SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola.
Ante todo, gracias por vuestro reconocimiento en general, aunque no me considero merecedor, hice lo que la mayoría de vosotros hubieseis hecho por cualquier compañero.
De todas formas, acepto unos espárragos de Navarra, Jalufo Ibérico, Cecina de León, Chourisos Asturianos, Coquinas de Huelva, Langostinos de Sanlúcar, Langostinos de Ibarra, etc ………….. (marisco no me hace falta que en Galicia, tenemos en mejor), ya os doy mi dirección por privado y espero los paquetes como antiguamente se recibían en la mili ( POR SUPUESTO ESTO ES UNA BROMA)
A lo que iba, los que hemos ganado hace unos meses no desesperéis en que os quiten el IRPF de la nómina, tardan sobre 4 meses, de todas formas el IRPF de este año, nos lo devolverán el la declaración de Hacienda del 2021
Enhorabuena y un abrazo a todos
Ante todo, gracias por vuestro reconocimiento en general, aunque no me considero merecedor, hice lo que la mayoría de vosotros hubieseis hecho por cualquier compañero.
De todas formas, acepto unos espárragos de Navarra, Jalufo Ibérico, Cecina de León, Chourisos Asturianos, Coquinas de Huelva, Langostinos de Sanlúcar, Langostinos de Ibarra, etc ………….. (marisco no me hace falta que en Galicia, tenemos en mejor), ya os doy mi dirección por privado y espero los paquetes como antiguamente se recibían en la mili ( POR SUPUESTO ESTO ES UNA BROMA)
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
zuku escribió: ↑Sab Sep 26, 2020 12:26 am Hola.
Ante todo, gracias por vuestro reconocimiento en general, aunque no me considero merecedor, hice lo que la mayoría de vosotros hubieseis hecho por cualquier compañero.
De todas formas, acepto unos espárragos de Navarra, Jalufo Ibérico, Cecina de León, Chourisos Asturianos, Coquinas de Huelva, Langostinos de Sanlúcar, Langostinos de Ibarra, etc ………….. (marisco no me hace falta que en Galicia, tenemos en mejor), ya os doy mi dirección por privado y espero los paquetes como antiguamente se recibían en la mili ( POR SUPUESTO ESTO ES UNA BROMA)
A lo que iba, los que hemos ganado hace unos meses no desesperéis en que os quiten el IRPF de la nómina, tardan sobre 4 meses, de todas formas el IRPF de este año, nos lo devolverán el la declaración de Hacienda del 2021
Enhorabuena y un abrazo a todos
HOLA ZUKU en primer lugar muchas Gracias por la información, de los 4 meses, y en segundo lugar a mi me queda claro y demostrado que es una BROMA, porque una vez te solicite tu dirección para mandarte un detalle para Navidad porque estaba agradecido de tu colaboración en los escritos que me hiciste hasta llegar al TEAC que yo solo me limite a firmarlos y darle curso a su destino. y tu respuestas fue NO GRACIAS al detalle para Navidad ya que como te comente eras unas botellas de vino, y tu volviste ha decirme NO GRACIAS, Y NO te las mande porque así lo decidiste tu con esto te quiero decir que tu haces las cosas sin nada a cambio es porque tu eres así de muy buenas manera te gusta ayudar. Saludos
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Buenas
Una duda sobre este asunto
La exención es para todas las pensiones o sólo para aquellas personas que no cobraban el 100% de su pensión y no habían cotizado un mínimo de 20 años
Lo pregunto porque en esta sentencia dice que la actora no tiene derecho a la exención al no poder el paso de ip total a absoluta aumentar su cuantía ya que ya cibra por el 100%
STSJ M 10530/2017 - ECLI: ES:TSJM10530
Agradecería me aclararan esta cuestión
Una duda sobre este asunto
La exención es para todas las pensiones o sólo para aquellas personas que no cobraban el 100% de su pensión y no habían cotizado un mínimo de 20 años
Lo pregunto porque en esta sentencia dice que la actora no tiene derecho a la exención al no poder el paso de ip total a absoluta aumentar su cuantía ya que ya cibra por el 100%
STSJ M 10530/2017 - ECLI: ES:TSJM10530
Agradecería me aclararan esta cuestión
- sargentodehierro
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Buenas,
Es conveniente que te leas este hilo para que entiendas las circunstancias del mismo.
Un saludo
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Lo he leído pero no encuentro esta cuestión
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola te informo de la Exención del IRPF es para las personas que tienen la incapacidad Absoluta, y no tiene nada que ver con lo que cobre ya que la eximen del IRPF por tener la incapacidad absoluta siempre que este relacionada con su pase a retirado. Saludosvalenciana8 escribió: ↑Dom Sep 27, 2020 5:23 pm Buenas
Una duda sobre este asunto
La exención es para todas las pensiones o sólo para aquellas personas que no cobraban el 100% de su pensión y no habían cotizado un mínimo de 20 años
Lo pregunto porque en esta sentencia dice que la actora no tiene derecho a la exención al no poder el paso de ip total a absoluta aumentar su cuantía ya que ya cibra por el 100%
STSJ M 10530/2017 - ECLI: ES:TSJM10530
Agradecería me aclararan esta cuestión
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Sí, pero es que en esa sentencia dice que para las personas que ya cobraban el 100% de su pensión (porque habían cotizado más de 20 años), al no poderles aumentar la pensión al pasar a la absoluta (pues no viene contemplado en clases pasivas o algo así) no le eximenBuenas
Una duda sobre este asunto
La exención es para todas las pensiones o sólo para aquellas personas que no cobraban el 100% de su pensión y no habían cotizado un mínimo de 20 años
Lo pregunto porque en esta sentencia dice que la actora no tiene derecho a la exención al no poder el paso de ip total a absoluta aumentar su cuantía ya que ya cibra por el 100%
STSJ M 10530/2017 - ECLI: ES:TSJM10530
Agradecería me aclararan esta cuestión
Hola te informo de la Exención del IRPF es para las personas que tienen la incapacidad Absoluta, y no tiene nada que ver con lo que cobre ya que la eximen del IRPF por tener la incapacidad absoluta siempre que este relacionada con su pase a retirado. Saludos
Más o menos es lo que viene a decir esa sentencia, no sé si luego habrá jurisprudencia posterior contraria pero es bastante reciente
- psmito
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Para estar exento de IRPF te tienen que dar la absoluta en el momento de pase a retiro
Si es por agravamiento Hacienda no te lo aplica, tienes ganarlo en los tribunales
Al TEAC HACE un tiempo que ya no se puede acudir
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Efectivamente así es muy bien explicado Saludos
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Pues no te puedo informar sobre este asunto. Saludosvalenciana8 escribió: ↑Mié Sep 30, 2020 12:32 pmSí, pero es que en esa sentencia dice que para las personas que ya cobraban el 100% de su pensión (porque habían cotizado más de 20 años), al no poderles aumentar la pensión al pasar a la absoluta (pues no viene contemplado en clases pasivas o algo así) no le eximenBuenas
Una duda sobre este asunto
La exención es para todas las pensiones o sólo para aquellas personas que no cobraban el 100% de su pensión y no habían cotizado un mínimo de 20 años
Lo pregunto porque en esta sentencia dice que la actora no tiene derecho a la exención al no poder el paso de ip total a absoluta aumentar su cuantía ya que ya cibra por el 100%
STSJ M 10530/2017 - ECLI: ES:TSJM10530
Agradecería me aclararan esta cuestión
Hola te informo de la Exención del IRPF es para las personas que tienen la incapacidad Absoluta, y no tiene nada que ver con lo que cobre ya que la eximen del IRPF por tener la incapacidad absoluta siempre que este relacionada con su pase a retirado. Saludos
Más o menos es lo que viene a decir esa sentencia, no sé si luego habrá jurisprudencia posterior contraria pero es bastante reciente
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- Cabo 1º
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola!! Muy buenas noches a todos!!
Antes de nada muchas gracias a Zuku, ya que sin su ayuda no hubiera tenido la información sobre la exención del IRPF ni de la vía existente entonces vía TEAC para conseguir lo que Clases Pasivas se negaba reconocer. Hoy he recibido la notificación donde se ESTIMA la reclamación presentada en el 2017, anulando el acto de Clases Pasivas que denegaba la exención del IRPF. Muchas gracias Zuku.
A partir de hoy voy a poner en conocimiento de Clases Pasivas la existencia del acuerdo del TEAC. También voy a proceder a comunicárselo a la Agencia Tributaria para que inicien los procesos de regularización de los ejercicios 2016 al 2018.
Que os parece si respecto al 2019 directamente presento una declaración complementaria de la presentada donde no aparezca el importe exento de IRPF.
Doy todos los ánimos y paciencia a todos los que estén aún esperando la resolución del TEAC. Y, aunque sea pesado, muchas gracias Zuku por tu ayuda y paciencia!!
Saludos.
Antes de nada muchas gracias a Zuku, ya que sin su ayuda no hubiera tenido la información sobre la exención del IRPF ni de la vía existente entonces vía TEAC para conseguir lo que Clases Pasivas se negaba reconocer. Hoy he recibido la notificación donde se ESTIMA la reclamación presentada en el 2017, anulando el acto de Clases Pasivas que denegaba la exención del IRPF. Muchas gracias Zuku.
A partir de hoy voy a poner en conocimiento de Clases Pasivas la existencia del acuerdo del TEAC. También voy a proceder a comunicárselo a la Agencia Tributaria para que inicien los procesos de regularización de los ejercicios 2016 al 2018.
Que os parece si respecto al 2019 directamente presento una declaración complementaria de la presentada donde no aparezca el importe exento de IRPF.
Doy todos los ánimos y paciencia a todos los que estén aún esperando la resolución del TEAC. Y, aunque sea pesado, muchas gracias Zuku por tu ayuda y paciencia!!
Saludos.
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
ayudantedesantaclaus escribió: ↑Vie Dic 11, 2020 9:03 pm Hola!! Muy buenas noches a todos!!
Antes de nada muchas gracias a Zuku, ya que sin su ayuda no hubiera tenido la información sobre la exención del IRPF ni de la vía existente entonces vía TEAC para conseguir lo que Clases Pasivas se negaba reconocer. Hoy he recibido la notificación donde se ESTIMA la reclamación presentada en el 2017, anulando el acto de Clases Pasivas que denegaba la exención del IRPF. Muchas gracias Zuku.
A partir de hoy voy a poner en conocimiento de Clases Pasivas la existencia del acuerdo del TEAC. También voy a proceder a comunicárselo a la Agencia Tributaria para que inicien los procesos de regularización de los ejercicios 2016 al 2018.
Que os parece si respecto al 2019 directamente presento una declaración complementaria de la presentada donde no aparezca el importe exento de IRPF.
Doy todos los ánimos y paciencia a todos los que estén aún esperando la resolución del TEAC. Y, aunque sea pesado, muchas gracias Zuku por tu ayuda y paciencia!!
Saludos.
Enhorabuena.
No está de mas, que lo notifiques, pero hasta que lo comunique oficialmente el TEAC a la Dirección de costes y personal y estos a hacienda, no van a hacer nada.
Lo que si puedes hacer, para ir adelantando es solicitar a la AEAT las rectificaciones y autoliquidaciones de los ejercicios fiscales correspondientes a partir de la fecha en la cual te reconocen la exención (suele ser la fecha del tribunal el cual te incapacita). Ten en cuenta que la AEAT tiene 6 meses para devolver, que posiblemente sea algo mas por el estado de alarma, aunque hacienda no hará nada hasta que reciba la notificación oficial, pero a ti te cuenta desde la fecha presentada.
Por otro lado te notificarán al mismo tiempo que la AEAT oficialmente la exención del IRPF de la SS (ahora gestiona Clases Pasivas la SS), calcula que tardarán sobre 2 meses.
Esto es lo que debes de hacer:
1. A partir de Enero solicitas a la AEAT la devolución de las "cantidades indebidamente ingresadas por IRPF" desde el 2016 al 2019, y les haces referencia a la res. del TEAC.
2. En 2021 haces la declaración de hacienda y recuperas el IRPF del 2020.
3. Como posiblemente la exención practica del IRPF sea en Marzo, o en el mes que sea, tienes que solicitar el IRPF retenido de los meses que correspondan del 2021, normalmente ya te lo devuelven de oficio, pero no está de mas recordárselo.
Y si todo va como debe de ir, fin del culebrón .
A mi ya me han sacado el IRPF y devuelto el IRPF de los meses retenidos del 2020, y hacienda acepto mi reclamación para que me devuelva desde el 2009, los 6 meses de plazo acaban el 7 de enero y aún no han hecho nada, el 21 tengo cita presencial para ir a recordárselo.
Un saludo
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Enhorabuena ayudantedesantaclaus me alegro mucho consiguieras que te dieran la razón ahora te toca la espera de que te den lo tuyo que para eso tienes que dar un poco de mal como siempre con hacienda, hazle caso a Zuku que la experiencia es un grado, jajajajaj, me reitero en darte la enhorabuena y que todo pase rápido y puedas disfrutarlo, un saludo ayudantedesantaclausayudantedesantaclaus escribió: ↑Vie Dic 11, 2020 9:03 pm Hola!! Muy buenas noches a todos!!
Antes de nada muchas gracias a Zuku, ya que sin su ayuda no hubiera tenido la información sobre la exención del IRPF ni de la vía existente entonces vía TEAC para conseguir lo que Clases Pasivas se negaba reconocer. Hoy he recibido la notificación donde se ESTIMA la reclamación presentada en el 2017, anulando el acto de Clases Pasivas que denegaba la exención del IRPF. Muchas gracias Zuku.
A partir de hoy voy a poner en conocimiento de Clases Pasivas la existencia del acuerdo del TEAC. También voy a proceder a comunicárselo a la Agencia Tributaria para que inicien los procesos de regularización de los ejercicios 2016 al 2018.
Que os parece si respecto al 2019 directamente presento una declaración complementaria de la presentada donde no aparezca el importe exento de IRPF.
Doy todos los ánimos y paciencia a todos los que estén aún esperando la resolución del TEAC. Y, aunque sea pesado, muchas gracias Zuku por tu ayuda y paciencia!!
Saludos.
Creo que esto es un foro y no un despacho de Abogados ni un centro de rehabilitación
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
ayudantedesantaclaus escribió: ↑Vie Dic 11, 2020 9:03 pm Hola!! Muy buenas noches a todos!!
Antes de nada muchas gracias a Zuku, ya que sin su ayuda no hubiera tenido la información sobre la exención del IRPF ni de la vía existente entonces vía TEAC para conseguir lo que Clases Pasivas se negaba reconocer. Hoy he recibido la notificación donde se ESTIMA la reclamación presentada en el 2017, anulando el acto de Clases Pasivas que denegaba la exención del IRPF. Muchas gracias Zuku.
A partir de hoy voy a poner en conocimiento de Clases Pasivas la existencia del acuerdo del TEAC. También voy a proceder a comunicárselo a la Agencia Tributaria para que inicien los procesos de regularización de los ejercicios 2016 al 2018.
Que os parece si respecto al 2019 directamente presento una declaración complementaria de la presentada donde no aparezca el importe exento de IRPF.
Doy todos los ánimos y paciencia a todos los que estén aún esperando la resolución del TEAC. Y, aunque sea pesado, muchas gracias Zuku por tu ayuda y paciencia!!
Saludos.
Enhorabuena otra Reclamación Ganada, POR EL GRAN ZUKU, yo estoy a la espera de las devoluciones, esto va lento pero bueno no queda otra que esperar, yo presente la Reclamación y la Rectificación de fecha de año ante la Delegación de Hacienda, y por el momento nada de nada. Saludos
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Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015
Hola informo que Hacienda me abierto 3 Expedientes años 2017 2018 2019. Para hacer las devoluciones del los años retenidos del IRPF, y estoy a la espera de la devolución del año 2020 el asunto va lento. Saludos