PERDI EL CONTENCIOSO...

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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JUSTO80
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Re: PERDI EL CONTENCIOSO...

Mensaje por JUSTO80 »

"pues bien valorados los informes no puede catologarse como que la enfermedad no ha sido adquirida directamente en el servicio activo, desde el punto juridico, aunque si [bdesde el punto de vista medico se catalogue como un elemento estresante la incapacidad,ahi que valorar el dictamen desde el punto juridico y debido a su psicovulnerabilidad que se le determina al paciente es de caracter endogeno la incapacidad ":shock:

os dejo un trozo de sentencia lo mas importante, la he intentado colocar pero no me deja copiar el texto,saludos
JUSTO80
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Re: PERDI EL CONTENCIOSO...

Mensaje por JUSTO80 »

BUENA NOCHES A TODOS, aunque se que este tema no despierta mucho interes o puede ser tambien que ya esta todo perdido con respecto a la sentencia...me gustaria (por que no lo encuentro por nigun lado) alguna sentencia de agun tribunal superior al que "imparcialmente me ha juzgado" se ha haya estimado algun recurso o conocimiento de algun compañero que hay visto estimada sus pretensiones.. os lo agradezco de antemano, y desde aqui sigo con fuerzas para tirar "palante" como se dice en mi tierra, saludos a todos :D :D
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Mercaderes
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Re: PERDI EL CONTENCIOSO...

Mensaje por Mercaderes »

JUSTO80 escribió:BUENA NOCHES A TODOS, aunque se que este tema no despierta mucho interes o puede ser tambien que ya esta todo perdido con respecto a la sentencia...me gustaria (por que no lo encuentro por nigun lado) alguna sentencia de agun tribunal superior al que "imparcialmente me ha juzgado" se ha haya estimado algun recurso o conocimiento de algun compañero que hay visto estimada sus pretensiones.. os lo agradezco de antemano, y desde aqui sigo con fuerzas para tirar "palante" como se dice en mi tierra, saludos a todos :D :D
Hola, no es que el tema NO despierte el interés. Desde mi punto de vista seguimos careciendo de datos para poder darte una opinión objetiva del mismo.

*Datos del accidente, con los detalles que hacen de el un accidente en acto de servicio, consecuencias traumáticas del mismo, tiempo de convalecencia y tratamientos médicos etc.

*Y una trascripción literal de ese fundamento jurídico de la sentencia, lo que has transcrito de la misma no aclara nada.

Pero además insisto en lo que ya te he comentado con anterioridad, debes de hablar con el abogado que te ha llevado el caso, y que el te de una valoración de las posibilidades que aún puedas tener, ya que mejor que él no lo sabremos nosotros.


Un saludo.
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Re: PERDI EL CONTENCIOSO...

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenos días.

Lo interesante de la Sentencia y FALLO es qué DICE el mismo y en QUÉ se basa NO es Acto de Servicio desde el punto de vista JURÍDICO.
Si el fallo NO explica cuál son los supuestos de los " puntos jurídicos" en que se basa la sentencia, deberías acudir a instancia superior.

Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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Re: PERDI EL CONTENCIOSO...

Mensaje por JUSTO80 »

mercaderes gracias de antemano por contestar.expongo el tema mas detallado-

accidente en 2005,estuve de baja unos 4 meses de baja traumatologica, por supuesto en acto de servicio, con informacion verbal y informe forense del accidente, dictaminado tanto secuelas traumatologicas como psiquiatricas, posteriorrmente a parte de las lesiones traumatologicas se diagnostico un trastorno de estres `postraumatico y seguimiento de las mismas hasta la actualidad(poco despues del accidente),siguiendo bajas y altas de tipo traumatotologica, hasta que en 2012 baja por sindrome ansioso depresivo postraumatico.. hasta ahi todo todo lo que hay.. 5 minutos escasos en la jmpo despues de esta baja que ha sido la del retiro (no he estado nunca mas) aportando todo relativo y quedando bastantes acreditado todo con el accidente con sus tratamientos ,y empeoramiento hasta la actualidad que es lo que padezco y el dictamen de la junta

5 en distimia(es un factor de psicovulnerabilidad.
4 trastorno de estrees postraumatico.
4 traumatologia(estando casi 7 años con dos hernias discales, nervio lumbar tocado,dolores insorpotables, y como he dicho anteriormente con bajas todos los años debido a esto y con fecha de operacion en los proximos meses) a consecuencia de esto)

respuesta de jmpo de formal verbal alli en el despacho por parte del responsable valorador en la " unica valoracion antes mencionada de 5 minutos": no digo que no tengas razon, pero el acto de servicio no va poder ser por la situacion que vivimos :( " mas o menos asi fue su respuesta ante los documentos aportados."

y su valoración que es una persona que esta predispuesta a padecer esto debida a su psicovulnerabilidad....¿y ya esta? sabia usted como estaba antes del accidente en 5 minutos y encima diciendo que tengo razon,pero esta el pais en critica economica? hace usted lo que políticamente lo que le dicen y hace una valoracion arbitraria como en muchos otros casos, evidentemente...

la sentencia se basa en eso que es debido a psicovulnerabilidad del paciente y que SI DESDE EL PUNTO VISTA MEDICO ES DEBIDO A UN ESTRESOR PERO NO DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO que es lo que se basa ese tribunal.

con respecto a reclamar si...mi abogado ha interpuesto un recurso a A. NACIONAL, POR KE APARET EN LA SENTENCIA NO SE HACE REFLEJAR mas documentos oficiales,que la psicovulnerabilidad no esta acreditada, solo los "5 minutos del valorador de la junta INJUSTA CON PALABRAS MAYUSCULAS", TAMBIEN AÑADIR QUE TENGO UN 40% DE MINUSVALIAS COMUNIDAD AUTONOMA DESDE 2007 A CAONSECUENCIA DEL TRAUMA... pues de todo esto no tengo razon, es indignante y lo mas seguro que tenga asumir esto y comermelo con patatas fritas, no obstante reclamare hasta donde pueda y que alguien si "existe" lo vea realmenete como es... ahi queda dicho . amen.. saludoss
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