Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
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Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.
He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.
Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional
Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.
He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.
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Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.LIVE escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 2:23 pm Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.
He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.
Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional
Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.
Publicado en el BOE de fecha 10/03/2021.
Saludos.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Gracias compañero, me ha venido muy bien leer ese texto. Y encima... bien reciente
Aún así no encuentro el párrafo que indico. No sé donde viene recogido el tema de los ingresos.
Aún así no encuentro el párrafo que indico. No sé donde viene recogido el tema de los ingresos.
- Arano
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Creo que los requisitos son másLIVE escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 2:23 pm Hola, compañeros:
Estoy buscando legislación sobre la posibilidad de solicitar abogado de oficio, siendo pensionista de clases pasivas con un 33% de discapacidad, para que me asista en la tramitación de una denuncia por acoso a un vecino.
He encontrado este párrafo, navegando por el foro, pero no he sido capaz de encontrar el mismo en ningún texto legal. Si alguno me podéis ayudar se agradece.
Las personas con discapacidad podrán ser beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita, cuando sus recursos e ingresos no excedan del cuádruplo del salario mínimo interprofesional
Y si alguno lo habéis solicitado me podéis informar ?
Un saludo.
Ingresos
Patrimonio
No tienen que justificar ingresos si se es víctima de terrorismo, género
Y creo recordar que con minusvalía si es relacionado con ella tampoco, pero hablo de memoria y está ya haces aguas
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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- Arano
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.
Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.
• f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
Saludos.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.
Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.
• f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Muchas gracias
Ahora que ya estoy informado voy a pedir cita en el SOJ del Colegio de abogados.
Un saludo
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Un saludo
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola ARANO con la paga de Acto de Servicio creo que no puedo solicitar la asistencia gratuita ya que tengo puesta una demanda a la aseguradora de CASER pon no haber indemnizado por incapacidad absoluta derivada del accidente en Acto de Servicio. SaludosArano escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.
Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.
• f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
Saludos.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola ARANO, tengo de minusvalía por la Comunidad Autonómica un 79% y de incapacidad la Absoluta. SaludosArano escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.
Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.
• f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola LIVE si haces el favor ya dirás si te concedieron la asistencia gratuita del colegio de abogados. Pero creo que piden muchos documentos entre ellos la Declaración de la Renta y si tienes propiedades. Saludos
- Arano
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
ELCALVARIO. Según la normativa no entras en los supuestos de Justicia Gratuita, si bien puedes consultar el el Colegio de Abogados que normalmente radica o hay oficina en las Audiencias Provinciales.
Saludos.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola ARANO. Gracias por su colaboración en el mensaje. Saludos
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
Hola si uno tiene la incapacidad absoluta ya es bastante para que le concedan la asistencia gratuita, o igual tiene que justificar los ingresos. SaludosArano escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
En tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué prestaciones de las contempladas en el artículo 6 son de aplicación al solicitante.
Art 2.1 del R.D.L., 1/2013, al estar derogada la Ley 51/2003.
• f) Acoso: es toda conducta no deseada relacionada con la discapacidad de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
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Re: Solicitud justicia gratuita teniendo discapacidad.
La ley habla de discapacidad no de incapacidadelcalvario escribió: ↑Mar Nov 09, 2021 8:56 pmHola si uno tiene la incapacidad absoluta ya es bastante para que le concedan la asistencia gratuita, o igual tiene que justificar los ingresos. SaludosArano escribió: ↑Mié Abr 14, 2021 6:33 pm Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho. De la Ley 1/1996.
2. En las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior, se podrá reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita atendiendo a las circunstancias de salud del solicitante y a las personas con discapacidad señaladas en el apartado 2 artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como a las personas que los tengan a su cargo cuando actúen en un proceso en su nombre e interés, siempre que se trate de procedimientos que guarden relación con las circunstancias de salud o discapacidad que motivan este reconocimiento excepcional.
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Saludos.
Y cumpliendo los requisitos entre otros ingresos, salvo que el asunto sea relacionado con dicha discapacidad
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corres el riesgo
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