Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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PENAGUILA
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Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por PENAGUILA »

Buenos días compañeros.
Si alguien pudiera ayudarme, le estaría muy agradecido.
Os comento el tema.
A mi me jubilaron en diciembre del año pasado, con un total de minusvalía del 44%.
Así que me dirigí a la "Consellería de Bienestar social" de la Generalitat Valenciana, para que me dieran dicha minusvalía, y poder aprovecharme de todos los beneficios que ello conlleva.
Cual ha sido mi sorpresa al recibir como contestacion, que mi grado de discapacidad, es solamente del 10%.
Cuando hice la solicitud, me pidieron la documentación de rigor, y la unica noticia que he recibido de ellos, es la carta con la resolución.

No quiero pedir imposibles, pero si podeis ayudarme, soy de matematicas, y muy poco de letras. He leido el Asunto de "mass" y habla sobre varios reales decretos, asi que me he perdido y no sé exactamente, si tengo razón o la tienen ellos.

Un saludo, y gracias de antemano.
antonio2000
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por antonio2000 »

Es incomprensible que sirviendose del mismo R.D., las mismas patologias se valoren de diferente manera con lo cual alguien no se ajusta a las valoraciones que están legalmente en vigor.

Un saludo.
roberto
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por roberto »

Siento decirte que lo tienes dificil ,el grado de minuscvalia no tiene porqué coincidir en la Generalitat te han valorado las limitaciones para la vida diaria en la "mili" hacen otra valoracion (incomprensible si se basan en el mismo R.D )pero así es ,en un 98% de casos no coinciden...de todas maneras si qiuieres cuando llegue el momento adjunta nuevos documentos y solicita revision por agravamiento...saludos
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pabjsd
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por pabjsd »

Pero vamos a ver, a ver si es que yo cada vez entiendo menos las cosas .. (según mi mujer es así!). No se está diciendo en otros hilos que con la jubilación ya es suficiente para que te den un 33% presentando los papeles? Que no hay que pasar revisión ninguna? Saludos y entended mi mensaje en tono de humor.. pero las preguntas son reales!
roberto
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por roberto »

Si,pero no ,el tema es largo pero si miras en el foro hay un hilo en el que se te aclararan las ideas y eso que las mujeres siempre tienen la razón (por lo menos la mia dice eso jejej)...saludos
PENAGUILA
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por PENAGUILA »

Entiendo que pueden hacer lo que quieran..........
Entonces no tengo derecho en la declaracion de la renta a la reduccion por la minusvalia ?
Ni a la execcion del impuesto de circulación....
etc,etc........
roberto
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por roberto »

A la declaración de la renta SI a la excencion del impuesto de circulacion DEPENDE DE TU AYUNTAMIENTO....es así ,por eso comentaba que como el temna es largo buscases el hilo que hay abierto sobre este tema...saludos
Tralara
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por Tralara »

A ver, que no cunda el pánico, jejeje, ahora te diré lo que tienes que hacer, para que te den tu 33% de minusvalia.

Primero de todo, si con los informes médicos que tienes no crees que vas a llegar al 65%, olvidate de ellos, y haz lo siguiente:

1.- Vete a clases pasivas y les solicitas un justificante de que eres pensionista de clases pasivas (aunque con la resolución también sería suficiente).

2.-Haz una instancia que presentarás en el registro de entrada de bienestar social, en el que indicas que eres pensionista de clases pasivas, y que con arreglo a la Ley 51/2003 y real Decreto 1414/06, solicitas se te reconozca una discapacidad del 33% tal y como recoge dicha legislación. Adjuntas la documentación del punto anterior y listo.

En tu casa recibirás el certificado de minusvalía con tu 33% y sin plazo de caducidad.

Saludos.
aportodas
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por aportodas »

Tralara entiendo por tu respuesta que tú lo has hecho de ese modo ¿es así? de ser afirmativo ¿en qué comunidad lo has hecho?¿ Hay más compañeros a los que esta instancia le haya valido?.

Un saludo.
Tralara
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por Tralara »

Yo tengo la minusvalia por enfermedad, si bien como caduca la voy a solicitar de esta forma para así no tener que aportar más informes, no obstante, conocozco dos casos de primera mano que lo han hecho así, y les tardó quince días en llegar la resolución a casa.

Uno de ellos la solicitó directamente y se la dieron, y el otro solicitó primero la minusvalía aportando informes y le dieron un 10%, como le dieron un mes para alegar, alegó que era pensionista aportando un certificado de clases pasivas y automáticamente se la dieron. En ambos casos sin caducidad.

Te hablo de la provincia de Valencia, pero supongo que en todos los lados se hará igual, ya que te dan la minusvalia con arreglo a la ley 51/2003.

Saludos.
aportodas
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por aportodas »

Curioso porque podría solucionar los casos de compañeros a los que la comunidad les ha dado un porcentaje inferior de 33% aún teniendo más por la JMP. Entiendo por tanto que aún teniendo menos del 33% declarado por la JMP militar también se podría uno beneficiar de ese 33% por la comunidad ¿no? . ¿Solo hay que entregar ese certificado de clases pasivas y la ley o habría que añadir el dictamen medico de la JMP militar??

saludos
Tralara
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por Tralara »

Olvídate de los tantos de minusvalia que te de la JMP, al menos para la obtención del grado de minusvalía, aunque si lo presentas en caso de querer obtener el grado de minusvalía por enfermedad, quizás lo tengan en cuenta, pero vamos, eso ya es otra historia, y entra dentro de la subjetividad.

Por supuesto la ley 51/2003, es una vía para obtener el certificado de minusvalía para todos aquellos que no hayan podido obtener un 33% presentando informes, ya que la administración autonómica te lo tiene que dar con arreglo a la citada ley.

Mira lo que dice el R.D 1414/2006 que desarrolla la Ley 51/2003:

Artículo 1. Consideración de personas con discapacidad.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquéllas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 %:

Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

Los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía.

1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 % se acreditará mediante los siguientes documentos:

Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 % de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a y b del artículo 1.2 de este Real Decreto.

2. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía superior al 33 % se acreditará mediante los siguientes documentos:

El grado de minusvalía superior al 33 % se acreditará mediante resolución o certificado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

Los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a y b del artículo 1.2 del presente Real Decreto podrán solicitar del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, el reconocimiento de un grado de minusvalía superior al 33 %. En estos supuestos, será de aplicación el baremo recogido en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

Cuando como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior no se alcanzara un grado de minusvalía superior al 33 %, la correspondiente resolución o certificado se limitará a establecer esta circunstancia.


Mas claro agua.

Saludos.
aportodas
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por aportodas »

Gracias Tralara, mantednos informados de como se resuelve tu solicitud y si finalmente te lo convalidan y te dan el certificado de tu Comunidad con un 33%.

saludos
PENAGUILA
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por PENAGUILA »

Tralara, muchisimas gracias, mi caso lo expones perfectamente en el segundo parrafo......usease, les presenté tanto los informes médicos, asi como la resolución de la JMP que me concedía un 44% de minusvalía.
En la carta que recibí anteayer, solo me reconocian un 10% y me dan un mes de plazo para reclamar, así que ya mismo les "informo" de las leyes y los Reales Decretos, que parece ser que son como yo (De matematicas)

Muchas Gracias y un SALUDO

P.D. Os mantendré informados de la resolucion
Tralara
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Re: Convalidación Grado Minusvalía CC.AA.

Mensaje por Tralara »

Ya verás como te lo dan.

Saludos.
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