COMUNICACION RESOLUCION IP

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trasgu123
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por trasgu123 »

Piopio escribió: Dom Jul 21, 2019 6:00 pm
mariano mariano escribió: Vie Jul 19, 2019 6:14 pm ?????
Por mi experiencia aquí saben la respuesta o dicen saber pero no te lo van a decir.
La respuesta ya se la han dado mas arriba "" Si con posterioridad consigues la incapacidad absoluta judicialmente, estarías exento del IRPF desde la fecha que marcaba la sentencia "".

Si a estas alturas aun no sabemos que es un tribunal de justicia o una sentencia judicial, mal vamos.
mariano mariano
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por mariano mariano »

trasgu123 escribió: Dom Jul 21, 2019 6:22 pm
Piopio escribió: Dom Jul 21, 2019 6:00 pm
mariano mariano escribió: Vie Jul 19, 2019 6:14 pm ?????
Por mi experiencia aquí saben la respuesta o dicen saber pero no te lo van a decir.
La respuesta ya se la han dado mas arriba "" Si con posterioridad consigues la incapacidad absoluta judicialmente, estarías exento del IRPF desde la fecha que marcaba la sentencia "".

Si a estas alturas aun no sabemos que es un tribunal de justicia o una sentencia judicial, mal vamos.
Por Dios, que yo no quiero decir eso. Pero es que tengo la duda de si estamos exentos si la sentencia judicial es a raíz de hacer alegaciones, o, también, si es la sentencia llega a resulta de una reclamación hecha sin haber tramitado alegaciones antes. Eso es.
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Re: COMUNICACION RESOLUCION IP

Mensaje por sargentodehierro »

Piopio escribió: Dom Jul 21, 2019 6:00 pm
mariano mariano escribió: Vie Jul 19, 2019 6:14 pm ?????
Por mi experiencia aquí saben la respuesta o dicen saber pero no te lo van a decir.

Me toca abiertamente los COJ... que vengas al foro a insinuar que a un compañero no le queremos dar una respuesta a una duda que plantea. Creo que conoces poco este foro.
Por mi experiencia en el foro, sí te puedo decir, que los usuarios como tú, acabáis en Alborán.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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