Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

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Margim
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Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por Margim »

Buenas noches,
Soy nueva en el foro y no sé desde donde escribir un mensaje nuevo. Mi consulta está relacionada con un expediente de incapacidad permanente.
Soy funcionaria de Correos con 29 años de servicios. Estoy de baja desde diciembre de 2020 por degeneración del labrun en cadera derecha, operada hace 10 años y de momento no hay otra posible operación, es degenerativo y me dicen que soy joven para la prótesis. Tengo informe de médicos donde dicen que no puedo realizar mi actividad laboral. El miércoles pasé la inspección médica en el INSS y la doctora que me atendió me dijo que estoy para una "incapacidad permanente para mi trabajo habitual" y que me podia buscar otro trabajo. Eso me descolocó y le pedí que me diera el alta con limitaciones, es lo que me habian aconsejado. Me dijo que la IP es incompatible con un alta con limitaciones y es lógico. Yo no sabía que esa incapacidad para el funcionario es una jubilación con el 100%, me enteré al dia siguiente. Con lo cual le rogué a la inspectora médica que me diera las limitaciones. Después de salir de la consulta volví a entrar porque me quedé con dudas y me dijo: "he llamado a uno de los directores del EVI y me ha dicho que a ver si en tu caso podemos dar un rodeo para que puedas volver de alta con limitaciones". Me fui más tranquila pero luego en correos me dicen que para los funcionarios es jubilación con el 100%. Imaginaos como me quedé
Y ahora mi pregunta es: una vez iniciado el proceso, si vuelvo al INSS para hablar con la doctora que me atendió ¿podrá ella modificar algo?
Y otra cosa: ¿Es cierto que la "incapacidad permanente para el trabajo habitual" se traduce en jubilación con el 100%. Tengo 29 años trabajados y 55 de edad.
Gracias, espero que me podáis ayudar. Un saludo
Margim
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Acabo de pasar el EVI con información errónea

Mensaje por Margim »

Buenas noches, he encontrado donde escribir un nuevo tema, así que he cortado y pegado del otro mensaje. He modificado algo...

Buenas noches,
Soy nueva en el foro y no sé desde donde escribir un mensaje nuevo. Mi consulta está relacionada con un expediente de incapacidad permanente.
Soy funcionaria de Correos con 29 años de servicios. Estoy de baja desde diciembre de 2020 por degeneración del labrun en cadera derecha, operada hace 10 años y de momento no hay otra posible operación, es degenerativo y me dicen que soy joven para la prótesis. Tengo informe de médicos donde dicen que no puedo realizar mi actividad laboral. El miércoles pasé la inspección médica en el INSS y la doctora que me atendió me dijo que estoy para una "incapacidad permanente para mi trabajo habitual" y que me podia buscar otro trabajo. Eso me descolocó y le pedí que me diera el alta con limitaciones, que es lo que me habia aconsejado tanto el sindicato como el médico que lleva el control de bajas en Correos. Me dijo que la IP es incompatible con un alta con limitaciones y es lógico. Le rogué a la inspectora médica que me diera las limitaciones porqué creía que me darian un 55% ó 75% de incapacidad con lo cual no llego a fin de mes, con hipoteca, etc Después de salir de la consulta volví a entrar porque me quedé con dudas y me dijo: "he llamado a uno de los directores del EVI y me ha dicho que a ver si en tu caso podemos dar un rodeo para que puedas volver de alta con limitaciones". Me fui más tranquila pero luego en correos me dicen que para los funcionarios la IP es jubilación con el 100%. Imaginaos como me quedé.
Hay un gran desconocimiento del tema funcionario. La inspectora médica no debe saber que nos jubilamos con el 100% si ya tienes más de 20 años trabajados. Me preguntó que porque me habian enviado si todavía estoy pendiente de una infiltración articular y no llevo un año de baja. Los funcionarios nos inician el expediente de jubilación a los 260 días de baja aprox a diferencia del regimen de la SS que es al año. Por eso digo que no saben mucho de funcionarios.

He encontrado el BOE donde está lo de la incapacidad y más temas del funcionario. Dejo el enlace https://www.boe.es/buscar/pdf/2000/BOE- ... lidado.pdf

Toda la información la he encontrado después de pasar por el INSS. Fui confiada con lo que me aconsejaron, pensando que no dan incapacidades pero parece ser que depende de lo que tengas y del trabajo que realices.

Y ahora mi pregunta es: una vez iniciado el proceso, si vuelvo al INSS para hablar con la doctora que me atendió ¿podrá ella modificar algo? han pasado dos días hábiles. Fui el miércoles 29 de septiembre.

Estoy citada otra vez en el INSS el 6 de octubre pero me cita MUFACE y por lo que veo en la carta es para el control de la baja. La inspectora médica me lo corroboró.
En la nueva cita me atenderá otro médico por eso quisiera hablar antes con la doctora que me atendió que fue muy amable, se molestó en llamar a un director del EVI porque le rogué que no me diera incapacidad y ahora le diría que sí, que quiero la incapacidad. Hay pocos puestos en Correos donde me puedan readaptar porque casi todo el trabajo es físico. No sé como actuar, está en juego mi calidad de vida de los próximos 5 años, es lo que me queda para jubilarme.

Gracias, espero que me podáis ayudar. Un saludo
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trasgu123
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por trasgu123 »

Los funcionarios de Correos son personal ESTATUTARIO, tienen norma legal de personal propia para ellos que es el Real Decreto 370/2004, Estatuto del personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, en este caso se podria intentar que se aplicase el art. 33.

En caso contrario, la incapacidad permanente para el trabajo habitual supone la jubilacion que al tener mas de 20 años de servicio, es del 100% del haber regulador correspondiente.
agustino
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Re: Acabo de pasar el EVI con información errónea

Mensaje por agustino »

Efectivamente, si eres funcionaria (de Muface) a tí te corresponde el 100% de tu pensión, para la cual debes tener en cuenta que te computan como efectivamente trabajados todos los años que te quedan hasta tu jubilación forzosa. Por lo que seguro que vas a llegar a los 35 años que se te piden para cobrar el 100% del haber de tu grupo de funcionario. Dicho, de otra forma, vas a cobrar lo mismo que si te jubilaras hoy teniendo 65 años, y habiendo currado en ese grupo de funcionario 35 años o más.

Eso sí, cobras el 100% si no trabajas en nada mas. Si compatibilizas tu pensión con otro trabajo, entonces ya te pagan solo un % de tu pensión, no se si es 75% o 55%.

Por otro lado, en el EVI no hace falta esperar esos 260 o 1 año para abrir expediente de jubilción. Si en tu primera inspección en el EVI; a los 3 meses por ejemplo, la médica que te ha visto considera que estás para IP te propone para pasar Tribunal Medico para jubilarte, que es lo que creo que esa médica quería hacer. Cuando te abren de oficio expediente de IP es a los 18 meses de IT.

Infórmate bien, y si le cuentas lo que te ha pasado al inspector médico que te va a ver el dia 6 a lo mejor sigue él el proceso de mandarte a Tribunal médico. Por otro lado, tu no puedes saber si te va a tocar el mismo médico u otro. Normalemente, es el mismo.
agustino
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Re: Acabo de pasar el EVI con información errónea

Mensaje por agustino »

Por otro lado, leo ahora que te quedan 5 años para jubilarte? Tu lo que tienes que hacer es estar de baja todos esos años. A los 18 meses te proponen para IP de oficio, te tienen, normalmente, 6 meses mas de prórroga, y a las 24 meses o te dan la IP, o te ponen de alta. Al día siguiente te vuelves a poner de baja, con otro número de enfermedad; dado tu caso, que es degenerativo, algo te podrán poner dado que no puedes volver a trabajar, y así te tiras, cobrando de baja un 100% aprox, otros dos años.......si no te proponen para IP por el camino de nuevo.

Lo que no tienes que pedir es el alta con limitaciones. Para qué? Si no puedes trabajar, y estás en tu casa cobrando el 100% a través de la IT.
agustino
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Re: Acabo de pasar el EVI con información errónea

Mensaje por agustino »

Eso sí, siempre es mejor cobrar la IP, que seguir de alta cobrando la IT. Pues si te jubilan por IP en HAcienda te consideran como discapacitada 33%, lo cual es una pasta a la hora de hacer el IRPF.
radu
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por radu »

Buenas tardes.
1. Curioso lo que cuentas. Hay médicos y "médicos", y médicos inspectores del EVI y "médicos inspectores del EVI". El EVI no está para valorar si vas a poder pagar la hipoteca o no; está para valorar si puedes seguir desarrollando actividad laboral. Por cierto, tus médicos no son nadie para "prescribir" que no ya no puedes trabajar más, lo suyo es dar informes que justifiquen en esos momentos si puedes o no. Hay gentes que va al EVI con informes casi periciales argumentando más o menos claramente, que se les tiene que jubilar, lo que, supongo, en un mal momento le tiene que sentar al médico inspector como una patada en los ...
2. Tener causa médica para jubilarse por IP (y el grado de aquella) no es a voluntad tuya (otra cosa es cómo puedas conducirte durante la IT -altas y bajas- y lo que entonces te "permitan" tus médicos -a mí, en mi primera baja, de casi un año, el especialista dijo, y escribió,que ya me veía para ir a trabajar, contra mi parecer, y el de cabecera, el hombre, no se atrevió a continuar con la baja), sino a resultas de la valoración médica -informes presentados y reconocimiento propio- por el EVI de tus enfermedades en su gravedad, cronicidad e incidencia laboral.
Saludos.
Margim
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por Margim »

Buenos días,
Muchas gracias por vuestra ayuda.
He intentado pedir cita con la doctora que me atendió pero no ha podido ser, haré lo que dice Agustino. Mañana vuelvo al INSS a revisión de la baja, no me toca con la misma médica pero se lo contaré al que me atienda y si es posible pediré hablar con ella, entre pacientes puede que me dejen entrar.
Como dices Agustino es mejor estar de IP que tener que estar cogiendo bajas, prefiero estar tranquila así que lo voy a intentar.
Muchas gracias por vuestra labor, me ha ayudado mucho ver todos los casos de IP para recabar información para mi propio caso.
saludos
radu
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por radu »

Buenos días.

1. En este foro Trasgu y otros (yo mismo) han expuesto las vías para la apertura de un Expediente de Jubilación por IP. No es necesario "perseguir" (perdona la expresión, ya me entiendes) a ningún inspector médico (eso podría dar la impresión de que estás deseando jubilarte ahora que has enterado que te da para pagar la hipoteca - no te molestes, no hago otra cosa que recoger de tu exposición-, y no sé si a un médico inspector le sonará bien); por lo que parece has tenido suerte de dar con una buena persona, pero nunca se sabe (en este mismo foro puedes leer casos de aquellos que salen del reconocimiento confiados en el "usted no se preocupe", y al mes les llega la resolución y han de volver a trabajar, y otros que están ante un señor con cara de seta al que hablan y apenas responde, y luego ven reconocida una IP absoluta.).
2. Sobre todo tienes que preocuparte de tener informes médicos actualizados de tus enfermedades: para el EVI no existen (no hay lugar) los informes ad hoc para jubilarse, lo que cuenta es tu historia clínica.

Saludos.
Margim
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por Margim »

Buenas noches,
Pues mira, tienes razón. Pasé a hablar con la doctora y me dijo que ella no podía haber dicho eso (lo de que tengo una incapacidad para mi trabajo habitual y que era incompatible con lo que yo le pedía, que era el alta con limitaciones), se puso a la defensiva y casi no me dejó hablar, al final me dijo: "he movido muchos hilos para hacer lo que tu me pedías, tu querias el alta con las limitaciones que dice tu traumatólogo en el informe y además yo soy parte del tribunal que va a valorar tu caso". Con lo cual salí de allí sabiendo que me daban el alta. Al día siguiente me llamó por teléfono la jefa de la unidad médica del INSS y me dijo textualmente: "La doctora que te atendió me ha dicho que te diga, que ha emitido un informe sin limitaciones y que pases a recogerlo, es el Informe Médico de Síntesis".
Fui a por el informe de síntesis y ya tengo la resolución del EVI, estoy apta para el trabajo que realizo. No me han readaptado a otro sitio, de momento no estoy trabajando porque me corresponden las vacaciones y los días.
No sé si puedo adjuntar algún archivo? me gustaría enseñaros el informe de síntesis. No sé si recurrirlo, lo estoy pensando.
Una abogada que consulté al ver el informe me dijo que tengo una incapacidad para mi trabajo habitual.
Lo estoy valorando, puedo seguir de baja como dice Agustino los 5 años que me quedan y que me vuelvan a enviar al INSS en la próxima baja pero por otro lado es un rollo estar de baja. En Correos te hacen un seguimiento continuo.
Me podéis aconsejar y decir que pensáis? Gracias.

En el Informe de Síntesis dice: "...solicita alta pero precisa nueva adaptación del puesto de trabajo con las limitaciones descritas por traumatología en el informe aportado: (No debe realizar flexiones repetitivas de cadera ni manipular cargas tanto manuales como en jaulas o carretillas que requieran giros o sobrecarga en MMII.
Dado que su actual puesto de trabajo realiza estas tareas, recomiendo nueva readaptación laboral a actividad que predomine la sedestación.)

De momento en este expediente: Continuar en IT a la espera de resolución del expediente de IP.

Propuesta alta con limitaciones que deberán figurar en la resolución para posibilitar a la usuaria el cambio de puesto adaptado.
Hablado con la unidad correspondiente....."

Más o menos eso es lo esencial del informe.
Gracias por vuestro tiempo y dedicación, cualquier opinión o sugerencia será bien recibida.
Un saludo,
María
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por radu »

Buenos días.

1. La inspectora del EVI dice cosas que no cuadran (anda que eso de "he movido muchos hilos" -como no sean los de hacer ganchillo-), te envía a trabajar y tanto tú, como, por lo que parece, la parte del informe del especialista que se reproduce en el IMS, se lo habéis "puesto a huevo".
2. Hay abogados, y abogados especialistas en incapacidades laborales.
3. De no estar conforme con la propuesta de resolución de tu administración, pues haces las alegaciones, y a recurrir el alta.
4. Ten a mano informes médicos actualizados que se limiten a recoger tu situación, el estado de tus patologías, sin más, para que tu historia clínica permita al inspector médico valorar desde la evolución de la enfermedad y que el EVI dictamine en consecuencia.
Saludos.
Margim
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por Margim »

Hola Radu,
gracias por responder.
Me dices que tenga informes médicos actualizados, solo con las patologías (lo entiendo y me parece muy sensato) para que el inspector del EVI valore y dictamine en consecuencia. Pero el EVI ya me ha valorado y creo que para recurrir ya es vía judicial ¿me equivoco o es que se puede pedir revisión al EVI?

Consulté a unas abogadas antes de la resolución del EVI, les llevé el informe médico de sintesis que gracias a la inspectora médica que me valoró lo tengo desde hace un mes (se tomó mucho interés en hacer que lo tuviera en mi poder, hizo que me llamaran para solicitarlo, sino yo ni me entero de que hay un informe...¿será porque considera que debo recurrirlo?)

Bueno a lo que voy, las abogadas me dijeron que se puede recurrir y que necesito un informe pericial (creo que cuesta unos 3000€ ó más). Tampoco sé cuanto tiempo lleva recurrir, ir a juicio y que se resuelva, me da como "miedo".

Estoy hecha un lio. Puedo seguir de baja y que empiece otra vez el proceso de IP pero hasta pasados 6 meses no me puedo dar de baja por la misma patología, tengo más teclas con lo cual no habría problema con las bajas. Me preocupa volver a pasar el INSS de aqui a un año y medio aprox. y el inspector médico que me toque no se tome tanto interés en mi caso, que me valore desfavorable y pierda la oportunidad. Las abogadas me dijeron que ese informe es para una IP, de hecho ellas pensaban que el EVI me iba a dar la IP pero no ha sido así, creo que porque yo le pedí el alta.

Tengo el escrito que he firmado denegando la jubilación viene de: Subdirección de Planificación, Gestión y Politica Retributiva de Correos

y al final de notificarme la denegación de jubilación dice:

"Lo que comunico para que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado Quinto, punto 2.5 de la Resolución de 29 de diciembre de 1995, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, en el plazo de 15 días, a contar desde la notificación de este escrito, alegue y presente los documentos y justificaciones que estimen pertinentes ante este Órgano Jubilador."

Supongo entonces que es a Correos a quien le tengo que recurrir??

Muchas gracias y un saludo,

María
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por radu »

Buenos días.

1. Sí, siempre informes, del médico especialista, actualizados, claro, nada más; sí el EVI necesita alguna prueba adicional o algo más ya te lo pedirá.
2. Personalmente, no veo que la inspectora del EVI se haya tomado molestia alguna en sacar adelante tu caso.
2. No se recurre el IMS, se recurren las resoluciones; el IMS se rebate (informes de peritos médicos de parte, abogado) en un juicio, para Clases Pasivas, en el Contencioso Administrativo.
3. Pese a lo que te han dicho las abogadas, no existe para el EVI un "informe para una IP": el EVI lo que hace es valorar, EN EXCLUSIVA, la posible IP, en base a la historia clínica; el EVI SIEMPRE solicita, de entrada, informes médicos -"ordinarios"- del especialista que trata al paciente, no informes periciales ni informes para "jubilarse" ni nada por estilo; tus médicos no son nadie para decirle al EVI que te tienes que jubilar, que tus enfermedades ya no te permiten trabajar "para siempre": esa es la tarea del EVI, para eso les pagan a los inspectores médicos.
4. Por lo que parece ya tienes la propuesta de resolución; y te indica lo que debes hacer a continuación.
5. En ese camino, y ante las dudas, lo mejor es acudir a un buen abogado especialista en incapacidades laborales.

Saludos.
Última edición por radu el Mié Dic 01, 2021 2:58 pm, editado 2 veces en total.
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por trasgu123 »

Yo ya me perdido.

En el primer post dices "" pedí que me diera el alta con limitaciones "", en otro post dices que en el Informe de Sintesis figuran las limitaciones, y ahora dices que vas a recurrir.
Margim
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Re: Inicio de expediente de jubilación por incapacidad permanente

Mensaje por Margim »

Buenas tardes,

No me extraña que te hayas perdido Radu, es mucho lio y no es lo mismo hablar que escribir. Correos se ha saltado a la torera las limitaciones, no sé si es porque el INSS no les pasa el informe de sintesis (por la protección de datos) o porque en la resolución del EVI dicen que estoy apta para seguir trabajando. El caso es que me han dado el alta, ahora estoy de vacaciones pero cuando me incorpore vuelvo a mi puesto de trabajo habitual.

He encontrado unos abogados que llevan casos de clases pasivas, no todos los abogados saben de clases pasivas. Tengo cita el viernes, por teléfono me han dado confianza. Quiero que me orienten y me digan las opciones que tengo y ya tomaré una decisión.

Gracias por vuestro apoyo,

saludos,
María
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