Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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masss
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Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por masss »

Estimados compañeros, como todos sabeis en el BOE 288 de 20 de noviembre, se ha publicado la Ley 39/2007 de la Carrera Militar, y como todas la Leyes provocará discusiones, algunos estará a favor y otros en contra de las modificaciones que introduce, este es un espacio para comentar vuestras opiniones. Un saludo a todos.

La podeis descargar desde el siguiente link:

Pincha aquí para descargarla
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apctoxiria
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por apctoxiria »

Buenas tardes:

Según me han comentado en cuanto a la Ley 39/2007 de la Carrera Militar y sus posteriores actualizaciones y en concreto en sus Disposiciones Adicionales o Transitorias, si estás en Reserva Transitoria y se ascendió a Sgto. después del año 1.999, no es posible solicitar el ascenco a Tte. ¿no?
Saludos
Última edición por apctoxiria el Lun Mar 22, 2010 3:03 pm, editado 1 vez en total.
manu_1953
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por manu_1953 »

apctoxiria escribió:Buenas tardes:

Según me han comentado en cuanto a la Ley 39/2007 de la Carrera Militar y sus posteriores actualizaciones y en concreto en sus Disposiciones Adicionales o Transitorias, si estás en Reserva Transitoria y se ascendió a Sgto. después del año 1.999, no es posible solicitar el ascenco a Tte. ¿no?
Saludos
Lee esto:

Todos los suboficiales que hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990, que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, que se encuentren en situación de reserva y que no hubieran podido acogerse a lo previsto en la disposición adicional octava.3 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, podrán obtener el empleo de teniente, si lo solicitan en el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2007, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de 1 de enero de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
Asimismo, el apartado 3 de la Disposición Adicional Octava de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas señalaba que “todos los Suboficiales que hubieran obtenido el empleo de Sargento con anterioridad al 1 de enero del año 1977 y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, podrán obtener el empleo de Teniente de las Escalas a extinguir relacionadas en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional sexta de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Militar Profesional, y, de no existir estas, en la Escala de Oficiales correspondiente, en el momento de su pase a la situación de reserva, si así lo solicitan previamente.

Un saludo
electrico52
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por electrico52 »

me gustaria saber si con la nueva ley que dice que si a la tercera vez que sales evaluado para el ascenso a subteniente y no ascientes, resulta que te quedas postergado en el empleo de brigada, pero ¿cuando pasas a la reserva asciendes a teniente?

un sdaludo
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DARIS
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por DARIS »

Viendo las cosas como están, provablemente asciendas antes no haciendo ningún mérito y estando en casa en la reserva, que molestándote en estudiar.
tejomalgo
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por tejomalgo »

Me gustaría respuesta a la cuestión: Los recientes oficiales ascendidos a Tte,s por la susodicha, pero procedentes de la Resvª Transª y con posterioridad pasados a la Reserva,....¿a qué edad pasan a jubilados?, ¿ Con qué antelación se lo comunican? , y ,última, gr.,¿Quién se encarga de nuestras Clases Pasivas?
Gracias; un saludo.
ferdevi
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por ferdevi »

¡Buenas tardes a todos!

Añado adjunto, con el único propósito de que se recoja aquello que pueda ser de interes y utilidad, para una mejora de nuestros compañeros Suboficiales en situación de activo y, que además fuera bueno para LAS FUERZAS ARMADAS,

Esto es un borrador,,,se mejorará co la a portación de todos los que aporten nuevas ideas,,,al final,,,ago bueno saldrá,,,por que el principio tiene buenas intenciones y sobre todo,,,desinteres personal,

Atentamente,

ferdevi
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bripac
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por bripac »

La nueva Ley de la Carrera Militar, puede vulnerar el artículo 16.3 de la Carta Magna
Creo que hay que buscar la raíz de toda la polémica que gira alrededor de la LCM. Lo “más lógico”, más conveniente y sobre todo menos TRAUMATICO, hubiera sido aplicar un régimen transitorio y gradual de todos los aspectos de esta nueva LCM. De esta forma, creo que se hubieran solventado a priori muchos de los problemas que ahora se están lidiando en nuestros Tribunales y no se llegaría a afectar/agravar a una buena parte del digno colectivo militar que en su día ingresó con unas condiciones bastante diferentes a las actuales....todo ello, por supuesto, sin perjuicio de tener que depurarse también las innumerables irregularidades que ya de por sí “arrastra “esta nueva Ley.
La raíz profunda del problema de la aplicación de todos los aspectos de la nueva Ley de la Carrera Militar, puede vulnerar el artículo 16.3 de la Carta Magna que regula el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Es decir, SU APLICACIÓN PRACTICA A TODO EL COLECTIVO MILITAR Y CON CARÁCTER RETROACTIVO. … y , si se me permite, me explico: Esta muy bien que se estén sacando los problemas de esta nueva LCM (muchos de ellos, graves, e incluso me atrevería a decir, históricos): la injusta integración de escalas de Oficiales, las injusticias e irregularidades en las evaluaciones para los ascensos , de las irregularidades de los IPECS (informes personales), de las subjetividades de los Mandos a la hora de evaluar a un subordinado, de la falta todavía de suficientes desarrollos normativos, de las graves injusticias contra nuestros Suboficiales, y un largo etc. No critico esta aparente rebeldía “silenciosa y pacífica” que están mostrando muchos miembros del Ejército español contra la LCM, pues está siendo evidente que contiene una auténtica selva de irregularidades y agravios. También parece evidente que cuando la LCM se aprobó en el Parlamento, los políticos de turno no podían ser muy conscientes en ese momento de los que se les podía venir encima. Pero señores/as, todavía creo que casi nadie ha sido capaz de darse cuenta (o querer darse cuenta) de un problema mucho más fundamental, y que además puede ser también constitutivo de inconstitucionalidad :Esta muy bien la filosofía de la nueva Ley : eso de potenciar más el merito y la capacidad ....muy bien ...PERO , ojo hay que analizar mejor y más objetivo cómo se mide ese merito y capacidad y , lo fundamental, NO se puede aplicar a lo bestia y de un tijerazo una nueva Ley -con cambios tan profundos que están YA afectando/agraviando a muchísimos militares de carrera- y generando mucho desasosiego , descontento, recelos internos, desmotivación, “cualidades éstas” nunca deseadas en una especial institución que tiene encomendada misiones nacionales/internacionales que pueden llegar a implicar sacrificios de vidas, y donde además valores humanos tales como espíritu
Sacrificio, lealtad, compañerismo, etc. son vitales tanto mantener como fomentar en todo momento (independientemente del color del partido político que gobierne).
Aplicar la nueva LCM a TODO el colectivo militar existente sin distinción de años de servicio es una autentica barbaridad..., se trata de un colectivo dentro del cual existe personal muy heterogéneo: aparte de la muy distinta procedencia, existe personal que ha escogido muy diferentes trayectorias profesionales, personal que puede llevar sus muchos añitos en esta profesión pero hay un común denominador para todos los que ahora ya somos militares de carrera: Todos , hemos ingresado y desarrollado nuestra propia trayectoria profesional -con sus inherentes sacrificios y esfuerzos familiares- en base a unas condiciones, requisitos muy diferentes a las que exige ahora esta nueva LEY.
Aparte de todas la irregularidades que ya de por si tiene la Ley (muchas deberían corregirse con celeridad por la enorme cantidad de agravios que está causando), la retroactividad está provocando muchos más agravios que personal beneficiado por ella. Estoy de acuerdo con los compañeros en activo y les expreso mi apoyo
Atentamente ex Cap. De infantería Antonio
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espiri
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por espiri »

Me sorprende un poco la firma con ese vocablo " ex " y a continuación el empleo.
Salvo que haya sido perdida la condición de Militar de Carrera, el haber pasado a una situación diferente a la de Activo no conlleva la pérdida del empleo.
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bripac
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por bripac »

Compañero espiri si firmo como ex capitán de infantería es porque no estoy en activo estoy en la reserva no es que perdiera la condicion de empleo si te das cuenta en la parte inferior pone capitán RV Antonio puesto que soy reservista me han mantenido de empleo alcanzado en las fuerzas armadas espero Haber respondido a tus dudas un saludo
Atentamente
Capitán R Antonio
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por giron0295 »

Buenas a todos y a ver si me aclarais algo, tengo una duda, que hace tiempo que la subsane, pero ahora no encuentro donde halle la respuesta; actualmente los empleos a los que abarca el mando de peloton son de Cabo 1ª, Sargento, Sargento 1º (como auxilar de BIA, CIA, Escuadron), pues bien, ahora hay alguna que otra base en la que se inventan una pedazo de gran tonteria, pues bien, la cuestion es que en las GS de Prevención, donde el CTE de la guardia es un Srgt/Srgt1º con 2 Cabos y 4 Soldados, con un servicio de Meseins, y una unidad de seguridad, ( ya tiene jente no) pues se inventa la figura del Cabo 1º como auxiliar del CTE de la GS, jejejeeje, como pueden haber tantos jefes para tan pocos indios, dos jefes de pelotones, 2 jefes de escuadra para 4 soldados, no lo entiendo, como puede haber dos jefes de peloton en una misma GS, pues mi pregunta, si alguno recuerda donde se encuentra la distinción de los empleos como jefes de peloton, ya que lo tenia pero no lo encuentro, y claro me hara falta para dar a alguno en las nericillas, jejejejeje, no se si era en la ley del 2006 de tropa o en la 2007 se la carrera militar, RROO, no lo recuerdo, si me alludais, la verdad que seria de bien postear a esta pregunta para beneficio de todos, gracias. :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
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felix102
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por felix102 »

giron0295 escribió:Buenas a todos y a ver si me aclarais algo, tengo una duda, que hace tiempo que la subsane, pero ahora no encuentro donde halle la respuesta; actualmente los empleos a los que abarca el mando de peloton son de Cabo 1ª, Sargento, Sargento 1º (como auxilar de BIA, CIA, Escuadron), pues bien, ahora hay alguna que otra base en la que se inventan una pedazo de gran tonteria, pues bien, la cuestion es que en las GS de Prevención, donde el CTE de la guardia es un Srgt/Srgt1º con 2 Cabos y 4 Soldados, con un servicio de Meseins, y una unidad de seguridad, ( ya tiene jente no) pues se inventa la figura del Cabo 1º como auxiliar del CTE de la GS, jejejeeje, como pueden haber tantos jefes para tan pocos indios, dos jefes de pelotones, 2 jefes de escuadra para 4 soldados, no lo entiendo, como puede haber dos jefes de peloton en una misma GS, pues mi pregunta, si alguno recuerda donde se encuentra la distinción de los empleos como jefes de peloton, ya que lo tenia pero no lo encuentro, y claro me hara falta para dar a alguno en las nericillas, jejejejeje, no se si era en la ley del 2006 de tropa o en la 2007 se la carrera militar, RROO, no lo recuerdo, si me alludais, la verdad que seria de bien postear a esta pregunta para beneficio de todos, gracias. :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
Buenos días compañero, no se si mi comentario te servirá de algo, pero te cuento como era en mi tiempo el Servicio de Guardia de Seguridad, Comandante de la Guardia (Stte., Bg. Sgto 1º o Sgto.), 2º Jefe de la Guardia Cabo 1º, 2 Cabos y entre 8 y 12 Sldos., esto estará amparado en alguna legislación y por supuesto dentro del Régimen Interior de la Unidad.
Un saludo.
Pasé la mitad de mi vida preocupándome por cosas que jamás iban a ocurrir”
VADIN
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Re: Ley 39/2007 de la Carrera Militar

Mensaje por VADIN »

La ley 15/2014 de racionalización del sector público modifica la ley 39/2007, principalmente las situaciones administrativas, al añadir una nueva con motivo de la posibilidad de que los militares obtengan destino en la Administración civil.
http://boe.es/boe/dias/2014/09/17/pdfs/ ... 4-9467.pdf (ver páginas 72366 y 72367)
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