Pension

Foro centrado en Funcionarios Civiles del Estado, donde comentar e intercambiar opiniones e inquietudes

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Pension

Mensaje por Alyusana »

Buenos días. Cuando me meto en el portal de clases pasivas para ver la tramitación de mi pensión, en la situación me pone:"intervenido y conforme"
Esto que significa?.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Pues exactamente eso: Que la pensión ha sido intervenida, ( tomada razón de ella por parte del Interventor de Clases Pasivas) y que hay conformidad con sus cuantías y condiciones, por parte del Órgano Pagador, (Dirección General de Costes de Personal)

¿ A que acojona a primera vista ?
Seguro que para finales de éste mes te lo ingresan en tu cuenta.
Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Re: Pension

Mensaje por Alyusana »

Muchas gracias. Pues si, acojona y más siendo está una situación nueva para mi.
Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Re: Pension

Mensaje por Alyusana »

Lo que me tiene más intrigado es la cuantía de la pensión ya que tengo tiempo cotizado en el régimen general.y no tengo ni idea de la misma.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Alyusana escribió: Vie Jul 09, 2021 11:16 am Lo que me tiene más intrigado es la cuantía de la pensión ya que tengo tiempo cotizado en el régimen general.y no tengo ni idea de la misma.
Pues depende de cual haya sido la causa del retiro. Si ha sido por alcanzar la edad legal, se habrán tenido en cuenta solo los 35 últimos años cotizados, que es lo necesario para alcanzar el 100% del Grupo correspondiente. Y salvo que esos tiempos cotizados en el Régimen General lo hayan sido durante una excedencia, lo mas normal es que no los hayan tenido en cuenta porque casi seguro que no afectan en nada a la cuantía de la pensión.
Si por el contrario, ha pasado a retiro por causas distintas a la edad, los tiempos cotizados en otros regímenes, solo se contabilizan si el interesado así lo solicita expresamente en la solicitud de pensión; y ello tiene sus pros y también sus contras.
Ya nos dirá cual es su caso.
Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Re: Pension

Mensaje por Alyusana »

Incapacidad permanente total.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Alyusana escribió: Vie Jul 09, 2021 1:30 pm Incapacidad permanente total.
En tal caso, y si ya contaba con mas de 20 años cotizados en Clases Pasivas, tampoco es relevante el incluir o no los años cotizados en el Régimen General. Y ello en base a que por el Régimen de Clases pasivas se le han considerado como años cotizados, todos los que le faltaran para alcanzar la edad de retiro, (65 años) y como ello nos habrá dado los 35 años, ( salvo excedencias o que se adquiriera la condición de funcionario con mas de 30 años de edad) pues nos queda el 100% de pensión sin necesidad de incorporar los años cotizados en el Régimen General.
Y además se nos queda abierta la puerta para, si conseguimos 15 años en el Régimen General, tener derecho a una segunda pensión, compatible con la actual, y con el limite conjunto de la pensión máxima fijada por el Gobierno.
Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Re: Pension

Mensaje por Alyusana »

Buenos días. Ya he visto la nómina de mi primer mes de pensión y me ha extrañado mucho que no tenga nada de deducciones si me dieron la incapacidad permanente total y no la absoluta.
Avatar de Usuario
psmito
Coronel
Coronel
Mensajes: 4206
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Pension

Mensaje por psmito »

Alyusana escribió: Mié Jul 14, 2021 8:36 am Buenos días. Ya he visto la nómina de mi primer mes de pensión y me ha extrañado mucho que no tenga nada de deducciones si me dieron la incapacidad permanente total y no la absoluta.
Este año será sin IRPF, así que ahorra para la declaración
En enero se regulariza el tema
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Alyusana
Sargento
Sargento
Mensajes: 32
Registrado: Mar Oct 27, 2020 1:49 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo
Comentario: Actualmente en IT

Re: Pension

Mensaje por Alyusana »

Entre unas cosas y otras me van a clavar. Tres pagadores( correos, MUFACE, y Hacienda). Rescate plan de pensiones (no es mucho, pero lo suficiente), finiquito, subsidio de jubilación de MUFACE, y para colmo ahora esto. Voy a vivir nada más que para pagarle a esta gente. solo espero que cuando llegue a los 65 si es que llego no tenga que pagar a Hacienda.
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Alyusana escribió: Mié Jul 14, 2021 9:55 am Entre unas cosas y otras me van a clavar. Tres pagadores( correos, MUFACE, y Hacienda). Rescate plan de pensiones (no es mucho, pero lo suficiente), finiquito, subsidio de jubilación de MUFACE, y para colmo ahora esto. Voy a vivir nada más que para pagarle a esta gente. solo espero que cuando llegue a los 65 si es que llego no tenga que pagar a Hacienda.
Hay algunos ingresos de esos que cita, que son rentas exentas de IRPF. Otros tienen deducciones. Le recomiendo que el año próximo, le haga la Declaración de renta un profesional o persona bien cualificada en el asunto. Tenga en cuenta que tiene derecho a deducciones por discapacidad, incluso puede que también por trabajador activo discapacitado.
En cualquier caso, el impuesto va ha ser el mismo, con independencia de que haya o no haya retenciones A CUENTA.
Del IRPF no se escapa nadie por razón de edad; así que en nada afecta el cumplir los 65 años; todo sigue igual que con 64.
Gabiac
Cabo
Cabo
Mensajes: 12
Registrado: Mié Dic 08, 2021 2:14 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Activo

Re: Pension

Mensaje por Gabiac »

Francisco I escribió: Vie Jul 09, 2021 1:06 pm
Alyusana escribió: Vie Jul 09, 2021 11:16 am Lo que me tiene más intrigado es la cuantía de la pensión ya que tengo tiempo cotizado en el régimen general.y no tengo ni idea de la misma.
Pues depende de cual haya sido la causa del retiro. Si ha sido por alcanzar la edad legal, se habrán tenido en cuenta solo los 35 últimos años cotizados, que es lo necesario para alcanzar el 100% del Grupo correspondiente. Y salvo que esos tiempos cotizados en el Régimen General lo hayan sido durante una excedencia, lo mas normal es que no los hayan tenido en cuenta porque casi seguro que no afectan en nada a la cuantía de la pensión.
Si por el contrario, ha pasado a retiro por causas distintas a la edad, los tiempos cotizados en otros regímenes, solo se contabilizan si el interesado así lo solicita expresamente en la solicitud de pensión; y ello tiene sus pros y también sus contras.
Ya nos dirá cual es su caso.
Buenas Francisco I aprovecho este hilo porque me ha parecido interesante porque afecta a mi situacion el comentario de que "sólo contabilizan si el interesado asi lo solicita expresamente en la solicitud de pensión; y ello tiene sus pros y tambien sus contras"
Concretamente me intriga lo de pros y contras......
Podrías explicarlo.
Gracias
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Así grosso modo; los pro son el posible incremento de la cuantía de la pensión, pero únicamente si la de Clases Pasivas se concede con menos de 35 años cotizados, ( * ) y cuando la Base de cotización en la S. Social fue mayor que el importe del Haber Regulador del Grupo por el que cotizamos en Clases Pasivas.
El mayor contra es que si solicitamos el computo del lo cotizado en S. S. ya no podremos volver a trabajar ni por cuenta propia ni por cuenta ajena; y además hemos perdido la opción de adquirir los derechos a una nueva pensión, por S.S. al cumplir la edad de jubilación, si para entonces hemos podido acumular 15 años de cotización a dicho régimen.

( * ) Cuando se pasa al retiro por enfermedad o accidente, y siempre que en ese momento se tuvieran 20 cotizados, se nos consideran como cotizados en el Grupo en el que nos encontremos, todos los años que nos falten para cumplir los 65 años de edad. Por lo tanto, y salvo quienes hayan ingresado con mas de 30 años, o hayan estado en situación de excedencia voluntaria, casi todos alcanzan el 100 % de la pensión correspondiente a su Grupo.
Gabiac
Cabo
Cabo
Mensajes: 12
Registrado: Mié Dic 08, 2021 2:14 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Activo

Re: Pension

Mensaje por Gabiac »

Muchisimas gracias por tu respuesta Francisco I.
Tengo que solicitar el computo reciproco porque no me dan los años en clases pasivas para poder llegar al 100%.
Soy funcionario del Cuerpo General Administrativo del Estado y entré en 2009.Tengo 48 años.
Tengo 13 años cotizados en RGSS y 12 años en Clases Pasivas. LLevo 23 meses de incapacidad temporal y a la espera del informe del EVI y es muy probable que me propongan una Incapacidad Permanente.
Por un lado no llego al mínimo de los 20 años que te exige la ley para la incapacidad permanente.(12 en clases pasivas)
Y por otro lado tampoco llego a los 35 años para cobrar el 100% (de 48 años a 65 años van 17+12 cotizados= 29 años)
Tiene su lógica que si utilizas parte de los años cotizados en el RGSS luego no puedas volver a usarlos.
Un saludo
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Pension

Mensaje por Francisco I »

Gabiac escribió: Vie Dic 10, 2021 7:42 am Muchisimas gracias por tu respuesta Francisco I.
Tengo que solicitar el computo reciproco porque no me dan los años en clases pasivas para poder llegar al 100%.
Soy funcionario del Cuerpo General Administrativo del Estado y entré en 2009.Tengo 48 años.
Tengo 13 años cotizados en RGSS y 12 años en Clases Pasivas. LLevo 23 meses de incapacidad temporal y a la espera del informe del EVI y es muy probable que me propongan una Incapacidad Permanente.
Por un lado no llego al mínimo de los 20 años que te exige la ley para la incapacidad permanente.(12 en clases pasivas)
Y por otro lado tampoco llego a los 35 años para cobrar el 100% (de 48 años a 65 años van 17+12 cotizados= 29 años)
Tiene su lógica que si utilizas parte de los años cotizados en el RGSS luego no puedas volver a usarlos.
Un saludo
Ni se le ocurra solicitar ese computo reciproco. En su situación y con su edad saldría perdiendo, y además durante toda su vida.
Jubilese con sus 12 años de Clases pasivas; eso le dará una pensión del 75% de su Haber Regulador.
A continuación, cuando cumpla los 52 años de edad, y antes de cumplir los 65, se da de alta en la S. Social, como trabajador por cuenta ajena o como autónomo por cuenta propia, para cotizar esos 2 años que le faltan para alcanzar los 15 años necesarios para otra pensión en la S. Social.
Y ya tiene dos pensiones compatibles y únicamente con el límite de la pensión máxima.
Puede que incluso, dependiendo de cuales sean sus "dolencias" pueda pasar a jubilado en la S. Social, antes de cumplir la edad; pero para ello hay que estar en situación de alta, y tener los 15 años cotizados, ( salvo caso de accidente laboral, en el que entra también el in itinere )

Son cosas que una vez hechas no admiten marcha atrás.
Saludos.
Responder

Volver a “Funcionarios Civiles”