DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Hola, no, si estás retirado puedes marcar la casilla del 33%. que de "oficio" es lo que se reconoce.
Para acreditar más, tienes que pasar reconocimiento (aportando copia de todos los informes, acta de la JMP, pruebas,etc) por el Centro Base de los Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma y una vez evaluado te dirán cual es el tanto por ciento de discapacidad que tienes.
En el apartado tercero del artículo 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se establece que, a los efectos de este Impuesto, tendrán la consideración de personas con discapacidad los contribuyentes que acrediten, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
En particular, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el caso de los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
http://www.discapnet.es/Castellano/area ... acion.aspx
Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-22080
Un saludo.
Para acreditar más, tienes que pasar reconocimiento (aportando copia de todos los informes, acta de la JMP, pruebas,etc) por el Centro Base de los Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma y una vez evaluado te dirán cual es el tanto por ciento de discapacidad que tienes.
En el apartado tercero del artículo 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se establece que, a los efectos de este Impuesto, tendrán la consideración de personas con discapacidad los contribuyentes que acrediten, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
En particular, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el caso de los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
http://www.discapnet.es/Castellano/area ... acion.aspx
Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-22080
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
entonces entiendo que debo marcar casilla de discapacidad del 33% en esta renta 2015, y solicitar en mi localidad pasar reconocimiento(aportando toda la documentacion de JMP de OCT15 e informes medicos del año2015 q aporte en essa JMP) para valoracion de la minusvalia del 66% que defensa me otorgo, ???dmf escribió:Hola, no, si estás retirado puedes marcar la casilla del 33%. que de "oficio" es lo que se reconoce.
Para acreditar más, tienes que pasar reconocimiento (aportando copia de todos los informes, acta de la JMP, pruebas,etc) por el Centro Base de los Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma y una vez evaluado te dirán cual es el tanto por ciento de discapacidad que tienes.
En el apartado tercero del artículo 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se establece que, a los efectos de este Impuesto, tendrán la consideración de personas con discapacidad los contribuyentes que acrediten, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
En particular, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el caso de los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
http://www.discapnet.es/Castellano/area ... acion.aspx
Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-22080
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muchas gracias y un saludo
- dmf
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Hola, aporta copia de toda la documentación médica que tengas desde el inicio de tu baja al Centro Base, y ellos se encargarán de valorarte, ¡ojo! su valoración NO tiene que ser la que te dio la JMP, puede ser más o mucho menos, pero el 33%, lo tienes de oficio.
Un saludo.
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Muchas gracias por la informacion. un saludodmf escribió:Hola, aporta copia de toda la documentación médica que tengas desde el inicio de tu baja al Centro Base, y ellos se encargarán de valorarte, ¡ojo! su valoración NO tiene que ser la que te dio la JMP, puede ser más o mucho menos, pero el 33%, lo tienes de oficio.
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Hola, supongo que cuando hiciste la solicitud de pensión habrás cumplimentado el M-145 (Comunicación de datos al pagador) y habrás marcado la casilla de discapacidad en el apartado "1. Datos del perceptor que efectúa la comunicación", correspondiente a “Igual o superior al 33% e inferior al 65%”. http://www.agenciatributaria.es/static_ ... _es_es.pdf
Si no cumplimentaste este modelo o no marcaste esa casilla, puedes pasarte por la Unidad de Clases Pasivas de la Delegación de Hacienda y Administraciones Públicas correspondiente a tu provincia de residencia, y cumplimentarlo, de esa manera te retendrán menos en tu nómina-pensión todos los meses.
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... iones.aspx
Un saludo.
Si no cumplimentaste este modelo o no marcaste esa casilla, puedes pasarte por la Unidad de Clases Pasivas de la Delegación de Hacienda y Administraciones Públicas correspondiente a tu provincia de residencia, y cumplimentarlo, de esa manera te retendrán menos en tu nómina-pensión todos los meses.
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
B tardes, ya pregunte en el foro, y me contestó que solo podría marcar la casilla del 33%.en la Renta...aunque el estado me concedió el 66%.
Como puede ser que no valga los papeles estatales y tenga que pasar una valoración de la comunidad autónoma para demostrar que tengo ese grado de discapacidad del 66%???
Muchas gracias y espero su respuesta
Como puede ser que no valga los papeles estatales y tenga que pasar una valoración de la comunidad autónoma para demostrar que tengo ese grado de discapacidad del 66%???
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- sargentodehierro
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Porque los órganos competentes en materia de reconocimiento de discapacidades son los servicios sociales de las CCAA. Tema aparte, es que la ley reconozca a los pensionistas por incapacidad un grado de discapacidad del 33% (independientemente del grado que recoga el acta de la JMPO)pinki31 escribió:Como puede ser que no valga los papeles estatales y tenga que pasar una valoración de la comunidad autónoma para demostrar que tengo ese grado de discapacidad del 66%???
Un saludo
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- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Buenas,
Hoy he caído en la cuenta de que no han ingresado el abono anticipado del mes de marzo. ¿A alguien más le ha ocurrido?
Hoy he caído en la cuenta de que no han ingresado el abono anticipado del mes de marzo. ¿A alguien más le ha ocurrido?
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
No eres el único, mi último ingreso fue en enero, correspondiente al mes de diciembre del 2020, febrero no lo cobré y marzo toca a partir del 20.
Llamé a la AEAT de Ferrol, y efectivamente me han confirmado que no era el único, que había recibido un email de Madrid, que tuvieron una incidencia y que han reprogramado de nuevo lo de las ayudas, además de estar haciendo comprobaciones, que posiblemente la situación este normalizada este mes y ingresen los meses de enero y febrero, que no hay que hacer nada, solo esperar
Llamé a la AEAT de Ferrol, y efectivamente me han confirmado que no era el único, que había recibido un email de Madrid, que tuvieron una incidencia y que han reprogramado de nuevo lo de las ayudas, además de estar haciendo comprobaciones, que posiblemente la situación este normalizada este mes y ingresen los meses de enero y febrero, que no hay que hacer nada, solo esperar
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- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Pues de momento, el mes de febrero y abril se lo han fumado. Marzo sí que lo abonaron. Yo creo que no hay un clavel...
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Mira bien los movimientos de la cta, a mi en marzo me hicieron 2 ingresos de 100 eurazos, todo en orden hasta este mes que tampoco he cobrado, estarán esperando a cobrar por el uso de autoviassargentodehierro escribió: ↑Sab May 01, 2021 1:58 pm Pues de momento, el mes de febrero y abril se lo han fumado. Marzo sí que lo abonaron. Yo creo que no hay un clavel...
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
He llegado a este hilo por casualidad y tengo una duda importante.
Yo cobro esas dos ayudas. Por descendiente con discapacidad y por familia numerosa.
En breve paso a retiro con una absoluta y mi marido está dado de alta en el convenio de cuidadores no profesionales, por lo que sólo recibe la ayuda de la Ley de Dependencia, que son 387 euros porque Sergio tiene el grado máximo.
Cotiza a la Seguridad Social pero de esa forma.
¿Dejamos de cumplir los requisitos entonces para seguir con estas ayudas?
Yo cobro esas dos ayudas. Por descendiente con discapacidad y por familia numerosa.
En breve paso a retiro con una absoluta y mi marido está dado de alta en el convenio de cuidadores no profesionales, por lo que sólo recibe la ayuda de la Ley de Dependencia, que son 387 euros porque Sergio tiene el grado máximo.
Cotiza a la Seguridad Social pero de esa forma.
¿Dejamos de cumplir los requisitos entonces para seguir con estas ayudas?
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
A mi me falta el de abril. Marzo cobrado pero con retraso.sargentodehierro escribió: ↑Mié Mar 10, 2021 7:46 am Buenas,
Hoy he caído en la cuenta de que no han ingresado el abono anticipado del mes de marzo. ¿A alguien más le ha ocurrido?
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
No; no deja de cumplir los requisitos para seguir percibiendo esas dos ayudas, por el hecho de pasar al retiro.Danaerys escribió: ↑Mar May 11, 2021 10:57 pm He llegado a este hilo por casualidad y tengo una duda importante.
Yo cobro esas dos ayudas. Por descendiente con discapacidad y por familia numerosa.
En breve paso a retiro con una absoluta y mi marido está dado de alta en el convenio de cuidadores no profesionales, por lo que sólo recibe la ayuda de la Ley de Dependencia, que son 387 euros porque Sergio tiene el grado máximo.
Cotiza a la Seguridad Social pero de esa forma.
¿Dejamos de cumplir los requisitos entonces para seguir con estas ayudas?
¿ Quien es Sergio; su marido o su hijo ? Lo pregunto porque tal como redacta su comentario, parece que está hablando de dos personas; y puede ser que ambas tengan derecho a ayudas.
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD
Sergio es mi hijo.
Él tiene un 81% de discapacidad y el grado máximo de dependencia.
El cuidador no profesional del niño es mi marido.
Tenemos dos deducciones, 100 euros mensuales por hijo con discapacidad y otros 100 por familia numerosa.
Mi marido está de alta en el convenio especial de cuidador no profesional.
Cobra 387 euros (que obviamente se lleva el niño en terapias).
Perdona, Francisco I.
Hablo de Sergio como si aquí todo el mundo le conociera.
Él tiene un 81% de discapacidad y el grado máximo de dependencia.
El cuidador no profesional del niño es mi marido.
Tenemos dos deducciones, 100 euros mensuales por hijo con discapacidad y otros 100 por familia numerosa.
Mi marido está de alta en el convenio especial de cuidador no profesional.
Cobra 387 euros (que obviamente se lleva el niño en terapias).
Perdona, Francisco I.
Hablo de Sergio como si aquí todo el mundo le conociera.
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