Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

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relativoman
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Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por relativoman »

¿Un funcionario retirado por incapacidad, mutualista de muface, que además tenga su propio número de la seguridad social, puede utilizar indistintamente el sistema sanitario de uno y otro régimen?

¿Y en el caso de solicitar compatibilidad para el trabajo con la pensión, se pueden usar indistintamente también?

(Perdón, he buscado previamente en el foro y no me queda claro)
relativoman
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por relativoman »

Disculpen mi insistencia, pero sigo con la misma duda.
Un saludo.
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trasgu123
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por trasgu123 »

Tener numero de la S Social no equivale a tener tarjeta de asistencia.

El numero de afiliado a MUFACE vale para MUFACE. No hay trabajadores de empresas privadas en las Mutuas (MUFACE-ISFAS-MUGEJU) de la administracion publica, para eso esta la S Social. No hay equivalencia de servicios entre las Mutuas y la S Social.
relativoman
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por relativoman »

Agradezco tu comentario Trasgu, aunque sigo con la duda, formulo de nuevo la pregunta:

¿un funcionario retirado por incapacidad por clases pasivas (mutualista) si además cuenta con tarjeta sanitaria de la seguridad social (y no ha pedido unir las cotizaciones en el momento del retiro) puede ir a un médico de muface o de la seguridad social indistintamente? ¿O en caso de acudir por ejemplo al médico de la seg social, le comunican que tiene que elegir una de las asistencias?

Y además, ¿En caso de tener una compatibilidad laboral con su pensión reconocida, sigue siendo así?
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por Francisco I »

relativoman escribió: Lun Dic 09, 2019 7:34 pm Agradezco tu comentario Trasgu, aunque sigo con la duda, formulo de nuevo la pregunta:

¿un funcionario retirado por incapacidad por clases pasivas (mutualista) si además cuenta con tarjeta sanitaria de la seguridad social (y no ha pedido unir las cotizaciones en el momento del retiro) puede ir a un médico de muface o de la seguridad social indistintamente? ¿O en caso de acudir por ejemplo al médico de la seg social, le comunican que tiene que elegir una de las asistencias?

Y además, ¿En caso de tener una compatibilidad laboral con su pensión reconocida, sigue siendo así?
Lo mas normal es que esa tarjeta de la Seguridad Social se encuentre desactivada, salvo que su titular se encuentre en ese momento dado de alta y cotizando a la Seguridad Social. También puede estar activada si su titular tiene la residencia en algún pequeño pueblo donde MUFACE no tenga ningún centro o clínica concertada para prestar la asistencia a sus afiliados, ( Convenio Rural para localidades de menos de 20.000 Hb.)
Existe una Página WEB de la S. Social en la que con Certificado Digital o Clave, se puede consultar, cual es nuestro derecho a Asistencia Sanitaria:

https://sede.seg-social.gob.es
También puedes pedirle a tu Farmacia que te compruebe el estado de dicha tarjeta.
Lo mas normal es que si haces uso de la asistencia sanitaria de la S.Social sin tener derecho a ello, ésta te pase la correspondiente factura.
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por relativoman »

Gracias por la respuesta Francisco.

He buscado un poco más en la página de la seguridad social y he encontrado lo siguiente:

Regímenes especiales de funcionarios:

1.Las personas que ostentan la condición de mutualista o beneficiario de los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, mantienen el régimen de cobertura obligatoria de la prestación sanitaria conforme a la normativa especial reguladora de cada Mutualidad que, asimismo, determina su respectivo colectivo protegido, incluidos los funcionarios que hayan ingresado en cualquier administración pública con posterioridad a 1 de enero de 2011 en cuerpos que formen parte del campo de aplicación del mutualismo. Estos funcionarios mantendrán la condición de mutualistas cuando pasen a la situación de pensionistas.
2.El reconocimiento y control de la condición de mutualista o beneficiario corresponde a cada mutualidad, conforme a su normativa específica, así como a su respectiva estructura organizativa.
3.Las mutualidades y el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, el Instituto Social de la Marina, establecerán los mecanismos de colaboración y coordinación necesarios para evitar la duplicidad de derechos propios o derivados cuando éstos sean incompatibles, así como para asegurar el acceso al sistema sanitario público al colectivo mutualista que haya optado por esa modalidad de asistencia sanitaria.


Me queda la duda de, qué coberturas tendría un funcionario de clases pasivas retirado antes de 2009, o con compatibilidad de la pensión con otro trabajo. A ver si algún forero en esa situación lo pudiera aclarar.

Un saludo.
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por trasgu123 »

relativoman escribió: Mar Dic 10, 2019 1:21 am
Me queda la duda de, qué coberturas tendría un funcionario de clases pasivas retirado antes de 2009, o con compatibilidad de la pensión con otro trabajo. A ver si algún forero en esa situación lo pudiera aclarar.

Un saludo.

Tener compatibilidad de la pension con otro trabajo, no equivale a nada. No al menos mientras no se ejecute la compatibilidad.

Las coberturas sanitarias de un funcionario retirado son las mismas que las de cualquier otro funcionario de su misma Mutua, independientemente de en que año se jubilo o de si tiene compatibilidad para otro trabajo o no.

Las coberturas economicas son las fijadas en la Ley de Clases Pasivas, el Real Decreto 710/2009, el Real Decreto 71/2019 y demas normativa.
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por relativoman »

Claro, dando por hecho que ejecuta la compatibilidad, y está dado de alta en el RETA o cotizando a la seguridad social.
O en el caso de estar retirado antes de 2009.
En esos dos casos el funcionario está cubierto sanitariamente por muface, pero además al estar dado de alta en la seguridad social ¿tiene derecho a la asistencia sanitaria de la seguridad social? ¿Existe algún artículo que lo regule? ¿Incompatibilidades entre prestaciones médicas?
Las económicas están bastante tratadas en el foro. Pero en cuanto a uso de medios sanitarios sigo con la duda.
Hilas muy fino en las respuestas Trasgu, te lo agradezco.
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Re: Uso de medios sanitarios muface y seg. social

Mensaje por trasgu123 »

Tener MUFACE y estar dado de alta en la S Social porque se esta trabajando NO es incompatible, pero tampoco es complementario. Dicho de otra manera, MUFACE no te va a cubrir un accidente laboral en la empresa en la que trabajas, ni te va a dar de baja laboral una semana porque has pillado una bronquitis, etc., eso lo hara tu medico del ambulatorio de la S Social.

Lo unico que hay que hacer es activar la tarjeta sanitaria de la S Social o solicitarla si no se tiene. Que yo recuerde se se hace en los Ambulatorios y piden copia del DNI, Certificado de empadronamiento y la tarjeta del INSS.
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