Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

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993C2
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Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por 993C2 »

Hola a todos,

Me gustaría saber si nos podemos desgravar por el pago que hacemos al Patronato de Huérfanos. Entiendo que sí, pero desconozco si debemos incluirlos o ya están dentro de los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo -unknw .

Gracias y saludos -thumbup
Francisco I
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por Francisco I »

Ya están dentro de los gastos deducibles que nos viene reflejados en el Certificado de Retenciones.
josejuan
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por josejuan »

Si estás en activo si se puede desgravar si estás retirado que yo sepa y mientras alguien no opine y motive su discrepancia pues no se puede desgravar la aportación hecha.
juans
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por juans »

Que yo sepa, la ley no distingue entre activos y jubilados a la hora de poderse deducir ese gasto.
jhia jhui
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por jhia jhui »

Y los que decidimos seguir pagando la asociación de huérfanos de la guardia civil una vez retirados, podemos desgravarlo en la declaración, tendríamos que meter este dato porque solo descuentan irpf de la pensión. Un saludo
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dmf
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por dmf »

Hola, sí se puede desgravar las cuotas aportadas al PAHU (PAtronato de HUérfanos), tanto si estas activo, en reserva o retirado.
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764
"Artículo 19. Rendimiento neto del trabajo.
1. El rendimiento neto del trabajo será el resultado de disminuir el rendimiento íntegro en el importe de los gastos deducibles.
2. Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los siguientes:
a) Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.
b) Las detracciones por derechos pasivos.
c) Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.
d) Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca.
e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.
f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales.
Tratándose de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, se incrementará dicha cuantía, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, en 2.000 euros anuales adicionales.
Tratándose de personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos, se incrementará dicha cuantía en 3.500 euros anuales. Dicho incremento será de 7.750 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
Los gastos deducibles a que se refiere esta letra f) tendrán como límite el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos en este apartado".
Un saludo.
josejuan
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por josejuan »

Me habéis convencido, este año incluiré la aportación al Colegio de Huérfanos como gasto deducible.
No es que sea una cantidad alta pero bueno dará para unas cervecillas -thumbup
josejuan
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por josejuan »

Hola, como me he decidido a incluir el dinero que pago al Patronato Huerfanos Armada como deducción en los Rendimientos del Trabajo de la Declaración de la Renta de este año quería saber si hay alguien que haya efectuado esta deducción en Declaraciones de la Renta de años anteriores estando ya retirado, si le ha llamado Hacienda para justificar esa deducción, habida cuenta de que el Patronato no envía datos, por lo menos de los retirados que la abonamos, a Hacienda.
Francisco I
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por Francisco I »

josejuan escribió:Hola, como me he decidido a incluir el dinero que pago al Patronato Huerfanos Armada como deducción en los Rendimientos del Trabajo de la Declaración de la Renta de este año quería saber si hay alguien que haya efectuado esta deducción en Declaraciones de la Renta de años anteriores estando ya retirado, si le ha llamado Hacienda para justificar esa deducción, habida cuenta de que el Patronato no envía datos, por lo menos de los retirados que la abonamos, a Hacienda.
¿ Quien ha dicho que el Patronato no envía los datos a Hacienda ? Hacienda lo sabe todo, absolutamente todo; y si algo no conoce, lo pregunta y estamos obligados a informarle.
josejuan
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por josejuan »

Francisco I escribió:
josejuan escribió:Hola, como me he decidido a incluir el dinero que pago al Patronato Huerfanos Armada como deducción en los Rendimientos del Trabajo de la Declaración de la Renta de este año quería saber si hay alguien que haya efectuado esta deducción en Declaraciones de la Renta de años anteriores estando ya retirado, si le ha llamado Hacienda para justificar esa deducción, habida cuenta de que el Patronato no envía datos, por lo menos de los retirados que la abonamos, a Hacienda.
¿ Quien ha dicho que el Patronato no envía los datos a Hacienda ? Hacienda lo sabe todo, absolutamente todo; y si algo no conoce, lo pregunta y estamos obligados a informarle.

Pues yo digo que el Patronato no manda a Hacienda referencia del pago que efectúo a dicho Patronato,
¿qué como lo se?, pues porque en los datos fiscales que tiene Hacienda sobre mí no figura ninguna mención a ese pago que es deducible como se ha señalado en este foro. Y no es que se hayan olvidado este año sino que desde que pasé a retirado he estado pagando y nunca me ha venido reflejado en los datos fiscales que Hacienda tiene de mí.
Si hay algún forero retirado que pague Patronato y le venga reconocido en los datos fiscales que tiene Hacienda pues lo comente.
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por dmf »

Hola, a mi este año por primera vez, me viene reflejado en el borrador los pagos al PAHUET.
Según el art. 68.3 de la Ley del IRPF, las cantidades donadas a la Institución dan derecho a una deducción del 10%.
Un saludo.
josejuan
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por josejuan »

La aportación al Colegio Huérfanos es una deducción de los Rendimientos del Trabajo, art. 19 c). de la ley 35/2006.
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por dmf »

josejuan escribió:La aportación al Colegio Huérfanos es una deducción de los Rendimientos del Trabajo, art. 19 c). de la ley 35/2006.
Hola, por supuesto.
Un saludo.
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por LIVE »

Hola, compañeros !!

Pues a mí no se me ha ocurrido ponerlo en la declaración para que me deduzcan algo... y ya la tengo entregada.
He mirado un recibo que me pan pasado recientemente el Colegio de Huerfanos y es por un importe de 31,18 euros, aun que pone en el mismo 2º trimestre 2016, por lo que entiendo que en un año natural será un total de 124 euros, no sé si estaré equivocado.

Y según he leído anteriormente... solo desgrava un 10 %, así que.. unos 12 euros.

Si alguien me puede informar mejor, se agradecería.
Un saludo.
Francisco I
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Re: Desgravación fiscal Patronato Huérfanos

Mensaje por Francisco I »

LIVE escribió:Hola, compañeros !!

Pues a mí no se me ha ocurrido ponerlo en la declaración para que me deduzcan algo... y ya la tengo entregada.
He mirado un recibo que me pan pasado recientemente el Colegio de Huerfanos y es por un importe de 31,18 euros, aun que pone en el mismo 2º trimestre 2016, por lo que entiendo que en un año natural será un total de 124 euros, no sé si estaré equivocado.

Y según he leído anteriormente... solo desgrava un 10 %, así que.. unos 12 euros.

Si alguien me puede informar mejor, se agradecería.
Un saludo.
Creo que estamos mezclando el concepto "donación" con el concepto "cotización" y no es lo mismo. La donación deduce del impuesto; la cotización resta de los ingresos.
Si "donas" a ciertas Instituciones te deduces un 10% de lo donado en la Base Imponible del impuesto.
Si "cotizas" una cuota fija un Patronato de Huérfanos, te restas el 100% de lo cotizado en los rendimientos del trabajo.

Son dos cosas distintas e incompatibles entre sí.
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