Modesto el forastero escribió:Voy a unir a lo anterior 5 correos de Diputados de psoe de la comisiòn de Defensa. Significar que la Diputada pp Susana Camarero no le mandeis porque ya no està y viene devuelto.
Animo a todos a mandar la propuesta del compańero Juliàn. Juntos venceremos
un saludo
fulros escribió:Resumiendo: En mi opinión, sólo tienen derecho de ascenso a teniente aquellos suboficiales retirados discapacitados que hubieren servido en las Fuerzas Armadas, al menos 23 años. ¿Por qué?, porque para alcanzar el empleo de Teniente se necesitan 20 años de militar de carrera como mínimo y, todo porque: de sargento a sargento 1º son 4 años; de sargento 1º a brigada son 6 años; de brigada a subteniente son 4 años; de subteniente a teniente son 6 años. Total= 20 años. Y, los 3 años restantes son los que se necesitan como mínimo para alcanzar el empleo de sargento. Amén, que no ha lugar hacerlo en base a los 8 años que se les aplicaba a los compañeros de la Armada (3 años de carrera y 5 de prácticas)…
Ferdevi, todo esto es muy bonito cuando se hace realidad, pero conmigo no se establecieron los tiempos de que aquí hablas, luego todo es muy relativo y la ley habla de derechos por mínimos, cuando se pasan por máximos a quien hay que protestar al maestro armero?, en mi caso se cumplieron los tiempos hasta llegar a brigada, de brigada a subteniente se pasaron 13 años, para luego por varias enfermedades que nadie quiere me largan a retiro y adiós y muy buenas, no tengo derecho como tantos otros a ascender a Teniente?, que no se puede uno llenar la boca de leyes sin mirar todos y cada uno de los casos que se presenta, todo lo escrito es muy bonito pero lo que no cabe duda es que hay discriminación, favoritismos (alumnos de la AGM) y amiguismos en las diferentes escalas y contra eso hay que tratar de luchar, no contra los compañeros que estén en cualquiera de las situaciones administrativas.
Saludos.
REGLAMENTO DE EVALUACIONES Y ASCENSOS EN LAS FUERZAS ARMADAS Y SOBRE EL ACCESO A LA CONDICIÓN DE MILITAR DE CARRERA DE MILITARES DE TROPA Y MARINERÍA
CAPÍTULO I
Definiciones y competencias
Artículo 1. Definiciones.
A efectos de lo establecido en el presente reglamento se entenderá como:
a) Tiempo de servicios: el tiempo transcurrido en la situación de servicio activo.
También tendrá esta consideración el permanecido en las situaciones de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y por razón de violencia de género según lo dispuesto en el artículo 110, apartados 5 y 6, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, y suspensión de funciones y suspensión de empleo, durante el tiempo permanecido en estas situaciones, cuando se den las circunstancias que se establecen, respectivamente, en los artículos 111.5 y 112.4 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre."
Por otra parte la OM 19/09, de 24 de abril, por la que se establece
el tiempo mínimo de servicios y el de permanencia en determinado tipo de destinos necesarios para el ascenso dice:
El artículo 90.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
carrera militar, determina que para el ascenso a cualquier
empleo militar se requiere tener cumplidos en el anterior el tiempo
de servicios y el de permanencia en determinado tipo de destinos
que se establezcan por el Ministro de Defensa para cada
escala y empleo.
El tiempo mínimo de servicios preciso para el ascenso se
determina, de un modo general, teniendo en cuenta el número
de empleos en cada escala y cuerpo y el de años totales de
servicios previsto en la norma legal, de modo que se garanticen,
de una parte, una experiencia adecuada del militar en los empleos
que va alcanzando y, de otra, un número mínimo de militares
en cada empleo acorde con las necesidades de personal.
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a).- Si analizamos detenidamente el texto arriba señalado, bien por el Real Decreto, o, por Orden Ministerial; ambos, se refieren a tiempos de servicio para el ascenso en los casos y apartados que se determinan . Y, ese es el criterio concreto y, no entra a valorar nada más...
Ley 39/2007, de 19 de noviembre. Artículo 113 Situación de Reserva
3. Los militares de carrera podrán pasar a la situación de reserva con carácter voluntario en los cupos que autorice periódicamente el Ministro de Defensa para los distintos empleos, zonas de escalafón, escalas y especialidades, con arreglo a las previsiones del planeamiento de la defensa, siempre que se tengan cumplidos veinticinco años de tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.
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b) Si revisamos lo que reza en el apartado anterior y, esa situación se diera y los tiempos de servicios en reserva no tuvieran efectos, el ascenso a teniente del suboficial en reserva no sería posible porque desde su pase a la posible reserva, ejemplo, 51 años, tendrían que esperar hasta los 56 ó 58 años. (tiempos de servicio prestados para el ascenso)
*** Por todo lo expuesto anteriormente se deduce que los tiempos de servicios cuentan desde la fecha de entrada en las Fuerzas Armadas hasta el pase a la situación de retiro tal como dice el Capitulo VIII en el Articulo 114 que dice en su punto 1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.
CONCLUSIONES:
La propuesta que se está elevando, con el máximo respeto a JESTEBAN, no tendría fundamento y, todo porque la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, y modificada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Dice en su atículo 2, apartado c).- Discriminación directa: es la situación en que se encuentra una persona con discapacidad cuando es tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por motivo de o por razón de su discapacidad, etc.,
Y, ¿dónde está la analogía, entre los ascendidos y nosotros? A los ascendidos a teniente por el punto 2 de la disposición transitoria séptima de la ley 39/2007, de 19 de noviembre, les computan los tiempos en reserva tal como se ha señalado a lo largo del escrito...
Sres., suboficiales, los políticos elevan las propuestas y los “tecnicos” deciden y, como no se les den razones suficientes en base legal, parece que no van a sudar mucho por nuestra situación.
Y, la respuesta será dura pero fácil: No cabe la posiblidad del ascenso de TODOS los suboficiales retirados discapacitados porque no hay tiempos suficientes servidos en las Fuerzas Armadas para llevar a efecto su ascenso en base al Real Decreto Legislativo 1/2003, de 29 de noviembre, ya que no existe discriminación directa ni indirecta que se pudiera contemplar en base a la igualdad ni analogía alguna.
El que escribe, con toda la HUMILDAD, cree saber como desmontar el entuerto pero para ello se necesita coraje y templanza y parece que eso no gusta. Que exponga mal un asunto o, que a veces la salud no sea muy elevada no quiere decir que sea un traidor y, de eso ni estoy preocupado porque aquellos que de verdad me han conocido saben que puedo ser de todo menos mal compañero y, no lo digo yo porque sería una valoración subjetiva sino que la gran mayoría parece que han visto otra cosa muy distinta en mi persona. También es cierto que a veces pierdo las formas y, en ese sentido pido mil disculpas a todos los que pudiera ofender pero me mantengo firme en aquéllos que ya no me interesan porque motivos me han dado, aunque todo en la vida puede cambiar...
PD: Lo que expongo a continuación sí que me da vergüenza porque se puede entender mal pero ahí va. Por diferentes circunstancias, a veces, el Alto Mando me llamaba y me decían: Tú dámelo masticado porque bien sabes que yo estoy para otras cosas. [...]
Ferdevi que yo sepa te has marchado del foro por 2 vez Sabemos que sabes mucho de leyes. Pero ya perdiste el crèdito y al
menos a mi no me intresa tu rollo . Sinceramente te lo digo de corazòn descansa y no marees más la perdiz.
un saludo
Modesto el forastero escribió:Ferdevi que yo sepa te has marchado del foro por 2 vez Sabemos que sabes mucho de leyes. Pero ya perdiste el crèdito y al
menos a mi no me intresa tu rollo . Sinceramente te lo digo de corazòn descansa y no marees más la perdiz.
un saludo
Disculpe Vd., ¿este foro es suyo?, mío tampoco es; ni mucho menos, es más, sé que puede haber razones para que se me expulse del mismo pero creo que ni Vd., ni algunos más estén tan llenos de plenitud. Además, hay por ahí un escrito suyo donde parece que no dice exactamente el "amor" que sienta por los demás. Y, si escribo, es por aquellos discapacitados que me han acompañado toda la vida y me han dado muestra de compañerismo real y no ocasional ¿...?
Saludos
Última edición por ferdevi el Lun May 19, 2014 4:51 pm, editado 1 vez en total.
Se feliz y deja que sean todos los demás y no engańes ni mientas a nadie ni seas protagonista que todos nos conocemos. Con esto termino con migo ya has tenido un momento de gloria .
un saludo
Modesto el forastero escribió:Se feliz y deja que sean todos los demás y no engańes ni mientas a nadie ni seas protagonista que todos nos conocemos. Con esto termino con migo ya has tenido un momento de gloria .
un saludo
En tu momento de "gloria" ha sido éste el que te ha llamado para darte animo. No vengas de <<listo>> conmigo porque si algo mantengo en mi cerebro son todos y cada uno de los momentos día tras día de los haberes desde que tomé la decisión de entrar en las Fuerzas Armadas. Y esa "dicapacidad" quizás fuera una de las razones porque he querido ser suboficial y, a mucha honra hoy haría lo mismo porque la gran mayoría de suboficiales son grandes profesionales y aunque la LCM no haya tenido a bien (creo que conozco el motivo) asignarnos o compararnos a ingenieros técnicos en realidad lo somos y, el que te escribe no sabe de leyes sino que quizás sepa un poco de Ingeniería.
Saludos, los justos. Y, en ese sentido; tienes/tenéis el derecho legítimo de buscar vuestro ascenso pero no te olvides que el compañero, lo es, cuando busca su derecho sin ligarlo con el derecho legal de los demás.
Buenas tardes de nuevo: Quiero significar que para poder legislar el ascenso a oficial de los suboficiales retirados discapacitados; primero hubo muchos compañeros de años pasados que han luchado para que tal asunto se plasmara en la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Y, en la disposición final duodécima de dicha Ley. Y, sobre ese asunto no quiero entrar a valorar quien ha hecho más o quien ha hecho menos, pero me ha llamado la atención este escrito, entre otros, que voy a exponer para saber que no llueve porque se pida sino que hay que motivarlo y, este compañero discapacitado al cual no conozco, me parece un gran ejemplo que ya quisiera el que escribe acercarse o conocer. Éste sí que no se ha subido al tren de última hora sino que parece que ha buscado la dignidad de nuestra Escala, Ojala, diera con él porque seguro que me daría muchas clases de compañerismo y de entender cual es el sentido del buen militar. Y, aunque he preguntado en mi foro de ASFAS/ASFASPRO, nadie me ha podido dar respuesta y, quizás fuere por protección de datos. Bueno, con personas así ya vale la pena sufrir....
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Buenos días, Sres. Suboficiales:
Últimamente noto en el ambiente de algunos centros militares, a los cuales voy de visita, cierto miedo a asociarse y casi me atrevo a decir que más de uno parece enviado por el mal para que el Suboficial siga anestesiado. Compañeros, no os dejéis arrastrar por aquellos que dicen que todo está recurrido por vía legal, porque lo único que puedo garantizar, si no hay asociación, es que en la modificación de la ley 39/07, no se contemplará el ascenso a teniente de los suboficiales en activo, tampoco se contemplará la modificación del agravio padecido por los suboficiales y, oficiales procedentes de suboficial en situación de reserva, que tampoco serán reconocidos los trienios en el subgrupo A2, que muchos compañeros disfrutan, que de ninguna de las maneras se contemplará la discriminación sufrida por los discapacitados retirados.
Que tampoco se tendrá en cuenta a los APL,s, menos aún la reforma de los IPEC,s que tanto daño están haciendo a nuestra escala, tampoco se llevará a efecto el pase a la reserva por años de servicio.,etc., creo tener antigüedad y recorrido suficiente para asegurar que si no te asocias seguiremos igual o peor porque el suboficial terminará su carrera militar, en muchos casos, de sargento primero o brigada y probablemente acabaremos TODOS en el grupo B, grupo de clasificación al que pertenece el técnico superior, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y, que parece un logro en la carrera del suboficial y, quizás probablemente para desviar la atención de los que sabemos lo que esconde tal equiparación reflejada en la ley 39/07.
En definitiva; no habrá reforma de la LCM, que garantice una carrera digna para el suboficial si no te asocias, eso es lo único que puedo garantizar. Y, en este sentido digo: ASFASPRO, tiene todas las propuestas planteadas con argumentos serios y razonables, que no pudieron ser rebatidas por nadie y en ningún Estamento, pero necesitamos de vuestra colaboración para que tales discriminaciones y agravios salgan adelante. Y, si esta asociación no os convence, asociaros en aquella que más os interese, pero asociaros, porque ésta es la única vía legal en Derecho en defensa de los derechos del militar y, todo porque el Estado ya no vela por nuestros derechos, amén. Y, el último buque "armado" que nos queda para dignificar nuestra escala y, después de más de 30 años de dolorosa e infructuosa espera, la única vacuna contra el miedo y el olvido es la ASOCIACIÓN si de verdad queremos salir de esta pandemia.
Saludos
Ese escrito lo has hecho tu vamos con total seguridad , si es que estas deseando lo que en el pone , yo te digo lo mismo que te han dicho en el foro de asfas , dices una mentira 100 o mil veces para que se convierta en verdad .
Esto es una modificacion y como tal puede salir o no puede salir , pero a ti ya hace tiempo que se te vio tus mentiras que se han citado mil veces aqui , tus contrariedades . Vete ya cojete una patera y navega un poco por una balsa que no cubra mas de 1 metro porque seguro que escoras.
Buenas tardes:
He estado aquí algún tiempo y siempre me han trato con mucho respeto y ahora quizás sea el momento de desconectar porque estoy muy saturado en un asunto que aunque no hubiera aportado casi nada no quiero que ese poco se vaya por la ventana. Muchas gracias a todos por vuestra paciencia con mi persona. Y, en especial a los moderadores.
Saludos cordiales a todos.
Fernando
Caramba, había decidido volver a incorporarme al foro después de bastante tiempo, pero veo que algunas cosas siguen igual.
No voy a entrar en polémicas pero creo que las formas se han perdido y no solo de una parte.
¿Sería posible que se hablaran las cosas sin menospreciar a nadie?
Lo digo sinceramente, me gustaría volver a participar en este foro pero respetando a todo el mundo, sin faltar.
trasgu123 escribió:Decidete de una vez. Te vas o te quedas ??.
Borra ésto. YO ya me he ido pero no te consiento a tí ni a nadie que sea Juez y parte. Y, los motivos ya te los he expuesto en PM. Jugar con mi inteligencia no está ni en la ley...
Gracias
Borrado esta. No soy yo de jugar al gato y al raton, ni contigo ni con nadie.
Buenas tardes:
No debieramos entrar el el argumento del Real Decreto del año 1981, porque esos compañeros han pasado a la reserva, y el Ministro de Defensa decedía quienes podían o no desempeñar funciones reales en destino.
Saludos
Última edición por ferdevi el Mié May 21, 2014 9:58 pm, editado 1 vez en total.