DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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sargentodehierro
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DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD

Mensaje por sargentodehierro »

sargentodehierro escribió:Hoy se ha aprobado en el Consejo de MInistros:

REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

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Publicado en el BOE de hoy:

Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

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sacha
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por sacha »

Hola buenas tardes. Alguien sabe en qué nos beneficia esta reforma fiscal?
en mi caso tengo un 50 de minusvalía. Algun compañero me podría indicar.
saludos a todos.hacia tiempo que no entraba.
Los modales son la anatomía psicológica de cada persona.
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sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Si tu pensión está sujeta al IRPF, a partir de enero te bajarán un poco la retención. Además , si eres familia numerosa o tienes personas con discapacidad a cargo, te podrás deducir unas cantidades que podrás solicitar por anticipado, al igual que la ayuda de los 100€ para madres trabajadoras.

Un saludo.
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sacha
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por sacha »

Gracias compañero por tu respuesta.
Los modales son la anatomía psicológica de cada persona.
pope12
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por pope12 »

Entiendo, después de haber leido la modificación realizada en la ley, que las deducciones por familia numerosa e hijos con discapacidad sólo van a ser aplicadas a contribuyentes que se encuentren dados de alta en la seguridad social, es decir que estén trabajando. Pues las mismas constituyen una minoración en las cuotas quen se satisfacen en concepto de pagos a la SS. Por lo tanto, los que nos encontramos en situación de retirados o jubilados, no tendriamos derecho a esas deducciones que introduce las modificación en la ley.
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sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por sargentodehierro »

Así es, a no ser que estés trabajando. Si tu pareja trabaja se podría aplicar esas deducciones.

Un saludo
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.

Mensaje por sargentodehierro »

sargentodehierro escribió:Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

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Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 316 de 31 de diciembre de 2014:

Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación.

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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.

Mensaje por sargentodehierro »

sargentodehierro escribió: Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 316 de 31 de diciembre de 2014:

Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación.

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Desde hoy ya se puede solicitar el abono anticipado.

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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por GOMIS ROMAN »

Buenos días compañeros:
Me podéis decir si tengo derecho a esta bonificacion anticipada de 100€, ya que tengo a mi cargo a mi padre el cual convivo con él, y es dependiente con un Grado 2 Severo reconocido, o tiene que ser las personas con discapacidad solamente.
Gracias
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenos días.

Hola compañero: Los beneficiarios de ésta ayuda en concreto, 100 euros ó 200 euros se refiere el enlace del BOE que ha puesto sargentodehierro son :

B.O.E. nº 295, 6 de Diciembre del 2014
Artículo Único.
Se introducen las siguientes modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo:
Uno. Se añade un artículo 60 bis, que queda redactado de la siguiente forma:

3. Los contribuyentes con derecho a la aplicación de estas deducciones
podrán solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria su abono de forma
anticipada por cada uno de los meses en que estén dados de alta en la Seguridad
Social o Mutualidad y coticen los plazos mínimos que a continuación se indican:

a) Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa, en alta durante al
menos quince días de cada mes en el Régimen General o en los Regímenes
especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.

b) Trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial cuya jornada laboral
sea de, al menos, el 50 por ciento de la jornada ordinaria en la empresa, en
cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes en los regímenes
citados en el párrafo anterior.

c) En el caso de trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial
para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de
la Seguridad Social cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que
realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho período.

d) Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la
Seguridad Social no citados en los párrafos anteriores o mutualistas de las
respectivas mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en
alta durante quince días en el mes.

Yo entiendo que los beneficiarios son aquellos que cotizan de alguna manera al Sistema de Seguridad Social y que cumplen éstos requisitos que te pongo arriba.. De todas formas tu padre tiene reconocido un Grado II de persona Dependiente y quizá los Servicios Sociales en tu Ayuntamiento de tu Comunidad autónoma tengan prevista ciertas ayudas en caso de también reunir los requisitos.

Un saludo
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por sargentodehierro »

LA ley habla de personas con discapacidad. Si tu padre no tiene reconocido un mínimo de un 33% de discapacidad no tienes derecho a la deducción.

Un saludo.
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenas tardes.

Exacto sargentodehierro, gracias. :

Artículo 2. Supuestos y requisitos para la solicitud del abono anticipado de las
deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.

Saludos
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Modelo 143. IRPF. Abono anticipado deducciones por familia n

Mensaje por to-ex »

Beneficiarios:
Deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen
correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad de carácter alternativo y cotizar durante los
plazos mínimos fijados

¿Hay algún compañero que me pueda explicar si los comprendidos en Clases Pasivas, aunque no realizemos ya ninguna actividad, podríamos ser beneficiarios de esos 120 euros al mes por ser familia numerosa?
Muchas gracias
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sargentodehierro
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD

Mensaje por sargentodehierro »

Como ya has citado, has de realizar una actividad por cuenta propia o ajena dado de alta en la SS. Si únicamente eres pensionista y no trabajas, no tienes derecho a la deducción.

Un saludo.
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Re: DEDUCCIÓN FAMILIA NUMEROSA Y PERSONAS DISCAPACIDAD

Mensaje por to-ex »

Muchas gracias sargento de hierro
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