Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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adolfo poveda
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Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por adolfo poveda »

He cotizado simultáneamente a Seguridad Social, como trabajador autónomo y a Clases Pasivas, como funcionario de carrera. Quisiera saber si al jubilarme en Seguridad Social (ultimo régimen en que he cotizado), las bases de cotización (RETA) y base reguladora (Clases Pasivas) efectuadas a ambos regímenes de forma simultánea se suman para determinar la base reguladora de la pensión de jubilación en Seguridad Social, o no.
Muchas gracias.
Adolfo Poveda
Kcobain
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por Kcobain »

Menudo lio.
1 has sido o eres militar?.
2 en que régimen cotizas... isfas,seg social ( hablo de la mili)
En cuanto tu pregunta:
El reta se añade a tu vida laboral así que para la jubilación si que cuenta
En el caso del isfas hay que ir a la seg social e informar que se ha trabajado con isfas para que puedan añadirtelo en la jubilación
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por trasgu123 »

ISFAS y cobrar la Pension de jubilacion tienen la misma relacion que las patatas y los delfines.

En cuanto a la pregunta en concreto, es tan facil como leerse el Real Decreto 691/1991 art. 4.1.

Cosa diferente sera que con los años cotizados se genere derecho a pension en ambos sistemas.
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por Francisco I »

Kcobain escribió: Lun Ago 03, 2020 9:23 pm Menudo lio.
1 has sido o eres militar?.
2 en que régimen cotizas... isfas,seg social ( hablo de la mili)
En cuanto tu pregunta:
El reta se añade a tu vida laboral así que para la jubilación si que cuenta
En el caso del isfas hay que ir a la seg social e informar que se ha trabajado con isfas para que puedan añadirtelo en la jubilación
Menos mal que usted lo tiene superclaro. ¡ Qué atrevida es la ignorancia !
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por Kcobain »

Francisco I escribió: Mié Ago 05, 2020 3:57 pm
Kcobain escribió: Lun Ago 03, 2020 9:23 pm Menudo lio.
1 has sido o eres militar?.
2 en que régimen cotizas... isfas,seg social ( hablo de la mili)
En cuanto tu pregunta:
El reta se añade a tu vida laboral así que para la jubilación si que cuenta
En el caso del isfas hay que ir a la seg social e informar que se ha trabajado con isfas para que puedan añadirtelo en la jubilación
Menos mal que usted lo tiene superclaro. ¡ Qué atrevida es la ignorancia !


Por lo menos yo no le falto el respeto a nadie,eso lo primero y si tan claro lo tiene usted busque las derogaciones de dicha ley tanto que usted sabe tanto no entiendo que hace en este foro y no esta trabajando en la administración pública, ahí por cierto ignora usted la cotización por autónomo que es lo,que pregunta
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por trasgu123 »

1º Que yo conozca, no hay ninguna Ley que regule el Computo Reciproco de Cotizaciones, es el Real Decreto 691/1991, ya tiene sus añitos.

2º Ese Real Decreto es aplicable a Clases Pasivas y a TODOS los regimenes de la S Social, desde el General a los Especiales y Sustitutorios, tal como dispone el art. 1.b) del Real Decreto.

3º Nadie te ha faltado al respeto. Sencillamente se pone en evidencia tu absoluta ignorancia sobre este asunto, cosa que ya acreditaste suficientemente en tu primer post con tus menciones al ISFAS o la pregunta al forero que inicia el asunto, sobre si es o ha sido militar.
Francisco I
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Re: Computo reciproco cotizaciones Clases Pasivas y Seguridad Social

Mensaje por Francisco I »

Kcobain escribió: Mié Ago 05, 2020 6:07 pm
Francisco I escribió: Mié Ago 05, 2020 3:57 pm
Kcobain escribió: Lun Ago 03, 2020 9:23 pm Menudo lio.
1 has sido o eres militar?.
2 en que régimen cotizas... isfas,seg social ( hablo de la mili)
En cuanto tu pregunta:
El reta se añade a tu vida laboral así que para la jubilación si que cuenta
En el caso del isfas hay que ir a la seg social e informar que se ha trabajado con isfas para que puedan añadirtelo en la jubilación
Menos mal que usted lo tiene superclaro. ¡ Qué atrevida es la ignorancia !


Por lo menos yo no le falto el respeto a nadie,eso lo primero y si tan claro lo tiene usted busque las derogaciones de dicha ley tanto que usted sabe tanto no entiendo que hace en este foro y no esta trabajando en la administración pública, ahí por cierto ignora usted la cotización por autónomo que es lo,que pregunta
A la vista de su respuesta, me reafirmo en mi opinión. Una vez mas, queda usted en evidencia; y manifiesta su gazpacho mental... y su deficiencia ortográfica.
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