Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

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jrefgar
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Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

Mensaje por jrefgar »

Buenas noches:

Me presento en este foro, aunque pertenezco desde el 2014 a esta plataforma .Tengo 35 años y pertenezco a la ARMADA desde Enero del 2006.

Este mes, me han notificado el Acta de la Junta Médica-Pericial Ordinaria.

Tengo hasta el día 14 para presentar alegaciones y no se por donde empezar.
La único problema que no me incluyen en el Art. 1.2 del RD 71/2019, por la patología de Distimia .Todo esto asociado con otras patologías como Fibromialgia, SAOS ,cefalea ,hernia de hiato ,gastritis crónica ,hepatomegalia ,algias del raquis ,neuralgia ,afecciones de las muñecas.
Afirman ,que todo esto fue después del ingreso en las FAS. Pero en el punto 5.3 dictaminan que no tengo derecho a pensión o indemnización.
El RD en su Articulo 1.4 dice que la patología del comportamiento o/y variantes desadaptativas a rasgos de la personalidad, no detectadas en las pruebas de ingreso en las FAS y preexistentes al ingreso de las misma ,no se entenderán incluidas en este real decreto salvo que hayan sido agravadas por el servicio.

Mi patología no fue detectada en las pruebas de ingreso, pero reconocen que fue después del ingreso.

Tengo derecho alguna prestación ,ya que me dan un coeficiente 5a por incapacidad permanente total para el servicio.

Si me echan a que tengo derecho?

Un saludo y mil gracias.
Lobo36
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Re: Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

Mensaje por Lobo36 »

Supongo que ya te lo diría Danaerys por privado en el tema que abriste en el otro apartado. En mi opinión debes de buscar un abogado, que te asesorará. Tienes que luchar por ello y va a ser muy importante que consigas informes de que la distimia la pareces desde "x" fecha, siempre posterior a tu ingreso en FAS. El abogado hará las alegaciones correspondientes y muy probablemente debas ir al contencioso, con buen abogado y buenos informes tienes bastantes posibilidades, es mi opinión.
jrefgar
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Re: Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

Mensaje por jrefgar »

Gracias por todo Lobo36 y Danaerys.
Tengo suficientes informes médicos y también de 3 peritos. Aparte tengo 41% de incapacidad reconocida por la Xunta de Galicia. Todos los informes psiquiátricos demuestran que son después de mi entrada en las FAS.
Hoy contacte con un abogado militar,espero su respuesta.
Sinceramente no recibí ningún mensaje privado. Si me lo podéis reenviar.
Gracias por todo.
Lobo36
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Re: Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

Mensaje por Lobo36 »

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Danaerys
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Re: Incapacidad permanente total y sin derecho a pensión

Mensaje por Danaerys »

jrefgar escribió: Lun Ene 10, 2022 10:04 pm Buenas noches:

Me presento en este foro, aunque pertenezco desde el 2014 a esta plataforma .Tengo 35 años y pertenezco a la ARMADA desde Enero del 2006.

Este mes, me han notificado el Acta de la Junta Médica-Pericial Ordinaria.

Tengo hasta el día 14 para presentar alegaciones y no se por donde empezar.
La único problema que no me incluyen en el Art. 1.2 del RD 71/2019, por la patología de Distimia .Todo esto asociado con otras patologías como Fibromialgia, SAOS ,cefalea ,hernia de hiato ,gastritis crónica ,hepatomegalia ,algias del raquis ,neuralgia ,afecciones de las muñecas.
Afirman ,que todo esto fue después del ingreso en las FAS. Pero en el punto 5.3 dictaminan que no tengo derecho a pensión o indemnización.
El RD en su Articulo 1.4 dice que la patología del comportamiento o/y variantes desadaptativas a rasgos de la personalidad, no detectadas en las pruebas de ingreso en las FAS y preexistentes al ingreso de las misma ,no se entenderán incluidas en este real decreto salvo que hayan sido agravadas por el servicio.

Mi patología no fue detectada en las pruebas de ingreso, pero reconocen que fue después del ingreso.

Tengo derecho alguna prestación ,ya que me dan un coeficiente 5a por incapacidad permanente total para el servicio.

Si me echan a que tengo derecho?

Un saludo y mil gracias.
Te mandé un privado porque no entendía bien tu otro mensaje.
Ahora si.
Efectivamente es lo que me temía.
No te incluyen en el RD 71/2019 y se agarran al Art.1.4
Me pasó igual que a ti.
En mi caso decían que ya entré trastornada al Ejército cuando lo mío era un trastorno ansioso depresivo reactivo a la operación del tumor del tronco cerebral de mi hijo de 4 años.

Hablas del Acta de la JMPO y de alegaciones.
No me queda claro. Supongo que lo que tienes es la propuesta de la JEVAL, porque al Acta no se le pueden hacer alegaciones.

Sólo te puedo decir que si no logras revertir la situación lo que te queda es la prima por años de servicio (400 euros por año si llevas más de 10, si no nada). Y al paro.

Yo lo conseguí y al final, de estar en la calle sin nada como tú, me pasaron a retiro con una incapacidad permanente absoluta.
Pero creo que me di algo más de vidilla.
Te quedan 3 días para hacer las alegaciones y tu única solución es conseguir que las acepten para que te vean en la JMPS.
Si no, al contencioso. Pero eso ya es soltar un pasta y esperar un año mientras ya estás en la calle.

Te dejo el hilo donde cuento lo que pasó conmigo.
De ahí puedes sacar alegaciones

https://www.clasespasivas.net/foro/view ... =2&t=27056
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