jubilacion por incapacidad

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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batsheba
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jubilacion por incapacidad

Mensaje por batsheba »

Buenas tardes.
Mi marido es guardia civil,esta de baja desde hace mas de tres años,por un adenoma en la hipofisis que le ha producido millones de dolencias. Ha
pasado dos veces la junta pericial(reclamamos una revision pq no le habian valorado todas sus dolencias).El caso es que hoy nos ha llegado la
resolucion y dictaminan que el grado global de limitacion en la actividad es del 52%.Con este porcentaje se le considera jubilado? cuanto le quedaria de pension? nacio el 11 de julio de 1971. Entro en la GC el 2 Noviembre de 1990 e hizo 18 meses de mili, alli aprobo para la guardia civil. No tenemos niños. Estamos super perdidos, si nos orientais os lo agradeceriamos un monton. Un saludo
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trasgu123
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

Con un 52% lo normal es que le pasen a retirado. La pension serian 1.821€ al mes, mas las dos extras iguales, y a descontar el IRPF que corresponda.
TSUJI
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por TSUJI »

batsheba escribió: Jue Oct 22, 2020 6:41 pm Buenas tardes.
Mi marido es guardia civil,esta de baja desde hace mas de tres años,por un adenoma en la hipofisis que le ha producido millones de dolencias. Ha
pasado dos veces la junta pericial(reclamamos una revision pq no le habian valorado todas sus dolencias).El caso es que hoy nos ha llegado la
resolucion y dictaminan que el grado global de limitacion en la actividad es del 52%.Con este porcentaje se le considera jubilado? cuanto le quedaria de pension? nacio el 11 de julio de 1971. Entro en la GC el 2 Noviembre de 1990 e hizo 18 meses de mili, alli aprobo para la guardia civil. No tenemos niños. Estamos super perdidos, si nos orientais os lo agradeceriamos un monton. Un saludo
Faltan datos importantes pq las patologías las valoran por separado.
El 52% es por una sola patología?
Si tienes el acta a mano pon la Clase y el Grado que le han asignado a cada patología.
Aún así pienso igual que el compañero Trasgu123, con un 52% sería jubilación.
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batsheba
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por batsheba »

Faltan datos importantes pq las patologías las valoran por separado.
El 52% es por una sola patología?
Si tienes el acta a mano pon la Clase y el Grado que le han asignado a cada patología.
Aún así pienso igual que el compañero Trasgu123, con un 52% sería jubilación.
[/quote]

Gracias a todos por vuestra rapida respuesta.
El 52% corresponde al global de todas las patologias, aparece al final del apartado 3.1 Conclusion, tras el listado de las 11 patologias que padece, nos pone: Grado Global de limitacion en la actividad:52%.
Ademas, en el apartado 5.3 Observaciones adicionales nos pone: "Que la patologia psiquiatrica que padece el interesado sí le imposibilita totalmente para el desempeño de las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera. Solo puede desempeñar actividades laborales en el ambito civil."
Nuestra duda era si el dinero a percibir una vez que se jubile depende del % o hubiera dado igual no haber recurrido y habernos quedado con el 41% global que le habian dado en un principio.
Muchas gracias, nos ayudais un monton, yo en mis ratitos libres me estoy leyendo todo lo que habeis escrito por aqui que creo que nos puede orientar, aunque a veces creo que me lio mas -nosweat
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trasgu123
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

La cuantia de la pension no tiene ninguna relacion con el % de incapacidad. En Clases Pasivas, con mas de 20 años de servicios, la pension por incapacidad es del 100% del haber regulador.
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por psmito »

Como te dice el compañero trasgu el % de incapacidad no influye en la cuantía de la pension

Por otra parte con ese % y sobretodo por esa coletilla el resultado será retiro casi con seguridad
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por Arano »

batsheba escribió: Jue Oct 22, 2020 6:41 pm Buenas tardes.
Mi marido es guardia civil,esta de baja desde hace mas de tres años,por un adenoma en la hipofisis que le ha producido millones de dolencias. Ha
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Como te dicen el 100 x 100, que teniendo en cuenta los años de servicios (30), serán 1841 euros por 14 pagas, a descontar el IRPF

Por la coletilla ""5.3 Observaciones adicionales nos pone: "Que la patología psiquiátrica que padece el interesado sí le imposibilita totalmente para el desempeño de las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera. Solo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.""" Es un retiro seguro.

Saludos.
batsheba
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por batsheba »

gracias chicos,nos va quedando bastante mas claro.
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por Arano »

batsheba escribió: Lun Oct 26, 2020 10:15 am gracias chicos,nos va quedando bastante mas claro.

Y tan claro, solo resta esperar, esa espera interminable, pero RETIRO lo es de todas todas.

Saludos.
OZOSO
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por OZOSO »

Coincido con los maestros.
Esa coletilla es la utilizada en estos casos y la que constaba en el acta del tribunal médico a partir de la cual dispusieron mi jubilación, ya que es lo legalmente establecido.
Espero que con ello le llegue algo de paz a tu marido y la consiguiente mejoría.
Un saludo.
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Re: jubilacion por incapacidad

Mensaje por RAYSEBAS »

Saludos cordiales.

Coincido que el % de limitación global de la actividad no influye en la cuantía de la pensión. Lo que si influye es lo reflejado en los puntos 2.10, 2.11 y 2.12 del dictamen de la JMP para los beneficios fiscales en el IRPF;

2.10 ¿Padece una insuficiencia de condiciones psicofísicas que le impide continuar ejerciendo totalmente las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera?
2.11 ¿Padece una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo?
2.13 ¿Padece una gran invalidez por requerir ayuda de otra persona para las tareas esenciales de la vida?

Me explico, si se tiene una incapacidad total para la profesión, se tiene derecho a unos beneficios fiscales que son mayores en el caso de la discapacidad absoluta y de la gran invalidez.

No obstante como el importe dado por nuestro moderador trasgu123 es antes de impuestos es absolutamente correcto.

En el caso que nos ocupa el líquido a percibir en mano es lo mismo antes de reclamar que después.
Callar ante una injusticia es formar parte de ella.
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