NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes estimados compañeros!

Habré perdido los derechos y deberes como Militar, como en razón dice la Ley 39/2007 de19 de noviembre, de la Función Militar....

Eso de momento es así...pero en razón digo,

Es de entender que en una sociedad que se pretende equilibrada....no todos pueden ser médicos..abogados...oficiales etc...hasta ahí llego y lo veo razonable, por lo que se puede entender como "Organismos...Entidades....Empresas..etc...cada uno es parte de un eslabón deseable para alcanzar los estigmas y propósitos de las mísmas...

Al respecto añado,

Los cabos 1º de la ARMADA, que no superaron las pruebas de acceso para el requerido ascenso a Suboficial,,,,"los mal llamados del PPO"...bajo mi punto de vista...estuvieron de cabos 1ºV,,(cabos chaqueta)....18 años en dicha situación, hasta ahí parece todo normal,

A partir de esos años arriba señalados, una vez realizado un curso.....ascendían a Sargento y su fin de carrera era y es...de Sargento1º..."sigue todo en debida forma".

Punto de vista personal,

Dicho personal creo recordar que estaban escalafonados a parte...debido a que no se les consideraba Militar de Carrera...

Mi pregunta es??...si eso fue y creo que sigue siendo...si no son Militares de Carrera....¿por que desempeñaban las mismas funciones que el resto de los Suboficiales?...

Voy más lejos...¿por que se les asignaban plazas de Libre Designación a tales compañeros...si al parecer no se les consideraba igual de preparados que el resto?...
y sin embargo quedaron restringidos de ascenso....con lo que eso puede suponer...en todos los ámbitos...interiormente...se sentían igual??...en estima, consideración...etc...mi punto de vista es que "NO"...Por sentido común...si valgo para una cosa...también valdré para la otra...

Esto también irá incluido en el propósito de una mejora de la Ley de la Función Militar...

Así es como pienso....y eso tampoco creo que vaya en contra de nada ni de nadie...

Mas bien pienso que se lo merecen...considerar que....eramos un equipo...al mando de unos grandes Oficiales,,,

Que nadie se olvide, que el que escribe sintió y siente admiración de muchos... muchos Mandos...que no está demás decir, que fue en los momentos difíciles donde uno se siente arropado y estimado...y tengo el derecho y el honor de decir que yo tuve la suerte de vivir esas circunstancias.

Una cosa no tiene nada que ver con la otra!!...

Atentamente,

ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes de nuevo!

Dice la Disposición Transitoria Séptima...no es necesario exponer el texto....

Aunque no tengo a mano los Diplomas....de los ascensos...y con el máximo respeto a las Leyes,

Digo,

Los Militares....al menos los de Carrera...la consideración de ascensos tienen la consideración de RANGO MILITAR O GRADO...el Empleo de Sargento...Subteniente....Teniente....creo que no es el más apropiado....

Por otro lado y según tal Disposición.....obtorga el grado de Teniente/Alférez de Navio...por haber alcanzado el grado de Subteniente...entonces me pregunto??...

Por que y bajo lo que pude haber visto en su TIM...pone Alférez de Navío del Cuerpo General...y en otros Alférez de Navío del Cuerpo de Especialistas,,,escala a extinguir???

Reitero, no es una afirmación,,,desearía se me aclarara tal asunto...

Puesto que no es lo mismo....ya que el día de mañana y debida a la nueva Ley...el propósito es que los Oficiales del cuerpo General...estarán equiparados a Ingenieros Industriales....los demás...al ser de Escala de Especialista...creo que no...

Gracias!!!

Atentamente,
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Felicidades a todos por el día de mañana!

Que simboliza... el aprecio que le tiene nuestra sociedad a LAS FUERZAS ARMADAS!!!!

Un abrazo a todos!!

ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes compañeros!

Le debo una explicación a nuestro estimado amigo Francisco1, y a todos aquellos que se encuentren es su misma situación,,,

En un principio intenté exponer el asunto que nos atañe a los retirados por discapacidad, descuidando que tal compañero, se encuentra en situación de Reserva.

Debido a que la Ley 39/2007, de 19 de noviembre en su art.113. punto7, dice: En situación de reserva no se produciran ascensos. Esto bajo mi punto de vista es como generalidad.

Cuando una Disposición lo pretenda....tiene que significarlo

La Disposición Sexta de la misma Ley, sí permite el ascenso de Capitanes, Comandantes y Tenientes Coroneles.....en la Reserva.

En razón digo:

Todos los Suboficiales ascendidos a Teniente por la Disposición Transitoria Séptima, se quedan en el mismo rango.... además, percibiendo unos haberes que al parecer no mejoran sus recursos económicos.

¿Por que unos Sí y otros No?....con lo que eso conlleva y puede conllevar a la hora del retiro...

Entendiendo que no hay agravio comparativo, debido a Disposiciones distintas...y todos sabemos que una Disposición no es una Ley, pero tiene la misma validez, fuerza y rango de la mísma.

Pero,... es justo??....

Por que no han tenido esa consideración con los Suboficiales??.....sabiendo que hay compañeros que por Ley y Justicia, son Comandantes...

No hay fundamentos suficientes para que los Suboficiales de los tres Ejercitos....alcancen el grado de Comandante, en razón de ajustar, estimular la Carrera del Suboficial???....

Esto formará parte de las propuestas que entre todos perfilaremos, al margen de algunas otras que iremos añadiendo y no menos importantes para potenciar la figura del Suboficial,,,,,....no dice la Ley a la que se hace referencia, que hay que lograr tal propósito???....pues en esa línea intentaremos ir.....


Cuando tenga las cosas decantadas,,,ya me iré poniendo en contacto por e mail...con vosotros,


Atentamente,

ferdevi
cortes

Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por cortes »

Buenas:
Acabo de entrar en la pagina de ASFAS y he visto que han colgado una instancia para solicitar el ascenso a teniente para retirados por perdida de condiciones psicofisicas en los terminos que ha expuesto aqui el compañero ferdevi. Me ha sido imposible entrar en el foro pues no admiten nuevos usuarios, por lo que no he podido hacer ningun comentario al respecto en el mismo.
Bajo mi punto de vista esta muy bien confeccionada; solo he visto un detalle al final , que por experiencia propia en otro contencioso creo que es muy importante.
Al final, donde se hace la SOLICITUD a la Subsecretaria del ascenso a teniente, no se menciona que sea con "antiguedad, tiempo de servicios y efectos economicos desde el momento del ascenso". Repito que por experiencia propia creo que es MUY IMPORTANTE, pues es lo que solicitamos. De lo contrario podria venir estimada pero solo a efectos honorificos.
Otra cuestion:
Yo en su dia solicite el ascenso alegando otras cuestiones (que los suboficiales que habian pasado a la reserva por perdida de aptitudes psicofisicas si habian ascendido y se trataba de una actitud discriminatoria hacia los retirados... entre otras cosas). La solicitud me vino denegada y me remitieron a la Audiencia Nacional, por lo que no continue en contencioso.
¿Podria volver a hacer otro recurso con las alegaciones de este nuevo documento, o me lo echarian para atras?
Un saludo.
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡buenas tardes a todos!

Estimado amigo Cortes!!!

1º.- Decirte que el Recurso que obra en el "foro" de AS-FAS,,,si recoge antiguedad, tiempos de servicios y efectos económicos....claro que no está al final!!!

Pero consta muy claro dentro del escrito...

Por otro lado aunque es distinta en su forma, es bien pararecida en el fondo...fue redactada por nuestro estimado amigo y compañero Julián Esteban....abogado, como bien sabes y que me ayudo a darle forma a la que obra en este "foro".

Por otro lado puedes elevar instancia..una y otra vez..las veces que te de la santa gana...¿claro que no puedes elevar la misma, reiterar no...

Como último....si no tienes pendiente nada, esto es, instancia...recurso...o contencioso...eleva la que está en este foro en la pag 25...
Claro esta que tienes que partir de cero...1º Instancia...luego recurso...y si de ahí no sale nada..contencioso..según dice la ley 30/1992...en debido orden...con los tiempos que se establecen para elevación/contestación por la administración.

Si prefieres la del foro AS-FAS,,,tienes que retocarla...ya que esta como RECURSO DE ALZADA..

Espero no estar equivocado...ante la duda pregunas todas,,,yo te ayudaré en lo que sepa y sino,,preguntamos!!
un abrazo
ferdevi
cortes

Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por cortes »

Muchas gracias por tu respuesta, amigo ferdevi:
Por supuesto que lo voy a intentar de nuevo y esta vez y a la vista de lo bien razonada que esta la instancia, iremos hasta las ultimas consecuencias.
En lo que respecta a lo de la antiguedad, tiempo de servicio y efectos economicos yo creo que es imprescindible que se ponga al final, en el apartado de solicitud a la Subsecretaria.
Me suena de algun compañero que no le concedieron lo que pedia por este motivo (aunque fue por reclamar unos atrasos).
A ver si algun forero que este ducho en el tema nos ilumina.
Un saludo ferdevi.
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes a todos!

Hola amigo cortes!!, no estaría mal tener la opinión de un entendido en leyes,,,un descuído nos puede .....pero bajo mi punto de vista, si ya consta en el escrito...reiterarlo...bueno!!puede que no importe....la instancia es todo el documento....y a mayores...se solicita el ascenso "En el momento de su pase a retiro por discapacidad...esto es, en activo....eso ya implica automáticamente una revisión de pensión...Así es como lo veo...

pero puedes ponerlo después de...en el momento de su pase a retiro por discapacidad, con la antiguedad, tiempos de servicios y efectos económicos correspondientes(revisión de pensión), según el bod donde se me dió publicación.

Eleva la que mejor te parezca....como al parecer....empiezas de cero...la instancia que está en la pag. 25....van incluidas las 2 redacciones de la disposición,,,el ascenso honorífico...corresponde al art.24 de la ley 39/2007, de 19 de noviembre...a nosotros nos corresponde el ascenso por la D.T. 7º....para modificarla,,creo y si no me equivoco..las competencia es de la SRA. SUBSECRETARIA DE DEFENSA...mientras que cambiar un Art. de la Ley..eso creo que es otra cosa.....

Además ese ascenso honorifico..es una vez retirado...nuestro ascenso es en situación administrativa de "ACTIVO"...

Claro que pueden hacer lo que estimen conveniente,,,incluso...nada...pero la Instancia está redactada para ascender por la D.T.7º...
Vaya ladrillazo!!!!, espero que no nos dé en la cara....
Un abrazo de,
ferdevi
Última edición por ferdevi el Lun Oct 18, 2010 4:33 pm, editado 1 vez en total.
Francisco I
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por Francisco I »

El compañero "Cortés" escribió:

Acabo de entrar en la pagina de ASFAS y he visto que han colgado una instancia para solicitar el ascenso a teniente para retirados por perdida de condiciones psicofisicas en los terminos que ha expuesto aqui el compañero ferdevi. Me ha sido imposible entrar en el foro pues no admiten nuevos usuarios, por lo que no he podido hacer ningun comentario al respecto en el mismo.

He de decirte, compañero Cortés que en AS-FAS admitimos a todo el mundo que venga de buena fé; lo cual damos por hecho a priori. Por tanto algo no has hecho bién al intentar dejar tu comentario, ¿te has registrado previamente ?

http://www.as-fas.es/?page_id=363 éste es el enlace a la Web.

http://www.as-fas.es/Foro/index.php y éste el que te lleva al Foro ( Advierto que hace tiempo tuvimos otro Foro antiguo que ya está cerrado; en ese efectivamente no se admiten más comentarios ni usuarios. Lo tenemos para poder consultar el trabajo que allí hicimos)

Por tanto hay que pinchar en el que figura en segundo lugar "FORO ASFAS". No en Foro Antiguo Suboficiales que ya no está operativo y sólo vale para consultas de los que a su cierre eramos usuarios.

Aprovecho para dejar caer por aquí que estaremos encantados de contar con vuestra presencia, opiniones, críticas y colaboración.

Un cordial saludo.
betis
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por betis »

Hola a todos.

La instancia redactada por AS-FAS y por nuestro compañero “ferdevi” argumenta razonadamente los motivos por el que se pide el ascenso a Teniente de los suboficiales retirados por perdida de condiciones psicofisicas, sin embargo pregunto:

¿Por qué no se tiene en cuenta a los suboficiales retirados a la entrada en vigor de la Ley 39/2007 que en el periodo comprendido entre el 01/01/1990 hasta julio de 1993 se encontraban como alumnos en las Academias y Escuelas de Suboficiales del ET, Armada y EA en fase de formación y prácticas y los cuales ingresaron en los centros de formación en los años 1986, 87, 88 y 89 (anterior a la entrada en vigor de la Ley 17/1989) y continuaron el proceso de formación de conformidad con lo establecido en las convocatorias por las que superaron las pruebas selectivas de ingreso, aplicándose las mismas condiciones y planes de estudios que a los suboficiales a los que la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 39/2007 les da la posibilidad de ascender a Teniente?

Como ejemplo, cito la Resolución 442/19453/91 de 23 de diciembre (BOD núm. 254) la cual acordaba que el personal que se encontraba en la fase de prácticas en virtud de las Resoluciones por las que se convocaron las pruebas selectivas (anterior a la entrada e vigor de la Ley 17/89) continuara el proceso de formación de conformidad con lo establecido en dichas convocatorias y se respetara las condiciones establecidas en las mismas.

Para salir de dudas, agradecería una respuesta razonada de Francisco I (ASFAS) o ferdevi.

Un saludo y gracias por vuestra colaboración.
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes a todos!
¡Hola amigo betis!

Primero, yo puedo darte mi opinión, pero eso no quiere decir que acierte,,,

Segundo, no tengo ni idea si va a salir algo, ni para unos ni para otros....

Dicho esto y bajo mi punto de vista....

La primera redacción de la D.T.7º,ampara como bien dices...a todos los Suboficiales desde el 1 de enero de 1977, hasta el 31 de diciembre de 1989.que pasaron a reserva hasta el 31de diciembre de 2008 y, si cabe y en base a la instancia....podemos ascender los que estamos discapacitados en ese (....).

Lo que ocurre es que la 2º redacción amplía el ascenso a Teniente, hasta el 19 de mayo de 1999...¿Cual es la cuestión??? que la 2º redacción a la que se hace referencia....el ascenso es en RESERVA...y ahí no se puede aplicar la Ley 51/2003, de 2 de dicembre....Art.6.Punto1....Dicha Ley contra la discriminación...emana del Art.14 de La Constitución....entonces....y bajo mi punto de vista....dicha redacción...al parecer...va en contra de lo que dice el Art.9.3....de nuestra Carta Magna...que dice algo así...La Constitución garantiza que las DISPOSICIONES.....que restringan los derechos individuales..(11.....hasta el 55) no van hacia delante!!!...supongo..y esto si que me lo invento...para evitar las instancias de los retirados por discapacidad....quizás se tomara la decisión de solicitarlo estando en la reserva.....

Es de entender....cuando ascenderá??...cuando pase a la reserva....de ahí puede venir toda la historia...que no era fácil...con tanto papeleo.... darse cuenta lo que dice el" presente de subjuntivo"

Si sale algo....cabe la posibilidad que sea...

TODOS LOS RETIRADOS DESDE 1977....HASTA......31 DE DICIEMBRE DE 2010....

Claro que....amigo mío...!!!suponer eso....es mucho suponer!!!

Siento no poder decirte mucho más...sea lo que sea...para bien o para mal...lo sabremos pronto...éste compañero espera que sea, LA EXMA. SUBSECRETARIA DE DEFENSA....con lo que la Ley le permita....nos saque de esta ....DISCRIMINACIÓN!!!

Atentamente,
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por cortes »

Buenas a todos:
Hola Ferdevi. Efectivamente la instancia es un todo y como bien dices en la misma se hace referencia al tema que estamos aludiendo.
Ahora bien, la primera parte es donde hacemos el razonamiento, alegaciones... y en la parte final, donde dice: SOLICITO a la excma. etc. es ah´´i donde ponemos que es lo que pedimos. No obstante voy a intentar durante esta semana consultarlo con un abogado y en cuanto sepa algo os lo digo.
Compañero Francisco I: efectivamente he entrado en el foro que estaba cerrado (las prisas siempre son malas consejeras...). Pido disculpas y agradezco tu ofrecimiento.
Un saludo para todos.
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡hola a todos!

Estimado compañero, haces bien en preguntar lo expuesto,,,

Esto es tan complicado....para los que no tenemos idea de derecho que ...sabe Dios!!!

De todas formas, el ascenso a Oficial y en nuestro caso...dicho ascenso es en activo...eso bajo mi punto de vista....automátiza una revisión de pensión...por el haber regulador...para aquellos que no alcanzamos la pensión máxima....que va directamente a haberes pasivos...

El ascenso honorifico, sería por el art. 24 de la ley 39/2007...de personal que asciende una vez retirado...

Si considera el ascenso supongo que lo hará en base a la D.T. 7º....con antiguedad, la que corresponde en cada caso...tiempos de servicio y efectos económicos...supongo desde la modificación de tal disposición...que si sale...supongo que sería como en la disposición adicional 10º....en nuestro caso, a partir del 1 de enero de 2011...

Claro que mi opinión,,,es eso..una opinión...y probablemente si saliera sin beneficios económicos...un Juez, podría decir..eso es lo que Vd. solicitó...pero entonces habría un agravio comparativo, respecto de los futuros retiros de los de la reserva...que muchos están retirados, con sus haberes de Oficial...

Hay compañeros que pasaron a retiro 1 año más tarde de pasar a la reserva....eso sería otra........ más!!!

Un abrazo y gracias!!
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡Buenos días estimados compañeros!

NOTIFICACIÓN: Cuando el que se dirige a vosotros con todo respeto se encontraba en situación administrativa de "activo", al parecer no se consideraba una licenciatura por la UNED, en el ámbito Militar....vamos, que no había posibilidad alguna de equiparación entre la carrera alcanzada en dicha Universidad, con la posibilidad de poder cambiar de Escala....

Mi pregunta es??...sigue ocurriendo lo mismo??...

1º.- Dicha Universidad cumple con la hologación por el Ministerio de Educación y Ciencia, con la misma titulación...en razón de la carrera realizada de la misma manera que todas las demás.

2º.- Es de entender que hay compañeros, que por las razones que sean han realizado dicha licenciatura y, bajo mi punto de vista es un agravio que estas personas...obstenten el grado militar que sea, no puedan optar por mejorar sus expectativas, en criterio razonable...cupos...oposición...o lo que esté estipulado por las FUERZAS ARMADAS.

3º.- Por que esa distinción con las demás Universidades??

Eso también puede ir en el proyecto de lo que se pretende,,,,

Atentamente,
ferdevi
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Re: NUEVA LEY DE LA CARRERA MILITAR, se admiten comentarios.

Mensaje por ferdevi »

¡buenas tardes a todos!

Debido al proyecto de una posible mejora de la ley de la función militar, redactada por el colectivo de Suboficiales y que me estoy leyendo...por respeto y consideración a quienen han trabajado muy duro...para poder alcanzar tal propósito.

No considero exponer nada más sobre tal asunto, aunque cabe la posibilidad....que lo exponga quien lo redactó...en este estimado foro al que pertenezco y así seguirá siendo!!

Atentamente,
ferdevi
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