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El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Ago 17, 2020 6:14 pm
por josejuan

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Ago 17, 2020 6:38 pm
por Arano
Enlace a descarga Sentencia completa.

https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 11#p217611

Gracias JOSEJUAN.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Mar Ago 18, 2020 3:05 pm
por TSUJI
Arano escribió: Lun Ago 17, 2020 6:38 pm Enlace a descarga Sentencia completa.

https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 11#p217611

Gracias JOSEJUAN.
Entonces si cambias destino estando de baja tienen que pagarte el CES?, pq ellos se refieren al pago de retribuciones básicas + subsidio por incapacidad temporal a cargo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado....
O eso entiendo yo, que no estoy en condiciones de ordenar mis ideas claramente.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Mar Ago 18, 2020 5:34 pm
por Arano
TSUJI escribió: Mar Ago 18, 2020 3:05 pm
Arano escribió: Lun Ago 17, 2020 6:38 pm Enlace a descarga Sentencia completa.

https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 11#p217611

Gracias JOSEJUAN.
Entonces si cambias destino estando de baja tienen que pagarte el CES?, pq ellos se refieren al pago de retribuciones básicas + subsidio por incapacidad temporal a cargo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado....
O eso entiendo yo, que no estoy en condiciones de ordenar mis ideas claramente.
No, si cambias de destino pierdes el complemento específico singular. La sentencias es un poco liosa, pero en ese sentido es claro. No se pronuncia con claridad, bajo mi punto de vista si permaneces en el mismo destino, pero considero que si.

Abrazos.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 12:56 am
por Apz
Entonces, que me aclare. Si estas de baja y cambias de destino dejas de cobrar el CES hasta que te incorporas. Había sentencias estimando las reclamaciones ..... pero a partir de esta ya nada, entiendo

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 12:54 pm
por TSUJI
Apz escribió: Lun Oct 26, 2020 12:56 am Entonces, que me aclare. Si estas de baja y cambias de destino dejas de cobrar el CES hasta que te incorporas. Había sentencias estimando las reclamaciones ..... pero a partir de esta ya nada, entiendo
Creo que hace tiempo que no pagan el CES si estando de baja cambias de destino, lo que no tengo claro es si reclamándolo en contencioso administrativo se puede conseguir algo, tenía entendido que ahora no pero leo en algún foro que sí...., en fin ni idea de la situación actual, si Arano o alguno de los sabios nos lo aclaran se agradece.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 1:20 pm
por Jose1972
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 12:54 pm
Apz escribió: Lun Oct 26, 2020 12:56 am Entonces, que me aclare. Si estas de baja y cambias de destino dejas de cobrar el CES hasta que te incorporas. Había sentencias estimando las reclamaciones ..... pero a partir de esta ya nada, entiendo
Creo que hace tiempo que no pagan el CES si estando de baja cambias de destino, lo que no tengo claro es si reclamándolo en contencioso administrativo se puede conseguir algo, tenía entendido que ahora no pero leo en algún foro que sí...., en fin ni idea de la situación actual, si Arano o alguno de los sabios nos lo aclaran se agradece.
Buenos días.
Cuando estás trabajando normal y cambias de destino al darte de baja en una cmda y volverte a dar de alta en la nueva... En ese tiempo el ces no se cobra... Creo si mi memoria no falla que al mes siguiente de estar trabajando en tu nueva comanda si la cobras.

Está do de baja sin cambiar de destino ni nada a los 4 meses me quitaron creo que un 20 o 30% menos..... Vamos me quedé en 1200€...yo empecé la baja en diciembre de 2017 y esto fue en abril 2018.

Bien....a una chica en una sentencia de hace ya le pasó algo así.. Estando de baja cambio de destino y el ces no lo cobró tuvo que ir al contencioso para que se lo estimara.... Pero como la Sentencia esa es tan larga.... Creo recordar que lo estimaron y se lo tuvieron que dar... Pero que le descontaron dinero de la nómina en el 4 mes.... Como a mi....

No me acuerdo si fue de principios de este año o finales del anterior la sentencia de esta chica cuando le pasó todo.

Muchas gracias

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 1:27 pm
por TSUJI
Jose1972 escribió: Lun Oct 26, 2020 1:20 pm
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 12:54 pm
Apz escribió: Lun Oct 26, 2020 12:56 am Entonces, que me aclare. Si estas de baja y cambias de destino dejas de cobrar el CES hasta que te incorporas. Había sentencias estimando las reclamaciones ..... pero a partir de esta ya nada, entiendo
Creo que hace tiempo que no pagan el CES si estando de baja cambias de destino, lo que no tengo claro es si reclamándolo en contencioso administrativo se puede conseguir algo, tenía entendido que ahora no pero leo en algún foro que sí...., en fin ni idea de la situación actual, si Arano o alguno de los sabios nos lo aclaran se agradece.
Buenos días.
Cuando estás trabajando normal y cambias de destino al darte de baja en una cmda y volverte a dar de alta en la nueva... En ese tiempo el ces no se cobra... Creo si mi memoria no falla que al mes siguiente de estar trabajando en tu nueva comanda si la cobras.

Está do de baja sin cambiar de destino ni nada a los 4 meses me quitaron creo que un 20 o 30% menos..... Vamos me quedé en 1200€...yo empecé la baja en diciembre de 2017 y esto fue en abril 2018.

Bien....a una chica en una sentencia de hace ya le pasó algo así.. Estando de baja cambio de destino y el ces no lo cobró tuvo que ir al contencioso para que se lo estimara.... Pero como la Sentencia esa es tan larga.... Creo recordar que lo estimaron y se lo tuvieron que dar... Pero que le descontaron dinero de la nómina en el 4 mes.... Como a mi....

No me acuerdo si fue de principios de este año o finales del anterior la sentencia de esta chica cuando le pasó todo.

Muchas gracias
No cambiaste de destino y te quitaron un 20 o 30%????, no tiene sentido, deberías recurrir.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 1:42 pm
por Jose1972
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 1:27 pm
Jose1972 escribió: Lun Oct 26, 2020 1:20 pm
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 12:54 pm

Creo que hace tiempo que no pagan el CES si estando de baja cambias de destino, lo que no tengo claro es si reclamándolo en contencioso administrativo se puede conseguir algo, tenía entendido que ahora no pero leo en algún foro que sí...., en fin ni idea de la situación actual, si Arano o alguno de los sabios nos lo aclaran se agradece.
Buenos días.
Cuando estás trabajando normal y cambias de destino al darte de baja en una cmda y volverte a dar de alta en la nueva... En ese tiempo el ces no se cobra... Creo si mi memoria no falla que al mes siguiente de estar trabajando en tu nueva comanda si la cobras.

Está do de baja sin cambiar de destino ni nada a los 4 meses me quitaron creo que un 20 o 30% menos..... Vamos me quedé en 1200€...yo empecé la baja en diciembre de 2017 y esto fue en abril 2018.

Bien....a una chica en una sentencia de hace ya le pasó algo así.. Estando de baja cambio de destino y el ces no lo cobró tuvo que ir al contencioso para que se lo estimara.... Pero como la Sentencia esa es tan larga.... Creo recordar que lo estimaron y se lo tuvieron que dar... Pero que le descontaron dinero de la nómina en el 4 mes.... Como a mi....

No me acuerdo si fue de principios de este año o finales del anterior la sentencia de esta chica cuando le pasó todo.

Muchas gracias
No cambiaste de destino y te quitaron un 20 o 30%????, no tiene sentido, deberías recurrir.
Buenos días Sr Tsuji

En la normativa que sacó GC pone que puedes estar indispuesto hasta 3 días.. A partir del 4 día si no has entregado el parte de indisposición del medico empiezan a contar los días y se. Considera baja laboral.

Con una semana de. Baja te quitan un tanto %
Con un mes otro %
Y así..
El rope son ya al 4 mes de. Baja que es como me pasó a mi.... Me quitaron bastante.
Luego los restantes meses nada. Cobraba igual sin nocturnos y festivos...

Pero vamos que para ellos sus nocturnos y sus festivos y su productividad...

Y por eso no se puede reclamar nada.

Aún así tienen en un borrador que no se si algún día lo sacaran y viene diciendo que a los que estamos como yo u otras patologías quitarnos todo y dejarnos solo con el sueldo y poco más...

Malditos.....

Muchas gracias

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 1:46 pm
por TSUJI
Jose1972 escribió: Lun Oct 26, 2020 1:42 pm
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 1:27 pm
Jose1972 escribió: Lun Oct 26, 2020 1:20 pm

Buenos días.
Cuando estás trabajando normal y cambias de destino al darte de baja en una cmda y volverte a dar de alta en la nueva... En ese tiempo el ces no se cobra... Creo si mi memoria no falla que al mes siguiente de estar trabajando en tu nueva comanda si la cobras.

Está do de baja sin cambiar de destino ni nada a los 4 meses me quitaron creo que un 20 o 30% menos..... Vamos me quedé en 1200€...yo empecé la baja en diciembre de 2017 y esto fue en abril 2018.

Bien....a una chica en una sentencia de hace ya le pasó algo así.. Estando de baja cambio de destino y el ces no lo cobró tuvo que ir al contencioso para que se lo estimara.... Pero como la Sentencia esa es tan larga.... Creo recordar que lo estimaron y se lo tuvieron que dar... Pero que le descontaron dinero de la nómina en el 4 mes.... Como a mi....

No me acuerdo si fue de principios de este año o finales del anterior la sentencia de esta chica cuando le pasó todo.

Muchas gracias
No cambiaste de destino y te quitaron un 20 o 30%????, no tiene sentido, deberías recurrir.
Buenos días Sr Tsuji

En la normativa que sacó GC pone que puedes estar indispuesto hasta 3 días.. A partir del 4 día si no has entregado el parte de indisposición del medico empiezan a contar los días y se. Considera baja laboral.

Con una semana de. Baja te quitan un tanto %
Con un mes otro %
Y así..
El rope son ya al 4 mes de. Baja que es como me pasó a mi.... Me quitaron bastante.
Luego los restantes meses nada. Cobraba igual sin nocturnos y festivos...

Pero vamos que para ellos sus nocturnos y sus festivos y su productividad...

Y por eso no se puede reclamar nada.

Aún así tienen en un borrador que no se si algún día lo sacaran y viene diciendo que a los que estamos como yo u otras patologías quitarnos todo y dejarnos solo con el sueldo y poco más...

Malditos.....

Muchas gracias
Joer no me llames Sr jjjjj, no había caído, te pilló la anterior normativa, cuando nos quitaban dinero por estar enfermos. Sí a mí también me quitaron ese dinero, entendido entonces.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 3:04 pm
por Korokota
Yo cambié de destino hace tres añoS estando de baja, en un primer momento me quitaron el CES lo reclamé por escrito y me pagaron todos los meses no abonados, y a día de hoy sigo cobrandolo, y cobro también la productividad "bufanda " Eso sí, mi baja figura como acto de servicio

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 3:34 pm
por TSUJI
Korokota escribió: Lun Oct 26, 2020 3:04 pm Yo cambié de destino hace tres añoS estando de baja, en un primer momento me quitaron el CES lo reclamé por escrito y me pagaron todos los meses no abonados, y a día de hoy sigo cobrandolo, y cobro también la productividad "bufanda " Eso sí, mi baja figura como acto de servicio
Supongo que la diferencia es esa, el acto de servicio. Digo supongo pq es uno de los temas con más misterio en la GC, habrá que enviarlo a cuarto milenio, nadie sabe nada cierto al 100%.

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 9:12 pm
por Korokota
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 3:34 pm
Korokota escribió: Lun Oct 26, 2020 3:04 pm Yo cambié de destino hace tres añoS estando de baja, en un primer momento me quitaron el CES lo reclamé por escrito y me pagaron todos los meses no abonados, y a día de hoy sigo cobrandolo, y cobro también la productividad "bufanda " Eso sí, mi baja figura como acto de servicio
Supongo que la diferencia es esa, el acto de servicio. Digo supongo pq es uno de los temas con más misterio en la GC, habrá que enviarlo a cuarto milenio, nadie sabe nada cierto al 100%.
Debe ser por el acto de servicio ya que por la baja laboral no te pueden detraer sueldo

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Lun Oct 26, 2020 9:51 pm
por Jose1972
Korokota escribió: Lun Oct 26, 2020 9:12 pm
TSUJI escribió: Lun Oct 26, 2020 3:34 pm
Korokota escribió: Lun Oct 26, 2020 3:04 pm Yo cambié de destino hace tres añoS estando de baja, en un primer momento me quitaron el CES lo reclamé por escrito y me pagaron todos los meses no abonados, y a día de hoy sigo cobrandolo, y cobro también la productividad "bufanda " Eso sí, mi baja figura como acto de servicio
Supongo que la diferencia es esa, el acto de servicio. Digo supongo pq es uno de los temas con más misterio en la GC, habrá que enviarlo a cuarto milenio, nadie sabe nada cierto al 100%.
Debe ser por el acto de servicio ya que por la baja laboral no te pueden detraer sueldo
Buenas noches Sr coro Ota.

Lo quitan del ces
Del sueldo no.

Muchas gracias

Re: El TS fija doctrina sobre el régimen retributivo de los miembros de la Guardia Civil en situación de baja laboral

Publicado: Mar Oct 27, 2020 6:53 am
por Korokota
En acto de servicio no te detraen nada, ni de la productividad, y te lo digo que yo lo reclame y me lo devolvieron con carácter retroactivo, incluida la "bufanda de final de año" y llevo más de tres años de baja