trabajar de guarda
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- Cabo
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trabajar de guarda
A ver si hay alguien que se ha encontrado en esta situación. Soy guardia civil retirado por inutilidad, tengo la posibilidad de trabajar de guarda de noche en un camping. En mi ultimo destino trabajaba de seguridad ciudadana-servicio rural-¿puede considerar incompatible la pension con este tipo de trabajo? Gracias de antemano.
- sargentodehierro
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Re: trabajar de guarda
Hola compañero,
Eso lo ha de valorar la DGGC cuando solicites la compatibilidad, aunque tienes altas probabilidades de que te lo denieguen por el tipo de trabajo que quieres realizar.
UN saludo.
Eso lo ha de valorar la DGGC cuando solicites la compatibilidad, aunque tienes altas probabilidades de que te lo denieguen por el tipo de trabajo que quieres realizar.
UN saludo.
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- Cabo
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ALGUNA EXPERIENCIA, POR FAVOR
Gracias Sgto. Posiblemente seria un trabajo de controlador nocturno en un camping, con funciones de velar por el orden y la hora de dormir dentro del camping. No se que tiene que ver con mi trabajo anterior como guardia civil. No es seguridad privada. La verdad, es muy complicado, si me arriesgo y no consideran compatible me hacen una faena.
A ver si alguien con alguna experiencia propia similar puede ilustrarme a mi y a futuros compañeros. ¡AYUDA!
A ver si alguien con alguna experiencia propia similar puede ilustrarme a mi y a futuros compañeros. ¡AYUDA!
- xiiagm
- Cabo 1º
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Re: trabajar de guarda
Buenas noches: Tendrías muchas mas posibilidades si denominas el trabajo como recepcionista de noche que como "guarda de noche", ya que las funciones son prácticamente las mismas, pero no es lo mismo.
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- Cabo
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Re: trabajar de guarda
Posiblemente el trabajo seria bajo la denominación control de accesos. Que entren solo los clientes. La verdad no se que semejanza tiene eso con la labor de guardia civil.
- ALEAJACTAEST1
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Re: trabajar de guarda
Buenas tardes.
Hola edu71, habla con el empresario que te va a contratar y pregunta qué denominación laboral te pondrá en el contrato. En un principio como controlador de accesos no debe haber problemas, pero pregunta...y una vez que lo sepas "sondea" un poco por la Comandancia y prepara la instancia.
Saludos
Hola edu71, habla con el empresario que te va a contratar y pregunta qué denominación laboral te pondrá en el contrato. En un principio como controlador de accesos no debe haber problemas, pero pregunta...y una vez que lo sepas "sondea" un poco por la Comandancia y prepara la instancia.
Saludos
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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- Cabo
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CONTROL ACCESO CAMPING
Finalmente, mañana empiezo a trabajar. Ya mande la solicitud y el certificado de empresa. Mi trabajo será control acceso al camping. Espero no tener problemas de incompatibilidad, no debería. No se que tiene que ver el trabajo de guardia civil en misiones de seguridad ciudadana con controlar quien entra al camping. Pero bueno, estaré intranquilo hasta que me contesten.
- ALEAJACTAEST1
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Re: CONTROL ACCESO CAMPING
Buenas tardes--
Saludos
El único problema que te puedas encontrar es que estés ya trabajando como controlador SIN autorización de la DGGC, cuando se crucen los datos de la SS. SS y Clases Pasivas te reclamarán una pasta.edu71 escribió:Finalmente, mañana empiezo a trabajar. Ya mande la solicitud y el certificado de empresa. Mi trabajo será control acceso al camping. Espero no tener problemas de incompatibilidad, no debería. No se que tiene que ver el trabajo de guardia civil en misiones de seguridad ciudadana con controlar quien entra al camping. Pero bueno, estaré intranquilo hasta que me contesten.
Saludos
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- Cabo
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notificacion
Bueno, según tengo entendido, no preciso autorización ninguna de la GC. Lo comunico a clases pasivas y ellos remiten para que emite el informe de compatibilidad a la GC. Y si lo consideran incompatible, devolvería la pensión de los meses que llevara trabajando, siéndome retirada mientras no causara baja en la Seguridad Social.
- trasgu123
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- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: trabajar de guarda
Real Decreto 710/2009.
Artículo 11. Comunicación del inicio de una actividad.
El pensionista de jubilación o retiro que pretenda compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de una actividad, en los términos establecidos en el artículo 10 de este Real Decreto, deberá comunicarlo a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando se trate de pensiones causadas por el personal civil o a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, respecto de las pensiones causadas por el personal militar, acompañando una copia del contrato relativo a la actividad que se venga realizando o que se pretenda iniciar o, en su defecto, una certificación de la empresa contratante, si se tratara de un trabajo por cuenta ajena.
Artículo 11. Comunicación del inicio de una actividad.
El pensionista de jubilación o retiro que pretenda compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de una actividad, en los términos establecidos en el artículo 10 de este Real Decreto, deberá comunicarlo a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando se trate de pensiones causadas por el personal civil o a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, respecto de las pensiones causadas por el personal militar, acompañando una copia del contrato relativo a la actividad que se venga realizando o que se pretenda iniciar o, en su defecto, una certificación de la empresa contratante, si se tratara de un trabajo por cuenta ajena.
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- Cabo
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Re: trabajar de guarda
Sigo esperando respuesta mas de dos meses después de haber enviado la solicitud. Haciendo nervios esperando la contestación.
[i]No obstante, en los supuestos de pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, cuando el interesado no esté incapacitado para toda profesión u oficio, se podrá compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de dicha actividad siempre que sea distinta a la que venía realizando al servicio del Estado. En este caso, y mientras dure dicha situación, el importe de la pensión reconocida, se reducirá al 75% de la correspondiente cuantía, si se acreditan más de 20 años de servicios efectivos al Estado; o al 55%, si el interesado hubiera cubierto menos de 20 años de servicios al momento de su jubilación o retiro[/i]
Según Hacienda en web, la palabra clave es ACTIVIDAD DISTINTA. La verdad es la leche lo complicado que es todo.
[i]No obstante, en los supuestos de pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, cuando el interesado no esté incapacitado para toda profesión u oficio, se podrá compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de dicha actividad siempre que sea distinta a la que venía realizando al servicio del Estado. En este caso, y mientras dure dicha situación, el importe de la pensión reconocida, se reducirá al 75% de la correspondiente cuantía, si se acreditan más de 20 años de servicios efectivos al Estado; o al 55%, si el interesado hubiera cubierto menos de 20 años de servicios al momento de su jubilación o retiro[/i]
Según Hacienda en web, la palabra clave es ACTIVIDAD DISTINTA. La verdad es la leche lo complicado que es todo.
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- Cabo
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POR FIN
Tres meses, casi clavados, después me han contestado considerando compatible mi trabajo con la pensión. Tres meses de nervios, pero en fin, ya esta.
Supongo que la nomina que viene ya no da tiempo. Para la siguiente me descontaran la parte de tres meses, que deberé, mas la del mes en curso.
Supongo que la nomina que viene ya no da tiempo. Para la siguiente me descontaran la parte de tres meses, que deberé, mas la del mes en curso.
- ALEAJACTAEST1
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Re: trabajar de guarda
Buenas tardes.
Pues felicidades edu71 por tu nuevo trabajo y por otro lado tal como cuentas te van a empezar a descontar desde la fecha de tu primera nómina "civil" . Pero bueno, ya lo tienes autorizado. Saludos.
Pues felicidades edu71 por tu nuevo trabajo y por otro lado tal como cuentas te van a empezar a descontar desde la fecha de tu primera nómina "civil" . Pero bueno, ya lo tienes autorizado. Saludos.
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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- Cabo
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Re: trabajar de guarda
Ahora tengo otra cuestion en mente, este trabajo lo dejare en octubre. Al año que viene, es posible que vuelva a ser contratado para el mismo puesto. ¿ Tendre que solicitar la compatibilidad de nuevo?
Completando estas dudas mi post quedara muy completito para ayudar a los que quieran iniciar un trabajo.
Completando estas dudas mi post quedara muy completito para ayudar a los que quieran iniciar un trabajo.
- ALEAJACTAEST1
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Re: trabajar de guarda
edu71 escribió:Ahora tengo otra cuestion en mente, este trabajo lo dejare en octubre. Al año que viene, es posible que vuelva a ser contratado para el mismo puesto. ¿ Tendre que solicitar la compatibilidad de nuevo?
Completando estas dudas mi post quedara muy completito para ayudar a los que quieran iniciar un trabajo.
Si. Tantas veces te des de baja/alta en SS.SS deberás solicitar la incompatibilidad.
Saludos
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)