Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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trasgu123
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por trasgu123 »

Las rentas no sujetas a IRPF figuran en la normativa de IRPF que corresponda con el domicilio fiscal del interesado.
Francisco I
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Francisco I »

wiki escribió: Jue Oct 21, 2021 11:57 am Buenas,

Me refiero al seguro colectivo bajo las circunstancias de incapacidad absoluta por accidente de trabajo y por sentencia.

En este caso sufrirá el seguro colectivo retenciones?

Saludos.
En éste caso está exento hasta 180.000 €
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trasgu123
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por trasgu123 »

Tengo serias dudas de que este exento y es que supongo que la sentencia hara mencion SOLO a la Incapacidad, no a los seguros que la empresa o uno mismo tenga contratados que me temo el tribunal no entra a valorar.

En todo caso, la solucion en cuanto te notifiquen y paguen la cuantia que marque la poliza.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por josejuan »

psmito escribió: Mié Oct 20, 2021 8:23 am
wiki escribió: Mar Oct 19, 2021 1:15 pm Buenas,

En el caso de declararse por un juez una incapacidad absoluta por accidente de trabajo. Al cobrar el seguro del colectivo se cobra la cuantía íntegra o tiene algún de retención?

Saludos.
Creo recordar que:
Las indemnizaciones judiciales si están exentas
Ahora el seguro colectivo no sé si se considera indemnización
Pero imagino que la resolución judicial sería sobre el acto de servicio, no sobre la indemnización.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por wiki »

Buenas,

Lo importante es saber si tras un accidente e incapacidad absoluta retienen algo. Entendiéndose la incapacidad en acto de servicio.

Saludos.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por trasgu123 »

A estas alturas no deberia de estar ya bien claro que las PENSIONES por Incapacidad Absoluta, NO estan sujetas a IRPF ??. Que la pension sea en acto de servicio o no lo sea, es indiferente y lo unico que determina es la cuantia de la pension.

Lo complementario, sea el seguro de vida y accidentes de la empresa o particular, o beneficios por alquileres, o venta de acciones, o intereses bancarios, etc., TRIBUTA conforme marca la ley.

Cosa diferente es que a Fulanito de Tal y Tal le atropelle un coche, de resultas de las lesiones le dan una Incapacidad Absoluta y el dia del juicio, el tribunal le da una indemnizacion de XXXXXX€.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por wiki »

Buenas,

Voy a poner un ejemplo, aún militar lo incapacitan en acto de servicio en grado absoluto y del seguro colectivo le retienen algo ?
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Danaerys »

wiki escribió: Dom Oct 24, 2021 9:52 pm Buenas,

Voy a poner un ejemplo, aún militar lo incapacitan en acto de servicio en grado absoluto y del seguro colectivo le retienen algo ?
Si, claro.
Hay que diferenciar las pensiones de las indemnizaciones, por lo que tengo entendido.
Independientemente de si ha sido en acto de servicio o no.
Además tú mismo lo vas a comprobar en cuanto te lo ingresen, que lo hacen en poco tiempo.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Francisco I »

El artículo 7 de la ley del IRPF, dice lo siguiente sobre rentas exentas de tal impuesto:
*********************************
Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

**************************************************
Las indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquéllos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible de los rendimientos de actividades profesionales por aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.2.1ª de la Ley del Impuesto.
La exención alcanza hasta la cuantía que resulte de aplicar, al daño sufrido, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.


Por lo tanto habrá que estar a lo que se establezca exactamente en la póliza de ese seguro colectivo; cuestión que desconozco por completo, ya que en mis tiempos tal seguro ni estaba ni se le esperaba.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Danaerys »

Pero ahí hablan de accidentes de tráfico.
Por otra parte, el Seguro Colectivo del Ejército te lo ingresan como Rendimiento del trabajo.
Y aún así, Hacienda le mete un buen mordisco.
A ver cuando se lo ingresen si le retienen.
Si lo hacen, siempre se puede rascar algo luego en la declaración.
O eso espero 😬
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Francisco I »

Danaerys escribió: Lun Oct 25, 2021 3:56 pm Pero ahí hablan de accidentes de tráfico.
Por otra parte, el Seguro Colectivo del Ejército te lo ingresan como Rendimiento del trabajo.
Y aún así, Hacienda le mete un buen mordisco.
A ver cuando se lo ingresen si le retienen.
Si lo hacen, siempre se puede rascar algo luego en la declaración.
O eso espero 😬
Accidentes de tráfico, entre otros. Por eso digo que no lo tendré claro hasta no saber exactamente en qué consiste ese seguro colectivo, quien abona las primas, que consideración fiscal tienen esas primas, y que riesgos cubren.
Persona civil que es atropellada por vehículo militar en la vía pública; el seguro del vehículo le indemniza, por sentencia judicial, con x euros. Estaría exento de IRPF.
Soldado en "misión de paz" en Líbano, es herido por vuelco de ese mismo vehiculo militar; las secuelas hacen que pase a retiro y el seguro le indemniza por resolución judicial. ¿ no estaríamos hablando de casos similares ?
La verdad es que tendría que estudiarme muy bien todo el condicionado de esa póliza colectiva.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por trasgu123 »

Francisco I escribió: Lun Oct 25, 2021 4:50 pm
Danaerys escribió: Lun Oct 25, 2021 3:56 pm Pero ahí hablan de accidentes de tráfico.
Por otra parte, el Seguro Colectivo del Ejército te lo ingresan como Rendimiento del trabajo.
Y aún así, Hacienda le mete un buen mordisco.
A ver cuando se lo ingresen si le retienen.
Si lo hacen, siempre se puede rascar algo luego en la declaración.
O eso espero 😬
Accidentes de tráfico, entre otros. Por eso digo que no lo tendré claro hasta no saber exactamente en qué consiste ese seguro colectivo, quien abona las primas, que consideración fiscal tienen esas primas, y que riesgos cubren.
Persona civil que es atropellada por vehículo militar en la vía pública; el seguro del vehículo le indemniza, por sentencia judicial, con x euros. Estaría exento de IRPF.
Soldado en "misión de paz" en Líbano, es herido por vuelco de ese mismo vehiculo militar; las secuelas hacen que pase a retiro y el seguro le indemniza por resolución judicial. ¿ no estaríamos hablando de casos similares ?
La verdad es que tendría que estudiarme muy bien todo el condicionado de esa póliza colectiva.
Que yo sepa, todos los que lo hemos cobrado hemos "cotizado" el IRPF a cuenta correspondiente. Despues toco incluirlo en la declaracion de la renta del año fiscal en que se abono y a mi me salio a pagar 1.700€

Y no, no son casos similares. En la sentencia se especifica una cuantia como indemnizacion por accidente de circulacion. En las sentencias de pensiones no es mision del tribunal valorar si hay un seguro de empresa o particular, o no lo hay; lo que valora el tribunal es si procede la incapacidad y si es total o absoluta. El seguro del vehiculo es Obligatorio, los seguros de empresa o particulares no lo son.

Imagina que mañana te atropella un coche y se celebra el juicio, ¿¿ te pregunta el juez si estas cobrando una pension ?? pues no, porque no es asunto del tribunal. El tribunal dice que te tienen que pagar XXX€ de indemnizacion y tu pension sigue como estaba.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por wiki »

Buenas,

Yo creo que la pregunta sería, si los que ya habéis cobrado el seguro colectivo ha sido en acto de servicio o no, o accidente de trabajo?

De ser si habido alguna retención?.
De ser no quizás sea ese el motivo.

Saludos.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por trasgu123 »

En que articulo de la Ley de IRPF se hace mencion a que la aplicacion sea diferente, en funcion de si es o no es en acto de servicio ??.
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Re: Hacienda me retuvo un x% del seguro colectivo

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Lun Oct 25, 2021 6:24 pm En que articulo de la Ley de IRPF se hace mencion a que la aplicacion sea diferente, en funcion de si es o no es en acto de servicio ??.
No hay ningún artículo.
Sólo hacen referencia a la pensión.
De ahí que yo piense que TODOS los seguros e indemnizaciones tributen, independientemente de la pensión.

Es que es mezclar churras con merinas.

Un acto de servicio no te exime de todas tus obligaciones fiscales.
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