ASCENSO DESDE LA RT

Comentarios y opiniones sobre los ascensos recogidos en la Ley 39/2007 de la Carrera militar

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ferdevi
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por ferdevi »

Buenos días.

-Que bien que voy ascender en este estimado foro!!

Dedicado a todos y debajo de D. Francisco...me veo en buena compañía.

Un saludo de,

ferdevi
delucas
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por delucas »

Hola Francisco, como no te acuerdas te lo refresco . Repasa esto (sobre todos los enlaces del primer comentario).
Buscar la ruina ajena solo trae consigo encontrar la propia. Lo digo sin ningún tipo de mala leche, pero me parece que lo que expone famefas y la forma de actuar de los compañeros de la Auxiliar y sus logros, tenía que servirnos de ejemplo y nosotros(los procedentes o pertenecientes a la Escala Básica)no dejarnos llevar tanto por las tripas. Un saludo.
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Francisco I
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por Francisco I »

Compañero "delucas":

Después de seguir tus indicaciones, y de volver a leer los comentarios escritos al respecto; sigo sin saber dónde estoy "metiendo la pata". Te juro que no lo veo.

Yo te agradecería mucho que, aquí en público, o por Mensaje Privado tuvieras la deferencia de aclararme donde ves tu que yo esté buscando la ruina ajena, o que no me haya alegrado siempre de los éxitos alcanzados por cualquier compañero; incluso que no me solidarice con los problemas ajenos de que tenga conocimiento.

Te setaré muy agradecido, si me lo aclaras.

De todas formas, recibe un cordial saludo.
delucas
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por delucas »

Creo que desde el punto de vista jurídico sobre la DT-7ª, famefas lo ha dejado todo meridianamente claro y cristalino. Por otro lado no estoy exclusivamente hablando de ti, Francisco. Esta es la eterna discusión que no lleva a ningún buen sitio. Un saludo cordial de verdad, porque me parece que eres muy buena persona. FIN.
jrdiaz
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por jrdiaz »

Os agradezco a todos vuestros comentarios.
Pero aun no me aclarais, bien si estos compañeros
estan en condiciones de poder solicitar o no el ascenso
Segúbn los comentrios de Ferdivi, pueden elevar una
instancia, segun otros, no?
¿pORQUÉ NO ESTÁ NADA CLARO?, si pueden o no
aspirar a lo mísmo, si han efectuado las funciones
própias de los suboficiales, han estado en el escala
fon, y han tenido los mismos derechos y previlegios
que los demás compañeros, (economatos, viviendas,
residencias, clubs etc etc)


Un abrazo
Francisco I
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por Francisco I »

Compañero "jrdiaz":

Para esos compañeros de la Armada, la menos hasta el día de hoy estan interpretando que tienen limitación legal para ascender a Subteniente; y en consecuencia se les está denegando la solicitud de ascenso a Teniente.

Es lo que hay. No entro en si es o no es justo.

Un saludo.
Francisco I
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por Francisco I »

delucas escribió:Creo que desde el punto de vista jurídico sobre la DT-7ª, famefas lo ha dejado todo meridianamente claro y cristalino. Por otro lado no estoy exclusivamente hablando de ti, Francisco. Esta es la eterna discusión que no lleva a ningún buen sitio. Un saludo cordial de verdad, porque me parece que eres muy buena persona. FIN.

Muchas gracias, "delucas". Me dejas más tranquilo. Y por mí, también FIN. Un saludo.
ferdevi
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por ferdevi »

Buenas noches.

Estimado jrdiaz.

Entendí que quedaba claro que por Ley los Suboficiales en esa circunstancia no tienen derecho a ascenso a Teniente.

-Otra cosa es que este comañero vuestro adjuntara un escrito que obra en este foro para que el Suboficial Mayor de la Subsecretaría de Defensa pueda cumunicarle al Sr Subsecretario, si estima algo en base a vuestra situación.

El post al que se hace referencia está titulado en el foro y creo que es fácil encontrarlo.

-Leer lo que se indica fuera del escrito.

Un saludo
jrdiaz
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por jrdiaz »

Estimado ferdivi:

Espero que no me lo tomes a mal, pero si te lees la ley 19/73, en su art.13, dice "Podran permanecer hasto los 18 años
de servicio activo, en la armada, y previa superación de las PRUEBAS DE ACTITUD QUE SE SEÑALEN, serán ascendidos
a Sgº ydel Cuerpo de Suboficiales, y a Sgº1º, permaneciendo en este empleo hasta la edad de RETIRO.

Esta claro que no existe por ningún LADO, donde diga que no puede llegar a Suteniente, y por otra parte, si está
en la edad de RETIRO, como Sgº1º, porque repito Porque?, no puede aspirar a set TT.

Quiero aclarar, que esta situación, es debida a que hubo muchos de estos C1º V, que efectuaron guardias de Subofi
cial, inclusive, estando ya como Sgº1º, tenian privilegios como todos, y de la noche a la mañana, se saca una Ley o
varias, donde a este colectivo, se le va practicamente marginando.

Y que aún haya y habra gente, que le tendría que agradecer a estas personas, haberles scado de muchos apuros,
al igual yhablo porque conozco a gente, que se presentaron a las convocatorias, a los examenes de Suboficial,
aprobando los examens, pero como habia X nº de plazas, no pdieron entrar. perdiendo asi las tres combocatorias

Es más a titulo de anecdotario, comentare el " despiporre, efectuado en cierta Fragata camino a USA, donde los
examenes fueron efectuados en el propio viaje, donde las preguntas y las respuestas, se decian a viva voz.

Entraran o no esos aprobaron todos.

Y es una pena porque hoy en dia esa gente fue muy buena profesional, algunas ya RIP, otros enfermos, y otros mas
que las estan pasando canutas, a causa de tanta bajada de sueldos.

Ah y algunos alardean ahora de haber llegado a TT, cuando tendrian que mirar un poco hacia atras y acordarse a ve
ces de quien o quienes les scaron las castañas del fuego, poniendo su propia cara delante del Oficial de turno.

¿Porque no les podemos ayudar y no tratar de crucifiacrlos? Y si no buscar en las Leyes haber donde esiste la
palabra prohibición.

En memoria de mí cuñado RIP
ferdevi
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por ferdevi »

Buenos días.

Compañero jrdiaz.

Lee bien la ley 19/1973,de 21 de julio en su artículo 13- uno, a la que te refieres...permanecerá de Sargento 1º hasta la edad de retiro.

Como comprenderás si se tiene que estar hasta el retiro de Sargento 1º, está bastante claro que no puede llegar ni a Brigada..., lo que implíca en términos jurídicos..."Limitación legal para ostentar otro empleo".

Por otro lado puedes estar seguro que yo no hice tal Ley...sólo la he encontrado.

He redactado el escrito que obra en éste foro, para los que están en servicio activo, por si estiman elevarlo al Sr.Suboficial Mayor de la Subsecretaría de Defensa.

-Si no prepare la petición para los de la reserva o retiro es porque bajo mi punto de vista, no me lo permiten las Normas en Vigor, como ya sabrás.

Por último, creo que aunque no me molesta para nada lo que me dices, sí dejas entrever, que soy responsable de decir que no podéis ascender, eso ya no me gusta tanto...

- Leete bien el escrito, es fácil mejorarlo...hacer lo que consideréis y ten muy en cuenta que: Si lo he expuesto es porque dicho colectivo desempeñan las mismas funciones que el resto de los Suboficiales, por ahí es por donde creo que se puede ir...

- Que un Letrado lo exponga en debida forma y a ver si hay suerte., no se me ocurre otra cosa.

Un saludo de,

ferdevi
Última edición por ferdevi el Jue Feb 03, 2011 6:55 pm, editado 2 veces en total.
ferdevi
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por ferdevi »

Buenas tardes.

Solicito a,.....: que los post que hacen referencia a los Suboficiales restringidos de ascenso de la Armada pasen a la pag. pertinente.

Muchas gracias.

ferdevi
jrdiaz
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por jrdiaz »

Estimado Ferdivi, siento mucho, que no era mí intención
hecharte las culpas de nada, por lo cual pido disculpas.

Por otro lado tú al igual que yo, te habras dado cuenta
que esa Ley. dice que llegaran a Sgº1º, pero NADA
Mas, lo que provoca un vacio, que al cabo de muchos
años nadie quiso apreciarlo.

Y ahora te preguntaría yo?, Y los que en la actualidad
son Sgº1º, tendrían alguna posibilidad, ya que esa Ley
ha quedado absoleta, de llegar a se Brgadas, sin ninguna
aspiración mayor?
Tu que estas mas puesto en estos avatares, que aconsejarias
a los que actualmente son Sgº1º, y a traves de instancias o
otras alternativas pudiesen llegar a un escalon mas, cuando
pasen a la RESERVA.

Gracias
ferdevi
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por ferdevi »

Buenas tardes.

No tienes porque disculparte.

Vamos a ver si soy capaz de explicarme.

La Ley 19/1973, de 21 de julio en su artículo 13-uno, dice para entendernos.

Los Cabos 1ºV que realizaban el Curso de Especialidad, salían Sargentos de la Escala Básica de Suboficiales..

Los Cabos 1ºV que no realizaron el Curso de Especialidad, permanecían durante 18 años de Cabo 1ºV, en ese momento después de superar las pruebas, curso...(que no tenía nada que ver con el curso de Especialidad que se impartía en las diferentes Escuelas),salían Sargentos de la Escala de Suboficiales..Cumplidos los requisitos, ascendían a Sargentos 1º, permaneciendo de Sargentos 1º hasta el retiro.

......Entiendes lo que pone!!, no lo digo yo...dice la Ley..Sargento 1º y se acabó.

La Ley que se nombra a continuación es para los Susoficiales que realizaron el Curso de Especialidad, en los Artículos y Disposiciones que le atañen..

La vuestra sigue siendo la misma Ley 19/1973, de 21 de julio.

Ley 17/1989, de 19 de julio.

Disposición adicional sexta.(La he resumido para hacerla menos liosa)

Todos los Suboficiales que obtuvieran el empleo de Sargento desde el 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 1 de enero de 1990 y que no tengan limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, podrán solicitar el ascenso a Teniente, que se les concederá en el momento de su pase a la reserva...


Como puedes ver...la Ley 17/1989, de 19 de julio en su disposición te dice bien claro en su semántica que:

Aquellos que tengan límitación legal...no pueden ascender a Teniente..., pueden ascender todos, menos los Suboficiales procedentes de la Ley que os contempla.

La Ley 19/1973, de 21 de julio sigue plenamente en vigor hasta que no haya circunstancias que la mantengan, esto es. Mientras haya Sargentos 1º procedentes de los Cabos 1ºV que ascendieran a Sargentos a los 18 años...la Ley estará ahí y DE VACÍO NADA de NADA.


Que se puede Hacer.

Por conducto reglamentario nada.

Por que??, porque si se utiliza la vía administrativa de la Ley 30/1992 de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común...

Esto es, Instancia al ALPER, Recurso de Alzada, que en razón os vendrá denegada la petición, y si estimáis ir a Contencioso Administrativo, no tenéis base jurídica que sostenga dicha petición y un Juez puede y condenará al recurrente a las costas del juício.

Se tiene que diferenciar entre que pueda ser injusto a que sea de Ley...


Que os queda??

Bajo mi punto de vista, el escrito que obra en la pag."Suboficiales de la Armada restringidos de ascenso"...podéis elevarlo a quien se indíca, si Él estima elevarlo al Sr. Subsecretario de Defensa...de ahí quizás y sólo quizás podrá salir algo...en base a que los referidos Suboficiales desempeñan las mismas funciones permanentemente...¡ojo!, eso tampoco establece ningún derecho por Ley...otra cosa es que lo estudien.


Un saludo.
Última edición por ferdevi el Vie Feb 04, 2011 11:46 am, editado 1 vez en total.
jrdiaz
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por jrdiaz »

Muchas Gracias Ferdivi, ha quedado todo claro transparente como el agua

Ya les dire a estos Suboficiales, que intentenalgo a trves de esa vía.
Y haber ..... pero lo tienen crudo.

Otro Maquinista
jrdiaz
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Re: ASCENSO DESDE LA RT

Mensaje por jrdiaz »

Y esto ya es a título personal:

No crees, que una LEY DEL AÑO 1973, haya perdurado, a través del tiempo sin que hasta el día de
la fecha nadie le haya metido mano?

Creo, haber si se animan y empiezan a elevar esa intancia

OK
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