podria estar exento de irpf en esta situacion?

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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crispin
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podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por crispin »

Buenas tardes ,la situacion que planteo es la siguiente,soldado con pension por inutilidad en acto de servicio desde octubre de 2008 con un 43 % de discapacidad ,a dia de hoy 70 % de minusvalia reconocida por el imserso (no influye para estar exento ) pero con incapacidad absoluta para toda profesion u oficio reconocida por jmp a peticion propia por agravamiento desde el año pasado,¿estaria exento en esta situacion ?gracias.
Francisco I
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Francisco I »

La respuesta es SÍ. Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas están exentas de IRPF; y ese es tu caso actual.
zuku
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por zuku »

Pues tengo que corregir a Don Francisco I.

La respuesta es NO, estoy en ese mismo caso y tengo IRPF.

El régimen de Clases Pasivas, a diferencia de la SS, no contempla la revisión por agravamiento a efectos de IRPF. Para estar exento de IRPF tienes que tener la absoluta en el momento de pasar al retiro
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crispin
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por crispin »

pero que ocurre si consigues la revision por agravamiento y te conceden la incapacidad absoluta ,comprendo que cuando pases a retiro y te dan la absoluta si estas exento ,pero no veo contemplado por ninguna parte que si se CONSIGUE la revision por agravamiento estes exento(ya que no esta contemplada la revision) ,yo he conseguido esta revision y me han concedido la absoluta por JMP ,en pensiones me dicen que al no haber obtenido la absoluta por expediente de aptitud no me la quieren reconocer ,pero no me han dicho nada del irpf,la solucion que veo es otro contencioso ,y la verdad que volver otra vez es duro y costoso ,si por un casual ves algun resquicio por donde poder entrar te lo agradeceria ,gracias.
Francisco I
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Francisco I »

No estamos hablando de la cuantía de la pensión, puesto que ésta ya se calculó en su momento. Tampoco nos afecta la normativa de Clases Pasivas; estamos dentro de la normativa tributaria de Hacienda en relación con el impuesto de IRPF, y por tanto dentro de lo que Hacienda considera rentas exentas de dicho impuesto. Y, hasta donde yo alcanzo a leer y comprender, están exentas del citado impuesto, entre otras, las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiere sido causa de las mismas inhabilitare por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio. Artículo 7, letra g) de la ley 35/2006.
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por zuku »

Francisco I escribió:No estamos hablando de la cuantía de la pensión, puesto que ésta ya se calculó en su momento. Tampoco nos afecta la normativa de Clases Pasivas; estamos dentro de la normativa tributaria de Hacienda en relación con el impuesto de IRPF, y por tanto dentro de lo que Hacienda considera rentas exentas de dicho impuesto. Y, hasta donde yo alcanzo a leer y comprender, están exentas del citado impuesto, entre otras, las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiere sido causa de las mismas inhabilitare por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio. Artículo 7, letra g) de la ley 35/2006.

Alcanzas bien a leer, eso mismo leí cuando fui a hacienda y solicité la exención del IRPF.

Me contestaron atentamente que el reglamento de Clases Pasivas a efecto de IRPF no contempla la revisión por agravamiento, que para estar exento del IRPF hay que pasar a retiro con la absoluta. Eso mismo también me lo dijo el habilitado de Clases Pasivas. A los de la SS, si les contempla el agravamiento
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Estovamal
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Estovamal »

Hola a todos:
Leído con atención el tema, pienso, es solo una forma de pensar mía, existe una figura llamada “agravio comparativo” y si bien es cierto que Clases Pasivas no contempla esa posibilidad, como el hecho de que algo no se contemple en una Ley, no quiere decir que tenga que ser negada su existencia. Por similitud, tan aireada entre los dos Régimen, sin duda alguna, esta situación queda demostrado que existe y por ello ha de ser reconocida.
De encontrarme e en esa situación, no me conformaría con la resolución denegatoria de hacienda, la recurriría en contencioso administrativo, pues los beneficios, al igual que sucede con las limitaciones, se han de hacer extensivas entre ellos, puede que con diferentes formas en su aplicación, pero nunca estos pueden ser ignorados y menos, lo que es más injusto, negados.
Un saludo.
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Francisco I »

Si la pensión es extraordinaria, por accidente en acto de servicio, y con el paso del tiempo las lesiones se agravan y se nos reconoce la incapacidad absoluta tanto por el INSERSO como por una JMP; yo no incluiría el importe de esa pensión en la casilla 001 de la declaración de renta; la pondría en la casilla 444. Y como me han aplicado retenciones, que sí colocaría en su lugar, pues me sale la declaración a devolver. Con ello coloco la pelota en el tejado de Hacienda y que sean ellos los que me denieguen la devolución y me lo documenten. Luego, ya habrá tiempo de iniciar el recurso administrativo.
En su propia normativa dejan muy claro cuales son las rentas exentas; sólo hay que tener prueba documental de que nuestra actual discapacidad del 70% es como consecuencia de un agravamiento que guarda relación o deriva de acto de servicio.
A un buen abogado, este caso le llevaría no más de diez minutos el ganarlo.
crispin
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por crispin »

tras consultar en el dia de hoy en hacienda pasan la pelota a clases pasivas ,y en clases pasivas que consulte en hacienda ,y que no entienden como he podido conseguir una revision por agravamiento ,vamos el pan nuestro de cada dia ,solicitare todo por escrito ,y a la espera de las conocidas denegaciones y luego actuar ,lo de siempre.
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Bripac76 »

Adelante. -thumbup -thumbup
Francisco I
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por Francisco I »

crispin escribió:tras consultar en el dia de hoy en hacienda pasan la pelota a clases pasivas ,y en clases pasivas que consulte en hacienda ,y que no entienden como he podido conseguir una revision por agravamiento ,vamos el pan nuestro de cada dia ,solicitare todo por escrito ,y a la espera de las conocidas denegaciones y luego actuar ,lo de siempre.

Asegúrate de que ese 70% de minusvalía reconocida en la JMP guarda relación con las lesiones causadas en acto de servicio por las cuales se te reconoció la pensión original. No te desprendas jamás de la documentación original que obre en tu poder, ( reconocimiento de pensión extraordinaria en acto de servicio y valoración posterior de la JMP ) siempre que te pidan algo, presenta fotocopia, enseñas el original pero sin entregarlo. Estoy convencido de que, si es como dices, tienes el caso ganado porque te asiste la razón, y la ley no dice en ninguna parte lo contrario. No pides indemnización, ni cambio de pensión, ni nada que afecte a clases pasivas; sólo pides un beneficio tributario al que tienes derecho según la normativa vigente a día de hoy. Andan por ahí globos sonda para ver la forma de que todas las pensiones tributen, pero eso queda para la próxima legislatura si es que no salimos de la crisis.
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por zuku »

Estovamal escribió:Hola a todos:
Leído con atención el tema, pienso, es solo una forma de pensar mía, existe una figura llamada “agravio comparativo” y si bien es cierto que Clases Pasivas no contempla esa posibilidad, como el hecho de que algo no se contemple en una Ley, no quiere decir que tenga que ser negada su existencia. Por similitud, tan aireada entre los dos Régimen, sin duda alguna, esta situación queda demostrado que existe y por ello ha de ser reconocida.
De encontrarme e en esa situación, no me conformaría con la resolución denegatoria de hacienda, la recurriría en contencioso administrativo, pues los beneficios, al igual que sucede con las limitaciones, se han de hacer extensivas entre ellos, puede que con diferentes formas en su aplicación, pero nunca estos pueden ser ignorados y menos, lo que es más injusto, negados.
Un saludo.

No hay "agravio comparativo", son regímenes diferentes con sus ventajas y desventajas. Por ejemplo en la SS te retiras con la total y te vas con el 55% de la pensión y en Clases Pasivas no.
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por juans »

Tiene razón Zuku. En el enlace pongo una consulta vinculante resuelta por Hacienda referente a esto (hay más):
AGRAVAMIENTO
crispin
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por crispin »

comprendo vuestras respuestas ,sobre el agravio comparativo ,pero el tema es que segun la ley las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiere sido causa de las mismas inhabilitare por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio. Artículo 7, letra g) de la ley 35/2006, hasta aqui todo correcto ,pero el tema es que no se contempla la revision por agravamiento en la ley de clases pasivas ni a la hora de vincular la pension o las exenciones tras una revision por agravamiento,ni existe este tipo de opcion ,y el caso es que yo si lo he conseguido , esa es la cuestion ,por donde enfocar el tema tras tantas denegaciones por parte de la administracion.
zuku
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Re: podria estar exento de irpf en esta situacion?

Mensaje por zuku »

Lo mismo que pone juans en el enlace me contestó a mi hacienda en su dia
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