo será preguntar.
Como decía antes tampoco entiendo ese coeficiente 5a en el RD 71/2019 dice:
2. En los dictámenes de los órganos médicos-periciales de la Sanidad Militar se indicará si el interesado padece algunos de los siguientes tipos de incapacidad:
a) Incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.
b) Incapacidad permanente total para la profesión militar.
c) Lesiones permanentes que no impiden el ejercicio de la profesión militar.
Ante la asignación de un coeficiente 5, el dictamen médico pericial debe proponer, con la justificación oportuna y explicitando de forma clara las limitaciones de cada caso, una de las cuatro opciones siguientes:
a) No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
b) Sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.
c) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio.
d) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio, ni las actividades de la vida diaria.
No es el 5a del 71/2019.
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Re: Opinión Acta JMPO
La JMP lo que propone es que te busquen un lugar para trabajar dentro de las FAS.
Un apto con limitaciones que ahora por lo visto la camuflan con esa coletilla.
Es lo que entiendo yo.
Pero como te digo y como aquí me han dicho a mi, el acta de la JMP no es vinculante a la hora de que la JEVAL emita su propuesta, que tendrá en cuenta para hacerla tú expediente, informes médicos, alegaciones y todo lo demás. No solo el acta.
Yo buscaría un abogado.
Un apto con limitaciones que ahora por lo visto la camuflan con esa coletilla.
Es lo que entiendo yo.
Pero como te digo y como aquí me han dicho a mi, el acta de la JMP no es vinculante a la hora de que la JEVAL emita su propuesta, que tendrá en cuenta para hacerla tú expediente, informes médicos, alegaciones y todo lo demás. No solo el acta.
Yo buscaría un abogado.
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Re: Opinión Acta JMPO
Buenos días
Yo me refiero al art. 3.2 del RD 71/2019, que dice que en los dictámenes médicos se indicarán los siguientes tipos de incapacidad:
a) permanente absoluta
b) permanente total para la profesión de militar
C) lesiones permanentes q no impidan el ejercicio de la profesión de militar.
En artículo 6 y 7 vienen las pensiones de retiro e inutilidad.
En el artículo 8 las indemnizaciones, que entiendo son si tienes el acto de servicio.
El dictamen es incapacidad permanente total para la profesión de militar, pero que puedo desempeñar otras actividades de las FAS comunes al ámbito civil.
Y que queda acreditado que cumplo médicamente los requisitos del RD71/2019.
Cómo me incluyen en el RD71/1019?
Sólo hay la opción de pensión o indemnización (yo no tengo acto de servicio).
Perdón por el rollo. Y muchas gracias por el interés.
Yo me refiero al art. 3.2 del RD 71/2019, que dice que en los dictámenes médicos se indicarán los siguientes tipos de incapacidad:
a) permanente absoluta
b) permanente total para la profesión de militar
C) lesiones permanentes q no impidan el ejercicio de la profesión de militar.
En artículo 6 y 7 vienen las pensiones de retiro e inutilidad.
En el artículo 8 las indemnizaciones, que entiendo son si tienes el acto de servicio.
El dictamen es incapacidad permanente total para la profesión de militar, pero que puedo desempeñar otras actividades de las FAS comunes al ámbito civil.
Y que queda acreditado que cumplo médicamente los requisitos del RD71/2019.
Cómo me incluyen en el RD71/1019?
Sólo hay la opción de pensión o indemnización (yo no tengo acto de servicio).
Perdón por el rollo. Y muchas gracias por el interés.
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Re: Opinión Acta JMPO
Estoy hablando con un abogado. Gracias por el consejo.