Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

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jim7
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por jim7 »

Buenas noches,

Yo tengo la absoluta, el seguro de la guardia civil no me pago todo, solo una parte proporcional por el accidente, otro seguro privado el cual solo cubría absoluta y muerte, lo mismo una parte proporcional.

Un saludo
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por mparesp76 »

mirar también, en el seguro de deceso, si tenéis un capital , también os lo pagan.
Jym
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

gato86 escribió: Jue Ene 21, 2021 1:37 pm En mi caso cobre una indemnización por un seguro exclusivamente de ACCIDENTES que tenía y me pagaron por el porcentaje de minusvalia del acta de la JMP, en mi caso un 37% pues un 37% del capital asegurado me pagaron. Pero como dicen los compañeros, en varios seguros de VIDA que tenía me lo denegaron ya que todos tenían que ser permanente absoluta y no la permanente total como tengo. Si al final te dan algo por favor hazlo saber por aquí para el resto intentarlo también. Muchas gracias, un saludo.

Por cierto, una cosa es el seguro de la guardia civil, que ese si te paga por pasar a retiro por la total y otra cosa son los seguros que tengas contratado por tu cuenta, a estos últimos son los que me refiero que te pagan solamente por la absoluta y no total como tenemos.
Hola, a que seguro de la guardia civil te refieres?
Lo tenemos todos? O te refieres solo por accidente?
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

jim7 escribió: Vie Ene 22, 2021 12:19 am Buenas noches,

Yo tengo la absoluta, el seguro de la guardia civil no me pago todo, solo una parte proporcional por el accidente, otro seguro privado el cual solo cubría absoluta y muerte, lo mismo una parte proporcional.

Un saludo
Y te han pagado una parte proporcional por tener incapacidad? Aunque hablamos de accidente, no enfermedad.
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

Bueno, actualizo un poco solo para decir, que me siguen dando largas. Pidiendo informes y demás estupideces. Están buscando la coma y el punto en el que agarrarse para no soltar nada.
Me pidieron un informe completo de consultas. Lo pedí a la compañía y mande desde enero de 2015 todas las veces que use la tarjeta.
Después de esperar 2 meses y medio pregunte, y me dicen, que ahora quieren un informe del médico, diciendo que ponga cuando fue concretamente la fecha del diagnostico de la enfermedad y si fui tratado anteriormente por otro médico. Ya que ellos, entendían en un primer informe que mandé, que decía que estaba en tratamiento con ese médico, desde tal fecha. Pero no, que haya estado con otro.
Y eso lo dicen, meses después de mandarlo. Increíble.
Pues nada., hoy he preguntado de nuevo, y ahora dicen que mande informe de antecedentes médicos completo. Que la documentación facilitada se habla de consultas previas a la contratación de la póliza. Y esto, es referente al historial que le mandé a la compañía, hace 3 meses.
Que os parece?
Es evidente, que estan tomándome el pelo o algo.
Alguien sabe, o ha demandado a una aseguradora antes?
Creo que tendré que realizar eso, porque no van a pagar.
Si alguno sabe de un abogado para esto, lo agradecería, gracias.
Pd: el que te esté asegurado con unirasa, o Generali, por si solo o atraes de unirasa, que se vaya dando de baja y se ponga en otro, porque como le pase algo, lo va a tener complicado.
Yo estoy asegurado con ellos, desde la oferta esa, que hicieron para militares y GC que hay en augc y acción social de todas las unidades.
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por jim7 »

Jym escribió: Jue Mar 11, 2021 11:30 am
jim7 escribió: Vie Ene 22, 2021 12:19 am Buenas noches,

Yo tengo la absoluta, el seguro de la guardia civil no me pago todo, solo una parte proporcional por el accidente, otro seguro privado el cual solo cubría absoluta y muerte, lo mismo una parte proporcional.

Un saludo
Y te han pagado una parte proporcional por tener incapacidad? Aunque hablamos de accidente, no enfermedad.
Buenas noches:

Según la compañía de seguros me ha pagado la parte proporcional de las secuelas del accidente. Cosa que no entiendo..si tengo un seguro que me cubre la absoluta y me la declaran, porque pagan un baremo por las secuelas del accidente.

Un saludo
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Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.

Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por gato86 »

Jym escribió: Jue Mar 11, 2021 11:28 am
gato86 escribió: Jue Ene 21, 2021 1:37 pm En mi caso cobre una indemnización por un seguro exclusivamente de ACCIDENTES que tenía y me pagaron por el porcentaje de minusvalia del acta de la JMP, en mi caso un 37% pues un 37% del capital asegurado me pagaron. Pero como dicen los compañeros, en varios seguros de VIDA que tenía me lo denegaron ya que todos tenían que ser permanente absoluta y no la permanente total como tengo. Si al final te dan algo por favor hazlo saber por aquí para el resto intentarlo también. Muchas gracias, un saludo.

Por cierto, una cosa es el seguro de la guardia civil, que ese si te paga por pasar a retiro por la total y otra cosa son los seguros que tengas contratado por tu cuenta, a estos últimos son los que me refiero que te pagan solamente por la absoluta y no total como tenemos.
Hola, a que seguro de la guardia civil te refieres?
Lo tenemos todos? O te refieres solo por accidente?
el seguro es por retiro de acto de servicio. Saludos
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por trasgu123 »

jim7 escribió: Jue Mar 11, 2021 11:24 pm
Buenas noches:

Según la compañía de seguros me ha pagado la parte proporcional de las secuelas del accidente. Cosa que no entiendo..si tengo un seguro que me cubre la absoluta y me la declaran, porque pagan un baremo por las secuelas del accidente.

Un saludo
Los efectos del accidente por si solos conllevan la incapacidad Absoluta ??
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

jim7 escribió: Jue Mar 11, 2021 11:24 pm
Jym escribió: Jue Mar 11, 2021 11:30 am
jim7 escribió: Vie Ene 22, 2021 12:19 am Buenas noches,

Yo tengo la absoluta, el seguro de la guardia civil no me pago todo, solo una parte proporcional por el accidente, otro seguro privado el cual solo cubría absoluta y muerte, lo mismo una parte proporcional.

Un saludo
Y te han pagado una parte proporcional por tener incapacidad? Aunque hablamos de accidente, no enfermedad.
Buenas noches:

Según la compañía de seguros me ha pagado la parte proporcional de las secuelas del accidente. Cosa que no entiendo..si tengo un seguro que me cubre la absoluta y me la declaran, porque pagan un baremo por las secuelas del accidente.

Un saludo
Tendrias que mirar las cláusulas. Pero yo tuve en su día uno, que por accidente, te daban un baremo. Y creo que en la mayoría, van así.
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

gato86 escribió: Mié Mar 17, 2021 2:03 pm
Jym escribió: Jue Mar 11, 2021 11:28 am
gato86 escribió: Jue Ene 21, 2021 1:37 pm En mi caso cobre una indemnización por un seguro exclusivamente de ACCIDENTES que tenía y me pagaron por el porcentaje de minusvalia del acta de la JMP, en mi caso un 37% pues un 37% del capital asegurado me pagaron. Pero como dicen los compañeros, en varios seguros de VIDA que tenía me lo denegaron ya que todos tenían que ser permanente absoluta y no la permanente total como tengo. Si al final te dan algo por favor hazlo saber por aquí para el resto intentarlo también. Muchas gracias, un saludo.

Por cierto, una cosa es el seguro de la guardia civil, que ese si te paga por pasar a retiro por la total y otra cosa son los seguros que tengas contratado por tu cuenta, a estos últimos son los que me refiero que te pagan solamente por la absoluta y no total como tenemos.
Hola, a que seguro de la guardia civil te refieres?
Lo tenemos todos? O te refieres solo por accidente?
el seguro es por retiro de acto de servicio. Saludos
Ok, gracias. Supongo que será sólo para esos casos
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por psmito »

Jym escribió: Jue Mar 11, 2021 11:40 am Bueno, actualizo un poco solo para decir, que me siguen dando largas. Pidiendo informes y demás estupideces. Están buscando la coma y el punto en el que agarrarse para no soltar nada.
Me pidieron un informe completo de consultas. Lo pedí a la compañía y mande desde enero de 2015 todas las veces que use la tarjeta.
Después de esperar 2 meses y medio pregunte, y me dicen, que ahora quieren un informe del médico, diciendo que ponga cuando fue concretamente la fecha del diagnostico de la enfermedad y si fui tratado anteriormente por otro médico. Ya que ellos, entendían en un primer informe que mandé, que decía que estaba en tratamiento con ese médico, desde tal fecha. Pero no, que haya estado con otro.
Y eso lo dicen, meses después de mandarlo. Increíble.
Pues nada., hoy he preguntado de nuevo, y ahora dicen que mande informe de antecedentes médicos completo. Que la documentación facilitada se habla de consultas previas a la contratación de la póliza. Y esto, es referente al historial que le mandé a la compañía, hace 3 meses.
Que os parece?
Es evidente, que estan tomándome el pelo o algo.
Alguien sabe, o ha demandado a una aseguradora antes?
Creo que tendré que realizar eso, porque no van a pagar.
Si alguno sabe de un abogado para esto, lo agradecería, gracias.
Pd: el que te esté asegurado con unirasa, o Generali, por si solo o atraes de unirasa, que se vaya dando de baja y se ponga en otro, porque como le pase algo, lo va a tener complicado.
Yo estoy asegurado con ellos, desde la oferta esa, que hicieron para militares y GC que hay en augc y acción social de todas las unidades.
El problema es que lo que significa una absoluta para cualquiera no tiene que ser lo mismo para una compañía de seguros, la mayoría tienen unas clausulas que flipas

Esto está extraído de unas condiciones generales de un seguro de Generali
Artículo 2º. Definición de Invalidez Absoluta
y Permanente
2.1. A efectos de la presente Garantía, se considera Invalidez Absoluta y Permanente la
situación física y/o psíquica irreversible, determinante de la ineptitud total y permanente del
Asegurado para el ejercicio de cualquier actividad profesional o laboral retribuida, de forma
autónoma o por cuenta ajena, así como para el normal desenvolvimiento de sus actividades
cotidianas, provocada por accidente o enfermedad originados independientemente de la
voluntad del Asegurado.
2.2. Una Invalidez será considerada Absoluta y Permanente, y, por tanto, generadora del derecho
al cobro de la prestación, cuando sea calificada como tal mediante diagnóstico médico
emitido por el Servicio Médico de la Compañía, no siendo vinculante cualquier dictamen
emitido por un Servicio Médico ajeno a la Compañía, incluido la Seguridad Social
.
2.3. En caso de discrepancia sobre la calificación y grado de la Invalidez, las partes se someterán
a la decisión de Peritos Médicos, en la forma prevista en los artículos 38 y 39 de la Ley de
Contrato de Seguro.
2.4. En la medida en que pudiera resultar necesario para determinar la existencia o apreciar el
grado de la Invalidez, la Compañía podrá solicitar informes a terceros o requerir dictámenes
médicos. A tal efecto, el Asegurado autoriza a los médicos que le hubieran asistido, o los
que le asistan en el futuro, para que informen confidencialmente al Servicio Médico de la
Compañía en cuanto sea relevante para determinar el derecho de los Beneficiarios a la pres-
tación.
2.5. La Compañía podrá disponer que los facultativos por ella designados visiten al Asegurado
para comprobar su estado, tantas veces como lo estime conveniente, pudiendo tomar las
medidas que estime necesarias, así como la realización de las pruebas diagnósticas que
considere oportunas al efecto. El Asegurado, sus familiares o cualquier otra persona que lo
represente deberán facilitar tales visitas o comprobaciones.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

La definición concreta de invalidez permanente y /o absoluta, esta definida y regulado por los órganos pertinentes. No por una compañía aseguradora.
Y la parte descrita en rojo, diría que roza la ilegalidad. Si eso fuese así, es lo mismo a lo que nos hemos enfrentado constantemente en la GC.
Si se diera total credibilidad a lo que dicen los médicos de la compañía, el NO es rotundo en todos los casos, no crees? Que compañía, va a dar como válido un diagnóstico que les perjudique a ellos?
Si esas condiciones que das de la compañía fuese así no pagarían a nadie. Porque te cogería los médicos de ellos y dirían, no no, usted está bien, no le veo malo ni para estar de baja y mucho menos incapacitado. Eah!
Hay tienes el caso en el hilo de sargetode hierro, sobre AGPM. Es antiguo. Que le denegaron y los demandó y le pagaron (llegando a un acuerdo)

No tienen sentido. Y yo, en mi caso no llegue a ver nunca las condiciones generales de mi póliza.
Porque lo hice con una solicitud impresa que manden por email a unirasa. Que son los tramitadores directos y los que tienen tramitado el colectivo con la GC.
El caso que aquí me ocupa, es que están con la mosca detrás de la oreja que me hice el seguro en febrero y en mayo me di de baja. Pero no cuentan que el proceso ha sido de más de 5 años, padeciendo trastornos. Hubo un alta y luego de nuevo una baja. 2 expedientes médicos abiertos y el final acabado en incapacidad.
A mi no me han pedido ni preguntado nada de eso. Solo están buscando que haya tenido un problema anterior a la realización de la póliza, para no pagar, por incumplir las condiciones de la póliza. Que tan solo son 2 preguntas absurdas y básicas que hacen cuando rellenas el formulario. Y es, saber si tienes algo malo que pueda ocasionar incapacidad, o si has estado de baja no se cuanto tiempo antes. Lo digo así de memoria, no estoy seguro.
Porque se basan en que si no comunicas que tienes cualquier enfermedad grave al mometo de realizar la póliza, ellos no te hubieran asegurado.
Pero no es el caso.
Yo ya estuve muchos años atrás asegurado. Y con AGPM.
Es como si estás con mapfre asegurado un vehículo 20 años y al 21 te cambias a Genesis y das parte la luna rota o algo. No miran si ya tenias ese golpe o esa luna rota.
Esto igual. Están pidiendo cosas, que no le puedo dar que muestre que yo estaba ya tocado antes. O que tenía cualquier otra enfermedad grave no declarada, solo para dejar sin efecto la policía por mentir.
Última edición por Jym el Mié Mar 17, 2021 10:12 pm, editado 3 veces en total.
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

Por cierto, se me ha olvidado. Di parte al seguro de vida que te hacen a la compra de un vehículo, y me han pagado lo que me faltaba por pagar una furgoneta, en un plis. También cubría la incapacidad.
Presente incluso menos, que lo que me han pedido los otros.
Y simplemente han cumplido lo contratado.
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por psmito »

Si estoy de acuerdo contigo, que como mínimo es una cláusula lesiva, como la mayoría de seguros

Pero. Lo que quiero decir es que casi seguro tendrás que recurrir a la justicia
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Re: Cobro de Indemnizacion por pasar a retiro

Mensaje por Jym »

El Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social define la incapacidad permanente en su art. 193, que el del tenor literal siguiente:

“Artículo 193. Concepto.

La incapacidad permanente contributiva es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo.

Y de otro sitio especificando otras cosas:
Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
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