COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Arano
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arano »

javier101 escribió: Lun Mar 08, 2021 1:22 pm sentencia de 8 febrero de 2021 en el Pais Vasco
El TSJPV ha reconocido el derecho de un pensionista a percibir el complemento de maternidad de las pensiones que se recoge en el artículo 60 Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, y que está dirigido a la mujeres con hijos por su aportación demográfica a la Seguridad Social.
......"su juicio, concederle ese complemento supondría una "doble prima", ya que no tuvo que soportar las dificultades del embarazo y cría de sus hijas, sin que sufriera, por tanto, ninguna "desventaja laboral o salarial" por su aportación demográfica.

El TSJPV da la razón al hombre y desestima los recursos del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería general de la Seguridad social. El Alto Tribunal comparte la posición y criterio que en esta materia ha expresado el Tribunal de Justicia de la UE."...

no hace falta que demuestre que tuvo perjuicio en el trabajo cuando tuvo los hijos.

saludos
¡ Ya ! de la Seguridad Social, esperaremos pacientemente a que haya alguna favorable para Clases Pasivas.

Saludos.
javier101
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por javier101 »

hay que esperar que algún Tribunal dicte sentencia para las clases pasivas, parecer ser que solo ha habido una en Madrid y desfavorable, aunque parece que hay defecto en la sentencia.
por ahora solo hay favorables en el Pais Vasco, Lugo, Gerona, Murcia, todas favorables pero ninguna pertenecía a las clases pasivas.

saludos
aamolop
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por aamolop »

Buenas tardes con respecto a varios comentarios entre ellos el tuyo me permito contaros lo siguiente, los pensionistas de la Seguridad Social litigan el tema del Complemento de Maternidad en los Juzgados de lo Social de su ciudad y estos Tribunales les están dando la razón en muchas ciudades, siempre que cumplan los requisitos previos claro, otra cosa somos nosotros que tenemos que ir al Contencioso Administrativo y a Madrid por pertenecer a Clases pasivas y ahí solo ha habido uno y perdió en una sentencia como dices muy muy discutible pero es lo que hay, el asunto es que perder en el Contencioso te pueden hacer pagar costas como ha sucedido ya al primero 1.500 Euros de costas o mas según considere el Juez en cuestión.

Un saludo
vitreo
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por vitreo »

aamolop escribió: Jue Mar 11, 2021 5:31 pm Buenas tardes con respecto a varios comentarios entre ellos el tuyo me permito contaros lo siguiente, los pensionistas de la Seguridad Social litigan el tema del Complemento de Maternidad en los Juzgados de lo Social de su ciudad y estos Tribunales les están dando la razón en muchas ciudades, siempre que cumplan los requisitos previos claro, otra cosa somos nosotros que tenemos que ir al Contencioso Administrativo y a Madrid por pertenecer a Clases pasivas y ahí solo ha habido uno y perdió en una sentencia como dices muy muy discutible pero es lo que hay, el asunto es que perder en el Contencioso te pueden hacer pagar costas como ha sucedido ya al primero 1.500 Euros de costas o mas según considere el Juez en cuestión.

Un saludo
Si te lo lleva Unive abogados, el contencioso de Clases Pasivas te cubren ellos si te condenan a costas, viene en el contrato que firmas, y te dan un precio cerrado de 700€ por el contencioso.

Muy seguros deben estar de ganarlo
aamolop
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por aamolop »

vitreo escribió: Jue Mar 11, 2021 7:34 pm
aamolop escribió: Jue Mar 11, 2021 5:31 pm Buenas tardes con respecto a varios comentarios entre ellos el tuyo me permito contaros lo siguiente, los pensionistas de la Seguridad Social litigan el tema del Complemento de Maternidad en los Juzgados de lo Social de su ciudad y estos Tribunales les están dando la razón en muchas ciudades, siempre que cumplan los requisitos previos claro, otra cosa somos nosotros que tenemos que ir al Contencioso Administrativo y a Madrid por pertenecer a Clases pasivas y ahí solo ha habido uno y perdió en una sentencia como dices muy muy discutible pero es lo que hay, el asunto es que perder en el Contencioso te pueden hacer pagar costas como ha sucedido ya al primero 1.500 Euros de costas o mas según considere el Juez en cuestión.

Un saludo
Muchas gracias es buena informacion
Si te lo lleva Unive abogados, el contencioso de Clases Pasivas te cubren ellos si te condenan a costas, viene en el contrato que firmas, y te dan un precio cerrado de 700€ por el contencioso.

Muy seguros deben estar de ganarlo
Amon Ra
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Amon Ra »

Buenas noches a todos, acaban de enviarme el presupuesto Unive abogados e incluyen la "Garantía de costas judiciales gratuita por el total de la reclamación", y precio cerrado de unos 700 €.
Lo que me ha llamado la atención es la inclusión de una clausula en referencia a si la solicitud fuese aceptada en vía administrativa cobrarían un porcentaje de la cantidad total que se recibiera.
Esperemos que los tribunales tengan en cuenta las sentencias favorables y se haga justicia para los que nos encontramos en esta situación discriminatoria.
javier101
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por javier101 »

Amon Ra escribió: Jue Mar 11, 2021 9:23 pm Buenas noches a todos, acaban de enviarme el presupuesto Unive abogados e incluyen la "Garantía de costas judiciales gratuita por el total de la reclamación", y precio cerrado de unos 700 €.
Lo que me ha llamado la atención es la inclusión de una clausula en referencia a si la solicitud fuese aceptada en vía administrativa cobrarían un porcentaje de la cantidad total que se recibiera.
Esperemos que los tribunales tengan en cuenta las sentencias favorables y se haga justicia para los que nos encontramos en esta situación discriminatoria.
entonces entiendo que si se gana una parte de lo que se cobre por atrasos se los queda unive abogados....
puede depender de cuanto, pero otros abogados cobran un poco mas, pero lo que reclames es para ti y no le das ningún tanto por ciento de tus atrasos


saludos
ducckke
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por ducckke »

vayamos por partes entonces, si se contrata a unive abogados, si ganas le das un porcentaje de los atrasos... si pierdes no tienes que pagar nada mas.

aparte claro de los 700 precio cerrado.... ¿cierto?
pues no esta nada mal, en principio porque si vas con la asociacion son 150 de procuradora, y si pierdes pues lo que te pidan de costas.....


alguno lo va a solicitar?

a mi me acaban de contestar hoy que me coma una....
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cebu41
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por cebu41 »

ducckke escribió: Mar Mar 16, 2021 4:06 pm vayamos por partes entonces, si se contrata a unive abogados, si ganas le das un porcentaje de los atrasos... si pierdes no tienes que pagar nada mas.

aparte claro de los 700 precio cerrado.... ¿cierto?
pues no esta nada mal, en principio porque si vas con la asociacion son 150 de procuradora, y si pierdes pues lo que te pidan de costas.....


alguno lo va a solicitar?

a mi me acaban de contestar hoy que me coma una....
Buenas ducckke a quien escribiste?
Yo page a los abogados de la asociacion por hacermelo porque me dijeron que eso no entraba como el tema del cobro de vacaciones no disfrutas que si me cubrian
Tengo el contencioso abierto de diciembre
Un saludo 🤙
Creo que esto es un foro y no un despacho de Abogados ni un centro de rehabilitación -good
josepolilla1964
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por josepolilla1964 »

Buenas foreros.
Me encuentro en la web de abogados de Caruncho, Tomé y Judel , y me he encontrado esto:

Complemento de maternidad para los hombres: incremento de pensiones
por CTJ Abogados | Sep 16, 2020 | Civil, Laboral

¿Pueden los funcionarios públicos reclamar el complemento de maternidad?
En cuanto a los funcionarios públicos la reclamación está condicionada por la existencia de un pronunciamiento judicial que excluye la aplicación del complemento de maternidad para aquellos funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas.

Por lo tanto, en esos casos la reclamación implicaría necesariamente abrir un procedimiento judicial contencioso administrativo partiendo de la existencia de una sentencia negativa.

He llamado y me dan pocas explicaciones, sólo de me dicen que NO TENEMOS DERECHO.

Alguien sabe algo al respecto?
Por qué estamos fuera del citado complemento?
Gracias.
Francisco I
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Francisco I »

Para que un funcionario varón de Clases Pasivas pueda cobrar el complemento por maternidad, se tienen que cumplir, entre otras, las siguientes dos condiciones:
1ª.- Que sea viudo, o que su mujer no tenga derecho a ningún tipo de pensión contributiva.
2ª.- Que pueda acreditar que tuvo algún periodo de baja en las cotizaciones, entre los nueve meses anteriores al nacimiento de los hijos y los tres años posteriores al nacimiento, ( y aquí está la mayor dificultad, salvo para quienes pidieran una excedencia en esos plazos )

Quien no cumpla lo anterior, ya se puede ir olvidando del asunto.
ducckke
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Comentario: al final te lo tendré que agradecer...

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por ducckke »

cebu41 escribió: Vie Mar 19, 2021 3:47 pm
ducckke escribió: Mar Mar 16, 2021 4:06 pm vayamos por partes entonces, si se contrata a unive abogados, si ganas le das un porcentaje de los atrasos... si pierdes no tienes que pagar nada mas.

aparte claro de los 700 precio cerrado.... ¿cierto?
pues no esta nada mal, en principio porque si vas con la asociacion son 150 de procuradora, y si pierdes pues lo que te pidan de costas.....


alguno lo va a solicitar?

a mi me acaban de contestar hoy que me coma una....
Buenas ducckke a quien escribiste?
Yo page a los abogados de la asociacion por hacermelo porque me dijeron que eso no entraba como el tema del cobro de vacaciones no disfrutas que si me cubrian
Tengo el contencioso abierto de diciembre
Un saludo 🤙
hice la solciitud genenera de principio del hilo.
te has metido en contencioso con este tema??? mandame un privado porfa con lo que te ha costado de momento en la asociacion
javier101
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por javier101 »

josepolilla1964 escribió: Lun Mar 22, 2021 11:30 am Buenas foreros.
Me encuentro en la web de abogados de Caruncho, Tomé y Judel , y me he encontrado esto:

Complemento de maternidad para los hombres: incremento de pensiones
por CTJ Abogados | Sep 16, 2020 | Civil, Laboral

¿Pueden los funcionarios públicos reclamar el complemento de maternidad?
En cuanto a los funcionarios públicos la reclamación está condicionada por la existencia de un pronunciamiento judicial que excluye la aplicación del complemento de maternidad para aquellos funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas.

Por lo tanto, en esos casos la reclamación implicaría necesariamente abrir un procedimiento judicial contencioso administrativo partiendo de la existencia de una sentencia negativa.

He llamado y me dan pocas explicaciones, sólo de me dicen que NO TENEMOS DERECHO.

Alguien sabe algo al respecto?
Por qué estamos fuera del citado complemento?
Gracias.
esta disposicion transitoria reconoce a las clases pasivas el complemento de maternidad siempre que seas mujer.

COMPLEMENTO POR MATERNIDAD EN LAS PENSIONES DEL
RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO
La LPGE para el 2016, ha añadido una nueva disposición adicional la decimoctava al
TRLCPE, que regula el Complemento por maternidad.
Establece que se reconocerá un complemento de pensión a las mujeres que hayan
tenido hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias de pensiones de jubilación o
retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad o
viudedad que se causen a partir del 1 de enero de 2016 en el Régimen de Clases
Pasivas del Estado. Dicho complemento, que tendrá a todos los efectos naturaleza
jurídica de pensión pública, consistirá en un importe equivalente al resultado de aplicar
a la pensión que corresponda reconocer, un porcentaje determinado en función del
número de hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión,
según la siguiente escala:
a) En el caso de 2 hijos: 5 por 100.
b) En el caso de 3 hijos: 10 por 100.
c) En el caso de 4 o más hijos: 15 por 100.
En el supuesto de que la cuantía de la pensión que corresponda reconocer sea igual o
superior al límite de pensión máxima, solo se abonará el 50 por 100 del complemento.
Asimismo, si la cuantía de dicha pensión alcanza el límite aplicando sólo parcialmente el
complemento, la interesada tendrá derecho además a percibir el 50 por 100 de la parte
del complemento que exceda del límite máximo vigente en cada momento.
Las interesadas deberán aportar junto con su solicitud de pensión copia del libro de
familia actualizado.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por psmito »

javier101 escribió: Lun Mar 29, 2021 4:56 pm
josepolilla1964 escribió: Lun Mar 22, 2021 11:30 am Buenas foreros.
Me encuentro en la web de abogados de Caruncho, Tomé y Judel , y me he encontrado esto:

Complemento de maternidad para los hombres: incremento de pensiones
por CTJ Abogados | Sep 16, 2020 | Civil, Laboral

¿Pueden los funcionarios públicos reclamar el complemento de maternidad?
En cuanto a los funcionarios públicos la reclamación está condicionada por la existencia de un pronunciamiento judicial que excluye la aplicación del complemento de maternidad para aquellos funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas.

Por lo tanto, en esos casos la reclamación implicaría necesariamente abrir un procedimiento judicial contencioso administrativo partiendo de la existencia de una sentencia negativa.

He llamado y me dan pocas explicaciones, sólo de me dicen que NO TENEMOS DERECHO.

Alguien sabe algo al respecto?
Por qué estamos fuera del citado complemento?
Gracias.
esta disposicion transitoria reconoce a las clases pasivas el complemento de maternidad siempre que seas mujer.

COMPLEMENTO POR MATERNIDAD EN LAS PENSIONES DEL
RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO
La LPGE para el 2016, ha añadido una nueva disposición adicional la decimoctava al
TRLCPE, que regula el Complemento por maternidad.
Establece que se reconocerá un complemento de pensión a las mujeres que hayan
tenido hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias de pensiones de jubilación o
retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad o
viudedad que se causen a partir del 1 de enero de 2016 en el Régimen de Clases
Pasivas del Estado. Dicho complemento, que tendrá a todos los efectos naturaleza
jurídica de pensión pública, consistirá en un importe equivalente al resultado de aplicar
a la pensión que corresponda reconocer, un porcentaje determinado en función del
número de hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión,
según la siguiente escala:
a) En el caso de 2 hijos: 5 por 100.
b) En el caso de 3 hijos: 10 por 100.
c) En el caso de 4 o más hijos: 15 por 100.
En el supuesto de que la cuantía de la pensión que corresponda reconocer sea igual o
superior al límite de pensión máxima, solo se abonará el 50 por 100 del complemento.
Asimismo, si la cuantía de dicha pensión alcanza el límite aplicando sólo parcialmente el
complemento, la interesada tendrá derecho además a percibir el 50 por 100 de la parte
del complemento que exceda del límite máximo vigente en cada momento.
Las interesadas deberán aportar junto con su solicitud de pensión copia del libro de
familia actualizado.
Esto es lo aplicable desde 2016 hasta el 4 de febrero de 2021 a partir de esa fecha es el Complemento para la reducción de la brecha de género
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
vitreo
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por vitreo »

A los retirados entre 2016 y enero 2021 que solicitéis el complemento de maternidad, por la primera normativa, la cual es discriminatoria por razón de sexo. (En la segunda normativa a partir de febrero 2021 ya se la conceden a los hombres que cumplan las condiciones)

Que sepáis que administrativamente esta contestando la Seguridad Social de forma denegatoria a todos los de clases pasivas en base a la ya citada Sentencia denegatoria del Tribunal Contencioso administrativo de Madrid, Sección 6ª.

Lo mejor de todo es que en las resoluciones denegatorias te dicen que tienes 2 meses para presentar en el Tribunal Contencioso administrativo de Madrid y no te informan de que según la Ley 29/1998 de Procedimiento Contencioso Administrativo tenéis derecho a presentarlo en vuestro lugar de residencia. Que olvidos tiene la administración cuando le interesa -nj

Por lo tanto os aconsejo que los pongáis en vuestro lugar de residencia, tendréis mas posibilidades de ganarlo que en Madrid.
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