Buenas tardes una cuestion: esta ley pone unos tramos a partir del salario minimo interprofesional, yo tengo la nomina embargada con los tramos correspondientes, la cuestion es la siguiente: si finalmente me retiran me paga hacienda...
Si le debo pasta a hacienda y si me retiran me pagan ellos, entiendo que no podrian saltarse la ley 607 osea me ingresaria la pension con el tramo correspondiente superado el salario minimo?
O al ser el pagador directo podria saltarse a la torera la ley? Entiendo que no pero no esta de mas si me podeis dar mas informacion o conoceis algun caso parecido, gracias
Ley 607 de enjuiciamiento civil
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Re: Ley 607 de enjuiciamiento civil
Hacienda no se va a saltar la ley; lo cual no quiere decir que no te aplique los intereses de demora correspondientes al tiempo que tardes en saldar la deuda.
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Re: Ley 607 de enjuiciamiento civil
Ok gracias una vez si me dan retiro me presentare a ver deudas al menos para fraccionar kas que esten en periodo voluntario para evitar mas intereses gracias