AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Información sobre los distintos seguros contratados por Defensa, GC, seguros de vida...

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sargentodehierro
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por sargentodehierro »

majumi escribió:Hola a todo el mundo y a ver si como siempre me podeís orientar. El día 1 de Diciembre mi marido salió por fín publicado en el BOD con pase a retiro por Invalidez permanente para el servicio,desde el 15 de Noviembre, el día 2 de Diciembre fuimos a la Subdelegación a realizar los trámites para la solicitud de la pensión, nuevo TMI, etc... Ahora estamos con el tema del Seguro colectivo y tenemos las dudas siguientes
.-Según el manual de La Estrella (La primera baja fué en Junio de 2010) tenemos que presentar la copia del Acta médica donde se especifíque la fecha de esa primera baja. Pues bién en la copia que obra en nuestro poder no se menciona para nada esa fecha, tenemos el parte inicial de baja ¿es lo mismo?
.-¿Que plazo hay para iniciar la reclamación? hemos visto que se menciona un plazo inicial de Treinta días ,¿con referencia a qué? ¿desde que lo comunican? ¿desde la publicación en el BOD? no sé estamos hechos un lio.
.-¿La solicitud se entrega en la Subdelegacion?
Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas y un saludo
Hola compañero, el seguro colectivo sólo cubre las incapacidades para el servicio siempre que sean para toda profesión u oficio. Y me parece que no es el caso de tu marido, ya que ese día no salió nadie publicado como incapacitado para toda profesión u oficio (espero equivocarme).
En las condiciones se cita la fecha del accidente o del primer diagnóstico de la enfermedad, que no tiene porque coincidir con la fecha de la primera baja.
El plazo son 30 días después de finalizado el expediente dónde se reconoce dicha invalidez. Un expediente está cerrado cuando lo firma el Subsecretario, pero a estos efectos entiendo que es desde que te lo comunica tu Instructor.

Un saludo y espero haberte ayudado y dale ánimos a tu marido.
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por majumi »

Hola compañero, el seguro colectivo sólo cubre las incapacidades para el servicio siempre que sean para toda profesión u oficio. Y me parece que no es el caso de tu marido, ya que ese día no salió nadie publicado como incapacitado para toda profesión u oficio (espero equivocarme).
En las condiciones se cita la fecha del accidente o del primer diagnóstico de la enfermedad, que no tiene porque coincidir con la fecha de la primera baja.
El plazo son 30 días después de finalizado el expediente dónde se reconoce dicha invalidez. Un expediente está cerrado cuando lo firma el Subsecretario, pero a estos efectos entiendo que es desde que te lo comunica tu Instructor.

Un saludo y espero haberte ayudado y dale ánimos a tu marido.


!No me fastidies¡, Efectivamente en el BOD no hace referencia expresa sobre el grado de incapacidad, pero en el informe que me entregan de la Junta de Evaluación Permanente ,entre otras, cita expresamente lo siguiente:
¿Grado de Incapacidad o minusvalía?........82%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio?.........Si
¿Procede el pase a retiro?..........Si

Y en el informe de la Asesoría Jurídica del Ministerio dice:
"Obra en el expte de la JMPO de fecha 19Jul2011 en la que dictamina que el interesado padece xxxx enfermedad incluida en el apartado 243 con Coeficiente 5xxxxxx ,que no guarda causa efecto con el servicio, con un grado de discapacidad del 82%, siendo irreversible o de remota reversibilidad y constitutiva de una incapacidad para las funciones propias de su Cuerpo y para todo trabajo, necesitando la ayuda de otra persona.
.............obrando informe del JEM que emite propuesta favorable a la declaracion de inutilidad permanente para el servicio del interesado a los efectos de retiro.En el mismo sentido se pronuncia la Subdirección General de personal.
..............Por lo expuesto esta asesoría estima que procede resolver en el sentido de acordar la declaración de inutilidad permanente del interesado ajena a acto de servicio"
¿Que opinais?
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por sargentodehierro »

Entonces tranquila que si tiene derecho a la indemnización. Lo que es raro que al salir publicado en el BOD no lo haya hecho como incapacitado para toda profesión u oficio. Igual me equivoco, pero antes en el BOD especificaba si era para toda profesión u oficio. A lo mejor es que ahora todo el mundo sale publicado como incapacitado permanente para el servicio. No lo sé, tengo la duda, a ver si alguien más da su opinión.

Un saludo.
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por trasgu123 »

Si ya ha salido retirado en el BOD, acude a la Subdelegacion de Defensa con la siguiente documentacion:

- Anexo I cumplimentado.
- Copia del DNI
- Copia del escrito de pase a retiro del ministerioro y del informe de la asesoria juridica del ministerio.
- Copia del parte de baja inicial y del acta medico militar definitivo.
- Datos bancarios, los 20 gigitos.

No se te olvide tampoco:

- Ir a la sucursal mas cercana del BBVA y solicita el reintegro del plan de pensiones de la administracion publica, te pediran que justifiques el pase a retiro, uno mes tarda aprox.

- Ir al ISFAS y solicitar las prestaciones que corresponden con ese % de minusvalia, lleva copia del acta medica y del BOD de pase a retiro.

Supongo que la solicitud de la pension ya la habeis realizado en la Subdelegacion de Defensa.

PD.:
1- Leete bien la poliza pues hay mas ayudas que la indeminizacion por las lesiones (silla de ruedas, becas para hijos, etc). Si no la tienes te la mando por email.
2- Cuando os paguen lo que corresponda, tener en cuanta que Hacienda os espera para cuando presenteis la declracion de la renta correspondiente al año del pago.
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por bienvenido25 »

Sabe alguien en Número de póliza colectiva del ministerio de defensa del seguro 2010 La estrella y Generali 2011
Gracias -hi
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por sargentodehierro »

majumi escribió:Hola compañero, el seguro colectivo sólo cubre las incapacidades para el servicio siempre que sean para toda profesión u oficio. Y me parece que no es el caso de tu marido, ya que ese día no salió nadie publicado como incapacitado para toda profesión u oficio (espero equivocarme).
En las condiciones se cita la fecha del accidente o del primer diagnóstico de la enfermedad, que no tiene porque coincidir con la fecha de la primera baja.
El plazo son 30 días después de finalizado el expediente dónde se reconoce dicha invalidez. Un expediente está cerrado cuando lo firma el Subsecretario, pero a estos efectos entiendo que es desde que te lo comunica tu Instructor.

Un saludo y espero haberte ayudado y dale ánimos a tu marido.


!No me fastidies¡, Efectivamente en el BOD no hace referencia expresa sobre el grado de incapacidad, pero en el informe que me entregan de la Junta de Evaluación Permanente ,entre otras, cita expresamente lo siguiente:
¿Grado de Incapacidad o minusvalía?........82%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio?.........Si
¿Procede el pase a retiro?..........Si

Y en el informe de la Asesoría Jurídica del Ministerio dice:
"Obra en el expte de la JMPO de fecha 19Jul2011 en la que dictamina que el interesado padece xxxx enfermedad incluida en el apartado 243 con Coeficiente 5xxxxxx ,que no guarda causa efecto con el servicio, con un grado de discapacidad del 82%, siendo irreversible o de remota reversibilidad y constitutiva de una incapacidad para las funciones propias de su Cuerpo y para todo trabajo, necesitando la ayuda de otra persona.
.............obrando informe del JEM que emite propuesta favorable a la declaracion de inutilidad permanente para el servicio del interesado a los efectos de retiro.En el mismo sentido se pronuncia la Subdirección General de personal.
..............Por lo expuesto esta asesoría estima que procede resolver en el sentido de acordar la declaración de inutilidad permanente del interesado ajena a acto de servicio"
¿Que opinais?
Bueno compañero, hoy me han dado a mi la resolución del subsecretario con el pase a retiro por incapacidad permanente para el servico. Yo estoy en la misma situación que tu marido, ya que tengo un 70% de discapacidad y estoy incapacitado para toda profesión u oficio. Pero me han dicho que en la resolución no se refleja esa incapacidad para toda profesión u oficio, sino que eso se refleja en el acta de la JMP y de la JEP. Yo pensaba que cuando pasabas a retiro, en la misma resolución se especificaba si era para toda profesión u oficio pero parece que no es así. Por lo que no hagas caso de lo que te dije con anterioridad y atiende a lo expuesto por trasgu123.
Un saludo y suerte.
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por herme »

felix102 escribió:Buenos días compañeros:

Me uno al grupo, otro más al que la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES le ha respondido, nos dicen que no son competentes en la Resolución, no se mojan en nada, al contrario se pueden nos ponen alguna zancadilla.

Puesto en conocimiento de mi abogado, este me dice:
“Que no sabe si puede haber alguna Sentencia condenatoria contra CASER, que si la hubiera seria lo único que nos pudiera servir para iniciar una Reclamación, ya que poner la Reclamación en vía judicial nos llevaría muchos gastos y riesgo de ser desestimada, con lo que conlleva gastos de costas. La vía judicial de momento no la recomiendo.”

Pese a todo lo expuesto, yo en mi caso estaría dispuesto a pagar a un abogado que nos representase el 10% de mi indemnización, si ganásemos el Juicio. No pudiendo por mi parte adelantar cantidad de dinero.
Si hay un abogado que considere que hay posibilidades, la cantidad a ganar sería muy grande, si le damos el 10% de todo lo que nos saque, supone unos muy buenos honorarios para este supuesto abogado.
Si conocéis algún abogado que nos quiera representar en estas condiciones contad conmigo.
Un saludo.

!Muy buenas a todos! Ante todo ¡Felices Fiestas! Como vosotros estoy en la misma situación, acabo de enviar los documentos a la DGS, a la espera de su ya sabida respuesta. Tengo una duda:

¿Cuando enviasteis la documentación a la DGS, ésta os envió acuse de recibo, especificando el número de Expediente?, En caso afirmativo, ¿al cabo de cuanto tiempo os la enviaron?.

Muchas gracias por vuestra colaboración. FELICES FIESTAS y que el año que viene se vean cumplidos nuestros sueños.
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felix102
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por felix102 »

herme escribió:
felix102 escribió:Buenos días compañeros:

Me uno al grupo, otro más al que la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES le ha respondido, nos dicen que no son competentes en la Resolución, no se mojan en nada, al contrario se pueden nos ponen alguna zancadilla.

Puesto en conocimiento de mi abogado, este me dice:
“Que no sabe si puede haber alguna Sentencia condenatoria contra CASER, que si la hubiera seria lo único que nos pudiera servir para iniciar una Reclamación, ya que poner la Reclamación en vía judicial nos llevaría muchos gastos y riesgo de ser desestimada, con lo que conlleva gastos de costas. La vía judicial de momento no la recomiendo.”

Pese a todo lo expuesto, yo en mi caso estaría dispuesto a pagar a un abogado que nos representase el 10% de mi indemnización, si ganásemos el Juicio. No pudiendo por mi parte adelantar cantidad de dinero.
Si hay un abogado que considere que hay posibilidades, la cantidad a ganar sería muy grande, si le damos el 10% de todo lo que nos saque, supone unos muy buenos honorarios para este supuesto abogado.
Si conocéis algún abogado que nos quiera representar en estas condiciones contad conmigo.
Un saludo.

!Muy buenas a todos! Ante todo ¡Felices Fiestas! Como vosotros estoy en la misma situación, acabo de enviar los documentos a la DGS, a la espera de su ya sabida respuesta. Tengo una duda:

¿Cuando enviasteis la documentación a la DGS, ésta os envió acuse de recibo, especificando el número de Expediente?, En caso afirmativo, ¿al cabo de cuanto tiempo os la enviaron?.

Muchas gracias por vuestra colaboración. FELICES FIESTAS y que el año que viene se vean cumplidos nuestros sueños.
Buenos días, te doy fechas:
Escrito reclamación DGS de fecha 22/12/2010.
DGS da inicio al expedientes fecha 27/01/2011.
La DGS me pide presentación de alegaciones de fecha 3/03/2011.
Presentación de alegaciones fecha 21/03/2011.
La DGS da contestación al expediente fecha 15/11/2011
la cosa esta bastante complicada, pero suerte.
Un saludo.
Pasé la mitad de mi vida preocupándome por cosas que jamás iban a ocurrir”
FRANCESCA
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por FRANCESCA »

gorocity escribió:Buenas tardes a todos-as, los compañeros. Bueno hace un poco que no escribo en el foro, aunque lo miro de vez en cuando. Informaros, que ya me he metido con el abogado, y lo primero que ha hecho, sin que se lo dijese es lo del acto de conciliación. Según el abogado, tengo bastantes posibilidades de ganar. Tambien informo que este abogado solo me cobra por el dinero que me quedare yo (esto quiere decir deducido el 19% que se llevaria hacienda), en el caso de ganar el pleito. Ahora mismo si tengo que ir a juzgado, yo tendria que poner 600 euros sobre la mesa, el resto cuando gane el pleito. Para información de alguno, que cuando les digais al abogado que contraten, que caser tiene que pagar el tanto por ciento que nos corresponde, pero que hacienda se lleva un buen pellizco, que os cobre de lo que realmente nos llevamos. A es más me ha dicho que tambien empezariamos a cobrar el 20 por ciento, al pasar 2 años desde la 1ª reclamación. Osea que yo lo pedi en noviembre del 2009. Si no se avienen a la conciliación ya saben lo que les espera, y además les voy a pedir daños y perjuicios, gastos, costas, etc. Que al final van a tener que pagar una buena pasta. ( que se jodan, mana de chorizos que son y que se dejen de gastar nuestro dinero en publidad)
Saludos a todos-as.
Buenos días Gorocity.
Podrías pasarme el teléfono de tu abogado ?
Un saludo y muchas gracias

Francesca
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por yoclaudy2009 »

Hola buenas a todos y feliz año, de casualidad un compañero me dijo que mirará lo del serguro caser ya que me jubilaron en el año 2010 concretamente en octubre, quería saber si estoy en plazo para solicitar la indemnización, la enfermedad empezo en el 2008, muchas gracias de antemano, espero me podais ayudar... ya que no sabía nada de este tema hasta que me lo comento este compañero. Tambien donde tengo que dirigir la solicitud y que documentacion tengo que presentar, que me supongo que sera todo el mazacote que me dieron en la unidad de expedientes administrativos.

Un saludo.
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por trasgu123 »

RESUMEN DE LAS CONDICIONES GENERALES Y NORMAS DE GESTIÓN DEL CONTRATO DEL SEGURO COLECTIVO

Apartado 7.5 El plazo para iniciar los trámites de indemnización por secuelas o gastos finaliza al AÑO de ocurrir el accidente, y el plazo MÁXIMO para aceptar un siniestro es de CINCO (5) años desde la fecha de ocurrencia del mismo (Artículo 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, en el que se regula el plazo de prescripción de acciones derivadas de un contrato de seguro y en el que se establece el plazo de cinco años en los seguros de personas).
Después, la Compañía Aseguradora no se hace cargo de la indemnización.

Si quieres el Librito entero en PDF de 2008 me dices tu email y te lo mando.
majumi
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por majumi »

A ver si como siempre nos podeís orientar.Leyendo la guía del seguro hemos leido que hay una cantidad para gastos de adaptación en el domicilio habitual, como creo que este va a ser nuestro caso dentro de un tiempo, en concreto la construcción de un baño adaptado, quisiera preguntaros si alguien se ha visto en este caso ,alguien sabe como va o si sabeis el plazo que hay para presentar la documentación.
Como siempre muchísimas gracias y un saludo.
CACARICUETANO
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por CACARICUETANO »

A ver compañer"s, que creo que se enfría el tema y nos alejamos del tema del post.

Alguien que ya haya iniciado procedimiento judicial contra CASER o esté en ello?
Hay alguna nueva noticia sobre el tema?
Algún abogado que quiera llevar el tema de varios compañer@s y costes?

GRACIAS
zippo
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por zippo »

Saludos, yo voy a iniciar demanda judicial contra Caser ya os ire informando.
CACARICUETANO
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Re: AYUDA URGENTE SEGURO CASER

Mensaje por CACARICUETANO »

Zippo:

Puedes dar alguna información más con respecto a lugar dónde lo vas a presentar, abogado, coastes...etc

MUCHAS GRACIAS y a por ellosssssssssss
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