Saludos al foro.
Desearía hacer una pregunta sobre cómo se aplica el mínimo vital a partir de 65 años.
Este complemento, en números redondos es de 1200€.
Supongamos una persona que ha nacido, por dar números fáciles, el 30 de Junio. En su declaración del ejercicio en que cumple esa edad, ¿Qué se rebajará en su declaración, los 1200€ o la parte proporcional del tiempo que durante ese ejercicio ha tenido los 65 años, en este ejemplo (6/12)x1200=600€
Gracias por adelantado.
sobre mínimo vital a partir de 65 años
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Re: sobre mínimo vital a partir de 65 años
En la declaración de renta siempre se está a la situación que se tiene a 31 de diciembre del año al que corresponde esa declaración. Todas las personas que hayan recibido el Ingreso mínimo vital están obligadas a presentar declaración de renta.espectral1 escribió: ↑Jue Jul 01, 2021 9:08 am Saludos al foro.
Desearía hacer una pregunta sobre cómo se aplica el mínimo vital a partir de 65 años.
Este complemento, en números redondos es de 1200€.
Supongamos una persona que ha nacido, por dar números fáciles, el 30 de Junio. En su declaración del ejercicio en que cumple esa edad, ¿Qué se rebajará en su declaración, los 1200€ o la parte proporcional del tiempo que durante ese ejercicio ha tenido los 65 años, en este ejemplo (6/12)x1200=600€
Gracias por adelantado.
En cuanto a los requisitos para percibir ese Complemento, vienen exhaustivamente detalladas en el articulo 7 del RDL 20/2020. Y desde luego que si se tienen 65 años o mas ya no se puede cobrar ese complemento.
En el Tlf. 900202222 informan con mas detalle.
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Re: sobre mínimo vital a partir de 65 años
Saludos por la contestación.
Veo que quizá me he equivocado al escribir mínimo vital y debiera haber escrito:
"minimo personal y familiar"
¿Se continúa aplicando en este caso lo que escribes? :
"siempre se está a la situación que se tiene a 31 de diciembre del año al que corresponde esa declaración"
Gracias de nuevo.
Veo que quizá me he equivocado al escribir mínimo vital y debiera haber escrito:
"minimo personal y familiar"
¿Se continúa aplicando en este caso lo que escribes? :
"siempre se está a la situación que se tiene a 31 de diciembre del año al que corresponde esa declaración"
Gracias de nuevo.
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Re: sobre mínimo vital a partir de 65 años
Muy agradecido.