Duda irpf

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

leka
Alferez
Alferez
Mensajes: 245
Registrado: Vie May 04, 2018 8:42 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo

Re: Duda irpf

Mensaje por leka »

Señores buenas.
Como consejo personal vivida experiencia extensa en materia tributaria es preferible que tu irpf sea el más bajo posible. Ya que a la hora de la devolución de la renta, para el Estado, no es lo mismo devolverte 1000 euros que 3000 mil.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 7024
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Duda irpf

Mensaje por Francisco I »

leka escribió: Dom Feb 17, 2019 12:17 pm Señores buenas.
Como consejo personal vivida experiencia extensa en materia tributaria es preferible que tu irpf sea el más bajo posible. Ya que a la hora de la devolución de la renta, para el Estado, no es lo mismo devolverte 1000 euros que 3000 mil.
Lo ideal sería que no se aplicaran retenciones a cuenta. El impuesto se debe de pagar cuando se produce el hecho impositivo, sea éste inmediato, como el IVA, el de carburantes, el de transmisiones, etc. o sea anual, como el IBI, el de vehículos, el de patrimonio, etc.
Además de evitar el adelantar dinero de forma gratuita al Estado, sería una buena medida profiláctica a la hora de aplicar las mas elementales reglas de economía doméstica.
Avatar de Usuario
Usuari-a
Alferez
Alferez
Mensajes: 215
Registrado: Dom Abr 08, 2018 6:16 pm
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Otros

Re: Duda irpf

Mensaje por Usuari-a »

En relacion al tema, estando en activo (ET) y reconocida una dispacacidad por la Comunidad Autonoma superior al 33%, y con la intencion de seguir en activo.
¿Es aconsejable informar al pagador (MINISDEF), modelo 145? o
¿hay riesgo que se levante la liebre y te puedan buscar las cosquillas mediante un expediente de averiguacion de causa de dicha discapacidad y su posterior EICP?.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15297
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: Duda irpf

Mensaje por sargentodehierro »

Usuari-a escribió: Dom Feb 17, 2019 9:32 pm En relacion al tema, estando en activo (ET) y reconocida una dispacacidad por la Comunidad Autonoma superior al 33%, y con la intencion de seguir en activo.
¿Es aconsejable informar al pagador (MINISDEF), modelo 145? o
¿hay riesgo que se levante la liebre y te puedan buscar las cosquillas mediante un expediente de averiguacion de causa de dicha discapacidad y su posterior EICP?.
Yo si soy tu jefe y veo que presentas un grado de discapacidad, te mandaría a un reconocimiento médico a ver cuál podría ser el motivo médico de esa discapacidad.

Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”