Buenos días.
Supongo que a mas de uno le habrá pasado lo que a mí.
Me abren expediente, ceso en el destino, el instructor declara la suspension del computo de tiempo hasta la recepcion del informe u acta definitiva de la JMPO. Paso el reconocimiento por la JMPO y me dan cuatro meses de baja. El jefe del MAPER declara la suspension de tramite del expediente. Hago alegaciones contra dicha resolución, pues de esta forma podrían tenerme así el tiempo que les de la gana, y se supone que el expediente te lo abren cuando se presupone definitiva la enfermedad o enfermedades.
¿Ha alguien le ha pasado esto? ¿qué postura ha adoptado? si ha ido a contencioso, ¿qué resultado ha obtenido?.
Gracias por vuestras respuestas de antemano, y sobre todo, mucho ánimo a todos.
Un saludo.
DIFERENCIA ENTRE SUSPENSION DEL COMPUTO Y DEL TRAMITE
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Re: DIFERENCIA ENTRE SUSPENSION DEL COMPUTO Y DEL TRAMITE
Buenas ascamel, yo actualmente estoy en tu misma situación...me abrieron expediente el 29 septiembre, se me suspendio el computo el 20 de Octubre informandomelo por burofax y el medico de la JMP me dice en noviembre que me va dar 6 meses mas de baja....no entiendo,hoy se me cumplen los 3 meses maximos que tienen para suspension de computo de tiempo y a mi no me ha llegado nada del maper diciendome algo de suspension de tramite como a ti...pero bueno a ver si consigo contactar con un abogado y a ver que me recomienda. Lo que esta claro que el plazo de suspenso de computo de tiempo se ha pasado hoy.