Ya, pero como el procedimiento fue iniciado de oficio, en caso de que reclames por silencio administrativo, éste será negativo para ti (lo dice la ley 30/92). Ya debes esperar a que se pronuncien y resuelvan.Jaga escribió:en cualquier de los supuestos que mencionas se ha excedido el plazo holgadamente...
No tiene porqué. No creo que haya que desconfiar de los médicos ni del sistema. Imagino, porque no creo en otras cosas, que el tribunal solo se basa en las lesiones que presentes y en el estado de las mismas en el presente y de cara al futuro. No quiero ser ingenuo, pero eso creo.Jaga escribió:¿Crees que influirá en algo si me mandan al tribunal sin aún haber resuelto el acto de servicio?
Jaga escribió:supongo que todo esto lo único que afecta es el tiempo que voy a tardar en cobrar todo lo que me han descontado, porque cobrarlo o cobraré ¿no?.
Yo también supongo como tú, creo que lo tuyo es cuestión de tiempo, porque reúnes los requisitos para el acto de servicio a efectos administrativos dentro del cuerpo. Una vez que resuelvan el expediente te tendrán que abonar lo que ya te han restado del sueldo.
Hombre, un poco negro sí que está. No obstante, si llega el caso, pues te asesoras nuevamente y por algún cauce que a tí te dé garantías y luego decides. Pero a día de hoy, la cosa está difícil según interpreto yo. Aunque si en clases pasivas cuela, pues ya no hay nada más que decir; y si no cuela y tienes que ir al contencioso sí que lo veo difícil porque posiblemente haya ya jurisprudencia sobre este asunto.Jaga escribió:Con respecto al tema de la extra que estáis comentando tolamu y tú, por lo que veo lo tengo más negro que negro si me jubilan
Saludos