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Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Sab Dic 22, 2018 8:54 pm
por Piopio
Buenas. Resulta que me jubilaron hace tres meses por la absoluta. Entendí que estoy jubilado de todas, como si tuviese los 67 años, que no llego todavía. Resulta que voy a la oficina de clases pasivas y me dice la encargada que no es una jubilación ordinaria, que no estoy exactamente jubilado, sino que recibo la pensión por incapacidad de clases pasivas, que me reservan el puesto de trabajo dos años, pero que me pueden llamar a revisión antes y después y perder la pensión si hay mejoría médica; es más, me dice que dada la situación de las finanzas del estado, tienen noticia en Hacienda de que están estudiando revisar todas las incapacidades de los funcionarios después de las próximas elecciones de gobierno (da a entender que para quitarlas, dejando a la gente sin pensión y en la calle porque muchos ya han perdido la reserva del puesto). Imaginaos que llegué a casa temblando. Me metí en este foro y he visto referencias que son contradictorias con aquello porque indican que los de incapacidad estamos jubilados, aunque no tengamos la edad, igual que cualquier otro funcionario que ha cumplido la edad (por eso se nos da por cotizado todos los años restantes). Pero en cualquier caso, si van revisar todas nos dejan indefensos porque si cumple el plazo de dos años perdemos el puesto de trabajo. Si alguien tiene referencias recientes respecto al tema de la jubilación me vendrían muy bien para saber a que atenerme.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 23, 2018 11:28 am
por trasgu123
No conozco a nadie de Clases Pasivas, retirado-jubilado, por incapacidad que haya sido llamado a revision y "regresado" al servicio activo, salvo a peticion del propio interesado.

Hacienda se limita a pagar, no instruye los expedientes de incapacidad de los funcionarios ni los revisa.

De haber una revision "general" por parte de cada Organismo ministerial que dictamino en cada caso particular el pase a retiro-jubilacion, ninguno se quedaria en la calle ya que el APTO PARA TRABAJAR conllevaria de facto la rehabilitacion como funcionario.

Para que tal cosa ocurriera habria que modificar entre otros, el Real Decreto Legislativo 5/2015, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el REAL DECRETO 944/2001, Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, la Ley 29/2014, Régimen del Personal de la Guardia Civil y la Ley Orgánica 9/2015, Régimen de Personal de la Policía Nacional. En el caso de esta ultima la cosa se complica bastante al ser Ley Organica.

En mi caso concreto y creo que en el de bastantes mas, NO me opongo a que me rehabiliten, ya que cobrariamos mas de pension al llegar a los 65 años. Y me da que el gobierno, sea del color que sea, no esta por la labor de incrementar un gasto porque si.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 23, 2018 5:00 pm
por Francisco I
Me da a mi que esa encargada de la oficina de Clases Pasivas andaba ese día un tanto desmelenada; seguramente bastante amargada porque le había fallado un solo dígito para que le tocara la lotería.
Hay gente que no sabe como dar por culo al personal, cuando ellos están amargados.
Una incapacidad PERMANENTE es siempre PERMANENTE, en el tiempo y en el espacio.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 23, 2018 6:38 pm
por Piopio
trasgu123 escribió: Dom Dic 23, 2018 11:28 am No conozco a nadie de Clases Pasivas, retirado-jubilado, por incapacidad que haya sido llamado a revision y "regresado" al servicio activo, salvo a peticion del propio interesado.

Hacienda se limita a pagar, no instruye los expedientes de incapacidad de los funcionarios ni los revisa.

De haber una revision "general" por parte de cada Organismo ministerial que dictamino en cada caso particular el pase a retiro-jubilacion, ninguno se quedaria en la calle ya que el APTO PARA TRABAJAR conllevaria de facto la rehabilitacion como funcionario.

Para que tal cosa ocurriera habria que modificar entre otros, el Real Decreto Legislativo 5/2015, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el REAL DECRETO 944/2001, Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, la Ley 29/2014, Régimen del Personal de la Guardia Civil y la Ley Orgánica 9/2015, Régimen de Personal de la Policía Nacional. En el caso de esta ultima la cosa se complica bastante al ser Ley Organica.

En mi caso concreto y creo que en el de bastantes mas, NO me opongo a que me rehabiliten, ya que cobrariamos mas de pension al llegar a los 65 años. Y me da que el gobierno, sea del color que sea, no esta por la labor de incrementar un gasto porque si.
Si al meterme en este foro eso es lo que me parecía, pero la funcionaria dijo claramente que no estamos jubilados como cualquier jubilado, sino que cobramos una pensión por jubilación por incapacidad, que no debe ser lo mismo. Hombre, la mujer es de Haciendia, así que algo debería saber. En cualquier caso, entiendo por lo que expones que si me llaman a revisión y me dieran (y es mucho suponer) que estoy para trabajar me darían un puesto de trabajo en mi especialidad y localidad de destino, aunque haya pasado la reserva de dos años.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 23, 2018 6:42 pm
por Piopio
Francisco I escribió: Dom Dic 23, 2018 5:00 pm Me da a mi que esa encargada de la oficina de Clases Pasivas andaba ese día un tanto desmelenada; seguramente bastante amargada porque le había fallado un solo dígito para que le tocara la lotería.
Hay gente que no sabe como dar por culo al personal, cuando ellos están amargados.
Una incapacidad PERMANENTE es siempre PERMANENTE, en el tiempo y en el espacio.
La funcionaria se debe de equivocar o quería meter miedo por un motivo que se me escapa. Pero de todas formas, lo cierto es las incapacidades permanentes de la Seguridad Social si que las revisan, y lo mismo lo que esa mujer quería decir (mal argumentado todo) es que van a cambiar esto para clases pasivas, aunque por lo que expone trasgu va a ser difícil que sea retroactivamente. Estoy pensando que quizá se refiera a que esa revisión solo va a ser de los que tenemos la absoluta ¿Eso puede ser factible?

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 23, 2018 7:32 pm
por trasgu123
La S Social se lo prepara, guisa y come ella misma. O lo que es lo mismo, ella pasa reconocimiento medico, inicia el tramite administrativo, dicta resolucion de pase a jubilado y abona la pension.

En Clases Pasivas, todo parecido con la S Social es pura coincidencia.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:20 pm
por cordobes10
Piopio escribió: Sab Dic 22, 2018 8:54 pm Buenas. Resulta que me jubilaron hace tres meses por la absoluta. Entendí que estoy jubilado de todas, como si tuviese los 67 años, que no llego todavía. Resulta que voy a la oficina de clases pasivas y me dice la encargada que no es una jubilación ordinaria, que no estoy exactamente jubilado, sino que recibo la pensión por incapacidad de clases pasivas, que me reservan el puesto de trabajo dos años, pero que me pueden llamar a revisión antes y después y perder la pensión si hay mejoría médica; es más, me dice que dada la situación de las finanzas del estado, tienen noticia en Hacienda de que están estudiando revisar todas las incapacidades de los funcionarios después de las próximas elecciones de gobierno (da a entender que para quitarlas, dejando a la gente sin pensión y en la calle porque muchos ya han perdido la reserva del puesto). Imaginaos que llegué a casa temblando. Me metí en este foro y he visto referencias que son contradictorias con aquello porque indican que los de incapacidad estamos jubilados, aunque no tengamos la edad, igual que cualquier otro funcionario que ha cumplido la edad (por eso se nos da por cotizado todos los años restantes). Pero en cualquier caso, si van revisar todas nos dejan indefensos porque si cumple el plazo de dos años perdemos el puesto de trabajo. Si alguien tiene referencias recientes respecto al tema de la jubilación me vendrían muy bien para saber a que atenerme.
Un saludo Piopio, seguro que todo eso te lo dijeron en clases pasivas??..veras yo ya tuve esa experiencia , pero con la seguridad social, ya que se "confundieron" al considerar mi "jubilación" como perteneciente a su régimen (s.s.) y me citaron ..justo a los 18 meses y si, como tu comentas en la s.s. si que llaman . Pero te puedo asegurar ..(llame hasta el ultimo "mono" de clases pasivas) que en nuestro caso no existe ese apartado, si que hay algún caso de reingreso por petición propia pero creo que siempre ha sido judicialmente. Esa señora , no se explico bien o te quiso decir como actua la s.s. o no sé , es un sinsentido .Estamos "jubilados por incapacidad" (o retirados , según se diga) y nuestros derechos son prácticamente igual que si es por jubilación ordinaria...Ya hasta nos consideran igual en el imserso -800
No creas todo lo que te digan , aunque quien sabe , como va la cosa puede que las jubilaciones se acaben...nos pongan un cohete en el -ni y nos manden a Marte o al krakatoa... FELIZ AÑO NUEVO

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Vie Dic 28, 2018 9:15 am
por dmf

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 30, 2018 6:18 pm
por Piopio
Concluyendo, leído todo: aunque sea por una incapacidad los funcionarios de clases pasivas estamos JUBILIDADOS EN TODA REGLA, como si tuviésemos la edad reglamentaria en toda regla; por lo cual es imposible que nos revisen de oficio, ni aún cambiando la ley se haría retrospectivamente.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Dom Dic 30, 2018 10:19 pm
por trasgu123
Retroactivamente.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Mié Ene 02, 2019 6:20 pm
por Piopio
trasgu123 escribió: Dom Dic 30, 2018 10:19 pm Retroactivamente.
Sí, eso, perdón.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Mié Feb 13, 2019 2:08 am
por Agente1975
Hola, yo llevo 14 meses jubilado por incapacidad permanente absoluta y era funcionario de clases pasivas ... Hasta ahora a tenor de lo que me había comentado el usuario cordobés por su propia experiencia , pensaba que si me citaban sería por error y que tendría que ir y aclarar mi situación como funcionario de clases pasivas y asegurarme de que clases pasivas no me había citado, y por tanto como funcionario de clases pasivas que tomó posesión con anterioridad al 1 de Enero de 2011, indicarles o recordarles que no está previsto legalmente que la seguridad social de oficio revise las jubilaciones por incapacidad de clases pasivas... y bueno a mayores presentar un escrito en el registro ... Pero bueno a tenor de lo que comenta el compañero me quedo desolado aunque ignoro si se puede aplicar con carácter retroactivo un cambio en la legislación que llevasen a cabo para revisar las incapacidades de los funcionarios... El sentido común me hace pensar que no, pero yo algo ya leí hace días en El Mundo o en el ABC de que iban a " valorar las incapacidades con arreglo a la capacidad real de la persona " o algo así, lo cual podría ser un eufemismo de que las van a retirar quizás por el estado de las pensiones en general

No sé a quien consultar porque en estos momentos no sé si en caso de que me llamen hacer lo que explicaba en el párrafo anterior o por el contrario si ellos ya tienen base legal para revisarlas en este mismo momento, y por tanto tendría que acudir a la revisión con la documentación médica actualizada de mi situación y rezar para que no me la retirasen... vosotros que opción de las 2 tomaríais en mi situación???

Por otro lado tengo 44 años y sólo he trabajado como funcionario,estoy enfermo de una enfermedad psiquiátrica permanente e irreversible y no he mejorado nada, y no sé adonde iría ni que sería de mi ya que estoy enfermo y no aguanto el ritmo de una vida laboral . Tengo entendido que mi administración sólo me reserva el derecho a plaza durante 2 años aunque también he leido más arriba que puede que si me rehabilitan me tengan que admitir de nuevo aunque hayan pasado más de 2 años. Vosotros que creeis ???

Y por último me gustaría conseguir información de la propia sección de clases pasivas de la delegación de hacienda de mi capital de provincia , o del habilitado de clases pasivas de mi localidad, o del habilitado de mi capital de provincia o incluso llamar por teléfono a Madrid a clases pasivas para que me informasen si saben algo o le ha llegado alguna noticia .La pregunta a Cordobés sería si él consultó su caso ,cuando le llamaron , por alguna de estas vías y/o se dirigió a alguien más para que le aclarasen que clases pasivas no le había citado . Mi intención es que me den algún tipo de información acerca de si han oido algo respecto a que el gobierno vaya a revisar las incapacidades de todos los funcionarios y si realmente pueden hacerlo sin llevar a cabo una reforma legal y aún a mayores con carácter retroactivo. A ver si cordobés me puede aclarar alguno de los cargos o departamentos con los que consultó el .

Si esto va palante no sé que me queda porque prácticamente da la impresión de que sólo me dejarían la opción de quitarme de en medio , poco menos . Bueno amigos, un cordial saludo y muchas gracias si me podeis orientar algo en alguna de mis dudas aunque a fecha de hoy me imagino que tal y como le comentabais al compañero a priori no pueden hacer eto, pero vaya cualquier cosa de la que os enterei relacionado con mi dudas a ver i me podeis indicar. Muchas gracias .

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Mié Feb 13, 2019 2:41 am
por Agente1975
Aunque bueno, todo podría ser un error o una inexactitud de esa señora que le informó al compañero ... la esperanza es lo último que se pierde en esta vida

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Mié Feb 13, 2019 11:55 am
por trasgu123
Si cambian la normativa de Clases Pasivas y con efecto retroactivo, cosa harto dificil, te enteraras a la vez que todos nosotros. Mas que nada por el barullo que se va a liar.

Mientras tanto a recuperarse y disfrutar de los buenos ratos que se nos presentan de vez en cuando.

Re: Revisar la incapacidad permanente.

Publicado: Mié Feb 13, 2019 5:10 pm
por cordobes10
Agente1975 escribió: Mié Feb 13, 2019 2:08 am Hola, yo llevo 14 meses jubilado por incapacidad permanente absoluta y era funcionario de clases pasivas ... Hasta ahora a tenor de lo que me había comentado el usuario cordobés por su propia experiencia , pensaba que si me citaban sería por error y que tendría que ir y aclarar mi situación como funcionario de clases pasivas y asegurarme de que clases pasivas no me había citado, y por tanto como funcionario de clases pasivas que tomó posesión con anterioridad al 1 de Enero de 2011, indicarles o recordarles que no está previsto legalmente que la seguridad social de oficio revise las jubilaciones por incapacidad de clases pasivas... y bueno a mayores presentar un escrito en el registro ... Pero bueno a tenor de lo que comenta el compañero me quedo desolado aunque ignoro si se puede aplicar con carácter retroactivo un cambio en la legislación que llevasen a cabo para revisar las incapacidades de los funcionarios... El sentido común me hace pensar que no, pero yo algo ya leí hace días en El Mundo o en el ABC de que iban a " valorar las incapacidades con arreglo a la capacidad real de la persona " o algo así, lo cual podría ser un eufemismo de que las van a retirar quizás por el estado de las pensiones en general

No sé a quien consultar porque en estos momentos no sé si en caso de que me llamen hacer lo que explicaba en el párrafo anterior o por el contrario si ellos ya tienen base legal para revisarlas en este mismo momento, y por tanto tendría que acudir a la revisión con la documentación médica actualizada de mi situación y rezar para que no me la retirasen... vosotros que opción de las 2 tomaríais en mi situación???

Por otro lado tengo 44 años y sólo he trabajado como funcionario,estoy enfermo de una enfermedad psiquiátrica permanente e irreversible y no he mejorado nada, y no sé adonde iría ni que sería de mi ya que estoy enfermo y no aguanto el ritmo de una vida laboral . Tengo entendido que mi administración sólo me reserva el derecho a plaza durante 2 años aunque también he leido más arriba que puede que si me rehabilitan me tengan que admitir de nuevo aunque hayan pasado más de 2 años. Vosotros que creeis ???

Y por último me gustaría conseguir información de la propia sección de clases pasivas de la delegación de hacienda de mi capital de provincia , o del habilitado de clases pasivas de mi localidad, o del habilitado de mi capital de provincia o incluso llamar por teléfono a Madrid a clases pasivas para que me informasen si saben algo o le ha llegado alguna noticia .La pregunta a Cordobés sería si él consultó su caso ,cuando le llamaron , por alguna de estas vías y/o se dirigió a alguien más para que le aclarasen que clases pasivas no le había citado . Mi intención es que me den algún tipo de información acerca de si han oido algo respecto a que el gobierno vaya a revisar las incapacidades de todos los funcionarios y si realmente pueden hacerlo sin llevar a cabo una reforma legal y aún a mayores con carácter retroactivo. A ver si cordobés me puede aclarar alguno de los cargos o departamentos con los que consultó el .

Si esto va palante no sé que me queda porque prácticamente da la impresión de que sólo me dejarían la opción de quitarme de en medio , poco menos . Bueno amigos, un cordial saludo y muchas gracias si me podeis orientar algo en alguna de mis dudas aunque a fecha de hoy me imagino que tal y como le comentabais al compañero a priori no pueden hacer eto, pero vaya cualquier cosa de la que os enterei relacionado con mi dudas a ver i me podeis indicar. Muchas gracias .
Un saludo compañero "agente", no te metas en la cabeza cosas que son irreales (ahora mismo) y noticias que se dicen o comentan que están tergiversadas...El articulo que has leído es de El país y lo afirma el secretario de estado de la s.s....de lo que quiere este señor a lo que se hace no creas que hay mucha diferencia y además se lleva haciendo desde hace muuucho tiempo, las incapacidades las revisan si o si y muchas las quitan por supuesta mejoría, eso sí , esperemos que sea verdad lo de ofrecerle otro puesto de trabajo y no dejarlos en la calle sin nada. Piensa y que te quede claro que nosotros no tenemos que ver nada con la s.s. son regímenes diferentes, que llega un momento en el que cambie todo esto??..pués tendrán que cambiar algunos estatutos y algunas leyes. Tranquilo y vive el día a día que si tiene que pasar algo pasara seguro, pero creo que en este caso me da que no...además viene un "armageddon" para septiembre ..no?? Un peñasco peazo grande que viene "paca", apaños estamos -harp