SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

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Chiquinina
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Re: SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por Chiquinina »

Arano escribió: Lun Sep 20, 2021 5:44 pm ALEGA, el SEPEC no es quien para desdecir lo que un pone un Acta de la JMP.

Tendrás derecho a exención de IRPF e igualmente a Paga mensual de ISFAS.

P.D. En documentos de interés, tienes modelo de Alegación, tanto de apertura de expediente como ante el dictamen del SEPEC.

Saludos.
Una pregunta, cual es importe de la paga del Islam? Gracias
Chiquinina
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Re: SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por Chiquinina »

Cual es el importe de la paga del isfas? Gracias
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psmito
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Re: SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por psmito »

En tu caso
El 7% del haber regulador
Caso de llegar a la pensión máxima no se abonará
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por ENQAPSINOESURGENTE »

Hola, bueno pues ya tengo la resolución a mi expediente y la respuesta a las alegaciones que siguiendo vuestro consejo presente en su día.

En la resolución pone que "se acuerda declarar la incapacidad permanente para el servicio, ajena a acto de servicio por insuficiencia de condiciones psicofísicas".

En ANTECEDENTES DEL HECHO pone que "según consta en el apartado 2.A.9 padece una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo", también aparece que en el acto de trámite de audiencia al interesado "en este acto se limitó a poner de manifiesto que en el dictamen evacuado por el Servicio de Asistencia Sanitaria (SAS) de la Guardia Civil no se hace constar que padece una incapacidad permanente para toda profesión u oficio, por lo que solicita que si incluya dicho extremo".

En FUNDAMENTOS DE DERECHO pone en su último punto que "Por lo que respecta a la concreta alegación aducida por el interesado, esta Asesoría Jurídica estima que no puede tener acogida, pues el órgano de asistencia sanitaria de la Guardia Civil le corresponde pronunciarse únicamente respecto a las patologías y el grado de las limitaciones en la actividad que presenten los posible afectados, en relación con las funciones y cometidos que pudiera desempeñar en dicho Cuerpo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017 de 22 de mayo, con la finalidad de comprobar exclusivamente "la aptitud para el servicio del interesado", correspondiendo a la JMP declarar, en su caso, la incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo, declaración que en el caso concreto se contempla de facto en el dictamen evacuado por la JMP nº 1, obrante en el expediente".

Pongo todo esto en conocimiento por si le sirve a algún compañero que este o vaya a estar inmerso en un caso parecido y tenga que presentar alegaciones por un hecho similar al mío.

SALUD2
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Arano
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Re: SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por Arano »

ENQAPSINOESURGENTE escribió: Vie Dic 03, 2021 1:05 pm Hola, bueno pues ya tengo la resolución a mi expediente y la respuesta a las alegaciones que siguiendo vuestro consejo presente en su día.

En la resolución pone que "se acuerda declarar la incapacidad permanente para el servicio, ajena a acto de servicio por insuficiencia de condiciones psicofísicas".

En ANTECEDENTES DEL HECHO pone que "según consta en el apartado 2.A.9 padece una incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo", también aparece que en el acto de trámite de audiencia al interesado "en este acto se limitó a poner de manifiesto que en el dictamen evacuado por el Servicio de Asistencia Sanitaria (SAS) de la Guardia Civil no se hace constar que padece una incapacidad permanente para toda profesión u oficio, por lo que solicita que si incluya dicho extremo".

En FUNDAMENTOS DE DERECHO pone en su último punto que "Por lo que respecta a la concreta alegación aducida por el interesado, esta Asesoría Jurídica estima que no puede tener acogida, pues el órgano de asistencia sanitaria de la Guardia Civil le corresponde pronunciarse únicamente respecto a las patologías y el grado de las limitaciones en la actividad que presenten los posible afectados, en relación con las funciones y cometidos que pudiera desempeñar en dicho Cuerpo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017 de 22 de mayo, con la finalidad de comprobar exclusivamente "la aptitud para el servicio del interesado", correspondiendo a la JMP declarar, en su caso, la incapacidad permanente y absoluta para todo trabajo, declaración que en el caso concreto se contempla de facto en el dictamen evacuado por la JMP nº 1, obrante en el expediente".

Pongo todo esto en conocimiento por si le sirve a algún compañero que este o vaya a estar inmerso en un caso parecido y tenga que presentar alegaciones por un hecho similar al mío.

SALUD2
Gracias por aportar lo que te dicen. Las Actas de las JMP son determinantes y gozan de veracidad, por consiguiente si el ACTA dice: "2.9. ¿Padece una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo?. SI. Mas claro imposible, que es una incapacidad absoluta y por consiguiente la Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa que es quien se pronuncia en último extremo sobre el Retiro, e incapacidad, dirá que SI. Es más, la misma contestación del SEPEC te lo esta reconociendo: """declaración que en el caso concreto se contempla de facto en el dictamen evacuado por la JMP nº 1""""

Otra cosa que no has dicho, es el Grado y Clase que te han dado, aunque imagino que al menos será y como mínimo del IV.

Saludos.
ENQAPSINOESURGENTE
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Re: SOBRE DUDA SI PRESENTAR ALEGACIONES POR DICTAMEN DEL SAS

Mensaje por ENQAPSINOESURGENTE »

Pues ahora que lo dices, y consultada el acta de la JMP y del SEPEC, en ninguna de las dos aparece nada sobre eso, no me había dado cuenta de ello, y en la resolución tampoco.

No se si será porque ahora las actas las redactan de otra manera o porque será.
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