Pensión de incapacidad permanente tropa

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Stella
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Pensión de incapacidad permanente tropa

Mensaje por Stella »

Buenas compañeros!
Al ver que algunos de mis compañeros, METMP, ya están cumpliendo los 45 años.... Y todos sabemos que es lo que ocurre si no se ha conseguido la permanente. A mi me surge una duda...
Yo me encuentro en situación de retiro por invalidez permanente.... Pero que va a ocurrirme cuando cumpla los 45?
Sigo teniendo derecho a esta pensión? Cambiará algo? Tengo que hacer algo? Algún trámite?
He buscado mucho por Internet últimamente, de hecho es así como he llegado a conoceros.... Pero no he encontrado nada que me aclare esta duda. (No se si es que soy muy torpe... O quizás es que no lo entiendo bien...)
Espero que alguien de aquí sepa algo al respecto. O si quizás, ya algún compañero ha pasado por esta situación, y puede ayudarme compartiendo su experiencia.
Es un tema que ahora mismo me tiene preocupada.
Gracias de antemano.
Un saludo a todos.
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trasgu123
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Re: Pensión de incapacidad permanente tropa

Mensaje por trasgu123 »

Cuando cumplas 45, pasara que ya no tienes 44 y te faltara un año menos un dia para los 46. Tambien puede pasar que te hagan una fiesta la familia o los amigos.

Cobras una pension, ni estas en activo ni en ninguna situacion similar.
Stella
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Re: Pensión de incapacidad permanente tropa

Mensaje por Stella »

Buenos días!
Gracias por la respuesta. Aunque eso ya lo sabía.
Quizás no me explique bien.... No me queda claro si la pensión por incapacidad de un militar temporal, lo es también. O si por el contrario es vitalicia.
Sobretodo, me gustaría encontrar información legal al respecto.
Gracias
Saludos
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trasgu123
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Re: Pensión de incapacidad permanente tropa

Mensaje por trasgu123 »

Tus antiguos compañeros que estan en activo y cumplen 45 años, pasaran a la situacion que marca la ley. Nada tiene que ver contigo

Las pensiones son para siempre, salvo que proceda la rehabilitacion en el puesto que en el caso de Clases Pasivas es a peticion del interesado.

En Clases Pasivas no hay mas "escalones" una vez se pasa a retirado.
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