familia buenos dias
Quisiera preguntar a ver si alguien sabe y me puede sacar de dudas. Alguien sabe si se puede solicitar daños y perjuicios por ocho dias de privación de libertad?????? Eso existe??????
se puede solicitar daños y perjuicios????
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
- ALEAJACTAEST1
- Teniente Coronel
- Mensajes: 1046
- Registrado: Sab Feb 16, 2013 9:17 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Si algo no está roto no lo arregles.-
Re: se puede solicitar daños y perjuicios????
Buenos días.
Hola compañero.
El artículo 35 del Código Penal Militar, Sección 2ª de la Penas Privativas de Libertad está contemplado en el sistema jurídico para el militar de cualquiera de los Ejércitos. No veo motivo de la "reclamación de daños y perjuicios" si la causa o el motivo que ha llevado a la privación de libertad ha sido fundamentada y demostrada por el subordinado que ha instruido la corrección. Te dejo el enlace para que lo mires.
http://perso.unifr.ch/derechopenal/asse ... 008_02.pdf
Un saludo
Hola compañero.
El artículo 35 del Código Penal Militar, Sección 2ª de la Penas Privativas de Libertad está contemplado en el sistema jurídico para el militar de cualquiera de los Ejércitos. No veo motivo de la "reclamación de daños y perjuicios" si la causa o el motivo que ha llevado a la privación de libertad ha sido fundamentada y demostrada por el subordinado que ha instruido la corrección. Te dejo el enlace para que lo mires.
http://perso.unifr.ch/derechopenal/asse ... 008_02.pdf
Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
- dmf
- Coronel
- Mensajes: 2325
- Registrado: Mié Mar 24, 2010 7:42 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
Re: se puede solicitar daños y perjuicios????
Hola, si la sanción impuesta, es recurrida por el sancionado, y estimado el recurso por la Autoridad con competencia, y por tanto anulada la sanción, que lo más probable es que fuera después de haberla cumplido; lo que correspondería hacer sería iniciar, creo, una reclamación patrimonial para ser resarcido por los daños morales (cuanto menos) producidos por el mal funcionamiento de la Administración en este caso de la Militar. Conozco algún caso de Suboficiales que recurrieron la sanción llegando al Contencioso-disciplinario por ser desestimados todos los recursos ante las Autoridades, y siendo estimado en última instancia (se publican en las últimas páginas del BOD) y después el que quiere, inicia la reclamación al MISISDEF(con abogado, claro) y si procede da una indemnización, y si el MINISDEF no indemniza....pues al Contencioso. Algunos obtuvieron indemnización.
Pero no se suelen recurrir las sanciones, cuesta dinero, solo se raja de ellas en la barra del bar.
Un saludo.
Pero no se suelen recurrir las sanciones, cuesta dinero, solo se raja de ellas en la barra del bar.
Un saludo.