tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
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tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Alguien me puede asesorar o informar de...........
me comentaron que existe un seguro de construcción en una vivienda cuando te la compras, o seguro esteticos de instalacion. Que existe un tiempo asegurado para poder quejarte si hay un defecto en la vivienda cuando te la compras.
La casa ya tiene 5 años desde que me la compré, y me he dado cuenta que hay fallos electricos, el seguro que yo contraté ya no se qquiere hacer cargo de los daños electricos y alega el perito que es por el mal cuidado del aparato cuando realmente se ha fundido la placa base, las reparaciones son muy caras , me dan subidas electricas o se va la luz y se me estan estropeando las cosas,
Dicen que el seguro de construccion son 10 años, Pero en realidad no se lo que es legal o no y no se como son los tramites.
¿Que puedo hacer????????
Mi casa es de compra pero de VPO y la hipoteca con el banco
me comentaron que existe un seguro de construcción en una vivienda cuando te la compras, o seguro esteticos de instalacion. Que existe un tiempo asegurado para poder quejarte si hay un defecto en la vivienda cuando te la compras.
La casa ya tiene 5 años desde que me la compré, y me he dado cuenta que hay fallos electricos, el seguro que yo contraté ya no se qquiere hacer cargo de los daños electricos y alega el perito que es por el mal cuidado del aparato cuando realmente se ha fundido la placa base, las reparaciones son muy caras , me dan subidas electricas o se va la luz y se me estan estropeando las cosas,
Dicen que el seguro de construccion son 10 años, Pero en realidad no se lo que es legal o no y no se como son los tramites.
¿Que puedo hacer????????
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Efectivamente son diez años los que cubre el seguro que el promotor inmobiliario tiene que suscribir para el inicio de la construccion de una vivienda.Ademas este plazo se amplia en el caso de que los daños se produzcan en una zona del edificio que no sea visible o sus estructuras internas .
Si aun tiene dudas puede acudir al colegio oficial de arquitectos y aparejadores de su provincia donde le informaran de todo lo realativo a este tema que plantea.Un saludo.
Si aun tiene dudas puede acudir al colegio oficial de arquitectos y aparejadores de su provincia donde le informaran de todo lo realativo a este tema que plantea.Un saludo.
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
muchisimas graciassssssssssss
ya os contare , ire al colegio de arquitectos y preguntare, los daños son electricos vino un electricista a mi casa y miró el cuadro electrico y dijo que los que son mas pequeños que los que en realidad deberian haberme puesto.
Me habló de que tenia que presentar un boletín realizado por un ingeniero, etcccccc
ya os contare , ire al colegio de arquitectos y preguntare, los daños son electricos vino un electricista a mi casa y miró el cuadro electrico y dijo que los que son mas pequeños que los que en realidad deberian haberme puesto.
Me habló de que tenia que presentar un boletín realizado por un ingeniero, etcccccc
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- Suboficial Mayor
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Otra solucion posible pasa por dirigirse al organismo encargado de la vivienda en su comunidad autonoma , es decir , si usted compro su vivienda de proteccion oficial hace cinco años , puede dirigirse al citado organismo deonde se expide la cedula de habitabilidad , y la solicita .Alli tienen todos los datos del instalador electrico asi como del boletin que tiene que expedir todo instalador electrico cuando realiza una instalacion nueva y homologada.Un saludo.
- Mercaderes
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Debes saber que el seguro decenal no es la panacea ni el saco roto dónde poder meter aquellos siniestros que no estén cubiertos por tu seguro de hogar. Ni tampoco es un seguro multirriesgo que te cubra frente a un promotor que ha incumplido sus obligaciones.
Existen 3 plazos para exigir las responsabilidades de los agentes (promotor, constructor, arquitectos, etc.) que intervienen en la edificación en función de los daños o vicios:
- 10 años para los daños causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, etc. que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
- 3 años para los vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
- 1 año para los daños que se produzcan en los elementos de acabado o de terminación de la obra.
Aquí podrás consultar: la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 99.html#c1
Saludos.
Existen 3 plazos para exigir las responsabilidades de los agentes (promotor, constructor, arquitectos, etc.) que intervienen en la edificación en función de los daños o vicios:
- 10 años para los daños causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, etc. que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
- 3 años para los vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
- 1 año para los daños que se produzcan en los elementos de acabado o de terminación de la obra.
Aquí podrás consultar: la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 99.html#c1
Saludos.
- ALEAJACTAEST1
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Buenas tardes.-
1º:--- Vaya usted cuando pueda a la oficina promotora de la vivienda donde usted compró la casa (en la Escritura pública figura los datos y dirección de la promotora de la vivienda o constructora).
2º:--- Presente por ESCRITO (en la misma Oficina) una RECLAMACIÓN (también lo dice el compañero "tasunka")... por mal funcionamiento de la electricidad, una copia debe serle entregada con sello oficial de la Promotora y consérvela para posibles actuaciones judiciales. Haber si empiezan a "moverse con esta Reclamación, ya que debe de ser atendida por escrito y deben de personarse físicamente.
3º :---Normalmente (no siempre, en mi caso SI) las empresas Promotoras "inspeccionan" en un tiempo razonable, las viviendas entregadas y hacen firmar al propietario la FINALIZACIÓN de la inspección en INTERIORES de la vivienda de lo construido, y así demuestran que en dicha construcción NO hay más defectos con el visto bueno del propietario.
4º:--- Si no ha echo ésto último (Punto 3º) empiece a moverse en la oficina de la promotora.
Las promotoras cuando hay una Reclamación por escrito (dentro de un plazo razonable de construcción), normalmente mandan a un operario eléctrico o "paleta" y atienden su demanda, ya que si NO es atendida se arriesgan a una demanda civil y si FALLAN a su favor pagan gastos judiciales... daños y perjuicios y deben ejecutar sentencia.
Que haya suerte.
china36 escribió: La casa ya tiene 5 años desde que me la compré........
.....Mi casa es de compra pero de VPO y la hipoteca con el banco
1º:--- Vaya usted cuando pueda a la oficina promotora de la vivienda donde usted compró la casa (en la Escritura pública figura los datos y dirección de la promotora de la vivienda o constructora).
2º:--- Presente por ESCRITO (en la misma Oficina) una RECLAMACIÓN (también lo dice el compañero "tasunka")... por mal funcionamiento de la electricidad, una copia debe serle entregada con sello oficial de la Promotora y consérvela para posibles actuaciones judiciales. Haber si empiezan a "moverse con esta Reclamación, ya que debe de ser atendida por escrito y deben de personarse físicamente.
3º :---Normalmente (no siempre, en mi caso SI) las empresas Promotoras "inspeccionan" en un tiempo razonable, las viviendas entregadas y hacen firmar al propietario la FINALIZACIÓN de la inspección en INTERIORES de la vivienda de lo construido, y así demuestran que en dicha construcción NO hay más defectos con el visto bueno del propietario.
4º:--- Si no ha echo ésto último (Punto 3º) empiece a moverse en la oficina de la promotora.
Las promotoras cuando hay una Reclamación por escrito (dentro de un plazo razonable de construcción), normalmente mandan a un operario eléctrico o "paleta" y atienden su demanda, ya que si NO es atendida se arriesgan a una demanda civil y si FALLAN a su favor pagan gastos judiciales... daños y perjuicios y deben ejecutar sentencia.
Que haya suerte.
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Si hay variaciones de tensión en el suministro eléctrico, la responsabilidad es de la compañía de electricidad, no del constructor. Por tanto, lo mejor sería que el perito del seguro te hiciera un informe, ya que supongo que te resultará gratis.
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
En cuanto a los seguros del constructor/promotor, es exactamente como te dice " Mercaderes". Si los daños son eléctricos, y ya han pasado 5 años desde su entrega, no hay nada que se le pueda sacar a ese seguro.
Sin embargo, pudiera ocurrir que las secciones de los conductores, o los mecanismos de protección instalados no se correspondan con lo que se establece en el Proyecto Técnico de Construcción; para salir de dudas debería solicitar una copia de los planos del esquema eléctrico, o memoria de electricidad, que constan en dicho Proyecto. En la Oficina de Urbanismo del Ayuntamiento debe de haber un ejemplar de dicho Proyecto, ya que lo tuvieron que depositar para conseguir la licencia de obras. Si han "afanado" en sección de cables o en mecanismos de protección, cabe reclamación de daños y perjuicios; siempre que se pueda demostrar que no se han conectado aparatos de mayor consumo que el establecido para cada circuito.
Si los daños vienen ocasionados por cortes o sobretensiones en el suministro, entonces la responsable es la Compañía Suministradora; y si usted tiene seguro de hogar, es casi seguro que estará cubierta la reclamación de daños y la defensa legal ante terceros; por lo tanto se impone un parte de siniestro a su aseguradora y que sea ésta la que se lo repercuta a la Empresa Suministradora.
Si aún así no le hacen caso, sepa que puede elegir un abogado por su cuenta y, si gana el caso, los honorarios corren por cuenta de la Aseguradora de hogar.
Sin embargo, pudiera ocurrir que las secciones de los conductores, o los mecanismos de protección instalados no se correspondan con lo que se establece en el Proyecto Técnico de Construcción; para salir de dudas debería solicitar una copia de los planos del esquema eléctrico, o memoria de electricidad, que constan en dicho Proyecto. En la Oficina de Urbanismo del Ayuntamiento debe de haber un ejemplar de dicho Proyecto, ya que lo tuvieron que depositar para conseguir la licencia de obras. Si han "afanado" en sección de cables o en mecanismos de protección, cabe reclamación de daños y perjuicios; siempre que se pueda demostrar que no se han conectado aparatos de mayor consumo que el establecido para cada circuito.
Si los daños vienen ocasionados por cortes o sobretensiones en el suministro, entonces la responsable es la Compañía Suministradora; y si usted tiene seguro de hogar, es casi seguro que estará cubierta la reclamación de daños y la defensa legal ante terceros; por lo tanto se impone un parte de siniestro a su aseguradora y que sea ésta la que se lo repercuta a la Empresa Suministradora.
Si aún así no le hacen caso, sepa que puede elegir un abogado por su cuenta y, si gana el caso, los honorarios corren por cuenta de la Aseguradora de hogar.
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Hola amigos deciros que esta mañana estuve en la Consejería de La Vivienda aqui en mi ciudad, he hablado con los encargados y por lo pronto no quiero dar saltos de alegria hemos empezado rellenando una solicitud de parte de reparaciones por fallos electricos en la vivienda, donde esa solicitud les llegara a los arquitectos y dice que me enviaran sus electricistas. He solicitado a mi compañia de seguro que me den toda la relacion de los partes electricos que he dado desde que tengo el seguro con ellos y A ESPERARRRRRRR
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
¿No podrías decirnos qué tipo de fallos eléctricos has tenido?, así quizás podríamos orientarte por si acaso alguien te quiere "vender la moto".
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
juans escribió:¿No podrías decirnos qué tipo de fallos eléctricos has tenido?, así quizás podríamos orientarte por si acaso alguien te quiere "vender la moto".
Holaaaaaa claro, te cuento
Desde hace tiempo notaba como el cuadro de la luz de mi casa hacia ruido, las bombillas del pasillo de me fundian, la placa base de mi lavadora se ha ido de vacasiones y el arreglo cuesto 250 euros, el lavavajillas se le ha fundido el circuito que calienta el arreglo cuesta 150euros, la nevera solo funciona el congelador, se me ha estropeado un portartil que tiene 3 años es la placa base, un termo que calieta el agua, la bateria del portatil tambien se estropeo, el cuadro de la luz cuando empieza a hacer ruido se va la luz pero no baja el automatico.
Te lo he explicado bien???
Gracias a todos por estar ahiiiii
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Cuando vino el electricista me dijo que los cables que estan interno del cuadro son mas pequeños de los que me tendrian que haber puesto, pero es que este electricista lo he traido yo, la casa tiene cinco años y ya el seguro pasa de mi.
Ojala se me arregle todos estos problemas, porque entre las operaciones, el cuartel y esto de mi casa estoy yaaaaaaa
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
Creo que todo eso es muy conveniente que se lo comentes a quienes te van a hacer esa inspección.
Si el problema son los cables del cuadro (que son más del gados de lo debido), no creo que cueste mucho poner los correctos. Lo malo es si están igualmente deficientes todos los cables de la casa, sería una chapuza gorda; aunque me cuesta creer que haya un constructor tan desalmado que haga semejante chapuza dado que corres el riesgo de sufrir un incendio.
Ya nos contarás cuando te hayan hecho la visita.
Si el problema son los cables del cuadro (que son más del gados de lo debido), no creo que cueste mucho poner los correctos. Lo malo es si están igualmente deficientes todos los cables de la casa, sería una chapuza gorda; aunque me cuesta creer que haya un constructor tan desalmado que haga semejante chapuza dado que corres el riesgo de sufrir un incendio.
Ya nos contarás cuando te hayan hecho la visita.
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
ya te contare, y viendo como esta el pais nos podemos esperar lo que sea, nose pero creo que no es tema del constructor sino de las subcontratas que hacen al final las obras, contratan mano de obra barata y material malo asi de facil.
Y lo que mas miedo me da es el tema del incendio, no pararé de ponerr quejas y reclamaciones hasta que me hagan caso
Una saludo a todossssss
Y lo que mas miedo me da es el tema del incendio, no pararé de ponerr quejas y reclamaciones hasta que me hagan caso
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Re: tiempo legal de seguro de construcción de la vivienda
El constructor es responsable de todas las chapuzas que realicen las subcontratas.