COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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periko
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COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por periko »

hola buenas tardes, me gustaria saber si puedo trabajar para una empresa de seguros generales como agente comercial por cuenta propia (autonomo), actualmente soy militar de tropa con contrato temporal en activo, tengo la solicitud del BOD num 50 de 13 de marzo de 2000, que me la dio el axiliar de mi compañia, no estoy muy bien informado sobre si se puede o no trabajar como autonomo y necesitaria informacion de que pasos seguir y si hay gente que ya lo haya echo o sepa de que va el tema, como agente comercial de seguros tendria unos ingresos de unos 600 euros mensuales de los cuales pagaria el autonomo y pagaria la cotizacion minima...


muchas gracias, un saludo.
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sargentodehierro
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero, bienvenido al foro.

En principio puedes trabajar en actividades por cuenta propia, siempre que se ciñan a lo establecido en el Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de Incompatibilidades del Personal Militar.

Enlace

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
albertfish
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por albertfish »

muy buenas, hay que hacer algun tramite en la unidad o simplemente si es compatible puedes trabajar?.
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sargentodehierro
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Has de tramitar la solicitud de compatibilidad desde tu UCO:

Modelo de solicitud de compatibilidad

Un saludo.
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albertfish
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por albertfish »

Justo lo que necesitaba, muchas gracias por la respuesta.
franafe
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por franafe »

Por más que leo la normativa no me queda claro,

Capitán en CG con oferta de trabajo de profesor en academia de clases particulares, 16 horas semanales. Cobro el CDE. ¿me darán la compatibilidad?Si me la dan, ¿doy por supuesto que me quitan automáticamente al CDE o tengo que renunciar expresamente?

Lo dicho, por más que leo no acabo de ver la luz...

gracias.
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por shuspi »

No deberias de cobrarlo y en caso de hacerlo se podria estar incurriendo en una falta. La compatibilidad se solicitan por escrito y te la pueden concedwr o no. Hay una normativa para ello
chapi88
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por chapi88 »

albertfish escribió:muy buenas, hay que hacer algun tramite en la unidad o simplemente si es compatible puedes trabajar?.
Espero que te sirva. Un saludo. Silvia.

Se deberá de tener en cuenta que el militar profesional está en disponibilidad permanente para el servicio (Art. 154 de la Ley 17/99); y está sometido al régimen general sobre incompatibilidades establecido para el personal al servicio de las Administraciones Públicas (Art. 153 de la Ley 17/99).
Por otra parte, el Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero (BOD nº 55/86), reglamenta y regula las incompatibilidades del personal militar.
Tres puntos a reseñar de este R. D. son:
_ Se deberá solicitar la compatibilidad del segundo puesto de trabajo mediante instancia, informada por el Jefe de la Unidad, y dirigida por conducto reglamentario al Subsecretario de Defensa.
_ El número máximo de horas de trabajo, permitidas en el segundo puesto, serían 20 horas semanales (según el Art. 9 del citado R. D.).
_ No se admite la compatibilidad si el segundo puesto de trabajo tiene que ver con la seguridad privada.
dekerrr
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por dekerrr »

Buenos días, con respecto a las incompatibilidades, me lo he leido todo, pero no veo lo de la incompatibilidad en seguridad privada, me puede decir dónde viene? Muchísimas gracias.
ManuelCas
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por ManuelCas »

Buenas tardes. Mi duda parecera tonta pero, ¿hasta que no reciba respuesta de la instancia no podria firmar el contrato? Muchas gracias.
VADIN
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Re: COMPATIBILIDAD DE TRABAJOS

Mensaje por VADIN »

franafe, no te concederán la compatibilidad, aunque no percibieses el CDE, porque uno de los requisitos es no superar un nivel de ingresos anuales que un Oficial supera ampliamente.
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