Hola buenas tardes. Alguien me puede aclarar si el concepto de "Pérdida de la razón o locura irreversible", como suele poner en los Seguros, es
equiparable a un "trastono de ansiedad irreversible" provocado por un accidente laboral, el cual provoca la inutilidad permanente en acto servicio?
Gracias.-
"Pérdida de la razón" en Seguro Colectivo
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Re: "Pérdida de la razón" en Seguro Colectivo
¿ Estás loco ?, ¿¿ Pero loco loco ?? Seguro que no; un loco no quería cobrar.
Perdona la gracieta; pero seguro que tendrán una letra menuda por la cual escaparse de apoquinar. Desconozco los términos y condiciones de ese seguro.
Siempre queda el recurso de hacerse el loco; que te incapacite legalmente un juez y que sea tu tutor el que reclame a la Aseguradora; pero hay que ser muy listo para que no te cojan los espías; al menos hasta que cobres. Luego, pasado el plazo de prescripción, puedes recobrar la cordura.
Perdona la gracieta; pero seguro que tendrán una letra menuda por la cual escaparse de apoquinar. Desconozco los términos y condiciones de ese seguro.
Siempre queda el recurso de hacerse el loco; que te incapacite legalmente un juez y que sea tu tutor el que reclame a la Aseguradora; pero hay que ser muy listo para que no te cojan los espías; al menos hasta que cobres. Luego, pasado el plazo de prescripción, puedes recobrar la cordura.
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Re: "Pérdida de la razón" en Seguro Colectivo
Hola, el caso es que después de estar pagando 30 años en nómina el seguro colectivo "La Estrella", resulta que la inutilidad permanente total dictada por un tribunal médico, no es equiparable a lo que se refiere el seguro, pues en este sólo se responsabilizan de las secuelas físicas tales como amputaciones,etc. y no
de las consecuencias laborales. Pero como sí recoge la pérdida de razón o locura, me asaltaba la duda.
Gracias de todos modos.-
de las consecuencias laborales. Pero como sí recoge la pérdida de razón o locura, me asaltaba la duda.
Gracias de todos modos.-