NOVEDADES PERSONAL APL FAS

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sargentodehierro
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NOVEDADES PERSONAL APL FAS

Mensaje por sargentodehierro »

Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 35 de 9 de febrero de 2019:

Orden DEF/110/2019, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas.

ENLACE BOE

Esta modificación recoge, entre otras disposiciones, lo siguiente:

"Los militares que hayan sido declarados aptos con limitaciones tendrán derecho a flexibilizar en una hora diaria la parte fija del horario de Ja jornada que tengan establecida, cuando sea necesario por prescripción médica, debidamente documentada, y siempre que no sea posible atender las necesidades derivadas de su condición fuera del horario habitual de trabajo"

Real Decreto 44/2019, de 8 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.

ENLACE BOE

Se recoge la siguiente modificación:

"Se modifica el apartado 2 del artículo 18, quedando redactado del siguiente modo:
2. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por concurso de méritos o antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad de destino en territorio nacional. Este derecho se mantendrá durante
seis meses desde la resolución del expediente, no pudiendo ser destinado forzoso hasta la finalización de dicho periodo.
Si durante la tramitación del expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas, el militar ascendiese al empleo superior y como consecuencia de este ascenso le hubiese correspondido el cese en el destino que ocupaba en la fecha de inicio del expediente, perderá el derecho preferente a que se hace referencia en el párrafo anterior.
Tampoco disfrutará de este derecho preferente el militar que en el momento de inicio del citado expediente no estuviera ocupando un destino."


Un saludo
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lola1981
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Re: NOVEDADES PERSONAL APL FAS

Mensaje por lola1981 »

Y si durante esos seis meses que hay no saliese plaza en el destino anterior destinado, se puede hacer un escrito activasen alguna plaza en ese destino al maper, yo en mi caso mi marido e hijo están destinado y escolarizado en la misma plaza del destinó no se si por conciliación podría quedarme pero claro si no sale vacante en mi misma plaza que hago? Estoy pendiente se me habrá el expediente aptitud psicofísico
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